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Res. 00405-2019 Tribunal Contencioso Administrativo · Tribunal Contencioso Administrativo · 22/10/2019
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Documento PJEDITOR *110036181027CA* CARPETA:
ASUNTO:
CONOCIMIENTO ACTOR:
Nombre17485 EL ESTADO 405-2019 TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL, SAN JOSÉ, GOICOECHEA, a las ocho horas del veintidós de octubre de dos mil diecinueve.- Ejecución de sentencia dentro del proceso de conocimiento planteado por Nombre17484 , pasaporte de la India número Placa2769, representado por ALEXÁNDER SALAZAR SOLÓRZANO, cédula de identidad número CED13954, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma contra EL ESTADO, cuyo representante es el Procurador LUIS DIEGO FLORES ZÚÑIGA, cédula de identidad número CED983
CONSIDERANDO
1).DE LAS PRETENSIONES Y TRAMITE PROCESAL- El representante estatal de conformidad con el artículo 16 incisos a) b) c) del Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales y Notariado, Decreto Ejecutivo N°36562 del 31 de enero de 2011 aplicable al caso las estimó en ¢16.352.362,40 ( dieciséis millones trescientos cincuenta y dos mil trescientos sesenta y dos colones con cuarenta céntimos)por haber pretendido que se le retribuyeran "$206.454,78 por la limpieza extensiva del área" y se condene además al pago de intereses sobre dicha suma, desde su aprobación y hasta su efectivo pago. La parte vencida fue notificada del auto de las nueve horas y treinta y siete minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve.- donde se le comunica la liquidación de marras, ello conforme constancia, en archivo 18/06/2019 04:27, en carpeta legajo de ejecución del expediente judicial electrónico; a la fecha de esta resolución no se conoce manifestación de dicha parte al respecto y por ello al no descubrirse errores, ni omisiones que deban ser subsanados se procede al dictado de la resolución de fondo sobre lo pretendido.
POR TANTO:
SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la liquidación de costas personales incoada por EL ESTADO. Se condena a Nombre17485 al pago de la suma total de CINCO MILLONES DE COLONES, por concepto de costas personales del proceso principal, a favor del ESTADO. El pago de la suma indicada deberá ser depositado por la ejecutada en la cuenta del Despacho en el Banco de Costa Rica a saber 110036181027-7, en el plazo máximo de DOS MESES calendario contado a partir de la firmeza de esta resolución. Sobre dicha suma se conceden intereses al mismo tipo legal que rija sobre los depósitos a plazo de seis meses en colones del Banco Nacional de Costa Rica. Se resuelve sin especial condenatoria en costas de esta ejecución. -Notifíquese. Alinne Solano Ramírez. Jueza.- *I6YGR4DHOK461* ALINNE SOLANO RAMIREZ - JUEZ/A DECISOR/A Goicoechea, Dirección01 , 50 metros oeste del BNCR, frente a Dirección02 . Teléfonos: 2545-0099, 2545-0107, 2545-0158. Fax: 2241-5664 y 2545-0006. Correo electrónico: ...01
Documento PJEDITOR *110036181027CA* CARPETA:
ASUNTO:
CONOCIMIENTO ACTOR:
Nombre17485 EL ESTADO 405-2019 TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL, SAN JOSÉ, GOICOECHEA, a las ocho horas del veintidós de octubre de dos mil diecinueve.- Ejecución de sentencia dentro del proceso de conocimiento planteado por Nombre17484 , pasaporte de la India número Placa2769, representado por ALEXÁNDER SALAZAR SOLÓRZANO, cédula de identidad número CED13954, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma contra EL ESTADO, cuyo representante es el Procurador LUIS DIEGO FLORES ZÚÑIGA, cédula de identidad número CED983
CONSIDERANDO
1).DE LAS PRETENSIONES Y TRAMITE PROCESAL- El representante estatal de conformidad con el artículo 16 incisos a) b) c) del Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales y Notariado, Decreto Ejecutivo N°36562 del 31 de enero de 2011 aplicable al caso las estimó en ¢16.352.362,40 ( dieciséis millones trescientos cincuenta y dos mil trescientos sesenta y dos colones con cuarenta céntimos)por haber pretendido que se le retribuyeran "$206.454,78 por la limpieza extensiva del área" y se condene además al pago de intereses sobre dicha suma, desde su aprobación y hasta su efectivo pago. La parte vencida fue notificada del auto de las nueve horas y treinta y siete minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve.- donde se le comunica la liquidación de marras, ello conforme constancia, en archivo 18/06/2019 04:27, en carpeta legajo de ejecución del expediente judicial electrónico; a la fecha de esta resolución no se conoce manifestación de dicha parte al respecto y por ello al no descubrirse errores, ni omisiones que deban ser subsanados se procede al dictado de la resolución de fondo sobre lo pretendido.
POR TANTO:
SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la liquidación de costas personales incoada por EL ESTADO. Se condena a Nombre17485 al pago de la suma total de CINCO MILLONES DE COLONES, por concepto de costas personales del proceso principal, a favor del ESTADO. El pago de la suma indicada deberá ser depositado por la ejecutada en la cuenta del Despacho en el Banco de Costa Rica a saber 110036181027-7, en el plazo máximo de DOS MESES calendario contado a partir de la firmeza de esta resolución. Sobre dicha suma se conceden intereses al mismo tipo legal que rija sobre los depósitos a plazo de seis meses en colones del Banco Nacional de Costa Rica. Se resuelve sin especial condenatoria en costas de esta ejecución. -Notifíquese. Alinne Solano Ramírez. Jueza.- *I6YGR4DHOK461* ALINNE SOLANO RAMIREZ - JUEZ/A DECISOR/A Goicoechea, Dirección01 , 50 metros oeste del BNCR, frente a Dirección02 . Teléfonos: 2545-0099, 2545-0107, 2545-0158. Fax: 2241-5664 y 2545-0006. Correo electrónico: ...01
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