Corresponde a la Comisión las siguientes atribuciones:
1. Fiscalización: Velar por el cumplimiento del cronograma de trabajo y los objetivos del Plan de Ordenamiento Territorial.
2. Coordinación Interinstitucional: Actuar como enlace técnico con el INVU, SETENA, ESPH, MIVAH y otras instituciones para la obtención de viabilidades y certificaciones.
3. Análisis Técnico: Recibir, analizar y dictaminar sobre propuestas de modificación, actualización o creación de los reglamentos de Zonificación, Vialidad, Fraccionamiento y Urbanizaciones.
4. Analizar y recomendar la firma de convenios intermunicipales para la ejecución conjunta de procesos de planificación u ordenamiento de los territorios 5. Supervisión de Consultorías: Supervisar el trabajo de empresas consultoras externas, validando que los productos (mapas, diagnósticos, índices de fragilidad ambiental) respondan a la realidad de San Rafael.
6. Participación Ciudadana: Organizar, dirigir y sistematizar los procesos de consulta ciudadana y las Audiencias Públicas exigidas por el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana.
7. Informes de Rendición de Cuentas: Rendir informes trimestrales obligatorios ante el Concejo Municipal sobre los avances y obstáculos del proceso.
8. Coordinar reuniones con el Gobierno Central, instituciones cantonales, o Comisiones del Plan de Ordenamiento Territorial de los cantones vecinos, con el fin de tratar temas específicos relativos al ordenamiento territorial o la planificación urbana cantonal.
9. Velar porque las modificaciones al plan de ordenamiento territorial respeten las áreas de protección definidas por el MINAE (SINAC), las zonas de recarga acuífera y las áreas de riesgo identificadas por la CNE.
10. Los demás deberes que expresamente señalen el Código Municipal Ley Nº7794, la Ley de Planificación Urbana Nº4240, los reglamentos internos de la Corporación Municipal y demás legislación aplicable Ficha Artículo 8
Funcionamiento y sesiones