← Environmental Law Center← Centro de Derecho Ambiental
OutcomeResultado
The INCOPESCA Board of Directors agrees to amend Article 26 of the Autonomous Organization and Services Regulation to change the working hours to 8:00 a.m. – 4:00 p.m. and redefine lunch and break periods.La Junta Directiva del INCOPESCA acuerda modificar el artículo 26 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios para cambiar la jornada laboral a un horario de 8:00 a 16:00 horas y redefinir los períodos de almuerzo y refrigerios.
SummaryResumen
This document is a resolution by the Board of Directors of the Costa Rican Institute of Fishing and Aquaculture (INCOPESCA) amending Article 26 of the Autonomous Organization and Services Regulation, originally approved by agreement AJDIP/255-97. The amendment adjusts the working hours for the institution's employees, establishing a new continuous work schedule from Monday to Friday, 8:00 a.m. to 4:00 p.m., replacing the previous schedule of 7:30 a.m. to 4:00 p.m. It also redefines the periods for lunch and morning and afternoon breaks, assigning specific time slots for their enjoyment. The modification responds to government energy-saving directives that restricted the use of air conditioning and electric lighting before 8:30 a.m., which hindered work at INCOPESCA's coastal offices. It also aims to align the institutional schedule with that of the Ministry of Production, the sector's governing body. The agreement took effect upon publication in the Official Gazette La Gaceta.Este documento es un acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA) que modifica el artículo 26 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios, aprobado originalmente mediante acuerdo AJDIP/255-97. La reforma ajusta la jornada laboral de los funcionarios de la institución, estableciendo un nuevo horario de trabajo continuo de lunes a viernes, de 8:00 a 16:00 horas, en lugar del horario anterior de 7:30 a 16:00 horas. También redefine los períodos para el almuerzo y los refrigerios matutino y vespertino, asignando franjas horarias específicas para su disfrute. La modificación responde a directrices gubernamentales de ahorro energético, que restringían el uso de aires acondicionados y luz eléctrica antes de las 8:30 horas, lo cual dificultaba las labores en las sedes costeras del INCOPESCA. Asimismo, busca alinear el horario institucional con el establecido en el Ministerio de la Producción, ente rector del sector. El acuerdo entró en vigor tras su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Key excerptExtracto clave
1º- Amend Article 26 of Agreement AJDIP-255-97 to read as follows: "The ordinary working day for the Institute's employees shall be cumulative and continuous, from Monday to Friday. It shall begin at eight o'clock and end at sixteen o'clock, without prejudice to the changes and adjustments that may be necessary in the different units of the Institute due to the nature of the work performed. Within that working day, employees shall enjoy a forty-five-minute period for lunch, which may be taken between 11:30 a.m. and 1:30 p.m., in addition to fifteen minutes in the morning, which may be taken between 9:00 a.m. and 9:30 a.m., and fifteen minutes in the afternoon, which may be taken between 3:00 p.m. and 3:30 p.m., for a break, and must at all times follow the guidelines provided by the Human Resources Section. Heads of departments shall be responsible for how their respective staff use these breaks within the established schedules, as they are directly responsible for the proper functioning of the unit under their charge."1º-Modifíquese el artículo 26 del Acuerdo AJDIP-255-97, para que se lea de la siguiente manera: "La jornada ordinaria de trabajo para los servidores del Instituto será acumulativa y contínua, de lunes a viernes. Se inicia a las ocho horas y concluye a las dieciséis horas, sin perjuicio de los cambios y ajustes que sean necesarios realizar en las distintas dependencias del Instituto, debido a la naturaleza del trabajo que se realiza. Dentro de esa jornada, los servidores disfrutarán de un lapso de cuarenta y cinco minutos para el almuerzo, el cual podrá hacerse efectivo entre las 11:30 horas a las 13:30 horas, además de quince minutos en la mañana el cual podrá hacerse efectivo entre las 9:00 horas a las 9:30 horas y quince minutos en la tarde el cual podrá hacerse efectivo entre las 15:00 horas y las 15:30 horas; para un refrigerio, debiendo ajustarse en todo momento a las pautas dadas por la Sección de Recursos Humanos. Los Jefes serán los responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de estos descansos dentro de los horarios establecidos, como responsable directo de la buena marcha de la dependencia a su cargo".
Pull quotesCitas destacadas
"La jornada ordinaria de trabajo para los servidores del Instituto será acumulativa y contínua, de lunes a viernes. Se inicia a las ocho horas y concluye a las dieciséis horas."
"The ordinary working day for the Institute's employees shall be cumulative and continuous, from Monday to Friday. It shall begin at eight o’clock and end at sixteen o’clock."
Por tanto, Artículo 26 modificado
"La jornada ordinaria de trabajo para los servidores del Instituto será acumulativa y contínua, de lunes a viernes. Se inicia a las ocho horas y concluye a las dieciséis horas."
Por tanto, Artículo 26 modificado
"Dentro de esa jornada, los servidores disfrutarán de un lapso de cuarenta y cinco minutos para el almuerzo, el cual podrá hacerse efectivo entre las 11:30 horas a las 13:30 horas."
"Within that working day, employees shall enjoy a forty-five-minute period for lunch, which may be taken between 11:30 a.m. and 1:30 p.m."
Por tanto, Artículo 26 modificado
"Dentro de esa jornada, los servidores disfrutarán de un lapso de cuarenta y cinco minutos para el almuerzo, el cual podrá hacerse efectivo entre las 11:30 horas a las 13:30 horas."
Por tanto, Artículo 26 modificado
"Los Jefes serán los responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de estos descansos dentro de los horarios establecidos."
"Heads of departments shall be responsible for how their respective staff use these breaks within the established schedules."
Por tanto, Artículo 26 modificado
"Los Jefes serán los responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de estos descansos dentro de los horarios establecidos."
Por tanto, Artículo 26 modificado
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Norm 317 Reform of the Autonomous Regulation of Organization and Services of the Costa Rican Institute of Fisheries and Aquaculture (A.J.D.I.P./255-97) Complete Text of Record: AEC58 BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA AJDIP/317-2007.-Puntarenas, on the twenty-fourth day of the month of August, 2007.
Within that working day, the servants shall enjoy a period of forty-five minutes for lunch, in addition to fifteen minutes in the morning and fifteen minutes in the afternoon for a coffee break, and must at all times adjust to the guidelines given by the Human Resources Section.
The Heads shall be responsible for the manner in which their respective staff makes use of these breaks, as the directly responsible party for the smooth operation of the office under their charge."
Within that working day, the servants shall enjoy a period of forty-five minutes for lunch, which may be taken between 11:30 and 13:30, in addition to fifteen minutes in the morning which may be taken between 9:00 and 9:30 and fifteen minutes in the afternoon which may be taken between 15:00 and 15:30; for a coffee break, and must at all times adjust to the guidelines given by the Human Resources Section.
The Heads shall be responsible for the manner in which their respective staff makes use of these breaks within the established schedules, as the directly responsible party for the smooth operation of the office under their charge."
1º-Amend article 26 of Agreement AJDIP-255-97, so that it shall read as follows: "The ordinary working day for the Institute's servants shall be cumulative and continuous, Monday through Friday. It begins at eight o'clock and concludes at sixteen o'clock, without prejudice to the changes and adjustments that may be necessary to make in the different offices of the Institute, due to the nature of the work performed.
Within that working day, the servants shall enjoy a period of forty-five minutes for lunch, which may be taken between 11:30 and 13:30, in addition to fifteen minutes in the morning which may be taken between 9:00 and 9:30 and fifteen minutes in the afternoon which may be taken between 15:00 and 15:30; for a coffee break, and must at all times adjust to the guidelines given by the Human Resources Section.
The Heads shall be responsible for the manner in which their respective staff makes use of these breaks within the established schedules, as the directly responsible party for the smooth operation of the office under their charge." 2º-Effective as of its publication in the Official Gazette La Gaceta.
Firm agreement. Let it be published.
Considering:
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 317 Reforma Reglamento Autónomo de Organización y Servicios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (A.J.D.I.P./255-97) Texto Completo acta: AEC58 BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA AJDIP/317-2007.-Puntarenas, a los veinticuatro días del mes de agosto del 2007.
Dentro de esa jornada, los servidores disfrutarán de un lapso de cuarenta y cinco minutos para el almuerzo, además de quince minutos en la mañana y quince minutos en la tarde para un refrigerio, debiendo ajustarse en todo momento a las pautas dadas por la Sección de Recursos Humanos.
Los Jefes serán los responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de estos descansos, como responsable directo de la buena marcha de la dependencia a su cargo."
Dentro de esa jornada, los servidores disfrutarán de un lapso de cuarenta y cinco minutos para el almuerzo, el cual podrá hacerse efectivo entre las 11:30 horas a las 13:30 horas, además de quince minutos en la mañana el cual podrá hacerse efectivo entre las 9:00 horas a las 9:30 horas y quince minutos en la tarde el cual podrá hacerse efectivo entre las 15:00 horas y las 15:30 horas; para un refrigerio, debiendo ajustarse en todo momento a las pautas dadas por la Sección de Recursos Humanos.
Los Jefes serán los responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de estos descansos dentro de los horarios establecidos, como responsable directo de la buena marcha de la dependencia a su cargo".
1º-Modifíquese el artículo 26 del Acuerdo AJDIP-255-97, para que se lea de la siguiente manera: "La jornada ordinaria de trabajo para los servidores del Instituto será acumulativa y contínua, de lunes a viernes. Se inicia a las ocho horas y concluye a las dieciséis horas, sin perjuicio de los cambios y ajustes que sean necesarios realizar en las distintas dependencias del Instituto, debido a la naturaleza del trabajo que se realiza.
Dentro de esa jornada, los servidores disfrutarán de un lapso de cuarenta y cinco minutos para el almuerzo, el cual podrá hacerse efectivo entre las 11:30 horas a las 13:30 horas, además de quince minutos en la mañana el cual podrá hacerse efectivo entre las 9:00 horas a las 9:30 horas y quince minutos en la tarde el cual podrá hacerse efectivo entre las 15:00 horas y las 15:30 horas; para un refrigerio, debiendo ajustarse en todo momento a las pautas dadas por la Sección de Recursos Humanos.
Los Jefes serán los responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de estos descansos dentro de los horarios establecidos, como responsable directo de la buena marcha de la dependencia a su cargo".
2º-Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Acuerdo firme. Publíquese.
Considerando:
Document not found. Documento no encontrado.