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Regulation for the Application of the Waste Collection Service FeeReglamento para la Aplicación de la Tarifa del Servicio de Recolección de Basura

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Active lawNorma vigente

Establishes categories and fees for traditional waste collection service in the canton of Montes de Oro.Establece las categorías y tarifas para el servicio de recolección de basura tradicional en el cantón de Montes de Oro.

SummaryResumen

This municipal regulation establishes the categories and fees for the collection and final disposal of traditional solid waste in the canton of Montes de Oro. It defines in detail the residential rates (three categories based on construction area and waste production), commercial rates (seven categories based on activity and employees), and institutional rates (three categories based on user population). It includes provisions on municipal obligations, a claims procedure, waste presentation requirements, and a penalty regime for non-compliance. Although it addresses waste management, it does not establish substantive environmental regulations such as hazardous waste management, recycling, or protection of natural resources, so its scope is mainly tariff-related and operational.Este reglamento municipal establece las categorías y tarifas para el servicio de recolección y disposición final de residuos sólidos tradicionales en el cantón de Montes de Oro. Define detalladamente las tarifas residencial (tres categorías según área de construcción y producción de desechos), comercial (siete categorías según actividad y empleados) e institucional (tres categorías según población usuaria). Incluye disposiciones sobre obligaciones municipales, procedimiento de reclamos, requisitos para la presentación de residuos y un régimen de sanciones por incumplimiento. Aunque aborda la gestión de residuos, no establece regulaciones ambientales sustantivas como manejo de desechos peligrosos, reciclaje o protección de recursos naturales, por lo que su alcance es principalmente tarifario y operativo.

Key excerptExtracto clave

Article 2: Every housing unit, private patentee, public or private non-commercial state entity, that is within the coverage area of the traditional waste collection service, must pay the respective fee and comply with this regulation. Article 3: The Municipality shall charge for the traditional waste collection service by categories, for all users within the coverage area, a service that must be provided regularly and ensuring its good quality.Artículo 2º-Toda unidad habitacional, patentado privado, ente de carácter estatal público o privado no comercial, que se encuentre dentro del área de cobertura del servicio de recolección de desechos tradicionales, deberá de cancelar la tarifa respectiva y cumplir el presente reglamento. Artículo 3º-La Municipalidad realizará el cobro del servicio de recolección de basura tradicional por categorías, para todos los usuarios se encuentren dentro del área de cobertura, servicio que deberá ser de manera regular y garantizando que el mismo de buena calidad.

Pull quotesCitas destacadas

  • "La Municipalidad de Montes de Oro en uso de las facultades que le confiere el Código Municipal, la Constitución Política y las Leyes de la República de Costa Rica, establece el siguiente reglamento..."

    "The Municipality of Montes de Oro, in use of the powers conferred by the Municipal Code, the Political Constitution and the Laws of the Republic of Costa Rica, establishes the following regulation..."

    Considerandos

  • "La Municipalidad de Montes de Oro en uso de las facultades que le confiere el Código Municipal, la Constitución Política y las Leyes de la República de Costa Rica, establece el siguiente reglamento..."

    Considerandos

  • "Artículo 4º-La Municipalidad podrá realizar un estudio específico para cualquier usuario del servicio, donde se considere que la cantidad de desechos tradicionales generados por semana, sea diferente a la establecida en el rango de generación donde se clasificó originalmente..."

    "Article 4: The Municipality may conduct a specific study for any service user, where it is considered that the amount of traditional waste generated per week is different from that established in the generation range where it was originally classified..."

    Capítulo III

  • "Artículo 4º-La Municipalidad podrá realizar un estudio específico para cualquier usuario del servicio, donde se considere que la cantidad de desechos tradicionales generados por semana, sea diferente a la establecida en el rango de generación donde se clasificó originalmente..."

    Capítulo III

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Complete Text of Regulation 21 Regulation for the Application of the Tariff for the Garbage Collection Service Complete Text record: 9BF46 MUNICIPALITY OF MONTES DE ORO MUNICIPALITY OF MONTES DE ORO (Note from Sinalevi: The Municipality of Montes de Oro approved a new "Regulation for the Application of the Tariff for the Garbage Collection Service", in session No. 08 of February 20, 2012) The Municipal Council of Montes de Oro, through Chapter IV, of ordinary session No. 21-2006, held by this Corporation on May 22, 2006, definitively approved the Regulation for the Application of the Tariff for the Garbage Collection Service, as follows:

REGULATION FOR THE APPLICATION OF THE TARIFF FOR THE GARBAGE COLLECTION SERVICE The Municipality of Montes de Oro, in use of the powers conferred by the Código Municipal, the Constitución Política, and the Laws of the República de Costa Rica, establishes the following regulation, for the application of the tariff for the service of collection and final disposal of traditional solid waste (desechos sólidos tradicionales).

Definitions

CHAPTER I

1

a. Traditional Garbage (Basura tradicional): Solid waste traditionally generated, including paper, cardboard, plastic, organic foods, which are the result of the daily activities of different housing units, private licensees, and state entities.

b. Category (Categoría): Classification of a taxpayer according to the estimation of garbage generated per week, housing construction area, commercial activity carried out, nature of the institution, and other factors established in this regulation.

c. Waste (Desechos): Traditional garbage (Basura tradicional).

d. Municipality (Municipalidad): Municipality of Montes de Oro.

e. Collection Service (Servicio de recolección): Service of collecting and transporting solid waste (traditional garbage).

f. Final Disposal Service (Servicio de disposición final): Management of the waste collected by the Municipality, which is paid to the administrator of the sanitary landfill.

g. Service Rate (Tasa de los servicios): Amount to charge the taxpayer for the collection service, according to their category, subject to prior approval by the respective entities and publication in La Gaceta.

h. Residential Tariff (Tarifa Residencial): This is the designation assigned to dwellings and is classified into 3 categories according to the amount of waste they produce and/or their square meters of construction.

i. Commercial Tariff (Tarifa Comercial): This is the designation assigned to commerce and is classified into 7 categories according to the amount of waste they produce and/or the commercial activity they carry out.

j. Government Tariff (Tarifa de Gobierno): This is the designation assigned to government institutions, NGOs, and non-commercial institutions, and is classified into 3 categories according to the amount of waste they produce and/or their user population.

General Provisions

CHAPTER II

2

Obligations of the Municipality

CHAPTER III

3
4

Categorization

CHAPTER IV

5
  • a)Residential Tariff 1. b) Residential Tariff 2. c) Residential Tariff 3. d) Commercial Tariff 1. e) Commercial Tariff 2. f) Commercial Tariff 3. g) Commercial Tariff 4. h) Commercial Tariff 5. i) Commercial Tariff 6. j) Commercial Tariff 7. k) Government Tariff 1. l) Government Tariff 2. m) Government Tariff 3.
6

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified according to the square meters of construction of their dwelling.

7

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the construction meters of their dwelling.

8

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the construction meters of their dwelling.

9

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the activity and the number of people working in it.

10

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the activity and the number of people working in it.

11

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the activity and the number of people working in it.

12

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the activity and the number of people working in it.

13

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the activity and the number of people working in it.

14

In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to the activity and the number of people working in it.

15
16

Any government institution, NGO, or non-commercial institution that produces up to 24 kg of ordinary waste per week and has a user population of up to 15 people per day and that is located within the coverage area of the collection service. In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to its user population.

17

Any government institution, NGO, or non-commercial institution that produces between 25 and 48 kg of ordinary waste per week and has a user population of between 16 and 30 people per day and that is located within the coverage area of the collection service. In the event that the two variables are not met jointly, the subscriber shall be classified in the category according to its user population.

18

Any government institution, NGO, or non-commercial institution that produces more than 49 kg of ordinary waste per week and has a user population of more than 31 people per day and that is located within the coverage area of the collection service.

Claims

CHAPTER V

19
20
21

a. A note presenting the claim.

b. A photocopy of the legal representative's identification card (cédula) in the case of a legal entity or a photocopy of the identity card (cédula de identidad) in the case of a natural person.

c. A photocopy of the Legal Entity Certification (Certificación Personería Jurídica) or the registered license (patentado) in the case of a natural person.

d. A certification of the number of employees issued by the Caja Costarricense de Seguro Social. e. A certification from the ICT for hotels, cabins, or other activities of tourist interest.

22

Garbage Collection

CHAPTER VI

22

Sharp cutting objects must first be wrapped in a resistant material such as cardboard before being placed in the plastic bag or container used to store the garbage.

Containers that, due to their poor condition, represent a danger to municipal officials, the interested party will be notified to remove the container from use; otherwise, they will be removed by the municipal officials.

(NOTE FROM SINALEVI: In the publication of this regulation, article 22 was recorded twice)

23
24

Sanctions

CHAPTER VII

25
26

a. Placing dead animals in bags or containers that will later be collected.

b. Separating, removing, or extracting components of the garbage that are in containers at the collection site.

c. Washing or cleaning objects on public roads that may generate garbage.

d. Depositing waste such as branches, grass clippings (sácate), and other objects in bags for normal garbage collection, which can cause serious damage to the collection truck and is not subject to being charged for.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 21 Reglamento para la Aplicación de la Tarifa del Servicio de Recolección de Basura Texto Completo acta: 9BF46 MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO (Nota de Sinalevi: la Municipalidad de Montes de Oro aprobó un nuevo "Reglamento para la Aplicación de la Tarifa del Servicio de Recolección de Basura", en la sesión N° 08 del 20 de febrero de 2012 ) El Concejo Municipal de Montes de Oro, mediante Capítulo IV, de la sesión ordinaria Nº 21-2006, celebrada por esta Corporación el 22 de mayo del 2006, aprobó en forma definitiva, Reglamento para la Aplicación de la Tarifa del Servicio de Recolección de Basura, de la siguiente forma:

REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA TARIFA DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA La Municipalidad de Montes de Oro en uso de las facultades que le confiere el Código Municipal, la Constitución Política y las Leyes de la República de Costa Rica, establece el siguiente reglamento, para la aplicación de la tarifa del servicio de recolección y disposición final de desechos sólidos tradicionales.

Definiciones

CAPÍTULO I

1

a. Basura tradicional: Desechos sólidos generados tradicionalmente dentro de los que se encuentran el papel, cartón, plástico, alimentos orgánicos, que son el resultado de las actividades cotidianas de las distintas unidades habitacionales, patentados privados y entes de carácter estatal.

b. Categoría: Ubicación de un contribuyente de acuerdo a la estimación de basura que genera por semana, área de construcción de la vivienda, actividad comercial que desarrolla, naturaleza de la institución y otros que establezca el presente reglamento.

c. Desechos: Basura tradicional.

d. Municipalidad: Municipalidad de Montes de Oro.

e. Servicio de recolección: Servicio de recolectar y transportar los desechos sólidos (basura tradicional).

f. Servicio de disposición final: Manejo de los desechos que recoge la Municipalidad, y que se cancelan al administrador del relleno sanitario g. Tasa de los servicios: Monto a cobrar al contribuyente por el servicio de recolección, de acuerdo a su categoría, previa aprobación de los entes respectivos y publicación el La Gaceta.

h. Tarifa Residencial: Es la denominación asignada a las viviendas y se clasifica en 3 categorías de acuerdo a la cantidad de desechos que producen y/o a sus metros cuadrados de construcción.

i. Tarifa Comercial: Es la denominación asignada al comercio y se clasifica en 7 categorías de acuerdo a la cantidad de desechos que producen y/o a la actividad comercial que desarrollan.

j. Tarifa de Gobierno: Es la denominación asignada al las instituciones gubernamentales ONG, e instituciones no comerciales, y se clasifica en 3 categorías de acuerdo a la cantidad de desechos que producen y/o a su población usuaria.

CAPÍTULO II

Disposiciones generales

2

Obligaciones de la Municipalidad

CAPÍTULO III

3
4

Categorización

CAPÍTULO IV

5
  • a)Tarifa Residencial 1.
  • b)Tarifa Residencial 2.
  • c)Tarifa Residencial 3.
  • d)Tarifa Comercial 1.
  • e)Tarifa Comercial 2.
  • f)Tarifa Comercial 3.
  • g)Tarifa Comercial 4.
  • h)Tarifa Comercial 5.
  • i)Tarifa Comercial 6.
  • j)Tarifa Comercial 7.
  • k)Tarifa Gobierno 1.
  • l)Tarifa Gobierno 2.
  • m)Tarifa Gobierno 3.
6

de desechos ordinarios por semana y su área de construcción sea igual o menor a 75 metros cuadrados.

En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado según los metros cuadrados de construcción de su vivienda.

7

y 18 kgr de desechos ordinarios por semana y además su área de construcción este, entre 76 a 150 metros cuadrados.

En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría por los metros de construcción de su vivienda.

8

de desechos ordinarios por semana y además su área de construcción sea mayor a 151 metros cuadrados.

En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría, por los metros de construcción de su vivienda

9

de desechos ordinarios por semana, y la actividad comercial este entre patentados de: pulperías pequeñas, talleres de artesanía pequeños, verdulerías pequeñas, tiendas pequeñas, bazares, salas de belleza, barberías, oficinas, cerrajerías, ciclos, estudios fotográficos, ventas de discos, gimnasios, academias de bailes, joyerías, molinos de maíz, homeopatía, ópticas, talleres de electrodomésticos, ventas de lotería, video clubes, juegos electrónicos, pooles y otras pequeñas actividades comerciales, donde labore no más de 1 persona y que se ubiquen dentro del área de cobertura del servicio de recolección. En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según la actividad y número de personas que laboren en ella.

10

de desechos ordinarios por semana y su actividad este entre patentados de pulperías, sodas, bares (cantinas), carnicerías, talleres de artesanía, fabricas, cerámicas, floristerías, heladerías, viveros, librerías, pastelerías, tiendas, veterinarias, zapaterías, verdulerías y otras actividades comerciales donde laboren 2 personas y que se ubiquen dentro del área de cobertura del servicio de recolección. En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según la actividad y número de personas que laboren en ella.

11

de desechos ordinarios por semana y la actividad este dentro de los patentados de hoteles y cabinas de hasta 8 camas, abastecedores, panaderías, supermercados pequeños, licoreras, bares con salón, ebanistería, imprentas, tiendas, talleres de mecánica, talleres de pintura, talleres de metal y fábricas artesanales, talleres donde se realiza algún proceso de reparación, reconstrucción o restauración, y otras actividades comerciales donde laboren 3 personas. En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según la actividad y número de personas que laboren en ella.

12

de desechos ordinarios por semana y la actividad este dentro de los patentados de hoteles y cabinas de hasta 12 camas, supermercados, empresas de maquila, estaciones de servicio, barrestaurantes, talleres de mecánica, talleres de pintura, talleres de metal y fábricas artesanales, talleres donde se realiza algún proceso de reparación, reconstrucción o restauración, y otras actividades comerciales donde laboren 4 personas. En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según la actividad y número de personas que laboran en ella.

13

de desechos ordinarios por semana y la actividad este dentro de los patentados de hoteles y cabinas de hasta 18 camas, supermercados, empresas de maquila, estaciones de servicio, bar restaurantes, talleres de mecánica, de pintura, de metal donde se realiza algún proceso de reparación, reconstrucción o restauración y confección, y otras actividades comerciales donde laboren entre 5 y 8 personas. En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según la actividad y número de personas que laboran en ella

14

En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según la actividad y número de personas que laboran en ella.

15
16

Toda institución gubernamental, ONG o institución no comercial, que produzca hasta 24 kgr de desechos ordinarios por semana y tengan una población usuaria de hasta 15 personas por día y que se ubiquen dentro del área de cobertura del servicio de recolección. En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según su población usuaria.

17

Toda institución gubernamental, ONG o institución no comercial, que produzca entre 25 y 48 kgr de desechos ordinarios por semana y tengan una población usuaria entre 16 y 30 personas por día y que se ubiquen dentro del área de cobertura del servicio de recolección. En caso de no cumplirse las dos variables de forma conjunta, se ubicará el abonado en la categoría según su población usuaria

18

Toda institución gubernamental, ONG o institución no comercial, que produzca más de 49 kgr de desechos ordinarios por semana y tengan una población usuaria mayor de 31 personas por día y que se ubiquen dentro del área de cobertura del servicio de recolección.

Reclamos

CAPÍTULO V

19
20
21

a. Nota presentado el reclamo b. Fotocopia de la cédula del representante legal en caso de la persona jurídica o fotocopia de la cédula de identidad en caso de la persona física.

c. Fotocopia de la Certificación Personería Jurídica o el patentado registrado en caso de la persona física.

d. Certificación de la cantidad de empleados emitido por la Caja Costarricense de Seguro Social. e. Certificación del ICT para hoteles, cabinas u otras actividades de interés turísticos.

22

Recolección de basura

CAPÍTULO VI

22

Los objetos punzo cortantes primero deben envolverse en un material resistente como el cartón para luego depositarlo en la bolsa plástica o el recipiente que se utiliza para almacenar la basura.

Los recipientes que por su mal estado representen un peligro para los funcionarios municipales, se avisará al interesado para que saque fuera de uso el recipiente, de lo contrario serán retirados por los funcionarios municipales.

(NOTA DE SINALEVI: En la publicación de este reglamento se consignó dos veces el artículo 22)

23
24

Sanciones

CAPÍTULO VII

25
26

a. Colocar animales muertos en bolsas o recipientes que luego van a ser recolectados.

b. Separar, remover o extraer componentes de la basura que estén en recipientes en el sitio de recolección.

c. Lavar o limpiar objetos en la vía pública que puedan generar basura.

d. Depositar basuras como ramas, sácate y otros objetos en bolsas, para la recolección normal de basura, que pueden ocasionar graves daños al camión recolector y que no sea objeto de cobro.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Código Municipal

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