TRANSITORIOS:
1º—Una vez publicado este decreto, la Unidad Ejecutora del Proyecto Parque Marino del Pacífico se constituirá en la Oficina Ejecutora del Plan de Inversiones en Infraestructura Física del MINAE, supervisando, en forma prioritaria, el desarrollo, tanto de la primera etapa del proyecto Parque Marino del Pacífico, como de cualquier otra que se establezca.
2º—Todos los recursos físicos, humanos, logísticos y materiales, actualmente asignados a la Unidad Ejecutora del Proyecto Parque Marino del Pacifico, formarán parte de la Oficina Ejecutora del Plan de Inversiones en Infraestructura Física, una vez creada ésta 3º—El Manual de Procedimientos para la Oficina Ejecutora será elaborado dentro de los quince días posteriores a la publicación de este decreto y será sometido a aprobación de la Ministra del Ambiente y Energía.