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Res. 06163-2018 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 20/04/2018
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*180036850007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas veinte minutos del veinte de abril de dos mil dieciocho .
Recurso de amparo que se tramita en el expediente N° 18-003685-0007-CO, interpuesto por HERNÁN SEVILLA OLIVAS, cédula de identidad 0900950457, contra el MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA.
Resultando:
Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,
Considerando:
I.Objeto del recurso. El recurrente relata que unos 2000 nicaragüenses ingresan a diario a Costa Rica y realizan trabajos de minería en la finca Vivoyet, contaminando la zona. Reclama que los accionados no brindan atención debida al caso.
II.Hechos probados. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse a ellos, según lo prevenido en el auto inicial:
En cuanto al MINAE:
a. El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. (Ver informe rendido y prueba aportada).
b. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. (Ver informe rendido y prueba aportada).
c. El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso; se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. (Ver informe rendido y prueba aportada).
d. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. (Ver informe rendido y prueba aportada).
e. El 1 de noviembre de 2017, el MINAE realizó una inspección y se está preparando la valoración económica del daño. (Ver informe rendido y prueba aportada).
En cuanto a las autoridades migratorias:
a. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. (Ver informe rendido y prueba aportada).
b. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. (Ver informe rendido y prueba aportada).
c. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. (Ver informe rendido y prueba aportada).
d. Las autoridades migratorias programaron para la segunda semana de abril una actividad conocida como “Migra móvil” con el fin de organizar actividades migratorias en la zona y promover la regularización de extranjeros que se encuentren de manera irregular. (Ver informe rendido).
En cuanto a las autoridades municipales:
a. El 27 de octubre de 2017, autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. (Ver informe rendido y prueba aportada).
b. El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. (Ver informe rendido y prueba aportada).
III.Sobre el caso concreto. En el sub examine, el recurrente afirma que las autoridades accionadas no han atendido el problema de minería ilegal en la finca Vivoyet en Crucitas. Tras analizar los autos, la Sala pudo verificar las siguientes acciones, desplegadas por parte de los accionados: El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. El 21 de marzo del 2017 se realizó una inspección a la finca propiedad de Vivoyet, ubicada en Crucitas de Cutris, coordinada conjuntamente con la Fiscalía Adjunta de San Carlos, la Fuerza Pública, el Ministerio de Salud, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología del MINAE.
El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso, lo que se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, quienes se ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3.
Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. El 27 de octubre de 2017, las autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación.
El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. A partir de los hechos expuestos, se verifica que las autoridades accionadas han brindado atención al caso expuesto desde fechas anteriores a su notificación del curso del proceso, los días 12, 13 y 19 de marzo de 2018, por lo que procede declarar sin lugar el recurso.
Se previene a las partes que de haber aportado algún documento en papel, así como objetos o pruebas contenidas en algún dispositivo adicional de carácter electrónico, informático, magnético, óptico, telemático o producido por nuevas tecnologías, éstos deberán ser retirados del despacho en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia. De lo contrario, será destruido todo aquel material que no sea retirado dentro de este plazo, según lo dispuesto en el "Reglamento sobre Plena en sesión N° 27-11 del 22 de agosto del 2011, artículo XXVI y publicado en el Boletín Judicial número 19 del 26 de enero del 2012, así como en el acuerdo aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N° 43-12 celebrada el 3 de mayo del 2012, artículo LXXXI.
Por tanto:
Se declara sin lugar el recurso.
Fernando Cruz C.
a.i Fernando Castillo V.
Paul Rueda L.
Nancy Hernández L.
Luis Fdo. Salazar A.
Alejandro Delgado F.
Jose Paulino Hernández G.
*47Q80T7ARY0K61* 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de documentos: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
*180036850007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas veinte minutos del veinte de abril de dos mil dieciocho .
Recurso de amparo que se tramita en el expediente N° 18-003685-0007-CO, interpuesto por HERNÁN SEVILLA OLIVAS, cédula de identidad 0900950457, contra el MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA.
Resultando:
Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,
Considerando:
I.Objeto del recurso. El recurrente relata que unos 2000 nicaragüenses ingresan a diario a Costa Rica y realizan trabajos de minería en la finca Vivoyet, contaminando la zona. Reclama que los accionados no brindan atención debida al caso.
II.Hechos probados. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse a ellos, según lo prevenido en el auto inicial:
En cuanto al MINAE:
a. El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. (Ver informe rendido y prueba aportada).
b. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. (Ver informe rendido y prueba aportada).
c. El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso; se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. (Ver informe rendido y prueba aportada).
d. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. (Ver informe rendido y prueba aportada).
e. El 1 de noviembre de 2017, el MINAE realizó una inspección y se está preparando la valoración económica del daño. (Ver informe rendido y prueba aportada).
En cuanto a las autoridades migratorias:
a. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. (Ver informe rendido y prueba aportada).
b. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. (Ver informe rendido y prueba aportada).
c. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. (Ver informe rendido y prueba aportada).
d. Las autoridades migratorias programaron para la segunda semana de abril una actividad conocida como “Migra móvil” con el fin de organizar actividades migratorias en la zona y promover la regularización de extranjeros que se encuentren de manera irregular. (Ver informe rendido).
En cuanto a las autoridades municipales:
a. El 27 de octubre de 2017, autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. (Ver informe rendido y prueba aportada).
b. El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. (Ver informe rendido y prueba aportada).
III.Sobre el caso concreto. En el sub examine, el recurrente afirma que las autoridades accionadas no han atendido el problema de minería ilegal en la finca Vivoyet en Crucitas. Tras analizar los autos, la Sala pudo verificar las siguientes acciones, desplegadas por parte de los accionados: El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. El 21 de marzo del 2017 se realizó una inspección a la finca propiedad de Vivoyet, ubicada en Crucitas de Cutris, coordinada conjuntamente con la Fiscalía Adjunta de San Carlos, la Fuerza Pública, el Ministerio de Salud, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología del MINAE.
El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso, lo que se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, quienes se ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3.
Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. El 27 de octubre de 2017, las autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación.
El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. A partir de los hechos expuestos, se verifica que las autoridades accionadas han brindado atención al caso expuesto desde fechas anteriores a su notificación del curso del proceso, los días 12, 13 y 19 de marzo de 2018, por lo que procede declarar sin lugar el recurso.
Se previene a las partes que de haber aportado algún documento en papel, así como objetos o pruebas contenidas en algún dispositivo adicional de carácter electrónico, informático, magnético, óptico, telemático o producido por nuevas tecnologías, éstos deberán ser retirados del despacho en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia. De lo contrario, será destruido todo aquel material que no sea retirado dentro de este plazo, según lo dispuesto en el "Reglamento sobre Plena en sesión N° 27-11 del 22 de agosto del 2011, artículo XXVI y publicado en el Boletín Judicial número 19 del 26 de enero del 2012, así como en el acuerdo aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N° 43-12 celebrada el 3 de mayo del 2012, artículo LXXXI.
Por tanto:
Se declara sin lugar el recurso.
Fernando Cruz C.
a.i Fernando Castillo V.
Paul Rueda L.
Nancy Hernández L.
Luis Fdo. Salazar A.
Alejandro Delgado F.
Jose Paulino Hernández G.
*47Q80T7ARY0K61* 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de documentos: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
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