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Decreto 25700-MINAE

Decree 25700-MINAE — Creation and Regulation of the National System of Conservation AreasDecreto 25700-MINAE — Creación y Regulación del Sistema Nacional de Áreas de Conservación

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OutcomeResultado

Active lawNorma vigente

Establishes the National System of Conservation Areas (SINAC) as a MINAE dependency, defining its structure, functions, and participatory councils.Establece el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) como dependencia del MINAE, definiendo su estructura, funciones, y los consejos de participación.

SummaryResumen

Executive Decree 25700-MINAE, issued in 1996, establishes the National System of Conservation Areas (SINAC) as a dependency of the Ministry of Environment and Energy (MINAE), with instrumental legal personality. It defines its organizational structure, functions, and competencies, including the administration of protected wild areas, wildlife, forest resources, and water basins. The decree creates the National Council of Conservation Areas (CONAC) and the Regional Councils of Conservation Areas (CORAC) as bodies for participation and inter-institutional coordination. It also regulates the General Directorate of Wildlife and the General Forestry Directorate, integrated into SINAC, and establishes provisions on financing, assets, and personnel labor regime. This decree was fundamental for the decentralization and integrated management of conservation in Costa Rica, although it has been modified and complemented by subsequent regulations, such as the Biodiversity Law 7788 and other reforms to the MINAE structure.El Decreto Ejecutivo 25700-MINAE, emitido en 1996, establece el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) como una dependencia del Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE), con personalidad jurídica instrumental. Define su estructura organizativa, funciones y competencias, incluyendo la administración de las áreas silvestres protegidas, la vida silvestre, los recursos forestales y las cuencas hidrográficas. El decreto crea el Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC) y los Consejos Regionales de Áreas de Conservación (CORAC) como órganos de participación y coordinación interinstitucional. Además, regula la Dirección General de Vida Silvestre y la Dirección General Forestal, integradas al SINAC, y establece disposiciones sobre financiamiento, patrimonio y régimen laboral del personal. Este decreto fue fundamental para la descentralización y gestión integrada de la conservación en Costa Rica, aunque ha sido modificado y complementado por normativa posterior, como la Ley de Biodiversidad 7788 y otras reformas a la estructura del MINAE.

Key excerptExtracto clave

Article 1—The National System of Conservation Areas is hereby created, hereinafter referred to as SINAC, as a dependency of the Ministry of Environment and Energy (MINAE), with instrumental legal personality; it shall exercise its competencies throughout the national territory and shall be in charge of the conservation and sustainable development of the country's natural resources. Article 2—SINAC shall have the following functions: a) Administer protected wild areas, regardless of their management category and declaration, that constitute the Natural Heritage of the State. b) Administer wildlife, forest resources, and water basins. c) Promote the participation of civil society in the management of conservation areas. d) Coordinate with public and private institutions the necessary actions to fulfill its purposes. Article 3—SINAC shall be composed of the following dependencies: the General Directorate of Wildlife, the General Forestry Directorate, and the Regional Directorates of Conservation Areas, which shall be organized into eleven conservation areas, with the exception of Isla del Coco which constitutes an additional conservation area.Artículo 1°—Créase el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, que en adelante se denominará SINAC, como una dependencia del Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE), con personalidad jurídica instrumental; que ejercerá sus competencias en todo el territorio nacional y estará encargado de la conservación y el desarrollo sostenible de los recursos naturales del país. Artículo 2°—El SINAC tendrá las siguientes funciones: a) Administrar las áreas silvestres protegidas, cualquiera que sea su categoría de manejo y declaratoria, que constituyen el Patrimonio Natural del Estado. b) Administrar la vida silvestre, los recursos forestales y las cuencas hidrográficas. c) Promover la participación de la sociedad civil en la gestión de las áreas de conservación. d) Coordinar con las instituciones públicas y privadas las acciones necesarias para el cumplimiento de sus fines. Artículo 3°—El SINAC estará integrado por las siguientes dependencias: la Dirección General de Vida Silvestre, la Dirección General Forestal, y las Direcciones Regionales de Áreas de Conservación, las cuales se organizarán en once áreas de conservación, con excepción de la Isla del Coco que constituye un área de conservación adicional.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Créase el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, que en adelante se denominará SINAC, como una dependencia del Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE), con personalidad jurídica instrumental..."

    "The National System of Conservation Areas is hereby created, hereinafter referred to as SINAC, as a dependency of the Ministry of Environment and Energy (MINAE), with instrumental legal personality..."

    Artículo 1

  • "Créase el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, que en adelante se denominará SINAC, como una dependencia del Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE), con personalidad jurídica instrumental..."

    Artículo 1

  • "El SINAC tendrá las siguientes funciones: a) Administrar las áreas silvestres protegidas... b) Administrar la vida silvestre, los recursos forestales y las cuencas hidrográficas..."

    "SINAC shall have the following functions: a) Administer protected wild areas... b) Administer wildlife, forest resources, and water basins..."

    Artículo 2

  • "El SINAC tendrá las siguientes funciones: a) Administrar las áreas silvestres protegidas... b) Administrar la vida silvestre, los recursos forestales y las cuencas hidrográficas..."

    Artículo 2

  • "El SINAC estará integrado por las siguientes dependencias: la Dirección General de Vida Silvestre, la Dirección General Forestal, y las Direcciones Regionales de Áreas de Conservación..."

    "SINAC shall be composed of the following dependencies: the General Directorate of Wildlife, the General Forestry Directorate, and the Regional Directorates of Conservation Areas..."

    Artículo 3

  • "El SINAC estará integrado por las siguientes dependencias: la Dirección General de Vida Silvestre, la Dirección General Forestal, y las Direcciones Regionales de Áreas de Conservación..."

    Artículo 3

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