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Circular 233 · 14/11/2024

Emergency response to red alert for unstable rain patternsAtención de emergencia por alerta roja climática

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Active circularCircular vigente

SummaryResumen

Circular 233-2024 of the Superior Council of the Judiciary establishes contingency measures in response to a red alert declaration due to unstable rain patterns in Costa Rica's Pacific zone. It orders that judicial offices shall not close unless human health or life is at risk, a determination to be made by the Administrative Councils. Exceptional closures do not suspend legal deadlines. Heads of offices are instructed to evaluate teleworking, paid leave, and postponing proceedings in high-risk areas. The priority is safeguarding human life and then maintaining continuity of critical judicial services. The Protocol for Natural and Anthropic Disaster Response is activated, and the Human Resources Management Directorate is ordered to study affected staff and coordinate aid. The circular reiterates the decision-making powers of the Administrative Councils and the Institutional Regulation for Emergency Management in the Costa Rican Judiciary.La Circular 233-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial establece medidas de contingencia ante la declaratoria de alerta roja por un patrón lluvioso inestable en la zona pacífica de Costa Rica. Dispone que las oficinas judiciales no cerrarán, salvo cuando la salud o vida de las personas esté en riesgo, situación que debe ser valorada por los Consejos de Administración. Los cierres excepcionales no suspenden plazos legales. Se instruye a las jefaturas valorar el teletrabajo, permisos con goce de salario y postergar diligencias en zonas de riesgo. La prioridad es salvaguardar la vida humana y luego la continuidad de servicios judiciales críticos. Se activa el Protocolo para la Atención de Desastres Naturales y Antrópicos, y se ordena a la Dirección de Gestión Humana realizar un estudio sobre el personal afectado para gestionar ayudas. La circular reitera potestades de los Consejos de Administración y el Reglamento Institucional para la Gestión de Emergencias.

Key excerptExtracto clave

1. The report of the Executive Directorate regarding the status of the Judicial Circuits throughout the country is deemed received. 2. Judicial offices shall not close due to red alert, except in those cases where it is not possible to provide service because human health or life is compromised, situations that must be evaluated on a case-by-case basis by the Administrative Councils, based on reports received from the National Emergency Commission or other competent authorities. In the event of an exceptional closure, essential services must be provided in a manner similar to that established for institutional collective closures. Employees who are able to attend the offices must report to work normally, and those who are teleworking shall continue to do so regularly. It is noted that such closures do not suspend legal deadlines; therefore, this must be taken into account to avoid sanctions or issues related to the breach of deadlines.1. Tener por rendido el informe de la Dirección Ejecutiva, en el cual se expone la situación del estado de los Circuitos Judiciales del país. 2. Las distintas oficinas judiciales no cerrarán por alerta roja, salvo en aquellos casos en que no sea posible prestar el servicio cuando se comprometa la salud o la vida de las personas, situaciones que deben ser valoradas en cada caso en particular por los Consejos de Administración, amparados en los informes recibidos por la Comisión Nacional de Emergencias u otras autoridades competentes. Ante un cierre excepcional, los servicios esenciales se deberán prestar en forma similar como se dispone en los cierres colectivos institucionales. Las personas servidoras que no tengan impedimento para acudir a las oficinas, deberán presentarse a trabajar normalmente y aquellas que se encuentran laborando en la modalidad de teletrabajo, continuarán también haciéndolo de manera regular. Se advierte que dichos cierres no suspenden los plazos legales, de manera que, deben de contemplar este aspecto para evitar sanciones o aspectos relacionadas con el incumplimiento de plazos.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Las distintas oficinas judiciales no cerrarán por alerta roja, salvo en aquellos casos en que no sea posible prestar el servicio cuando se comprometa la salud o la vida de las personas."

    "Judicial offices shall not close due to red alert, except in those cases where it is not possible to provide service because human health or life is compromised."

    Disposición 2

  • "Las distintas oficinas judiciales no cerrarán por alerta roja, salvo en aquellos casos en que no sea posible prestar el servicio cuando se comprometa la salud o la vida de las personas."

    Disposición 2

  • "Se advierte que dichos cierres no suspenden los plazos legales, de manera que, deben de contemplar este aspecto para evitar sanciones o aspectos relacionadas con el incumplimiento de plazos."

    "It is noted that such closures do not suspend legal deadlines; therefore, this must be taken into account to avoid sanctions or issues related to the breach of deadlines."

    Disposición 2

  • "Se advierte que dichos cierres no suspenden los plazos legales, de manera que, deben de contemplar este aspecto para evitar sanciones o aspectos relacionadas con el incumplimiento de plazos."

    Disposición 2

  • "La prioridad es la salvaguarda de la vida humana y posteriormente la continuidad del servicio para aquellos procesos que son críticos o esenciales."

    "The priority is safeguarding human life and subsequently the continuity of service for those processes that are critical or essential."

    Disposición 7

  • "La prioridad es la salvaguarda de la vida humana y posteriormente la continuidad del servicio para aquellos procesos que son críticos o esenciales."

    Disposición 7

Full documentDocumento completo

in the entirety of the text - Complete Text of Rule 233 Emergency response to the declaration of red alert due to the highly unstable rainfall pattern persisting in the country CIRCULAR No. 233-2024 Subject: Emergency response to the declaration of red alert due to the highly unstable rainfall pattern persisting in the country.

TO ALL JUDICIAL OFFICES OF THE COUNTRY, ADMINISTRATIVE COUNCILS (CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN), REGIONAL ADMINISTRATIONS, JUDICIAL SERVERS (SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES), ATTORNEYS, AND THE GENERAL PUBLIC, BE ADVISED THAT:

The Consejo Superior del Poder Judicial, in extraordinary session number 102-2024 held on November 13, 2024, article I, in accordance with Executive Decree (Decreto Ejecutivo) N° 44754-MP, published in Supplement (Alcance) N° 183 to La Gaceta N° 213 of November 13 of this year, Update N° 44-2024 of the Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) of November 12 of this year, as well as what was agreed by the Institutional Emergency Commission (Comisión Institucional de Emergencia), due to the declaration of red alert caused by the highly unstable rainfall pattern persisting throughout the Pacific zone and with the purpose of ensuring the safety of users and judicial personnel, ordered the following:

1. To acknowledge receipt of the report from the Executive Directorate (Dirección Ejecutiva), which sets forth the situation of the status of the Judicial Circuits (Circuitos Judiciales) of the country.

2. The various judicial offices shall not close due to a red alert, except in those cases where it is not possible to provide the service when the health or lives of persons are compromised, situations that must be evaluated on a case-by-case basis by the Administrative Councils (Consejos de Administración), based on the reports received from the Comisión Nacional de Emergencias or other competent authorities. In the event of an exceptional closure, essential services must be provided in a manner similar to that established for institutional collective closures.

Judicial servers (personas servidoras) who have no impediment to attending the offices must report to work normally, and those who are working under the telecommuting (teletrabajo) modality shall also continue doing so regularly.

It is warned that such closures do not suspend legal deadlines, and therefore, this aspect must be taken into account to avoid penalties or matters related to non-compliance with deadlines.

(As amended by circular N° 235-2024 of November 15, 2024) 3. The Human Resources Directorate (Dirección de Gestión Humana) must activate the Protocol for the Attention of Natural and Anthropic Disasters as soon as possible. All areas must communicate any structural damage or affected judicial personnel to the respective Regional Administration (Administración Regional).

The Executive Directorate (Dirección Ejecutiva) undertakes to communicate the data of those officials who require assistance to the Human Resources Directorate (Dirección de Gestión Humana). Member Orozco Álvarez shall be the liaison between both directorates and the Consejo Superior.

4. Each department head must evaluate the implementation of telecommuting (teletrabajo), the use of the Wellness Program (Programa Bienestar), as well as the possibility of postponing field visits, hearings, or inspections to risk zones. They must also evaluate the possibilities of users to appear in judicial proceedings.

5. The department heads of each office must evaluate granting leave with pay to those judicial employees who have some situation that merits their staying at home. Furthermore, each department head has the obligation to update and request the list of judicial personnel with whom they work.

6. The Human Resources Directorate (Dirección de Gestión Humana) shall carry out a study of those judicial persons who were affected; said list shall be forwarded to the Consejo Superior for its approval and the respective execution of the collection.

7. All judicial offices, given the meteorological situation we are facing, must resort to service continuity plans and contingency strategies. The priority is the safeguarding of human life, followed by the continuity of the service for those processes that are critical or essential.

8. It is important to apply preventive measures in the face of any other meteorological event, for which reason the Institutional Emergency Commission (Comisión Institucional de Emergencias) will remain active and attentive to any new developments in order to attend to the needs that arise. Meanwhile, the Press and Communication Department (Departamento de Prensa y Comunicación) will launch an after-hours campaign to raise awareness among the judicial population.

9. To reiterate those circulars related to the decision-making powers held by the Administrative Councils (Consejos de Administración), as well as article 24 of the Institutional Regulation for Emergency Management in the Poder Judicial de Costa Rica.

Let it be published once in the Judicial Bulletin (Boletín Judicial)." San José, November 14, 2024.

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 233 Atención de emergencia ante declaratoria de alerta roja debido al patrón lluvioso altamente inestable que se mantiene en el país CIRCULAR No. 233-2024 Asunto: Atención de emergencia ante declaratoria de alerta roja debido al patrón lluvioso altamente inestable que se mantiene en el país.

A TODAS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAIS, CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN, ADMINISTRACIONES REGIONALES, SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES, ABOGADOS Y ABOGADAS, PUBLICO EN GENERAL, SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión extraordinaria número 102-2024 celebrada el 13 de noviembre de 2024, artículo I, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 44754-MP, publicado en el Alcance N° 183 a la Gaceta N° 213 del 13 de noviembre en curso, la Actualización N° 44-2024 de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) del 12 de noviembre de este año, así como de lo acordado por la Comisión Institucional de Emergencia, por motivo de la declaratoria de alerta roja debido al patrón lluvioso altamente inestable que se mantiene en toda la zona pacífica y con el propósito de velar por la seguridad de las personas usuarias y del personal judicial, dispuso lo siguiente:

1. Tener por rendido el informe de la Dirección Ejecutiva, en el cual se expone la situación del estado de los Circuitos Judiciales del país.

2. Las distintas oficinas judiciales no cerrarán por alerta roja, salvo en aquellos casos en que no sea posible prestar el servicio cuando se comprometa la salud o la vida de las personas, situaciones que deben ser valoradas en cada caso en particular por los Consejos de Administración, amparados en los informes recibidos por la Comisión Nacional de Emergencias u otras autoridades competentes. Ante un cierre excepcional, los servicios esenciales se deberán prestar en forma similar como se dispone en los cierres colectivos institucionales.

Las personas servidoras que no tengan impedimento para acudir a las oficinas, deberán presentarse a trabajar normalmente y aquellas que se encuentran laborando en la modalidad de teletrabajo, continuarán también haciéndolo de manera regular.

Se advierte que dichos cierres no suspenden los plazos legales, de manera que, deben de contemplar este aspecto para evitar sanciones o aspectos relacionadas con el incumplimiento de plazos.

(Así reformado el inciso anterior mediante circular N° 235-2024 del 15 de noviembre del 2024) 3. La Dirección de Gestión Humana deberá activar a la brevedad el Protocolo para la Atención de Desastres Naturales y Antrópicos. Todos los ámbitos deberán comunicar a la Administración Regional respectiva cualquier daño estructural o del personal judicial con afectación.

La Dirección Ejecutiva se compromete a comunicar a la Dirección de Gestión Humana los datos de aquellos funcionarios que requieran asistencia. La integrante Orozco Álvarez será el contacto entre ambas direcciones y el Consejo Superior.

4. Cada jefatura deberá de valorar la implementación del teletrabajo, la utilización del Programa Bienestar, así como la posibilidad de postergar giras, audiencias o vistas a zonas de riesgo. Así como también, valorar las posibilidades de las personas usuarias para comparecer en las diligencias judiciales.

5. Las jefaturas de cada oficina deberán valorar brindar permisos con goce de salario a aquellos empleados judiciales que posean alguna situación que amerite su permanencia en su hogar. Además, cada jefatura tiene la obligación de actualizar y solicitar la lista del personal judicial con quién trabaja.

6. La Dirección de Gestión Humana realizará un estudio de aquellas personas judiciales que resultaron afectadas; dicha lista se remitirá al Consejo Superior para su aprobación y respectiva ejecución de la colecta.

7. Todas las oficinas judiciales ante la situación meteorológica que enfrentamos deben acudir a los planes de continuidad del servicio y estrategia de contingencia. La prioridad es la salvaguarda de la vida humana y posteriormente la continuidad del servicio para aquellos procesos que son críticos o esenciales.

8. Resulta importante aplicar medidas preventivas ante cualquier otro evento meteorológico, por lo cual la Comisión Institucional de Emergencias se encontrará activa y pendiente de cualquier novedad a fin de atender las necesidades que surjan. Por su parte, el Departamento de Prensa y Comunicación iniciará una campaña fuera de horario para concientizar a la población judicial.

9. Reiterar aquellas circulares relativas a las potestades de decisión con que cuentan los Consejos de Administración, así como el artículo 24 del Reglamento Institucional para la Gestión de Emergencias en el Poder Judicial de Costa Rica.

Publíquese una vez en el Boletín Judicial." San José, 14 de noviembre de 2024.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Circular 233-2024 2

    Spanish key termsTérminos clave en español

    Article 1

    Amendment
    Circular 235 Aclaración del punto 2) de la circular N° 233-2024 Reforma Parcial · Express · Nov 15, 2024

    Artículo 1

    Modificación
    Circular 235 Aclaración del punto 2) de la circular N° 233-2024 Reforma Parcial · Expreso · 15/11/2024

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