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Decreto 30746 · 25/09/2002

Declaration of Public Interest for Cooperation Agreement between the CNP and the CNAA on Quality and Food Safety ManagementDeclaratoria de Interés Público del Convenio de Cooperación entre el CNP y la CNAA sobre Gestión de la Calidad e Inocuidad

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OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

This executive decree declares of national public interest the Cooperation Agreement between the National Production Council (CNP) and the National Chamber of Agriculture and Agroindustry (CNAA), including its first addendum. It aims to establish a National Project for Quality and Food Safety Management in Costa Rican Agribusinesses, along with a guide for fresh agricultural products. The measure seeks to strengthen the competitiveness of the Costa Rican agricultural sector in international markets, particularly in response to requirements such as the EUREP GAP Code of Good Practice demanded by the European Union. The decree instructs public institutions to provide cooperation and support for program implementation, equipping agribusinesses with technological transfer and certification tools. It does not impose direct legal obligations on individuals, but rather establishes a national priority backing inter-institutional collaboration.Este decreto ejecutivo declara de interés público nacional el Convenio de Cooperación suscrito entre el Consejo Nacional de Producción (CNP) y la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA), incluyendo su primer addendum. El objetivo es establecer un Proyecto Nacional para la Gestión de la Calidad e Inocuidad en las Agroempresas Costarricenses, así como un instructivo para productos agrícolas frescos. La medida busca fortalecer la competitividad del sector agropecuario costarricense en mercados internacionales, especialmente ante exigencias como el Código de Buenas Prácticas EUREP GAP requerido por la Unión Europea. El decreto instruye a las instituciones públicas a brindar cooperación y apoyo para la implementación del programa, con el fin de dotar a las agroempresas de herramientas de transferencia tecnológica y certificación. No se establecen obligaciones legales directas para los particulares, sino una declaración de prioridad nacional que respalda la colaboración interinstitucional.

Key excerptExtracto clave

Article 1—The Cooperation Agreement between the National Production Council and the National Chamber of Agriculture and Agroindustry and its first addendum dated July twenty-first, nineteen ninety-nine and June thirteenth, two thousand, respectively, are declared of national public interest; to establish the National Project for Quality and Food Safety Management in Costa Rican Agribusinesses, as well as the Guide for Food Safety Management of Fresh Agricultural Products. Article 2—The authorities of the involved national public institutions and the bodies of the agricultural sector shall provide the necessary cooperation and support for the implementation and development of the previously described projects. Article 3—It shall take effect upon publication.Artículo 1º—Se declara de interés público nacional, el Convenio de Cooperación suscrito entre el Consejo Nacional de Producción y la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria y su primer addendum de fechas 21 de julio de mil novecientos noventa y nueve y del trece de junio del año dos mil respectivamente; para establecer el Proyecto Nacional para la Gestión de la Calidad e Inocuidad en las Agroempresas Costarricenses, así como el Instructivo para la Gestión de Inocuidad de Productos Agrícolas Frescos. Artículo 2º-Las autoridades de las instituciones públicas nacionales involucradas y las instancias del sector agropecuario brindarán la cooperación y apoyo necesario a la implementación y desarrollo de los proyectos anteriormente descritos. Artículo 3º-Rige a partir de su publicación.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Que para mantener y aumentar nuestros niveles de competitividad en los mercados internacionales se hace necesario que las agro empresas costarricenses inicien un proceso de concientización y capacitación sobre la mejora continua en sus procesos y niveles de competitividad, fortaleciendo e impulsando una plataforma real que les permita lograr un crecimiento en su campo de acción a corto y mediano plazo, hasta llegar al proceso de Certificación que las acredite ante los diferentes mercados sobre la calidad de su producto."

    "That to maintain and increase our competitiveness levels in international markets it is necessary for Costa Rican agribusinesses to begin a process of awareness and training on continuous improvement in their processes and competitiveness levels, strengthening and promoting a real platform that allows them to achieve growth in their field of action in the short and medium term, up to the Certification process that accredits them before different markets regarding the quality of their product."

    Considerando 5°

  • "Que para mantener y aumentar nuestros niveles de competitividad en los mercados internacionales se hace necesario que las agro empresas costarricenses inicien un proceso de concientización y capacitación sobre la mejora continua en sus procesos y niveles de competitividad, fortaleciendo e impulsando una plataforma real que les permita lograr un crecimiento en su campo de acción a corto y mediano plazo, hasta llegar al proceso de Certificación que las acredite ante los diferentes mercados sobre la calidad de su producto."

    Considerando 5°

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Complete Text of Norm 30746 Declares of National Public Interest, the Cooperation Agreement of the National Production Council and the National Chamber of Agriculture and Agroindustry and its First Addendum of 07/21/1999 and 06/13/2000.

Complete Text of act: 590E6 No. 30746-MAG-MEIC-COMEX No. 30746-MAG-MEIC-COMEX THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC THE MINISTER OF AGRICULTURE AND LIVESTOCK, THE MINISTER OF ECONOMY, INDUSTRY AND TRADE AND THE MINISTER OF FOREIGN TRADE In accordance with the powers established in Articles 140, subsections 3) and 18), and 146 of the Political Constitution, Law No. 7064 of April 29, 1987, Law for the Promotion of Agricultural Production which incorporates the Organic Law of the Ministry of Agriculture and Livestock and Law No. 6227 of May 2, 1978, General Law of Public Administration.

1.—That the National Chamber of Agriculture and Agroindustry (Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria, CNAA) is a non-profit Association, declared of public interest, that brings together producers, entrepreneurs and organizations from the agricultural, agroindustrial, and forestry sectors of Costa Rica and that works actively to achieve the development, reactivation and promotion of these sectors.

2.—That EUREP GAP, a group formed by wholesalers and retailers in the European Union market has imposed a series of requirements on its suppliers, who, as of December 2003, must comply with a Code of Good Practices that covers all aspects of on-farm production, a situation that endangers the future and stability of exports from the agri-food sector.

3.—That in 2001 Costa Rica exported $303,480,441.00 to the European Union market, totaling 338 exporting companies and that at least 118 national companies have the potential to export to the European market.

4.—That the national agricultural sector, in its different stages of production, handling and processing of its products, requires basic knowledge, adequate training and the implementation of Quality and Food Safety Management Systems (Sistemas de Gestión de la Calidad e Inocuidad) that allow them to demonstrate compliance with the requirements and demands described above, seeking the satisfaction of the latter and thus maintaining the levels of competitiveness and productive efficiency required in the current market.

5.—That to maintain and increase our levels of competitiveness in international markets, it is necessary for Costa Rican agribusinesses to initiate a process of awareness-raising and training on continuous improvement in their processes and levels of competitiveness, strengthening and promoting a real platform that allows them to achieve growth in their field of action in the short and medium term, until reaching the Certification process that accredits them before the different markets regarding the quality of their product.

6.—That the NATIONAL CHAMBER OF AGRICULTURE AND AGROINDUSTRY and the NATIONAL PRODUCTION COUNCIL signed in the month of July nineteen hundred ninety- nine a Cooperative Agreement whose basic objective is that both organizations work jointly in the implementation of projects aimed at promoting the development of the national productive sector and through which the National Chamber of Agriculture and Agroindustry and the National Production Council will jointly implement a Comprehensive Food Quality and Safety Management Program, as part of the productive transformation process of the agricultural sector, with the purpose of promoting the competitive capacity of the agribusiness sector.

7.—That the National Chamber of Agriculture and Agroindustry (CNAA) and the National Production Council have been supporting and promoting the Food Quality and Safety Management processes as a real and formal necessity for all national agricultural companies, through their "Program for the Management of Competitive Agribusinesses".

8.—That the development of this program is considered by the Executive Branch as a matter of national interest by virtue of the fact that it aims to provide agribusinesses of agricultural products with a technology transfer tool that allows them to be more competitive in the market and to opt for a certification process in the short and medium term and compete adequately in the international market and that at the same time allows keeping our external markets open. Therefore, They Decree:

Considering:

1
2
3

Issued at the Presidency of the Republic.—San José, on the twenty-fifth day of the month of September, two thousand two.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 30746 Declara de Interés Público Nacional, el Convenio de Cooperación del Consejo Nacional de Producción y la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria y su Primer Addendum de 21/07/1999 y de 13/06/2000.

Texto Completo acta: 590E6 Nº 30746-MAG-MEIC-COMEX Nº 30746-MAG-MEIC-COMEX EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR De conformidad con las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública.

  1. 1Que la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA) es una Asociación sin fines de lucro, declarada de interés público, que agrupa a productores, empresarios y organizaciones de los sectores agropecuario, agroindustrial, y forestal de Costa Rica y que trabaja activamente para lograr el desarrollo, reactivación y promoción de estos sectores.
  2. 2Que EUREP GAP, un grupo conformado por mayoristas y minoristas en el mercado de la Unión Europea ha impuesto una serie de requisitos a sus proveedores, quienes a partir de diciembre del año 2003, deben cumplir con un Código de Buenas Prácticas que cubre todos los aspectos de producción en campo, situación que pone en peligro el futuro y la estabilidad de las exportaciones del sector agroalimentario.
  3. 3Que en el año 2001 Costa Rica exportó $ 303.480.441,00 al mercado de la Unión Europea, ascendiendo a un total de 338 el número de empresas

mercado europeo.

  1. 4Que el sector agropecuario nacional, en sus distintas etapas de producción, manejo y proceso de sus productos, requiere de conocimientos básicos, de formación adecuada y de la implementación Sistemas de Gestión de la Calidad e Inocuidad que les permitan demostrar el cumplimiento de los requisitos y exigencias antes descritos, buscando la satisfacción de éste y así mantener los niveles de competitividad y eficiencia productiva requeridos en el mercado actual.
  2. 5Que para mantener y aumentar nuestros niveles de competitividad en los mercados internacionales se hace necesario que las agro empresas costarricenses inicien un proceso de concientización y capacitación sobre la mejora continua en sus procesos y niveles de competitividad, fortaleciendo e impulsando una plataforma real que les permita lograr un crecimiento en su campo de acción a corto y mediano plazo, hasta llegar al proceso de Certificación que las acredite ante los diferentes mercados sobre la calidad de su producto.
  3. 6Que la CÁMARA NACIONAL DE AGRICULTURA Y AGROINDUSTRIA y el CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN suscribieron en el mes de julio de mil novecientos noventa y nueve un Convenio Cooperativo que tiene como objetivo básico que ambas organizaciones trabajen de manera conjunta en la implementación de proyectos tendientes a fomentar el desarrollo del sector productivo nacional y mediante el cual la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria y el Consejo Nacional de Producción implementarán de manera conjunta un Programa Gestión Integral de calidad e Inocuidad de los alimentos, como parte del proceso de transformación productiva del Sector agropecuario, con la finalidad de promover la capacidad competitiva del sector agroempresarial.
  4. 7Que La Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA) y el Consejo Nacional de Producción han venido apoyando e impulsando los procesos de Gestión de la Calidad e Inocuidad de alimentos como necesidad real y formal para todas las empresas agropecuarias nacionales, mediante su "Programa para la Gestión de Agro empresas Competitivas".
  5. 8Que el desarrollo de este programa es considerado por el Poder Ejecutivo como un tema de interés nacional en virtud de que pretende dotar de una herramienta de transferencia tecnológica a las agro empresas de productos agropecuarios, que les permita ser más competitivas en el mercado y optar por un proceso de certificación a corto y mediano plazo y competir adecuadamente en el mercado internacional y que al mismo tiempo permite mantener abiertos nuestros mercados externos. Por tanto,

Considerando:

Decretan:

1
2
3

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil dos

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