Coalición Floresta Logo Coalición Floresta Search Buscar
Language: English
About Acerca de Contact Contacto Search Buscar Notes Notas Donate Donar Environmental Law Derecho Ambiental
About Acerca de Contact Contacto Search Buscar Notes Notas Donate Donar Environmental Law Derecho Ambiental
Language: English
Beta Public preview Vista previa

← Environmental Law Center← Centro de Derecho Ambiental

Decreto 30345 · 02/04/2002

Modification of Sale Price of Trees in State Forest NurseriesModificación del precio de venta de árboles en viveros forestales estatales

View document ↓ Ver documento ↓ View original source ↗ Ver fuente original ↗

Loading…Cargando…

OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

This decree modifies the sale price of forest trees from the Prof. Alfredo Anderson State Nursery, setting it at ¢90.00 per tree for all species, both native and exotic. This adjustment addresses the fact that prices had been frozen since 1997, falling below actual production costs. The regulation stipulates that sales revenue will go to the Forest Fund, as provided by Forestry Law 7575. To ensure the nursery's financial sustainability, MINAE must annually budget the proceeds and reinvest them in the same nursery. An annual price update every January is ordered, based on the consumer price index, via an administrative resolution published in La Gaceta. A review of production costs every five years is also mandated. Through this measure, the State aims to make state nursery tree production and sales self-sufficient, without competing with private enterprise, while guaranteeing the availability of species for reforestation, including those that are threatened or endangered.Este decreto modifica el precio de venta de árboles forestales provenientes del Vivero Forestal Prof. Alfredo Anderson, fijándolo en ¢90,00 por árbol, para todas las especies, tanto nativas como exóticas. Este ajuste responde a que los precios se habían mantenido congelados desde 1997, por debajo de los costos reales de producción. La norma establece que los ingresos por las ventas se destinarán al Fondo Forestal, tal como lo dispone la Ley Forestal 7575. Para asegurar la sostenibilidad financiera del vivero, el MINAE deberá presupuestar anualmente lo recaudado y reinvertirlo en el mismo vivero. Además, se ordena una actualización anual del precio de venta cada enero, según la variación del índice de precios al consumidor, mediante resolución administrativa publicada en La Gaceta. También se dispone una revisión de los costos de producción cada cinco años. Con esta medida, el Estado busca que la producción y venta de árboles en viveros estatales sea autosuficiente, sin competir con la empresa privada, pero sí garantizando la disponibilidad de especies para reforestación, incluyendo aquellas amenazadas o en vías de extinción.

Key excerptExtracto clave

Considering: 1—That it is in the State's interest to maintain a production of native and exotic forest trees that satisfies the demand for forest plantations of particular, institutional, and national interest. 4—That the State does not intend to compete with private enterprise in the production and sale of forest trees. 5—That the State intends for the production and sale of trees in state nurseries to behave and be maintained sustainably as a self-sufficient enterprise. Article 1—The sale price of trees from state forest nurseries is modified to a single price for exotic and native species of ¢90.00 (exactly ninety colones).Considerando: 1º—Que es interés del Estado mantener una producción de árboles forestales nativos y exóticos que satisfaga la demanda para plantaciones forestales de interés particular, institucional y nacional. 4º—Que el Estado no pretende competir con la empresa privada en la producción y venta de árboles forestales. 5º—Que el Estado pretende que la producción y venta de árboles en viveros estatales se comporte y se mantenga sosteniblemente como una empresa autosuficiente. Artículo 1º—Modifíquese el precio de venta de árboles provenientes de viveros forestales estatales al precio único para especies exóticas y nativas de ¢90,00 (noventa colones exactos).

Pull quotesCitas destacadas

  • "Que el precio de venta de los árboles producidos en el vivero Prof. Alfredo Anderson del MINAE, se ha mantenido por debajo de los costos de producción, ya que desde 1997 no se han variado."

    "Whereas the sale price of trees produced in the MINAE's Prof. Alfredo Anderson nursery has remained below production costs since it has not been changed since 1997."

    Considerando 6

  • "Que el precio de venta de los árboles producidos en el vivero Prof. Alfredo Anderson del MINAE, se ha mantenido por debajo de los costos de producción, ya que desde 1997 no se han variado."

    Considerando 6

  • "Artículo 1º—Modifíquese el precio de venta de árboles provenientes de viveros forestales estatales al precio único para especies exóticas y nativas de ¢90,00 (noventa colones exactos)."

    "Article 1—The sale price of trees from state forest nurseries is modified to a single price for exotic and native species of ¢90.00 (exactly ninety colones)."

    Artículo 1

  • "Artículo 1º—Modifíquese el precio de venta de árboles provenientes de viveros forestales estatales al precio único para especies exóticas y nativas de ¢90,00 (noventa colones exactos)."

    Artículo 1

  • "Artículo 3º—El Ministerio presupuestará anualmente lo percibido por los viveros forestales para ser invertido en los mismos viveros."

    "Article 3—The Ministry shall annually budget the proceeds from the forest nurseries to be invested in the same nurseries."

    Artículo 3

  • "Artículo 3º—El Ministerio presupuestará anualmente lo percibido por los viveros forestales para ser invertido en los mismos viveros."

    Artículo 3

  • "Artículo 5º—El Ministerio del Ambiente y Energía revisará los costos de producción de los árboles forestales cada cinco años."

    "Article 5—The Ministry of Environment and Energy shall review the production costs of forest trees every five years."

    Artículo 5

  • "Artículo 5º—El Ministerio del Ambiente y Energía revisará los costos de producción de los árboles forestales cada cinco años."

    Artículo 5

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Complete Text of Norm 30345 Amend the sale price of trees from state forest nurseries Complete Text of record: 4E2B6 Nº 30345-MINAE Nº 30345-MINAE THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY In the exercise of the powers granted to them by article 140, subsection 3) of the Political Constitution and in accordance with the provisions of the Forest Law (Ley Forestal) Nº 7575 of April 16, 1996, article 39, subsection f), articles 40 and 41,

  1. 1That it is in the State's interest to maintain a production of native and exotic forest trees that satisfies the demand for forest plantations of private, institutional, and national interest.
  2. 2That the Prof. Alfredo Anderson Forest Nursery serves as a Forest Training and Extension Center, useful to public and private institutions and to civil society in general.
  3. 3That it is the State's duty to procure the production and planting of threatened and endangered tree species.
  4. 4That the State does not intend to compete with private enterprise in the production and sale of forest trees.
  5. 5That the State intends for the production and sale of trees in state nurseries to perform and be maintained sustainably as a self-sufficient enterprise.
  6. 6That the sale price of trees produced at the MINAE's Prof. Alfredo Anderson nursery has remained below production costs, since they have not been changed since 1997.
  7. 7That the sale prices proposed in this Decree are supported by a study of production costs and the variation of the consumer price index of the Ministry of Economy, Industry, and Commerce (MEIC).

Considering:

Decree:

1
2
3
4
5
6
7

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 30345 Modifíquese el precio de venta de árboles provenientes de viveros forestales estatales Texto Completo acta: 4E2B6 Nº 30345-MINAE Nº 30345-MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DEL AMBIENTE Y ENERGÍA En el ejercicio de las facultades que les confieren el artículo 140, inciso 3) de la Constitución Política y de conformidad con lo establecido en la Ley Forestal Nº 7575 del 16 de abril de 1996, artículo 39, inciso f), artículos 40 y 41,

  1. 1Que es interés del Estado mantener una producción de árboles forestales nativos y exóticos que satisfaga la demanda para plantaciones forestales de interés particular, institucional y nacional.
  2. 2Que el Vivero Forestal Prof. Alfredo Anderson sirve como un Centro de Capacitación y Extensión Forestal, de utilidad para instituciones públicas, privadas y para la sociedad civil en general.
  3. 3Que es deber del Estado procurar la producción y siembra de especies arbóreas amenazadas y en vías de extinción.
  4. 4Que el Estado no pretende competir con la empresa privada en la producción y venta de árboles forestales.
  5. 5Que el Estado pretende que la producción y venta de árboles en viveros estatales se comporte y se mantenga sosteniblemente como una empresa autosuficiente.
  6. 6Que el precio de venta de los árboles producidos en el vivero Prof. Alfredo Anderson del MINAE, se ha mantenido por debajo de los costos de producción, ya que desde 1997 no se han variado.
  7. 7Que los precios de venta que se proponen en el presente Decreto se sustentan en un estudio de los costos de producción y en la variación del índice de precios al consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

Considerando:

Decretan:

1
2
3
4
5
6
7

Document not found. Documento no encontrado.

Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Forestry Law 7575 — Land Use and Forest ProtectionLey Forestal 7575 — Uso del Suelo y Protección Forestal

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley Forestal 7575 Art. 39
    • Ley Forestal 7575 Art. 40
    • Ley Forestal 7575 Art. 41
    • Constitución Política Art. 140 inciso 3

    Spanish key termsTérminos clave en español

    News & Updates Noticias y Actualizaciones

    All articles → Todos los artículos →

    Weekly Dispatch Boletín Semanal

    Field reporting and policy analysis from Costa Rica's forests. Reportajes y análisis de política desde los bosques de Costa Rica.

    ✓ Subscribed. ✓ Suscrito.

    One email per week. No spam. Unsubscribe in one click. Un correo por semana. Sin spam. Cancela en un clic.

    Or WhatsApp channelO canal de WhatsApp →
    Coalición Floresta © 2026 · All rights reserved © 2026 · Todos los derechos reservados

    Stay Informed Mantente Informado

    Conservation news and action alerts, straight from the field Noticias de conservación y alertas de acción, directo desde el campo

    Email Updates Actualizaciones por Correo

    Weekly updates, no spam Actualizaciones semanales, sin spam

    Successfully subscribed! ¡Suscripción exitosa!

    WhatsApp Channel Canal de WhatsApp

    Join to get instant updates on your phone Únete para recibir actualizaciones instantáneas en tu teléfono

    Join Channel Unirse al Canal
    Coalición Floresta Coalición Floresta © 2026 Coalición Floresta. All rights reserved. © 2026 Coalición Floresta. Todos los derechos reservados.
    🙏