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Acuerdo 0 (Instituto Costarricense de Turismo, 31/07/2007) · 31/07/2007
OutcomeResultado
SummaryResumen
This agreement by the Board of Directors of the Costa Rican Tourism Institute (ICT) establishes the procedure for coastal municipalities to request authorization to use revenues from concession fees in the maritime-terrestrial zone, per Article 59 of Law No. 6043. The rule allows, exceptionally and with prior ICT authorization, these funds to be allocated to municipal needs outside the maritime zone, provided that no outstanding improvement commitments exist in that zone. The procedure requires a council agreement justifying the request, a plan of past investments, a future investment program, and control mechanisms. The ICT reserves the right to verify information and issue observations, and the municipal internal audit must submit annual reports on the reasonableness of the use of funds.Este acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) establece el procedimiento que deben seguir las municipalidades costeras para solicitar autorización de uso de los ingresos provenientes del canon de concesiones en zona marítimo terrestre, conforme al artículo 59 de la Ley N° 6043. La norma permite que, excepcionalmente y con autorización previa del ICT, estos recursos se destinen a necesidades del cantón fuera de la zona marítimo terrestre, siempre que se demuestre que no existen compromisos de mejoras pendientes en dicha zona. El procedimiento exige la presentación de un acuerdo de concejo que justifique la solicitud, un plan de inversiones realizadas, un programa de inversión futura y mecanismos de control. El ICT se reserva el derecho de verificar la información y emitir observaciones, y la auditoría interna municipal debe rendir informes anuales sobre la razonabilidad del uso de los fondos.
Key excerptExtracto clave
a) The Municipality interested in requesting authorization from the Costa Rican Tourism Institute for the application of Article 59 of the Maritime-Terrestrial Zone Law must demonstrate that there are no commitments for improvements to be made in the maritime-terrestrial zone and that there are no pending commitments to demarcate sectors, carry out regulatory plans for sectors determining the development of the canton, for which it must provide the following documentation: ...a) La Municipalidad interesada en solicitar la autorización de parte del Instituto Costarricense de Turismo para la aplicación del Artículo 59 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre, deberá demostrar que no existen compromisos de mejoras por realizar en la zona marítimo terrestre y que no hayan compromisos pendientes de amojonar sectores, realizar planes reguladores de sectores determinantes para el desarrollo del cantón, para ello debe aportar la siguiente documentación: ...
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"La Municipalidad interesada en solicitar la autorización de parte del Instituto Costarricense de Turismo para la aplicación del Artículo 59 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre, deberá demostrar que no existen compromisos de mejoras por realizar en la zona marítimo terrestre y que no hayan compromisos pendientes de amojonar sectores, realizar planes reguladores de sectores determinantes para el desarrollo del cantón"
"The Municipality interested in requesting authorization from the Costa Rican Tourism Institute for the application of Article 59 of the Maritime-Terrestrial Zone Law must demonstrate that there are no commitments for improvements to be made in the maritime-terrestrial zone and that there are no pending commitments to demarcate sectors, carry out regulatory plans for sectors determining the development of the canton"
Acuerdo, inciso a)
"La Municipalidad interesada en solicitar la autorización de parte del Instituto Costarricense de Turismo para la aplicación del Artículo 59 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre, deberá demostrar que no existen compromisos de mejoras por realizar en la zona marítimo terrestre y que no hayan compromisos pendientes de amojonar sectores, realizar planes reguladores de sectores determinantes para el desarrollo del cantón"
Acuerdo, inciso a)
"La veracidad de la documentación aportada es responsabilidad de la Municipalidad, una vez aportada la documentación, se procederá a valorar la viabilidad de la autorización, para remitir a la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo la recomendación del caso."
"The veracity of the documentation provided is the responsibility of the Municipality; once the documentation is provided, the feasibility of the authorization will be assessed to submit the recommendation to the Board of Directors of the Costa Rican Tourism Institute."
Acuerdo, inciso a)
"La veracidad de la documentación aportada es responsabilidad de la Municipalidad, una vez aportada la documentación, se procederá a valorar la viabilidad de la autorización, para remitir a la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo la recomendación del caso."
Acuerdo, inciso a)
"La Auditoría Interna de la Municipalidad correspondiente, deberá emitir anualmente y enviar a la Gerencia del ICT; criterio sobre la razonabilidad de la aplicación del procedimiento de control establecido y aprobado por el Concejo."
"The Internal Audit of the corresponding Municipality must issue annually and send to the ICT Management; criteria on the reasonableness of the application of the control procedure established and approved by the Council."
Acuerdo, inciso a), numeral 4
"La Auditoría Interna de la Municipalidad correspondiente, deberá emitir anualmente y enviar a la Gerencia del ICT; criterio sobre la razonabilidad de la aplicación del procedimiento de control establecido y aprobado por el Concejo."
Acuerdo, inciso a), numeral 4
Full documentDocumento completo
… throughout the entirety of the text - Full Text of Regulation 0 Procedure to be processed by coastal Municipalities for the application of Article 59 of Law No. 6043 Full Text of record: AF998 COSTA RICAN TOURISM BOARD COSTA RICAN TOURISM BOARD The Board of Directors of the Costa Rican Tourism Board, in ordinary session No. 5480, article 5, subsection XIII, held on July 31, 2007,
1- Submit, by means of a Council Agreement, the express request to apply Article 59 of Law No. 6043. The Agreement must indicate the following:
. The needs for which it is required to invest the resources from lease fees (canon).
. The amount requested.
. The justification of why the income from lease fees (canon) will not be used for the development of the maritime terrestrial zone.
2- Submit an Investment Plan of what has been carried out, reflecting the following:
. Certification of income obtained from Concessions (amounts that are not strictly from this concept must not be taken into account).
. Investments in the maritime terrestrial zone in the last two years.
. Coastal sectors where investment has been made in the improvements indicated in Article 59 of the Law (in previous years).
. Type of improvements carried out.
. Amount of money invested per sector.
3- An estimated investment program to fulfill the improvement plan indicated in Article 59, setting out the commitments for the implementation of the Regulatory Plans already approved and published in La Gaceta, must include:
. Recently approved and published Regulatory Plans, which will be subject to implementation, allocating the respective resources, indicating which works will be carried out in road openings, improvement of access routes to coastal sectors, among others.
. Scheduled improvements for the maritime terrestrial zone with the execution timeline.
. Budgeted amount for the improvements.
4- To establish adequate Control Mechanisms for the verification of the proper use and management of the authorized resources, the Municipality must provide the following:
. Documentation establishing, by the Municipal Council, the Control Mechanism that will be used for the administration of the authorized resource(s). In this way, the ICT reserves the right to make any observation.
. The corresponding Municipality's Internal Audit Department must issue annually and send to the ICT Management; an opinion on the reasonableness of the application of the control procedure established and approved by the Council.
The veracity of the documentation provided is the responsibility of the Municipality. Once the documentation is provided, the viability of the authorization will be assessed, in order to submit the corresponding recommendation to the Board of Directors of the Costa Rican Tourism Board.
RESOLVES:
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 0 Procedimiento para tramitar por parte de las Municipalidades costeras, la aplicación del Artículo 59 de la Ley N° 6043 Texto Completo acta: AF998 INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO La Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo en sesión ordinaria N° 5480, artículo 5, inciso XIII, celebrada el día 31 de julio del 2007, ACUERDA:
1- Presentar por medio de un Acuerdo de Concejo la solicitud expresa de aplicar el Artículo 59 de la Ley N° 6043, en el Acuerdo se deberá indicar lo siguiente:
. Las necesidades en las que se requiere invertir los recursos por concepto de canon.
. El monto solicitado.
. La justificación del por qué los ingresos por concepto de canon, no serán utilizados para el desarrollo de la zona marítimo terrestre.
2- Presentar un Plan de las Inversiones que se han realizado que refleje lo siguiente:
. Certificación de los ingresos obtenidos por concepto de Concesiones (no se deben tomar en cuenta montos que no sean estrictamente por este concepto).
. Inversiones en la zona marítimo terrestre en los últimos dos años.
. Sectores costeros donde se ha invertido en las mejoras señaladas en el Artículo 59 de la Ley (en los años anteriores).
. Tipo de mejoras realizadas.
. Monto de los dineros invertidos por cada sector.
3- Un Programa de la inversión estimada para dar cumplimiento al plan de mejoras que señala el Artículo 59, consignando los compromisos para la implementación de los Planes Reguladores ya aprobados y oficializados en La Gaceta, deberán incluir:
. Planes Reguladores de reciente aprobación y oficialización, los cuales serán objeto de implementación, asignando los recursos respectivos, indicando que obras se realizarán en apertura de caminos, mejoramiento de vías de acceso a sectores costeros, entre otros.
. Mejoras programadas para la zona marítimo terrestre con el plazo de ejecución.
. Monto presupuestado para las mejoras.
4- Para establecer los adecuados Mecanismos de Control en la verificación del adecuado uso y manejo de los recursos autorizados, la Municipalidad deberá aportar lo siguiente:
. Documentación donde se establezca por parte del Concejo Municipal, el Mecanismo de Control que será utilizado para la administración del o los recursos que se autorizan. De esta forma el ICT se reserva el derecho de hacer cualquier observación.
. La Auditoría Interna de la Municipalidad correspondiente, deberá emitir anualmente y enviar a la Gerencia del ICT; criterio sobre la razonabilidad de la aplicación del procedimiento de control establecido y aprobado por el Concejo.
La veracidad de la documentación aportada es responsabilidad de la Municipalidad, una vez aportada la documentación, se procederá a valorar la viabilidad de la autorización, para remitir a la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo la recomendación del caso.
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