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Res. 10232-2019 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 07/06/2019
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*170026810007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas veinte minutos del siete de junio de dos mil diecinueve .
Gestión de inejecución interpuesta por ALBERTO ARAYA PICADO, EN SU CONDICIÓN DE APODERADO DE LA ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE OROSI, PARAÍSO, CARTAGO, contra EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS.
RESULTANDO:
Redacta la Magistrada Esquivel Rodríguez; y,
CONSIDERANDO:
I.RESPECTO A LA GESTION DE DESOBEDIENCIA.- En el presente asunto, el recurrente asegura que la autoridad recurrida no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala en el voto No. 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, pues reclama que han transcurrido más de veintitrés meses y no se ha brindado mantenimiento a los tanques de captación de las aguas ni, tampoco, se han invertido recursos en mejoras del acueducto. Del informe rendido bajo juramento por la Presidenta Ejecutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, esta Sala tiene por acreditado que, actualmente no se ha logrado colocar la tubería de conducción y la distribución en la zona, ya que primero debe ejecutarse la adquisición de los bienes inmuebles para ubicar la infraestructura. Una vez superada esa etapa, se procederá a realizar los trámites de viabilidad ambiental ante SETENA para la construcción de las obras de mejoras ordenadas por este Tribunal.
Al respecto, si bien la representante del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados es enfática en indicar las actuaciones que han realizado en aras de dar cumplimiento a lo ordenado por esta Sala “Aforos de las nacientes denominadas La Joya Las Delicias. -Toma de muestras para análisis físico químico y Bacteriológico de las nacientes del punto 1. -Realización de la topografía correspondiente a la línea de conducción existente entre las nacientes al tanque de almacenamiento o salida a calle, de tres las tres tramos de tubería: línea de conducción nacientes la Joya, línea de conducción Nacientes las Delicias y línea de Distribución entre el tanque existente conocido como Edgar Navarro e interconexión con la red existente. -Reubicación y levantamiento del parte del trazo de las tuberías de conducción y distribución existentes indicadas anteriormente. -Diseño de las líneas de conducción y distribución en mención.
Elaboración de Presupuesto. Elaboración de informes-”, lo cierto es que, actualmente la orden dispuesta en la Sentencia No. 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, no ha sido cumplida a cabalidad. En consecuencia, se le reitera a Yamilette Astorga Espeleta, en su condición de Presidenta Ejecutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, o a quien ejerza el cargo, que procedan al cumplimiento de lo dispuesto en el Voto Nº 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, bajo la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo en su contra si no lo hiciere.
POR TANTO:
Se le reitera a Yamilette Astorga Espeleta, en su condición de Presidenta Ejecutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, o a quien ejerza el cargo, el cumplimiento de lo dispuesto en el Voto No. 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, en el sentido que deberá adoptar las medidas necesarias y ejecute las acciones pertinentes, dentro del ámbito de sus competencias, para que en el plazo de OCHO MESES contados a partir de la notificación de esta sentencia, se realicen las mejoras necesarias en los sistemas de acueducto y alcantarillado y se preste de forma adecuada el servicio de agua potable. Notifíquese a la autoridad recurrida en forma personal.
Fernando Castillo V.
Nancy Hernández L.
Luis Fdo. Salazar A.
Jorge Araya G.
Marta Eugenia Esquivel R.
Alicia Salas T.
Ileana Sánchez N.
*CVDKO3J4PQS61*
*170026810007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas veinte minutos del siete de junio de dos mil diecinueve .
Gestión de inejecución interpuesta por ALBERTO ARAYA PICADO, EN SU CONDICIÓN DE APODERADO DE LA ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE OROSI, PARAÍSO, CARTAGO, contra EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS.
RESULTANDO:
Redacta la Magistrada Esquivel Rodríguez; y,
CONSIDERANDO:
I.RESPECTO A LA GESTION DE DESOBEDIENCIA.- En el presente asunto, el recurrente asegura que la autoridad recurrida no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala en el voto No. 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, pues reclama que han transcurrido más de veintitrés meses y no se ha brindado mantenimiento a los tanques de captación de las aguas ni, tampoco, se han invertido recursos en mejoras del acueducto. Del informe rendido bajo juramento por la Presidenta Ejecutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, esta Sala tiene por acreditado que, actualmente no se ha logrado colocar la tubería de conducción y la distribución en la zona, ya que primero debe ejecutarse la adquisición de los bienes inmuebles para ubicar la infraestructura. Una vez superada esa etapa, se procederá a realizar los trámites de viabilidad ambiental ante SETENA para la construcción de las obras de mejoras ordenadas por este Tribunal.
Al respecto, si bien la representante del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados es enfática en indicar las actuaciones que han realizado en aras de dar cumplimiento a lo ordenado por esta Sala “Aforos de las nacientes denominadas La Joya Las Delicias. -Toma de muestras para análisis físico químico y Bacteriológico de las nacientes del punto 1. -Realización de la topografía correspondiente a la línea de conducción existente entre las nacientes al tanque de almacenamiento o salida a calle, de tres las tres tramos de tubería: línea de conducción nacientes la Joya, línea de conducción Nacientes las Delicias y línea de Distribución entre el tanque existente conocido como Edgar Navarro e interconexión con la red existente. -Reubicación y levantamiento del parte del trazo de las tuberías de conducción y distribución existentes indicadas anteriormente. -Diseño de las líneas de conducción y distribución en mención.
Elaboración de Presupuesto. Elaboración de informes-”, lo cierto es que, actualmente la orden dispuesta en la Sentencia No. 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, no ha sido cumplida a cabalidad. En consecuencia, se le reitera a Yamilette Astorga Espeleta, en su condición de Presidenta Ejecutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, o a quien ejerza el cargo, que procedan al cumplimiento de lo dispuesto en el Voto Nº 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, bajo la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo en su contra si no lo hiciere.
POR TANTO:
Se le reitera a Yamilette Astorga Espeleta, en su condición de Presidenta Ejecutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, o a quien ejerza el cargo, el cumplimiento de lo dispuesto en el Voto No. 2017009977 de las nueve horas quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, en el sentido que deberá adoptar las medidas necesarias y ejecute las acciones pertinentes, dentro del ámbito de sus competencias, para que en el plazo de OCHO MESES contados a partir de la notificación de esta sentencia, se realicen las mejoras necesarias en los sistemas de acueducto y alcantarillado y se preste de forma adecuada el servicio de agua potable. Notifíquese a la autoridad recurrida en forma personal.
Fernando Castillo V.
Nancy Hernández L.
Luis Fdo. Salazar A.
Jorge Araya G.
Marta Eugenia Esquivel R.
Alicia Salas T.
Ileana Sánchez N.
*CVDKO3J4PQS61*
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