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Decreto Ejecutivo 35993 · 26/02/2010
OutcomeResultado
SummaryResumen
Executive Decree 35993-MINAET, signed by the President of the Republic and the Minister of Environment, Energy and Telecommunications in February 2010, establishes the Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica. This reserve, designated by UNESCO in 2007 and declared a carbon-neutral prototype under the National Climate Change Strategy, encompasses the cantons of Guatuso, Los Chiles, San Carlos, Alfaro Ruiz, parts of Upala, Tilarán and Sarapiquí, and the Monteverde district. The Technical Commission, attached to the Environment, Energy and Telecommunications Sector under the authority of the Rector Minister, is primarily tasked with promoting sustainable development through inter-institutional and participatory coordination. It is composed of an interdisciplinary group appointed by agreement among public institutions, municipalities, the private sector, and community organizations. It has a Director appointed by the Rector Minister for four-year terms and a multi-sector Advisory Body. Its functions include driving policies, formulating a Sustainable Development Action Plan, securing resources, coordinating projects, and ensuring compliance with UNESCO commitments. The decree also mandates the drafting of complementary regulations on the organization and operation of the reserve and the National MAB Committee.El Decreto Ejecutivo 35993-MINAET, firmado por el Presidente de la República y el Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones en febrero de 2010, establece la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica. Esta reserva, designada por la UNESCO en 2007 y declarada prototipo carbono neutral dentro de la Estrategia Nacional de Cambio Climático, abarca los cantones de Guatuso, Los Chiles, San Carlos, Alfaro Ruiz, parte de Upala, Tilarán y Sarapiquí, y el distrito de Monteverde. La Comisión Técnica, adscrita al Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones bajo la rectoría del Ministro Rector, tiene como función principal promover el desarrollo sostenible mediante la coordinación interinstitucional y participativa. Se integra por un grupo interdisciplinario designado vía convenio por instituciones públicas, municipalidades, sector privado y organizaciones de la población. Cuenta con un Director designado por el Ministro Rector por cuatro años y con un Órgano Consultivo multisectorial. Sus funciones incluyen impulsar políticas, formular un Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible, gestionar recursos, coordinar proyectos y velar por el cumplimiento de los compromisos con la UNESCO. El decreto también prevé la elaboración de reglamentos complementarios sobre organización, funcionamiento de la reserva y el Comité Nacional MAB.
Key excerptExtracto clave
Article 2: The Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica is hereby created, hereinafter referred to as the Technical Commission, attached to the Environment, Energy and Telecommunications Sector under the authority of the Rector Minister; an entity responsible for promoting sustainable development by enhancing its management capacity through the establishment and strengthening of communication and coordination channels among institutions (sectoral, regional, municipal, and community organizations). Article 3: The Technical Commission's function shall be to promote sustainable development through the establishment and strengthening of communication, coordination, and articulation channels for the efforts undertaken by public institutions, municipalities, private companies, and community organizations. The purpose of this is to improve the management of productive activities, natural resource conservation, and knowledge development within the geographic area of the Agua y Paz Biosphere Reserve. Article 9: Of its functions. a. To promote policies for the implementation of strategies, plans, programs, and projects in the Agua y Paz Biosphere Reserve, in accordance with national policies and the guidelines issued by UNESCO on this matter.Artículo 2º-Se crea la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica, que en adelante se denominará la Comisión Técnica, adscrita al Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, bajo la Rectoría del Ministro Rector; ente que será responsable de promover el desarrollo sostenible mejorando su capacidad de gestión, a través del establecimiento y fortalecimiento de canales de comunicación y coordinación entre instituciones (sectoriales, regionales, municipales y organizaciones de la población). Artículo 3º- La Comisión Técnica tendrá como función la promoción del desarrollo sostenible, a través del establecimiento y fortalecimiento de canales de comunicación, coordinación y articulación de los esfuerzos que realizan las instituciones públicas, municipalidades, empresas privadas y las organizaciones de la población. Lo anterior con el propósito de mejorar la gestión de las actividades productivas, de conservación de los recursos naturales y de desarrollo del conocimiento, en el área geográfica de la Reserva de Biosfera Agua y Paz. Artículo 9º-De sus funciones. a. Impulsar las políticas para la implementación de estrategias, planes, programas y proyectos en la Reserva de Biosfera Agua y Paz, en correspondencia con las políticas nacionales y los lineamientos emitidos por la UNESCO en esta materia.
Pull quotesCitas destacadas
"Artículo 2º-Se crea la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica, que en adelante se denominará la Comisión Técnica, adscrita al Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, bajo la Rectoría del Ministro Rector; ente que será responsable de promover el desarrollo sostenible mejorando su capacidad de gestión..."
"Article 2: The Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica is hereby created, hereinafter referred to as the Technical Commission, attached to the Environment, Energy and Telecommunications Sector under the authority of the Rector Minister; an entity responsible for promoting sustainable development by enhancing its management capacity..."
Artículo 2º
"Artículo 2º-Se crea la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica, que en adelante se denominará la Comisión Técnica, adscrita al Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, bajo la Rectoría del Ministro Rector; ente que será responsable de promover el desarrollo sostenible mejorando su capacidad de gestión..."
Artículo 2º
"Artículo 6º- La Comisión Técnica contará con un Director, conforme a lo establecido por la UNESCO para las Reservas de Biosfera. Será designado por el Ministro Rector del Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, por un plazo de cuatro años..."
"Article 6: The Technical Commission shall have a Director, in accordance with what is established by UNESCO for Biosphere Reserves. He/she shall be appointed by the Rector Minister of the Environment, Energy and Telecommunications Sector, for a term of four years..."
Artículo 6º
"Artículo 6º- La Comisión Técnica contará con un Director, conforme a lo establecido por la UNESCO para las Reservas de Biosfera. Será designado por el Ministro Rector del Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, por un plazo de cuatro años..."
Artículo 6º
"Artículo 8º- La Comisión Técnica conformará un Órgano Consultivo, con la finalidad de dar respuesta a las responsabilidades que se derivan de los principios de conservación, desarrollo y conocimiento establecidos por la UNESCO."
"Article 8: The Technical Commission shall form an Advisory Body, with the purpose of responding to the responsibilities derived from the principles of conservation, development, and knowledge established by UNESCO."
Artículo 8º
"Artículo 8º- La Comisión Técnica conformará un Órgano Consultivo, con la finalidad de dar respuesta a las responsabilidades que se derivan de los principios de conservación, desarrollo y conocimiento establecidos por la UNESCO."
Artículo 8º
"Transitorio III.-...el Ministro Rector del SAET normará a través de la Dirección de Planificación del MINAET dentro de su competencia sectorial, en un plazo no mayor de 90 días naturales a partir de la fecha de publicación del presente decreto ejecutivo, lo referente al Comité Nacional del Programa Hombre y la Biosfera (MAB)."
"Transitory III: ...the Rector Minister of SAET shall regulate, through the Planning Directorate of MINAET within its sectoral competence, within a period not exceeding 90 calendar days from the date of publication of this executive decree, matters concerning the National Man and the Biosphere (MAB) Programme Committee."
Transitorio III
"Transitorio III.-...el Ministro Rector del SAET normará a través de la Dirección de Planificación del MINAET dentro de su competencia sectorial, en un plazo no mayor de 90 días naturales a partir de la fecha de publicación del presente decreto ejecutivo, lo referente al Comité Nacional del Programa Hombre y la Biosfera (MAB)."
Transitorio III
Full documentDocumento completo
throughout the text - Complete Text of Regulation 35993 Creates the Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica Complete Text of act: CFD93 N° 35993-MINAET THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT, ENERGY AND TELECOMMUNICATIONS In exercise of the powers conferred upon us by subsections 3) and 18) of Article 140 and Article 146 of the Political Constitution.
Considering:
The foregoing in favor of the application of the principles established by UNESCO, related to development, conservation, and knowledge; all of them closely linked with climate change mitigation and adaptation actions.
Therefore,
CREATE THE TECHNICAL COMMISSION FOR THE MANAGEMENT OF THE AGUA Y PAZ BIOSPHERE RESERVE OF COSTA RICA
Definitions
Decree:
CHAPTER I
Technical Commission: Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica.
Consultative Body: Consultative Body of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
MAB Committee: National Committee on Man and the Biosphere.
MAB Programme: Programme on Man and the Biosphere.
Rector Minister: Rector Minister of the Environment, Energy and Telecommunications Sector.
MINAET: Ministry of Environment, Energy and Telecommunications.
SAET: Environment, Energy and Telecommunications Sector.
RMRB: World Network of Biosphere Reserves.
On the constitution and duties of the Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica
CHAPTER II
the Technical Commission, attached to the Environment, Energy and Telecommunications Sector, under the Rectorship of the Rector Minister; an entity that shall be responsible for promoting sustainable development by improving its management capacity, through the establishment and strengthening of communication and coordination channels between institutions (sectoral, regional, municipal and population organizations).
The Technical Commission shall have the function of promoting sustainable development, through the establishment and strengthening of communication, coordination, and articulation channels of the efforts carried out by public institutions, municipalities, private companies and population organizations. The foregoing with the purpose of improving the management of productive activities, conservation of natural resources, and knowledge development, in the geographical area of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
The Technical Commission shall continue developing, in its geographical area, the "Carbon Neutral" actions, in accordance with the commitment agreement established for some cantons of the territory of the Agua y Paz Biosphere Reserve, based on what is proposed by the National Climate Change Strategy and the Government's proposal, to make Costa Rica a "Carbon Neutral" country by the year 2021.
On the organization and integration of the Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica
CHAPTER III
The Technical Commission shall be composed of an interdisciplinary group of persons, who shall be designated via agreement by one or several of the Institutions that make up the Environment, Energy and Telecommunications Sector, other public institutions, municipalities, private sector companies or population organizations.
He/she shall be designated by the Rector Minister of the Environment, Energy and Telecommunications Sector, for a term of four years and shall have, in general terms, the following functions:
a. Direct the staff of the Technical Commission.
b. Participate within the MAB Committee.
c. Coordinate the Consultative Body.
d. Represent the Technical Commission and the Agua y Paz Biosphere Reserve in official activities and before national authorities and international bodies, e. Manage logistical and human resources for the achievement of the objectives and goals of the Technical Commission and the Consultative Body.
f. Keep the hierarchical superior informed of the actions and progress of the Agua y Paz Biosphere Reserve, as well as their dissemination to the different actors that interact in its territory.
the Technical Commission shall report to the Rector Minister of the Sector, who may delegate that function to the Vice Minister of the Environment of MINAET.
On the functions of the Technical Commission for the Management of the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica
CHAPTER IV
a. Promote policies for the implementation of strategies, plans, programs and projects in the Agua y Paz Biosphere Reserve, in correspondence with national policies and the guidelines issued by UNESCO in this area.
b. Coordinate with the MAB Committee of Costa Rica everything related to the actions and agreements that both bodies promote in favor of the development of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
c. Formulate, through participatory planning processes, the Action Plan for the Sustainable Development of the Agua y Paz Biosphere Reserve, which shall be executed by the different public and private sectors involved.
d. Prepare the Work Plan and the Annual Budget of the Agua y Paz Biosphere Reserve, which must be approved by the Rector Minister or his/her representative.
e. Manage financial resources from public institutions, international cooperation agencies or private companies, as appropriate, for the implementation of the Action Plan for the Sustainable Development of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
f. Coordinate and promote the formulation, negotiation and implementation of projects aimed at the development of knowledge, sustainable productivity and conservation of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
g. Monitor and evaluate the execution of programs and projects that are promoted through the Action Plan for the Sustainable Development of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
h. Ensure compliance with the Country's commitments in the area of biosphere reserves.
i. Participate in sustainable development initiatives requested by MINAET, within the framework of territorial management of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
j. Support and facilitate, when deemed pertinent, entities that carry out sustainable development initiatives within the framework of territorial management of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
k. Convene, coordinate and follow up on the Consultative Body and other bodies constituted by the Technical Commission.
m. Represent the Agua y Paz Biosphere Reserve in official activities of a national and international nature.
n. Implement a monitoring and evaluation system for the activities executed.
ñ. Submit annually to the Rector Minister of the Environment, Energy and Telecommunications Sector, a report on the activities executed.
On the integration and functions of the Consultative Body of the Agua y Paz Biosphere Reserve
CHAPTER V
a. The Consultative Body referred to in
- The Director of the Technical Commission, who shall coordinate it.
- A representative of the municipalities.
- A representative of organizations from the tourism sector.
- A representative of organizations from the communal sector.
- A representative of organizations from the conservationist subsector.
- A representative of organizations from the forestry subsector.
- A representative of organizations from the agricultural and livestock sector.
- A representative of organizations from the energy sector.
- A representative of organizations from the water subsector.
- A representative of organizations from the culture sector.
- A representative of entities from the academic or scientific sector.
b. According to specific needs, the Technical Commission, when it considers it relevant for the fulfillment of its objectives and goals, may incorporate into the Consultative Body the representative of some other sector or subsector.
c. In order to comply with the provisions of points a and b of this same article, the Technical Commission, through written invitation, shall convene the corresponding sectors and subsectors to a general meeting to elect each representative.
d. When required and in an advisory capacity, the Technical Commission shall invite representatives of public institutions to the sessions of the Consultative Body, as appropriate according to the three principles established by UNESCO for biosphere reserves, related to development, conservation and knowledge.
a. Contribute to the coordination mechanisms proposed by the Technical Commission, in a way that facilitates the appropriate use of its territory; in accordance with the criteria and principles established by UNESCO through the World Network of Biosphere Reserves.
b. Participate in the preparation of the Action Plan for the Sustainable Development of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
c. Be informed of and support the implementation of the Annual Work Plan of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
d. Promote and propose projects that enhance the capacities of organizations, local governments, and institutions and companies that carry out productive activities in harmony with nature.
e. Support and participate in initiatives promoted by other entities, within the management framework of the Agua y Paz Biosphere Reserve, as long as they are oriented towards environmental conservation and promote sustainable human development.
f. Undertake actions, in coordination with different actors, that allow for a better application of agro-conservationist techniques for the protection of water resources in the territory of the Agua y Paz Biosphere Reserve.
g. Promote and participate in training processes and activities related to the management of biosphere reserves.
h. Support the exchange of experiences and knowledge of sustainable production systems, carried out by different organizations present in the Agua y Paz Biosphere Reserve of Costa Rica.
On the budget
CHAPTER VI
the Technical Commission in the fulfillment of its purposes.
Given at the Presidency of the Republic.—San José, at nine o'clock on the twenty-sixth of February of the year two thousand ten.
CHAPTER VII
Transitory Provisions
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 35993 Crea Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica Texto Completo acta: CFD93 N° 35993-MINAET EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES En ejercicio de las facultades que nos confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
Considerando:
Lo anterior en pro de la aplicación de los principios establecidos por la UNESCO, relacionados con el desarrollo, la conservación y el conocimiento; todos ellos íntimamente ligados con las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático.
10.-Que la Reserva de Biosfera Agua y Paz fue seleccionada mediante Acuerdo entre la Cátedra UNESCO y Sitios de Patrimonio Natural y Mixtos y la Reserva de Biosfera Agua y Paz, como la sede en donde se impartirá esta Cátedra; en el contexto de un proyecto piloto en el que participarán además, la Cátedra UNESCO en Desarrollo Sostenible y Educación Ambiental del País Vasco y la Reserva de Biosfera de Urdaibai en España, así como la Cátedra UNESCO Sur/Sur, Cooperación al Desarrollo Sostenible y la futura Reserva de Biosfera Marajó en Brasil.
11.-Que dentro de este contexto, es necesario coordinar y gestionar en la Reserva de Biosfera Agua y Paz, las actividades productivas, de conservación de los recursos naturales y de conocimiento, de manera que faciliten una articulación de los esfuerzos que realizan las instituciones públicas, las municipalidades, las empresa privadas y las organizaciones de la población; lo anterior con el objeto fundamental de promover el desarrollo sostenible conforme el compromiso asumido con la UNESCO.
12.-Que para implementar y fortalecer el modelo de la Reserva de Biosfera Agua y Paz, ésta requiere (según lineamientos establecidos por la UNESCO), de una plataforma de funcionamiento efectiva, que sea participativa, funcional y permanente, capaz de aglutinar a todos los sectores y actores relevantes presentes en el área geográfica de la Reserva.
Por tanto,
CREAR LA COMISIÓN TÉCNICA PARA LA GESTIÓN DE LA RESERVA DE BIOSFERA AGUA Y PAZ DE COSTA RICA
Definiciones
Decretan:
CAPÍTULO I
Comisión Técnica: Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica.
Órgano Consultivo: Órgano Consultivo de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
Comité MAB: Comité Nacional sobre el Hombre y la Biosfera.
Programa MAB: Programa sobre el Hombre y la Biosfera.
Ministro Rector: Ministro Rector del Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.
MINAET: Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.
SAET: Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.
RMRB: Red Mundial de Reservas de Biosfera.
De la constitución y deberes de la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica
CAPÍTULO II
la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica, que en adelante se denominará la Comisión Técnica, adscrita al Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, bajo la Rectoría del Ministro Rector; ente que será responsable de promover el desarrollo sostenible mejorando su capacidad de gestión, a través del establecimiento y fortalecimiento de canales de comunicación y coordinación entre instituciones (sectoriales, regionales, municipales y organizaciones de la población).
La Comisión Técnica tendrá como función la promoción del desarrollo sostenible, a través del establecimiento y fortalecimiento de canales de comunicación, coordinación y articulación de los esfuerzos que realizan las instituciones públicas, municipalidades, empresas privadas y las organizaciones de la población. Lo anterior con el propósito de mejorar la gestión de las actividades productivas, de conservación de los recursos naturales y de desarrollo del conocimiento, en el área geográfica de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
La Comisión Técnica continuará desarrollando, en su área geográfica, las acciones "Carbono Neutral", conforme al acuerdo de compromiso establecido para algunos cantones del territorio de la Reserva de Biosfera Agua y Paz, en función de lo que plantea la Estrategia Nacional de Cambio Climático y la propuesta del Gobierno, de convertir a Costa Rica en un país "Carbono Neutral" al año 2021.
De la organización e integración de la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica
CAPÍTULO III
La Comisión Técnica estará integrada por un grupo interdisciplinario de personas, las cuales serán designadas vía convenio por una o varias de las Instituciones que conforman el Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, otras instituciones públicas, municipalidades, empresas del sector privado u organizaciones de la población.
Será designado por el Ministro Rector del Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, por un plazo de cuatro años y tendrá en términos generales las siguientes funciones:
a. Dirigir al personal de la Comisión Técnica.
b. Participar en el seno del Comité MAB.
c. Coordinar al Órgano Consultivo.
d. Representar a la Comisión Técnica y a la Reserva de Biosfera Agua y Paz en actividades oficiales y ante autoridades nacionales y organismos internacionales, e. Gestionar recursos logísticos y humanos para el logro de los objetivos y metas de la Comisión Técnica y del Órgano Consultivo.
f. Mantener informado al superior jerárquico de las acciones y avances de la Reserva de Biosfera Agua y Paz, así como de su divulgación a los diferentes actores que interactúan en su territorio
la Comisión Técnica dependerá del Ministro Rector del Sector, quien podrá delegar esa función en el Viceministro de Ambiente del MINAET.
De las funciones de la Comisión Técnica para la Gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica
CAPÍTULO IV
a. Impulsar las políticas para la implementación de estrategias, planes, programas y proyectos en la Reserva de Biosfera Agua y Paz, en correspondencia con las políticas nacionales y los lincamientos emitidos por la UNESCO en esta materia.
b. Coordinar con el Comité MAB de Costa Rica todo lo referente a las acciones y acuerdos que ambas instancias impulsen en pro del desarrollo de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
c. Formular a través de procesos de planificación participativa, el Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible de la Reserva de Biosfera Agua y Paz, el cual será ejecutado por los distintos sectores públicos y privados involucrados.
d. Elaborar el Plan de Trabajo y el Presupuesto Anual de la Reserva de Biosfera Agua y Paz, los cuales deberán ser aprobados por el Ministro Rector o su representante.
e. Gestionar recursos financieros ante instituciones públicas, organismos de cooperación internacional o empresas privadas, según corresponda para la puesta en marcha del Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
f. Coordinar y promover la formulación, negociación e implementación de proyectos orientados al desarrollo del conocimiento, la productividad sostenible y la conservación de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
g. Realizar el seguimiento y la evaluación de la ejecución de programas y proyectos que se impulsan a través del Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
h. Velar por el cumplimiento de los compromisos País en el tema de reserva de biosfera.
i. Participar en iniciativas de desarrollo sostenible que solicite el MINAET, en el marco de gestión del territorio de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
j. Apoyar y facilitar, cuando se considere pertinente, a entidades que realicen iniciativas de desarrollo sostenible en el marco de gestión del territorio de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
k. Convocar, coordinar y dar seguimiento al Órgano Consultivo y otros órganos constituidos por la Comisión Técnica.
1. Promover la coordinación Ínter - institucional, municipal y organizacional, con el propósito de impulsar la formulación y ejecución de proyectos que se encuentren en el Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
m.Representar a la Reserva de Biosfera Agua y Paz en actividades oficiales de carácter nacional e internacional.
n. Implementar un sistema de monitoreo y evaluación de las actividades ejecutadas.
ñ. Presentar anualmente al Ministro Rector del Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, un informe de actividades ejecutadas.
De la integración y funciones del Órgano Consultivo de la Reserva de Biosfera Agua y Paz
CAPÍTULO V
a. El Órgano Consultivo al que se refiere el artículo 8° estará conformado por un representante de cada una de los siguientes sectores o subsectores, localizados dentro del territorio de la Reserva de Biosfera Agua y Paz, de la siguiente manera:
- El Director de la Comisión Técnica, quien lo coordinará.
- Un representante de las municipalidades.
- Un representante de organizaciones del sector turismo.
- Un representante de organizaciones del sector comunal.
- Un representante de organizaciones del subsector conservacionista.
- Un representante de organizaciones del subsector forestal.
- Un representante de organizaciones del sector agropecuario.
- Un representante de organizaciones del sector energía.
- Un representante de organizaciones del subsector agua.
- Un representante de organizaciones del sector cultura.
- Un representante de entidades del sector académico o científico.
b. De acuerdo a necesidades específicas, la Comisión Técnica cuando lo considere relevante para el cumplimiento de sus objetivos y metas podrá incorporar en el Órgano Consultivo al representante de algún otro sector o subsector.
c. Con la finalidad de cumplir con lo señalado en los puntos a y b de este mismo artículo, la Comisión Técnica mediante invitación escrita convocará a los sectores y subsectores correspondientes a una reunión general para elegir a cada representante.
d. Cuando así se requiera y en calidad de asesoría, la Comisión Técnica invitará a los representantes de instituciones públicas a las sesiones del Órgano Consultivo, conforme corresponda según los tres principios establecidos por la UNESCO para reservas de biosfera, relacionados con desarrollo, conservación y conocimiento.
a. Coadyuvar con los mecanismos de coordinación propuestos por la Comisión Técnica, de manera que faciliten el uso adecuado del territorio de la misma; acorde con los criterios y principios establecidos por la UNESCO a través de la Red Mundial de Reservas de Biosfera.
b. Participar en la elaboración del Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
c. Conocer y apoyar la implementación del Plan de Trabajo Anual de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
d. Impulsar y proponer proyectos que potencien las capacidades de las organizaciones, gobiernos locales e instituciones y empresas que realizan actividades productivas en armonía con la naturaleza.
e. Apoyar y participar en iniciativas que promuevan otros entes, dentro del marco de gestión de la Reserva de Biosfera Agua y Paz siempre y cuando estén orientadas a la conservación del ambiente y promuevan el desarrollo humano sostenible.
f. Emprender acciones, en coordinación con diferentes actores, que permitan una mejor aplicación de las técnicas agro-conservacionistas para la protección del recurso hídrico en el territorio de la Reserva de Biosfera Agua y Paz.
g. Promover y participar en procesos de capacitación y actividades relacionadas con la gestión de reservas de biosfera.
h. Sustentar el intercambio de experiencias y conocimientos de sistemas de producción sostenible, que lleven a cabo diferentes organizaciones presentes en la Reserva de Biosfera Agua y Paz de Costa Rica.
Del presupuesto
CAPÍTULO VI
la Comisión Técnica en el cumplimiento de sus fines.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a las nueve horas del veintiséis de febrero del año dos mil diez.
Transitorios
CAPÍTULO VII
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