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Regulates Functions of the Environmental ComptrollerRegula Funciones del Contralor del Ambiente

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Active lawNorma vigente

The decree establishes the functions and organization of the Environmental Comptroller, including the administration of SITADA.El decreto establece las funciones y organización del Contralor del Ambiente, incluyendo la administración del SITADA.

SummaryResumen

This executive decree creates and regulates the position of Environmental Comptroller, attached to the office of the Minister of Environment and Energy, with the aim of monitoring the correct application of the Environmental Organic Law and all related laws concerning sustainable development. It grants functions of oversight, denunciation, reporting, service creation, inter-institutional liaison, communication with civil society, and administration of the Integrated System for Processing and Attention of Environmental Complaints (SITADA). The Comptroller is appointed by the Minister for a renewable four-year term and may form a team of deputy comptrollers specialized in areas such as forestry, water, air, soil, waste, environmental quality, and wildlife. Financial resources come from the ministerial budget, legal transfers, and donations. It also brings the MINAE Services Comptroller under its dependency. The decree is effective upon publication.Este decreto ejecutivo crea y regula el cargo de Contralor del Ambiente, dependiente del despacho del Ministro del Ambiente y Energía, con el objetivo de vigilar la correcta aplicación de la Ley Orgánica del Ambiente y de todas las leyes conexas relacionadas con un desarrollo sostenible. Se le otorgan funciones de vigilancia, denuncia, emisión de informes, creación de servicios, establecimiento de nexos interinstitucionales, comunicación con la sociedad civil y administración del Sistema Integrado de Trámites y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA). El Contralor es nombrado por el Ministro por un plazo de cuatro años prorrogables y puede constituir un equipo de subcontralores especializados en áreas como forestal, aguas, aire, suelos, desechos, calidad ambiental y vida silvestre. Los recursos financieros provienen del presupuesto ministerial, transferencias legales y donaciones. Además, integra bajo su dependencia la Contraloría de Servicios del MINAE. El decreto rige a partir de su publicación.

Key excerptExtracto clave

Article 2.—The functions of the Environmental Comptroller shall be as follows: a) Monitor the correct application of the objectives of the Environmental Organic Law. b) Monitor the correct application of the objectives of all laws directly related to the Environment (biodiversity, pollution, research, education, soil, water, energy, and in general all regulations related to sustainable development in harmony with nature). c) Denounce any violation of the Environmental Organic Law, the laws directly related to the defense and protection of the environment, the Maritime Terrestrial Zone, and other violations that threaten sustainable development in natural harmony, before the Environmental Prosecutor's Office, as well as before the Public Ministry. d) Create the services necessary for the correct application of the objectives of the Environmental Organic Law and laws related to the environment. e) Establish its own operating rules within the framework of the Environmental Organic Law. f) Request reports on the correct application and compliance with the objectives of the Environmental Organic Law as it deems appropriate and from the bodies responsible for its execution. g) Provide a semi-annual report to the Ministry of Environment and Energy on compliance with the Environmental Organic Law and other environment-related laws. Also propose the necessary administrative corrections for the faithful compliance with said laws. h) Establish links and exchanges with national and international bodies related to environmental matters to strengthen information or the development of cooperative programs of benefit to the country. i) Maintain permanent communication with the Regional Environmental Councils, environmental groups in the country, and other civil society organizations concerned with the defense and development of the environment, in order to assist in complaints and the correct application of environmental laws. j) Any other functions necessary to effectively fulfill the purposes of the Environmental Organic Law and other related laws. k) Administer the Integrated System for Processing and Attention of Environmental Complaints (SITADA), coordinating with the public agencies of the environmental sector its mandatory use, verifying the attention and resolution of complaints. Since SITADA is a computer tool that operates online 24 hours a day, seven days a week, citizen access must be facilitated, so it must also be complemented with the existence of a public internet interface and a telephone line for receiving complaints from citizens. (The foregoing subsection added by Article 4 of Executive Decree No. 43795 of September 21, 2022)Artículo 2º.Las funciones del Contralor del Ambiente serán las siguientes: a) Vigilar la correcta aplicación de los objetivos de la Ley Orgánica del Ambiente. b) Vigilar por la correcta aplicación de los objetivos de todas las leyes que tengan relación directa con el Ambiente (biodiversidad, contaminación, investigación, educación, suelo, aguas, energía y en general toda la normativa que se relacione con un desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza). c) Denunciar cualquier violación a la Ley Orgánica del Ambiente, las leyes que tengan relación directa con la defensa y protección del ambiente, la Zona Marítimo Terrestre y otras violaciones que atenten contra un desarrollo sostenible en armonía natural, ante la Procuraduría Ambiental, así como ante el Ministerio Público. d) Crear los servicios que sean necesarios para la correcta aplicación de los objetivos de la Ley Orgánica del Ambiente y de leyes conexas con el ambiente. e) Establecer sus propias normas de funcionamiento dentro del marco de la Ley Orgánica del Ambiente. f) Solicitar los informes sobre la aplicación correcta y cumplimiento de los objetivos de la Ley Orgánica del Ambiente que considere conveniente y a los organismos encargados de su ejecución. g) Brindar un informe semestral al Ministerio del Ambiente y Energía sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica del Ambiente y demás leyes relacionadas con el ambiente. Asimismo proponer las correcciones administrativas necesarias para el fiel cumplimiento de dichas leyes. h) Establecer los nexos e intercambios con organismos nacionales e internacionales relacionados con la materia ambiental para fortalecer la información o el desarrollo de programas cooperativos de beneficio para el país. i) Mantener comunicación permanente con los Consejos Regionales Ambientales, grupos ambientalistas del país y demás organismos de la sociedad civil preocupados por la defensa y desarrollo del ambiente, con el propósito de coadyuvar en las denuncias y correcta aplicación de las leyes ambientales. j) Cualquiera otras que resulten necesarias para cumplir eficazmente los propósitos de la Ley Orgánica del Ambiente y otras leyes conexas. k) Administrar el Sistema Integrado de Trámites y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA), coordinando con las dependencias públicas del sector ambiente su uso obligatorio, verificando la atención y resolución de las denuncias. Siendo el SITADA, una herramienta informática, que funciona en línea las 24 horas todos los días de la semana, debe facilitarse el acceso de los ciudadanos, por lo que también debe complementarse con la existencia de interfaz pública en internet y de línea telefónica para la recepción de las denuncias por parte de los ciudadanos. (Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo N° 43795 del 21 de setiembre del 2022)

Pull quotesCitas destacadas

  • "Que el daño al ambiente constituye un delito de carácter social, económico, cultural y ético y por lo tanto es necesario que el Ministerio del Ambiente y Energía cuente con un órgano capaz de ejercer una acción vigilante sobre la aplicación de todas las leyes que tengan relación directa con el Ambiente."

    "That environmental damage constitutes a crime of a social, economic, cultural, and ethical nature, and therefore it is necessary for the Ministry of Environment and Energy to have a body capable of exercising a vigilant action over the application of all laws directly related to the Environment."

    Considerando 2º

  • "Que el daño al ambiente constituye un delito de carácter social, económico, cultural y ético y por lo tanto es necesario que el Ministerio del Ambiente y Energía cuente con un órgano capaz de ejercer una acción vigilante sobre la aplicación de todas las leyes que tengan relación directa con el Ambiente."

    Considerando 2º

  • "El Contralor del Ambiente dependerá del Despacho del Ministro del Ambiente y Energía y será de nombramiento del Ministro, por un plazo de cuatro años prorrogables."

    "The Environmental Comptroller shall be attached to the Office of the Minister of Environment and Energy and shall be appointed by the Minister, for a renewable term of four years."

    Artículo 1º

  • "El Contralor del Ambiente dependerá del Despacho del Ministro del Ambiente y Energía y será de nombramiento del Ministro, por un plazo de cuatro años prorrogables."

    Artículo 1º

  • "Administrar el Sistema Integrado de Trámites y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA), coordinando con las dependencias públicas del sector ambiente su uso obligatorio, verificando la atención y resolución de las denuncias."

    "Administer the Integrated System for Processing and Attention of Environmental Complaints (SITADA), coordinating with the public agencies of the environmental sector its mandatory use, verifying the attention and resolution of complaints."

    Artículo 2º inciso k)

  • "Administrar el Sistema Integrado de Trámites y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA), coordinando con las dependencias públicas del sector ambiente su uso obligatorio, verificando la atención y resolución de las denuncias."

    Artículo 2º inciso k)

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Full Text of Regulation 25082 Regulates the Functions of the Environmental Comptroller Full Text of record: 34B46 1 No. 25082 THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY, In exercise of the powers conferred by Article 140, subsections 3) and 18) of the Political Constitution; Articles 27 and 28 of the General Public Administration Act and Article 102 of the Organic Environmental Law, and;

1. That the Ministry of Environment and Energy is responsible for planning policies related to promoting the efforts necessary to prevent and minimize damage to the environment.

2. That environmental damage constitutes an offense of a social, economic, cultural, and ethical nature, and therefore it is necessary for the Ministry of Environment and Energy to have a body capable of exercising vigilant oversight over the application of all laws directly related to the Environment, to ensure compliance with the objectives outlined in the Organic Environmental Law.

3. That Article 102 of the Organic Environmental Law creates the position of Environmental Comptroller (Contralor del Ambiente), attached to the office of the Minister of Environment and Energy. Therefore,

Considering:

Decree:

1
2
  • a)To oversee the correct application of the objectives of the Organic Environmental Law.
  • b)To oversee the correct application of the objectives of all laws directly related to the Environment (biodiversity, pollution, research, education, soil, water, energy, and in general all regulations related to sustainable development in harmony with nature).
  • c)To report any violation of the Organic Environmental Law, laws directly related to the defense and protection of the environment, the Maritime-Terrestrial Zone (Zona Marítimo Terrestre), and other violations that threaten sustainable development in natural harmony, to the Environmental Prosecution Office (Procuraduría Ambiental), as well as to the Public Prosecutor's Office (Ministerio Público).
  • d)To create the services necessary for the correct application of the objectives of the Organic Environmental Law and laws related to the environment.
  • e)To establish its own operating rules within the framework of the Organic Environmental Law.
  • f)To request reports on the correct application and compliance with the objectives of the Organic Environmental Law as it deems convenient from the bodies responsible for its execution.
  • g)To provide a semi-annual report to the Ministry of Environment and Energy on compliance with the Organic Environmental Law and other laws related to the environment. Also, to propose the administrative corrections necessary for the faithful compliance with said laws.
  • h)To establish links and exchanges with national and international bodies related to environmental matters to strengthen information or the development of cooperative programs beneficial to the country.
  • i)To maintain permanent communication with the Regional Environmental Councils (Consejos Regionales Ambientales), the country's environmental groups, and other civil society organizations concerned with the defense and development of the environment, with the purpose of assisting in the reporting and correct application of environmental laws.
  • j)Any others necessary to effectively fulfill the purposes of the Organic Environmental Law and other related laws.
  • k)To administer the Integrated System for Processing and Addressing Environmental Complaints (Sistema Integrado de Trámites y Atención de Denuncias Ambientales, SITADA), coordinating with the public agencies of the environmental sector its mandatory use, verifying the attention to and resolution of complaints. Since SITADA is a computer tool operating online 24 hours a day, every day of the week, citizen access must be facilitated, which should also be complemented by the existence of a public internet interface and a telephone line for the receipt of complaints from citizens.

(Thus added the preceding subsection by Article 4 of Executive Decree No. 43795 of September 21, 2022)

3

These officials shall be appointed by the Minister of Environment and Energy from shortlists presented by the Environmental Comptroller (Contralor del Ambiente); the functions of each of the environmental sub-comptrollers (sub-contralores ambientales) shall be established.

4

At the end of the fiscal year, a complete settlement of its operations shall be made and brought to the attention of the Minister of Environment and Energy for the appropriate actions in accordance with the Law.

5

22511-MIDEPLAN, published in "La Gaceta" No. 184 of September 27, 1993, shall report to the office of the Environmental Comptroller (Contralor Ambiental).

6

Given at the Presidency of the Republic. —San José, at thirteen hundred hours on the fifteenth day of March, nineteen ninety-six.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 25082 Regula Funciones del Contralor del Ambiente Texto Completo acta: 34B46 1 Nº 25082 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGIA, En uso de las facultades que confieren el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política; los artículos 27 y 28 de la Ley General de Administración Pública y el artículo 102 de la Ley Orgánica del Ambiente, y;

1º Que corresponde al Ministerio del Ambiente y Energía la planificación de las políticas relacionadas con la promoción de los esfuerzos necesarios para prevenir y minimizar los daños al ambiente.

2º Que el daño al ambiente constituye un delito de carácter social, económico, cultural y ético y por lo tanto es necesario que el Ministerio del Ambiente y Energía cuente con un órgano capaz de ejercer una acción vigilante sobre la aplicación de todas las leyes que tengan relación directa con el Ambiente, de manera que se asegure se cumplen con los objetivos esbozados en la Ley Orgánica del Ambiente.

3º Que el artículo 102 de la Ley Orgánica del Ambiente crea el cargo de Contralor del Ambiente, adscrito al despacho del Ministro del Ambiente y Energía. Por tanto,

Considerando:

Decretan:

1
2
  • a)Vigilar la correcta aplicación de los objetivos de la Ley Orgánica del Ambiente.
  • b)Vigilar por la correcta aplicación de los objetivos de todas las leyes que tengan relación directa con el Ambiente (biodiversidad, contaminación, investigación, educación, suelo, aguas, energía y en general toda la normativa que se relacione con un desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza).
  • c)Denunciar cualquier violación a la Ley Orgánica del Ambiente, las leyes que tengan relación directa con la defensa y protección del ambiente, la Zona Marítimo Terrestre y otras violaciones que atenten contra un desarrollo sostenible en armonía natural, ante la Procuraduría Ambiental, así como ante el Ministerio Público.
  • d)Crear los servicios que sean necesarios para la correcta aplicación de los objetivos de la Ley Orgánica del Ambiente y de leyes conexas con el ambiente.
  • e)Establecer sus propias normas de funcionamiento dentro del marco de la Ley Orgánica del Ambiente.
  • f)Solicitar los informes sobre la aplicación correcta y cumplimiento de los objetivos de la Ley Orgánica del Ambiente que considere conveniente y a los organismos encargados de su ejecución.
  • g)Brindar un informe semestral al Ministerio del Ambiente y Energía sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica del Ambiente y demás leyes relacionadas con el ambiente. Asimismo proponer las correcciones administrativas necesarias para el fiel cumplimiento de dichas leyes.
  • h)Establecer los nexos e intercambios con organismos nacionales e internacionales relacionados con la materia ambiental para fortalecer la información o el desarrollo de programas cooperativos de beneficio para el país.
  • i)Mantener comunicación permanente con los Consejos Regionales Ambientales, grupos ambientalistas del país y demás organismos de la sociedad civil preocupados por la defensa y desarrollo del ambiente, con el propósito de coadyuvar en las denuncias y correcta aplicación de las leyes ambientales.
  • j)Cualquiera otras que resulten necesarias para cumplir eficazmente los propósitos de la Ley Orgánica del Ambiente y otras leyes conexas.
  • k)Administrar el Sistema Integrado de Trámites y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA), coordinando con las dependencias públicas del sector ambiente su uso obligatorio, verificando la atención y resolución de las denuncias. Siendo el SITADA, una herramienta informática, que funciona en línea las 24 horas todos los días de la semana, debe facilitarse el acceso de los ciudadanos, por lo que también debe complementarse con la existencia de interfaz pública en internet y de línea telefónica para la recepción de las denuncias por parte de los ciudadanos.

(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo N° 43795 del 21 de setiembre del 2022)

3

Estos funcionarios serán de nombramiento del Ministro del Ambiente y Energía de ternas presentadas por el Contralor del Ambiente, se fijarán las funciones de cada uno de los sub-contralores ambientales.

4

Al final del ejercicio financiero se hará una liquidación completa de sus operaciones y las pondrá en conocimiento del Ministro del Ambiente y Energía para lo que corresponda conforme a la Ley.

5
6

Dado en la Presidencia de la República. -San José, a las trece horas del día quince de marzo de mil novecientos noventa y seis.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Environmental Procedure — Amparo, TAA, Administrative RemediesProcedimiento Ambiental — Amparo, TAA, Remedios Administrativos

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley Orgánica del Ambiente Art. 102
    • Constitución Política Art. 140 incisos 3) y 18)
    • Ley General de la Administración Pública Art. 27
    • Ley General de la Administración Pública Art. 28
    • Decreto Ejecutivo N° 43795 del 21 de setiembre del 2022

    Spanish key termsTérminos clave en español

    Article 2

    Amendment
    Executive Decree 43795 Reform to the Environmental Administrative Tribunal Procedure Ampliación · Express · Sep 21, 2022

    Artículo 2

    Modificación
    Decreto Ejecutivo 43795 Reforma Reglamento de Procedimiento del Tribunal Ambiental Administrativo y Decreto Ejecutivo N° 25082 "Regula Funciones del Contralor del Ambiente Ampliación · Expreso · 21/09/2022

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