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Res. 06163-2018 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 20/04/2018

Res. 06163-2018 Sala ConstitucionalRes. 06163-2018 Sala Constitucional

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    *180036850007CO* Res. Nº 2018006163 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas veinte minutos del veinte de abril de dos mil dieciocho .

    Recurso de amparo que se tramita en el expediente N° 18-003685-0007-CO, interpuesto por HERNÁN SEVILLA OLIVAS, cédula de identidad 0900950457, contra el MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA.

    Resultando:

    1.- Por escrito recibido en la Sala el 5 de marzo de 2018, el accionante interpone un recurso de amparo. Manifiesta que el caso de Crucitas (finca Vivoyet), desde hace aproximadamente 9 meses, se ha convertido en un caso de alta peligrosidad. Indica que dicho caso es de inseguridad nacional y en cualquier momento se puede convertir en un conflicto internacional. Señala que en este momento hay aproximadamente unos 2.000 obreros ilegales, en su mayoría nicaragüenses, indocumentados, que ingresan a diario por la franja fronteriza en donde no se tiene ningún tipo de control policial. Afirma que tales personas utilizan mercurio, que es altamente contaminante. Sostiene que las autoridades recurridas y demás ministerios competentes no le han dado la importancia que merece el caso. Explica que las autoridades accionadas deberían pedir cooperación a la Universidad de Costa Rica para analizar las sustancias decomisadas, que aparentemente es mercurio. Alega que se debe actuar con una verdadera policía de fronteras, que tengan patrullajes constantes. Aduce que el Ministerio de Seguridad Pública debería reintegrar a todas las personas que formaron parte de la policía de 1984, pues fueron entrenados para esas condiciones. Solicita a la Sala que declare con lugar el recurso.

    2.- Por resolución de las 9:53 horas del 9 de marzo de 2018, se dio curso al amparo.

    3.- Por escrito recibido en la Sala el 14 de marzo de 2018, informa bajo juramento Gisela María Yockchen Mora, en su condición de Directora General de Migración y Extranjería, que los argumentos del recurrente son enteramente subjetivos e inclusive temerarios, producto de suposiciones suyas y no de una realidad objetiva. Cuestiona las afirmaciones del amparado en cuanto a alta peligrosidad, la cantidad de personas, su nacionalidad y forma de ingreso al país, que la sustancia sea mercurio y la carencia de prueba del accionante. Manifiesta que recibió oficio del Coordinador Policial a.i. de Migración de San Carlos. Dicho funcionario señala, en lo referido a la zona de Crucitas y la supuesta extracción de minerales, que la oficina Regional de la Policía de Migración de San Carlos formó parte de las diferentes comisiones interinstitucionales que se organizaron al efecto e, incluso, se realizaron tres días de operativos con el fin de valorar el tema (25, 26 y 27 de octubre de 2017). Ese funcionario agregó que, habiéndose logrado tomar el control de la situación en la finca Vivoyet y otras cercanas, la Policía de Migración continuó participando de forma continua en labores operacionales en conjunto con Fuerza Pública, Unidad de Fronteras y la DIS, e incluso se colaboraba con el traslado de aprehendidos para que estos fueran valorados por sus oficiales y se determina su estado migratorio. Afirma que, dado que se venía dando apoyo casi todos los días en Crucitas, se logró coordinar para asignar un grupo de oficiales de los Los Chiles y Tablillas directamente en la zona, quienes se ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3 en los cuales se garantizó la presencia policial migratoria las 24 horas del día, ya que los oficiales salían a descansar, luego de tres días eran cubiertos por otros y así sucesivamente. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el día 23 de diciembre 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. Refiere que los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017 se realizaron operativos de gran magnitud, contándose incluso con recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. El 7 de marzo de 2018 se participó en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. Señala que el Centro Penal Nelson Mandela, la Sección de Cárceles de OIJ y la Fiscalía remiten a la oficina de Migración San Carlos a las personas extranjeras que son sentenciadas penalmente por la extracción de minerales, para que se aplique el procedimiento de rigor. Acota que se programó una actividad conocida como “Migra móvil” con el fin de organizar actividades migratorias en la zona y promover la regularización de extranjeros que se encuentren de manera irregular. Esta se estará realizando la segunda semana de abril, una vez que termine el operativo de Semana Santa que realizaran en Los Chiles. Afirma que la orden operacional N° 12-03-2018 PPM-SAN CARLOS incluyó las actividades de control migratorio en la zona de Crucitas. Considera que ha cumplido con el fin público y las obligaciones que determina la ley.

    4.- Por escrito recibido en la Sala el 16 de marzo de 2018, informa bajo juramento Edgar E. Gutiérrez Espeleta, en su condición de Ministro de Ambiente y Energía, que el tema expuesto es competencia del Área de Conservación Arenal Huetar Norte. Dicha instancia emitió el oficio SINAC-ACAHN-SCH-286-2018, informando sobre el caso: “ 1. 21 de marzo del 2017 se realizó una inspección a la finca propiedad de VIVOYET, ubicada en Crucitas de Cutris, coordinada conjuntamente con la Fiscalía Adjunta de San Carlos, Fuerza Pública, Ministerio de Salud, Dirección de Agua y Dirección de Geología del MINAE. (…) 2. 14 de agosto del 2017, en San Jose, se realiza una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos DIS Dirección de Agua, Dirección de Geología y este servidor, donde expone la problemática se da inicio la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión da pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente están trabajando en la problemática. (…) 3. 18 de agosto, gira de control por parte de funcionarios de la Sub Región San Carlos, se reporta a la Fiscalía Adjunta de San Carlos (…) 4. 13 de setiembre de 2017, se envía correo electrónico al señor Ministro de Ambiente sobre los casos imputados que se han presentado ante la Fiscalía Adjunta de San Carlos (…) 5. 18 de octubre de 2017, se envía correo electrónico por parte de este servidor, al Fiscal Adjunto de San Carlos para seguir coordinando acciones en la Finca VIVOYET en Crucitas (…) 6. Coordinación de reuniones con la Dirección del ACAHN (…)7. 07 de noviembre de 2017, correo electrónico con el levantamiento de una de las zonas afectadas en crucitas. (…) 8. Coordinación de operativo del 17 de enero de 2018. (…)” Relata que su Ministerio participa a través de la Dirección de Geología y Minas en actividades interinstitucionales en la zona de extracción ilegal de oro, en Cutris de San Carlos. Afirma que, por solicitud de la Fiscalía de Ciudad Quesada, se realizaron dos visitas de inspección conjunta entre la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas los días 21 y 24 de marzo de 2017. El geólogo destacado en la Región Huetar Norte encontró evidencias de actividad minera ilegal. Señala que se determinó que existía una intervención minera reciente de tipo artesanal en cauce de dominio público para la extracción de un yacimiento de oro libre en el sector de Crucitas, Finca Vivoyet, con la aplicación de mercurio en el proceso de amalgamación. Informa que esa actividad minera de superficie se desarrolla sin contar con el otorgamiento de una concesión minera. Al momento de la primera inspección, el 21/03/2017, no se desarrollaba ningún tipo de actividad minera; no obstante, en el sitio se observaron tres de los campamentos que fueron previamente intervenidos por Fuerza Pública. Además, se ubicaron al menos 6 frentes de extracción reciente en la quebrada y herramientas utilizadas para la extracción y selección del material aluvial (palas y zarandas), así como los llamados "cayucos", telas y residuos de mercurio, utilizados para la concentración y amalgamación del oro. Manifiesta que, para el 24/04/2017, se ubicaron al menos tres frentes de extracción diferentes a los observados el 21/03/2017, así como el desarrollo de estos sitios previos. También se constató el avance de la actividad minera hacia aguas arriba y la invasión de las márgenes del cauce. Relata que la topografía, el sistema de drenaje y la vegetación imperante en el sitio intervenido imposibilitaron determinar si los frentes de extracción se mantenían sobre un único cauce y sus brazos o si se trataba de diferentes afluentes. No obstante, se estimó que los frentes de extracción se encontraban contenidos en un área de aproximadamente 35 km 2. Señala que hubo reuniones a lo largo de meses y se coordinó permanentemente con autoridades del más alto nivel de la Fiscalía General de la República y del Ministerio de Seguridad Pública. El tema se atiende como un asunto de Gobierno, por lo que ninguna institución actúa de forma individual. La Dirección de Geología y Minas ha extendido las certificaciones que la Fiscalía le ha solicitado con el fin de abrir los casos, en contra de las personas detenidas. Con la toma del control del sitio de la extracción ilegal por parte de las autoridades nacionales de seguridad a partir del 25 de octubre de 2017, se ha procedido por parte de los técnicos de SINAC, Dirección de Agua y Dirección de Geología y Minas a hacer las valoraciones del daño ambiental, información que será insumo para las acusaciones penales que se presentan. Reitera que se trata de una tarea interinstitucional. En cuanto a su Ministerio, se encuentra valorando y cuantificando las áreas intervenidas por las labores de extracción minera a cielo abierto, así como determinando las metodologías de extracción, concentrado y recuperación de oro, empleadas en el sitio. Afirma que, en seguimiento a esta valoración se realizó inspección el 1 de noviembre de 2017, por lo que se está preparando la valoración económica del daño presente. Solicita que se declare sin lugar el recurso.

    5.- Por escrito recibido en la Sala el 22 de marzo de 2018, informa bajo juramento Alfredo Córdoba Soro, en su condición de Alcalde de San Carlos, que la situación en Crucitas requiere atención del gobierno local y central. Enumera las acciones que su representada ha tomado en este caso. El Departamento de Inspectores realizó las siguientes gestiones: 1) El 27 de octubre de 2017 se ingresó a solicitud de Fuerza Pública, Policía de Fronteras. El punto de reunión fue el puesto de policía de Coopevega, donde se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, inspeccionaron locales y clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. 2) El 7 de marzo de 2018 se incursionó nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. 3) Actualmente, se está coordinando una tercera incursión a Crucitas para después de Semana Santa. Por su parte, la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal ha realizado las siguientes gestiones: 1) Proyecto para la "Rehabilitación vial de 15.2Km en la ruta Moravia de Cutris a Llano Verde de Pocosol", del mes de diciembre. Menciona que en octubre y noviembre de 2017 se llevó a cabo la limpieza y conformación del camino 2-10-199 y se elaboró la orden de compra OC 2526-1 para el mantenimiento y construcción de puentes vehiculares en los caminos 2-10-199 y 2-1 0-104. Detalla otras labores semejantes. 2) Proyecto de relastrado en el camino 2-10-104 Cutris- Pocosol. Por su parte, el Concejo, a través de la Comisión de Seguridad, ha realizado gestiones a nivel tanto local como nacional en relación al tema y la problemática de Crucitas, dentro del marco de las competencias de la corporación municipal. Cita los oficios relacionados. Explica que el tema de la contaminación es competencia del MINAE, mientras que el ingreso y permanencia de extranjeros corresponde a la Dirección General de Migración y Extranjería. Solicita que se declare sin lugar el recurso.

    6.- En los procedimientos seguidos se han observado las prescripciones legales.

    Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,

    Considerando:

    I.- Objeto del recurso. El recurrente relata que unos 2000 nicaragüenses ingresan a diario a Costa Rica y realizan trabajos de minería en la finca Vivoyet, contaminando la zona. Reclama que los accionados no brindan atención debida al caso.

    II.Hechos probados. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse a ellos, según lo prevenido en el auto inicial:

    En cuanto al MINAE:

    a. El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    b. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    c. El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso; se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    d. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    e. El 1 de noviembre de 2017, el MINAE realizó una inspección y se está preparando la valoración económica del daño. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    En cuanto a las autoridades migratorias:

    a. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    b. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    c. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    d. Las autoridades migratorias programaron para la segunda semana de abril una actividad conocida como “Migra móvil” con el fin de organizar actividades migratorias en la zona y promover la regularización de extranjeros que se encuentren de manera irregular. (Ver informe rendido).

    En cuanto a las autoridades municipales:

    a. El 27 de octubre de 2017, autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    b. El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    III.- Sobre el caso concreto. En el sub examine, el recurrente afirma que las autoridades accionadas no han atendido el problema de minería ilegal en la finca Vivoyet en Crucitas. Tras analizar los autos, la Sala pudo verificar las siguientes acciones, desplegadas por parte de los accionados: El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. El 21 de marzo del 2017 se realizó una inspección a la finca propiedad de Vivoyet, ubicada en Crucitas de Cutris, coordinada conjuntamente con la Fiscalía Adjunta de San Carlos, la Fuerza Pública, el Ministerio de Salud, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología del MINAE. El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso, lo que se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, quienes se ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. El 27 de octubre de 2017, las autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. A partir de los hechos expuestos, se verifica que las autoridades accionadas han brindado atención al caso expuesto desde fechas anteriores a su notificación del curso del proceso, los días 12, 13 y 19 de marzo de 2018, por lo que procede declarar sin lugar el recurso.

    IV.- DOCUMENTACIÓN APORTADA AL EXPEDIENTE . Se previene a las partes que de haber aportado algún documento en papel, así como objetos o pruebas contenidas en algún dispositivo adicional de carácter electrónico, informático, magnético, óptico, telemático o producido por nuevas tecnologías, éstos deberán ser retirados del despacho en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia. De lo contrario, será destruido todo aquel material que no sea retirado dentro de este plazo, según lo dispuesto en el "Reglamento sobre Plena en sesión N° 27-11 del 22 de agosto del 2011, artículo XXVI y publicado en el Boletín Judicial número 19 del 26 de enero del 2012, así como en el acuerdo aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N° 43-12 celebrada el 3 de mayo del 2012, artículo LXXXI.

    Por tanto:

    Se declara sin lugar el recurso.

    Fernando Cruz C.

    a.i Fernando Castillo V.

    Paul Rueda L.

    Nancy Hernández L.

    Luis Fdo. Salazar A.

    Alejandro Delgado F.

    Jose Paulino Hernández G.

    Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *47Q80T7ARY0K61* 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de documentos: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6

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    *180036850007CO* Res. Nº 2018006163 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas veinte minutos del veinte de abril de dos mil dieciocho .

    Recurso de amparo que se tramita en el expediente N° 18-003685-0007-CO, interpuesto por HERNÁN SEVILLA OLIVAS, cédula de identidad 0900950457, contra el MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA.

    Resultando:

    1.- Por escrito recibido en la Sala el 5 de marzo de 2018, el accionante interpone un recurso de amparo. Manifiesta que el caso de Crucitas (finca Vivoyet), desde hace aproximadamente 9 meses, se ha convertido en un caso de alta peligrosidad. Indica que dicho caso es de inseguridad nacional y en cualquier momento se puede convertir en un conflicto internacional. Señala que en este momento hay aproximadamente unos 2.000 obreros ilegales, en su mayoría nicaragüenses, indocumentados, que ingresan a diario por la franja fronteriza en donde no se tiene ningún tipo de control policial. Afirma que tales personas utilizan mercurio, que es altamente contaminante. Sostiene que las autoridades recurridas y demás ministerios competentes no le han dado la importancia que merece el caso. Explica que las autoridades accionadas deberían pedir cooperación a la Universidad de Costa Rica para analizar las sustancias decomisadas, que aparentemente es mercurio. Alega que se debe actuar con una verdadera policía de fronteras, que tengan patrullajes constantes. Aduce que el Ministerio de Seguridad Pública debería reintegrar a todas las personas que formaron parte de la policía de 1984, pues fueron entrenados para esas condiciones. Solicita a la Sala que declare con lugar el recurso.

    2.- Por resolución de las 9:53 horas del 9 de marzo de 2018, se dio curso al amparo.

    3.- Por escrito recibido en la Sala el 14 de marzo de 2018, informa bajo juramento Gisela María Yockchen Mora, en su condición de Directora General de Migración y Extranjería, que los argumentos del recurrente son enteramente subjetivos e inclusive temerarios, producto de suposiciones suyas y no de una realidad objetiva. Cuestiona las afirmaciones del amparado en cuanto a alta peligrosidad, la cantidad de personas, su nacionalidad y forma de ingreso al país, que la sustancia sea mercurio y la carencia de prueba del accionante. Manifiesta que recibió oficio del Coordinador Policial a.i. de Migración de San Carlos. Dicho funcionario señala, en lo referido a la zona de Crucitas y la supuesta extracción de minerales, que la oficina Regional de la Policía de Migración de San Carlos formó parte de las diferentes comisiones interinstitucionales que se organizaron al efecto e, incluso, se realizaron tres días de operativos con el fin de valorar el tema (25, 26 y 27 de octubre de 2017). Ese funcionario agregó que, habiéndose logrado tomar el control de la situación en la finca Vivoyet y otras cercanas, la Policía de Migración continuó participando de forma continua en labores operacionales en conjunto con Fuerza Pública, Unidad de Fronteras y la DIS, e incluso se colaboraba con el traslado de aprehendidos para que estos fueran valorados por sus oficiales y se determina su estado migratorio. Afirma que, dado que se venía dando apoyo casi todos los días en Crucitas, se logró coordinar para asignar un grupo de oficiales de los Los Chiles y Tablillas directamente en la zona, quienes se ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3 en los cuales se garantizó la presencia policial migratoria las 24 horas del día, ya que los oficiales salían a descansar, luego de tres días eran cubiertos por otros y así sucesivamente. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el día 23 de diciembre 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. Refiere que los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017 se realizaron operativos de gran magnitud, contándose incluso con recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. El 7 de marzo de 2018 se participó en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. Señala que el Centro Penal Nelson Mandela, la Sección de Cárceles de OIJ y la Fiscalía remiten a la oficina de Migración San Carlos a las personas extranjeras que son sentenciadas penalmente por la extracción de minerales, para que se aplique el procedimiento de rigor. Acota que se programó una actividad conocida como “Migra móvil” con el fin de organizar actividades migratorias en la zona y promover la regularización de extranjeros que se encuentren de manera irregular. Esta se estará realizando la segunda semana de abril, una vez que termine el operativo de Semana Santa que realizaran en Los Chiles. Afirma que la orden operacional N° 12-03-2018 PPM-SAN CARLOS incluyó las actividades de control migratorio en la zona de Crucitas. Considera que ha cumplido con el fin público y las obligaciones que determina la ley.

    4.- Por escrito recibido en la Sala el 16 de marzo de 2018, informa bajo juramento Edgar E. Gutiérrez Espeleta, en su condición de Ministro de Ambiente y Energía, que el tema expuesto es competencia del Área de Conservación Arenal Huetar Norte. Dicha instancia emitió el oficio SINAC-ACAHN-SCH-286-2018, informando sobre el caso: “ 1. 21 de marzo del 2017 se realizó una inspección a la finca propiedad de VIVOYET, ubicada en Crucitas de Cutris, coordinada conjuntamente con la Fiscalía Adjunta de San Carlos, Fuerza Pública, Ministerio de Salud, Dirección de Agua y Dirección de Geología del MINAE. (…) 2. 14 de agosto del 2017, en San Jose, se realiza una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos DIS Dirección de Agua, Dirección de Geología y este servidor, donde expone la problemática se da inicio la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión da pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente están trabajando en la problemática. (…) 3. 18 de agosto, gira de control por parte de funcionarios de la Sub Región San Carlos, se reporta a la Fiscalía Adjunta de San Carlos (…) 4. 13 de setiembre de 2017, se envía correo electrónico al señor Ministro de Ambiente sobre los casos imputados que se han presentado ante la Fiscalía Adjunta de San Carlos (…) 5. 18 de octubre de 2017, se envía correo electrónico por parte de este servidor, al Fiscal Adjunto de San Carlos para seguir coordinando acciones en la Finca VIVOYET en Crucitas (…) 6. Coordinación de reuniones con la Dirección del ACAHN (…)7. 07 de noviembre de 2017, correo electrónico con el levantamiento de una de las zonas afectadas en crucitas. (…) 8. Coordinación de operativo del 17 de enero de 2018. (…)” Relata que su Ministerio participa a través de la Dirección de Geología y Minas en actividades interinstitucionales en la zona de extracción ilegal de oro, en Cutris de San Carlos. Afirma que, por solicitud de la Fiscalía de Ciudad Quesada, se realizaron dos visitas de inspección conjunta entre la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas los días 21 y 24 de marzo de 2017. El geólogo destacado en la Región Huetar Norte encontró evidencias de actividad minera ilegal. Señala que se determinó que existía una intervención minera reciente de tipo artesanal en cauce de dominio público para la extracción de un yacimiento de oro libre en el sector de Crucitas, Finca Vivoyet, con la aplicación de mercurio en el proceso de amalgamación. Informa que esa actividad minera de superficie se desarrolla sin contar con el otorgamiento de una concesión minera. Al momento de la primera inspección, el 21/03/2017, no se desarrollaba ningún tipo de actividad minera; no obstante, en el sitio se observaron tres de los campamentos que fueron previamente intervenidos por Fuerza Pública. Además, se ubicaron al menos 6 frentes de extracción reciente en la quebrada y herramientas utilizadas para la extracción y selección del material aluvial (palas y zarandas), así como los llamados "cayucos", telas y residuos de mercurio, utilizados para la concentración y amalgamación del oro. Manifiesta que, para el 24/04/2017, se ubicaron al menos tres frentes de extracción diferentes a los observados el 21/03/2017, así como el desarrollo de estos sitios previos. También se constató el avance de la actividad minera hacia aguas arriba y la invasión de las márgenes del cauce. Relata que la topografía, el sistema de drenaje y la vegetación imperante en el sitio intervenido imposibilitaron determinar si los frentes de extracción se mantenían sobre un único cauce y sus brazos o si se trataba de diferentes afluentes. No obstante, se estimó que los frentes de extracción se encontraban contenidos en un área de aproximadamente 35 km 2. Señala que hubo reuniones a lo largo de meses y se coordinó permanentemente con autoridades del más alto nivel de la Fiscalía General de la República y del Ministerio de Seguridad Pública. El tema se atiende como un asunto de Gobierno, por lo que ninguna institución actúa de forma individual. La Dirección de Geología y Minas ha extendido las certificaciones que la Fiscalía le ha solicitado con el fin de abrir los casos, en contra de las personas detenidas. Con la toma del control del sitio de la extracción ilegal por parte de las autoridades nacionales de seguridad a partir del 25 de octubre de 2017, se ha procedido por parte de los técnicos de SINAC, Dirección de Agua y Dirección de Geología y Minas a hacer las valoraciones del daño ambiental, información que será insumo para las acusaciones penales que se presentan. Reitera que se trata de una tarea interinstitucional. En cuanto a su Ministerio, se encuentra valorando y cuantificando las áreas intervenidas por las labores de extracción minera a cielo abierto, así como determinando las metodologías de extracción, concentrado y recuperación de oro, empleadas en el sitio. Afirma que, en seguimiento a esta valoración se realizó inspección el 1 de noviembre de 2017, por lo que se está preparando la valoración económica del daño presente. Solicita que se declare sin lugar el recurso.

    5.- Por escrito recibido en la Sala el 22 de marzo de 2018, informa bajo juramento Alfredo Córdoba Soro, en su condición de Alcalde de San Carlos, que la situación en Crucitas requiere atención del gobierno local y central. Enumera las acciones que su representada ha tomado en este caso. El Departamento de Inspectores realizó las siguientes gestiones: 1) El 27 de octubre de 2017 se ingresó a solicitud de Fuerza Pública, Policía de Fronteras. El punto de reunión fue el puesto de policía de Coopevega, donde se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, inspeccionaron locales y clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. 2) El 7 de marzo de 2018 se incursionó nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. 3) Actualmente, se está coordinando una tercera incursión a Crucitas para después de Semana Santa. Por su parte, la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal ha realizado las siguientes gestiones: 1) Proyecto para la "Rehabilitación vial de 15.2Km en la ruta Moravia de Cutris a Llano Verde de Pocosol", del mes de diciembre. Menciona que en octubre y noviembre de 2017 se llevó a cabo la limpieza y conformación del camino 2-10-199 y se elaboró la orden de compra OC 2526-1 para el mantenimiento y construcción de puentes vehiculares en los caminos 2-10-199 y 2-1 0-104. Detalla otras labores semejantes. 2) Proyecto de relastrado en el camino 2-10-104 Cutris- Pocosol. Por su parte, el Concejo, a través de la Comisión de Seguridad, ha realizado gestiones a nivel tanto local como nacional en relación al tema y la problemática de Crucitas, dentro del marco de las competencias de la corporación municipal. Cita los oficios relacionados. Explica que el tema de la contaminación es competencia del MINAE, mientras que el ingreso y permanencia de extranjeros corresponde a la Dirección General de Migración y Extranjería. Solicita que se declare sin lugar el recurso.

    6.- En los procedimientos seguidos se han observado las prescripciones legales.

    Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,

    Considerando:

    I.- Objeto del recurso. El recurrente relata que unos 2000 nicaragüenses ingresan a diario a Costa Rica y realizan trabajos de minería en la finca Vivoyet, contaminando la zona. Reclama que los accionados no brindan atención debida al caso.

    II.Hechos probados. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse a ellos, según lo prevenido en el auto inicial:

    En cuanto al MINAE:

    a. El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    b. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    c. El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso; se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    d. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    e. El 1 de noviembre de 2017, el MINAE realizó una inspección y se está preparando la valoración económica del daño. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    En cuanto a las autoridades migratorias:

    a. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    b. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    c. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    d. Las autoridades migratorias programaron para la segunda semana de abril una actividad conocida como “Migra móvil” con el fin de organizar actividades migratorias en la zona y promover la regularización de extranjeros que se encuentren de manera irregular. (Ver informe rendido).

    En cuanto a las autoridades municipales:

    a. El 27 de octubre de 2017, autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    b. El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. (Ver informe rendido y prueba aportada).

    III.- Sobre el caso concreto. En el sub examine, el recurrente afirma que las autoridades accionadas no han atendido el problema de minería ilegal en la finca Vivoyet en Crucitas. Tras analizar los autos, la Sala pudo verificar las siguientes acciones, desplegadas por parte de los accionados: El 14 de agosto de 2017, el MINAE sostuvo una reunión con la Fiscalía Ajunta de San Carlos, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología, donde expuso la problemática, se inició la coordinación interinstitucional para la atención de la problemática de la extracción ilegal de oro en Crucitas. Esta reunión dio pie a la conformación de las diferentes comisiones que actualmente trabajan en la problemática. El 21 de marzo del 2017 se realizó una inspección a la finca propiedad de Vivoyet, ubicada en Crucitas de Cutris, coordinada conjuntamente con la Fiscalía Adjunta de San Carlos, la Fuerza Pública, el Ministerio de Salud, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología del MINAE. El 18 de agosto de 2017, el MINAE realizó una gira de control en la zona objeto del recurso, lo que se reportó a la Fiscalía Adjunta de San Carlos. Los días 13 y 18 de octubre de 2017, funcionarios del MINAE enviaron correos electrónicos a la Fiscalía Adjunta de San Carlos sobre los casos imputados y la coordinación de las acciones en la finca Vivoyet. Los días 21 y 24 de marzo de 2017, la Fiscalía, la Fuerza Pública, el SINAC, la Dirección de Agua y la Dirección de Geología y Minas efectuaron visitas de inspección conjunta al lugar, donde encontraron evidencia de actividad minera ilegal. Los días 25, 26 y 27 de octubre de 2017 se ejecutaron operativos por parte de las autoridades de migración en la finca objeto del recurso. El control del sitio fue tomado el 25 de octubre de 2017. Luego, brindaron apoyo casi diario y se asignó un grupo de oficiales, quienes se ubicaron en las instalaciones de la finca Vivoyet con un roll de 3x3. Además, se asignó un recurso vehicular en la zona y se apoyó con traslado desde las oficinas más cercanas, cuando se requirió la permanencia. Dicha colaboración se brindó hasta el 23 de diciembre de 2017, aproximadamente, pues no era posible asignar recurso policial debido al operativo de fin de año. Los días 7, 14 y 19 de diciembre de 2017, Migración realizó operativos de migración de gran magnitud, en los que se empleó incluso recurso humano de oficinas centrales y casi todo el recurso destacado en Los Chiles. El 7 de marzo de 2018, las autoridades de migración participaron en una incursión con otras instituciones para inspeccionar el sector de Coope Vega, donde se procedió a rechazar a 28 migrantes nicaragüenses irregulares y cuatro citaciones. El 27 de octubre de 2017, las autoridades municipales ingresaron a la zona de Crucitas por solicitud de Fuerza Pública. Se inspeccionaron comercios, se decomisaron licores, se inspeccionaron locales y se clausuró la construcción de la edificación de una casa de habitación. El 7 de marzo de 2018, autoridades municipales incursionaron nuevamente en el sector de Crucitas. Se notificó por venta de abarrotes a un tercero, se confeccionó infracción a la ley de licores y se decomisó licor. A partir de los hechos expuestos, se verifica que las autoridades accionadas han brindado atención al caso expuesto desde fechas anteriores a su notificación del curso del proceso, los días 12, 13 y 19 de marzo de 2018, por lo que procede declarar sin lugar el recurso.

    IV.- DOCUMENTACIÓN APORTADA AL EXPEDIENTE . Se previene a las partes que de haber aportado algún documento en papel, así como objetos o pruebas contenidas en algún dispositivo adicional de carácter electrónico, informático, magnético, óptico, telemático o producido por nuevas tecnologías, éstos deberán ser retirados del despacho en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia. De lo contrario, será destruido todo aquel material que no sea retirado dentro de este plazo, según lo dispuesto en el "Reglamento sobre Plena en sesión N° 27-11 del 22 de agosto del 2011, artículo XXVI y publicado en el Boletín Judicial número 19 del 26 de enero del 2012, así como en el acuerdo aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N° 43-12 celebrada el 3 de mayo del 2012, artículo LXXXI.

    Por tanto:

    Se declara sin lugar el recurso.

    Fernando Cruz C.

    a.i Fernando Castillo V.

    Paul Rueda L.

    Nancy Hernández L.

    Luis Fdo. Salazar A.

    Alejandro Delgado F.

    Jose Paulino Hernández G.

    Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *47Q80T7ARY0K61* 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de documentos: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6

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