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Decreto 35241 · 03/03/2009
OutcomeResultado
SummaryResumen
This executive decree set the amount of each per diem for members of the Board of Directors of the Costa Rican Institute of Fisheries and Aquaculture (INCOPESCA) at thirty-seven thousand ninety-five colones (¢37,095.00) for attendance at sessions, effective for 2009. The adjustment relied on the Executive Branch's authority per Article 60 of Law No. 7138 and was calculated according to the accumulated variation of the inflation index determined by the Central Bank of Costa Rica for the 2007-2008 period. It established that only members attending punctually are entitled to payment, as well as alternates when they assume the position due to absence or legal cause of the principal member. It also repealed prior executive decrees on this matter (No. 34208-MAG and No. 34402-MAG). The decree was later repealed in 2011.Este decreto ejecutivo fijó en treinta y siete mil noventa y cinco colones (¢37,095.00) el monto de cada dieta para los miembros de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA) por su asistencia a sesiones, correspondiente al año 2009. El ajuste se basó en la potestad del Poder Ejecutivo según el artículo 60 de la Ley N° 7138, y se calculó conforme a la variación acumulada del índice de inflación determinada por el Banco Central de Costa Rica para el período 2007-2008. Estableció que solo tienen derecho al pago los miembros que asistan puntualmente, y los suplentes cuando asuman el cargo por ausencia o causa legal del propietario. También derogó los decretos ejecutivos anteriores sobre esta materia (N° 34208-MAG y N° 34402-MAG). El decreto fue posteriormente derogado en 2011.
Key excerptExtracto clave
Article 1—The amount of the per diems for members of the Board of Directors of the Costa Rican Institute of Fisheries and Aquaculture (INCOPESCA), for their attendance to the corresponding sessions, in accordance with the provisions of Law No. 7384, is set at the sum of ¢37,095.00 (thirty-seven thousand ninety-five colones exact) per per diem. Article 2—Only members who attend punctually to the respective sessions, and alternate members when they assume the position due to absence or legal cause so determined, of any of the principal members of the Board, shall be entitled to the payment of the per diem. Article 4—It shall come into effect upon publication.Artículo 1º-Se fija como monto de las dietas para los miembros de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de la Pesca y Acuicultura (INCOPESCA), por concepto de su asistencia a las sesiones correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 7384, por cada dieta la suma de ¢37.095,00 (treinta y siete mil noventa y cinco colones exactos). Artículo 2º-Solamente tendrán derecho al pago de la dieta, los miembros que asistan puntualmente a las sesiones respectivas y los miembros suplentes, cuando asuman el puesto por ausencia o causa legal que así lo determine, de alguno de los miembros propietarios de la Junta Directiva. Artículo 4º-Rige a partir de su publicación.
Pull quotesCitas destacadas
"el monto de la dieta para el año 2009, debe fijarse en la suma de ¢37.095,00 (treinta y siete mil noventa y cinco colones exactos), suma que incluye la inflación del período 2007 y del 2008."
"the per diem amount for 2009 must be set at the sum of ¢37,095.00 (thirty-seven thousand ninety-five colones exact), a sum that includes the inflation of the 2007 and 2008 period."
Considerando II
"el monto de la dieta para el año 2009, debe fijarse en la suma de ¢37.095,00 (treinta y siete mil noventa y cinco colones exactos), suma que incluye la inflación del período 2007 y del 2008."
Considerando II
"Solamente tendrán derecho al pago de la dieta, los miembros que asistan puntualmente a las sesiones respectivas y los miembros suplentes, cuando asuman el puesto por ausencia o causa legal que así lo determine."
"Only members who attend punctually to the respective sessions, and alternate members when they assume the position due to absence or legal cause so determined, shall be entitled to the payment of the per diem."
Artículo 2
"Solamente tendrán derecho al pago de la dieta, los miembros que asistan puntualmente a las sesiones respectivas y los miembros suplentes, cuando asuman el puesto por ausencia o causa legal que así lo determine."
Artículo 2
Full documentDocumento completo
en la totalidad del texto - Complete Text of Norma 35241 Fixing the amount of the attendance fees (dietas) for members of the Board of Directors of INCOPESCA Complete Text record: DDBAD Nº 35241-MAG Nº 35241-MAG (This decree was repealed by article 3 of Decreto Ejecutivo N° 36740 of July 18, 2011, "Fija el monto de las dietas para los miembros de la Junta Directiva de INCOPESCA") THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF AGRICULTURA Y GANADERÍA In use of the powers conferred by articles 140, subsections 3), 8), 18) and 20) and 146) of the Constitución Política and articles 25, 27.1, 28.2b of Ley 6227 of May 2, 1978, Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 7138 of November 16, 1989, Ley Nº 7384 of March 16, 1994, Ley de Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura and Ley Nº 8436 of February 10, 2005, Ley de Pesca y Acuicultura, published in La Gaceta Nº 78 of April 25, 2005.
Considering (Considerando):
I.-That article 60 of Ley Nº 7138 of November 16, 1989, establishes the power of the Poder Ejecutivo to remunerate the attendance fees (dietas) of the members of the Boards of Directors (Juntas Directivas), of the Autonomous Institutions (Instituciones Autónomas) and other Boards of Directors (Junta Directivas) appointed by the Poder Ejecutivo, in accordance with the inflation index determined by the Banco Central de Costa Rica.
II.-That according to the applicable normative provisions, in relation to the accumulated variation amounts corresponding to the inflation indices up to December 2008, provided by the Statistics Section of the Banco Central de Costa Rica, the amount of the attendance fee for the year 2009 must be fixed in the sum of ¢37,095.00 (thirty-seven thousand ninety-five exact colones), a sum that includes the inflation for the 2007 and 2008 period.
III.-That INCOPESCA has the necessary and approved budgetary resources to cover said payment. Therefore (Por tanto),
Fixing the amount of the attendance fees for members of the Board of Directors of INCOPESCA
Decree:
Given at the Presidencia de la República.-San José, on the third day of March, 2009.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 35241 Fijación del monto de las dietas para miembros de la Junta Directiva de INCOPESCA Texto Completo acta: DDBAD Nº 35241-MAG Nº 35241-MAG (Este decreto fue derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 36740 del 18 de julio del 2011, "Fija el monto de las dietas para los miembros de la Junta Directiva de INCOPESCA") EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146) de la Constitución Política y los artículos 25, 27.1, 28.2b de la Ley 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7138 del 16 de noviembre de 1989, la Ley Nº 7384 del 16 de marzo de 1994, Ley de Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura y la Ley Nº 8436 del 10 de febrero de 2005, Ley de Pesca y Acuicultura, publicada en La Gaceta Nº 78 del 25 de abril del 2005.
I.-Que el artículo 60 de la Ley Nº 7138 de 16 de noviembre de 1989, establece la potestad del Poder Ejecutivo de remunerar las dietas de los miembros de la Juntas Directivas, de las Instituciones Autónomas y demás Junta Directivas nombradas por el Poder Ejecutivo, de conformidad con el índice de inflación que determine el Banco Central de Costa Rica.
II.-Que según las disposiciones normativas aplicables, en relación con los montos de variación acumulada correspondiente a los índices de inflación a diciembre de 2008, suministrados por la Sección de Estadísticas del Banco Central de Costa Rica, el monto de la dieta para el año 2009, debe fijarse en la suma de ¢37.095,00 (treinta y siete mil noventa y cinco colones exactos), suma que incluye la inflación del período 2007 y del 2008.
III.-Que el INCOPESCA cuanta con los recursos presupuestarios necesarios y aprobados, para atender dicho pago. Por tanto,
Fijación del monto de las dietas para miembros de la Junta Directiva de INCOPESCA
Considerando:
Decretan:
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los tres días del mes de marzo del 2009.
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