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Res. 00348-2024 Tribunal de Apelación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda · Tribunal de Apelación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda · 04/09/2024
OutcomeResultado
The denial of the precautionary measure requested for alleged environmental damage is confirmed.Se confirma la denegatoria de la medida cautelar solicitada por presunto daño ambiental.
SummaryResumen
The Appeals Court of Administrative and Civil Treasury Litigation confirmed the denial of a precautionary measure requested by Acquarello Escaleras Dominical S.A. against the State and SINAC. The company sought enforcement of a criminal act for alleged environmental damage, seeking to suspend administrative actions or impose urgent measures. In a unanimous decision, the court dismissed the appeal and upheld the lower court's refusal to grant the precautionary measure. Although the full written text is unavailable, the ruling emphasizes the inappropriateness of interim relief in this context, likely due to failure to meet the requirements of fumus boni iuris or periculum in mora. The case is part of an administrative contentious process concerning precautionary measures in environmental matters, where the court balances environmental protection against procedural requirements and the presumption of legality of administrative acts.El Tribunal de Apelación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda confirma la denegatoria de una medida cautelar solicitada por Acquarello Escaleras Dominical S.A. contra el Estado y el SINAC. La empresa pretendía la ejecución de un acto penal por supuesto daño ambiental, buscando suspender actuaciones administrativas o imponer medidas urgentes. El tribunal, en voto unánime, declara sin lugar el recurso de apelación y mantiene la decisión de primera instancia de no otorgar la medida cautelar. Aunque no se detallan los fundamentos por carecer de texto escrito completo, la resolución subraya la improcedencia de la tutela cautelar en este contexto, posiblemente por no acreditarse los presupuestos de apariencia de buen derecho o peligro en la demora. El caso se enmarca en un proceso contencioso administrativo sobre medidas cautelares en materia ambiental, donde el tribunal sopesa la protección del ambiente frente a los requisitos procesales y la presunción de legalidad de los actos administrativos.
Key excerptExtracto clave
The appeal is dismissed. For the reasons given, the appealed order is confirmed.En lo que es objeto de recurso se declara sin lugar. Por las razones dadas se confirma el auto venido en alzada.
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"En lo que es objeto de recurso se declara sin lugar. Por las razones dadas se confirma el auto venido en alzada."
"The appeal is dismissed. For the reasons given, the appealed order is confirmed."
Por tanto
"En lo que es objeto de recurso se declara sin lugar. Por las razones dadas se confirma el auto venido en alzada."
Por tanto
Full documentDocumento completo
VOTO Nº 348-2024-II Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. Section Two, of the II Circuito Judicial de San José, Anexo A, at fifteen hours thirty-five minutes on the fourth of September two thousand twenty-four.
Appeal (Recurso de apelación) filed in PRECAUTIONARY MEASURE PROCEEDING (PROCESO DE MEDIDA CAUTELAR) processed under expediente number 24-001879-1027-CA, brought before the Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda by ACQUARELLO ESCALERAS DOMINICAL S.A., represented by its special judicial attorney-in-fact, licensed attorney Alonso Miranda Rivera, bar card number 23363; against the ESTADO, represented by Procuradora Silvia Quesada Casares, bar card number 13586; and the SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN (SINAC), represented by its special judicial attorney-in-fact, licensed attorney José Gregorio Gómez Hernández, bar card number 30752.
Reporting Judge: Madrigal Jiménez;
POR TANTO
The appealed matter is dismissed. For the reasons given, the appealed order (auto venido en alzada) is confirmed. Judges: Ricardo Antonio Madrigal Jiménez, Alner Palacios García, Otto González Vílchez.
DVARGASM / Chamber No. 2 (Mixed) RICARDO ANT. MADRIGAL JIMÉNEZ - DECIDING JUDGE ALNER PALACIOS GARCÍA - DECIDING JUDGE OTTO GONZÁLEZ VILCHEZ - DECIDING JUDGE Resolution No. 348-2024-II, of 15:35 hrs on 04 September 2024, Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
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It is a faithful copy of the original - Sourced from Nexus.PJ on: 08-05-2026 13:32:29.
VOTO Nº 348-2024-II Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. Sección Segunda, del II Circuito Judicial de San José, Anexo A, a las quince horas treinta y cinco minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinticuatro.
Recurso de apelación interpuesto en PROCESO DE MEDIDA CAUTELAR tramitado en expediente número 24-001879-1027-CA, establecido ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda por ACQUARELLO ESCALERAS DOMINICAL S.A., representada por su apoderado especial judicial, el licenciado Alonso Miranda Rivera, carné de abogado número 23363; contra el ESTADO, representado por la señora Procuradora Silvia Quesada Casares, carné de abogada número 13586; y el SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN (SINAC), representado por su apoderado especial judicial, el licenciado José Gregorio Gómez Hernández, carné de abogado número 30752.
Juez Ponente: Madrigal Jiménez;
POR TANTO
En lo que es objeto de recurso se declara sin lugar. Por las razones dadas se confirma el auto venido en alzada. Jueces: Ricardo Antonio Madrigal Jiménez, Alner Palacios García, Otto González Vílchez.
DVARGASM / Sala N° 2 (Mixta) *FDNBVZD4WD861* RICARDO ANT. MADRIGAL JIMÉNEZ - JUEZ/A DECISOR/A *XYTK43UEQ8UM61* ALNER PALACIOS GARCÍA - JUEZ/A DECISOR/A *LVDX3RBYCXC61* OTTO GONZÁLEZ VILCHEZ - JUEZ/A DECISOR/A Resolución Nº 348-2024-II, de las 15:35 hrs del 04 de Setiembre de 2024, Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
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