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Res. 05277-2016 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 22/04/2016
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Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL *140186320007CO* Res. Nº 2016005277 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del veintidos de abril de dos mil dieciseis .
Gestión de inejecución promovida por MARCO LEVY VIRGO , portador de la cédula de identidad No. 0700690314, contra el TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO.
RESULTANDO:
1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala por medio del sistema de fax a las 14:16 horas del 7 de abril de 2016, el recurrente acusó desobediencia a lo ordenado por el Tribunal Constitucional en el Voto número 2015-003170 de las 09:30 horas del 6 de marzo de 2015, toda vez que, el Presidente y la Jueza Tramitadora del expediente 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo, a la fecha de interpuesta la presente gestión, no le habían resuelto una denuncia que presentó en fecha 17 de junio del 2013, contra el Servicentro Costa Caribeño S.A..
2.- Mediante resolución de las 07:00 horas del 14 de abril del 2016, se le dio traslado de la presente gestión al Presidente y Jueza Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo.
3.- Informaron bajo juramento, Ligia Umaña Ledezma en su condición de Presidenta y Maricé Navarro Montoya en su condición de Jueza Tramitadora, ambas del Tribunal Ambiental Administrativo, que en el expediente administrativo correspondiente al interesado, por resolución de número 377-16-TAA de las 10:51 horas del 12 de abril de 2016, se acordó la apertura del procedimiento administrativo que imputa formalmente a la Compañía Servicentro Costa Caribeños S.A. por contaminación ambiental. Explican, que para el día vienes 24 de junio de 2016, se cita a todas partes a audiencia oral y pública que será celebrada en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo, incluyendo al recurrente en calidad de coadyuvante.
4.- En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Salazar Alvarado; y,
CONSIDERANDO:
ÚNICO.- En el presente asunto, el recurrente aduce que la autoridad recurrida ha incumplido lo ordenado por esta Sala mediante el Voto número 2015-003170 de las 09:30 horas del 6 de marzo de 2015, toda vez que, a la fecha de interpuesta la presente gestión no han resuelto una denuncia que presentó desde el día 17 de junio del 2013, contra el Servicentro Costa Caribeño S.A. Sobre el particular, esta Sala tiene plena e idóneamente demostrado la desobediencia a lo dispuesto en la Sentencia supra mencionada, dado que, la Presidenta y la Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo, en el informe rendido bajo juramento, manifiestan que el día 12 de abril de 2016, se acordó la apertura del procedimiento administrativo que imputa formalmente a la Compañía Servicentro Costa Caribeños S.A. por contaminación ambiental, lo cual, demuestra que la gestión, no ha sido resuelta de manera definitiva. Sin embargo, dado que, en dicha oportunidad, la orden impartida en el Voto número 2015-003170 de las 09:30 horas del 6 de marzo de 2015, fue dirigida a los entonces Presidente y Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Administrativo, José Lino Chaves López y Yamilette Mata Dobles y, quienes rinden el informe de desobediencia son Ligia Umaña Ledezma y Maricé Navarro Montoya, se le impone a ésta última autoridad, bajo la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo en su contra si no lo hiciere, el cumplimiento inmediato de lo señalado en dicha Sentencia, cuya parte dispositiva señala lo siguiente:
“(…) Se declara con lugar el recurso, por violación a una justicia administrativa pronta y cumplida. En consecuencia, se ordena a José Lino Chaves López y Yamilette Mata Dobles, por su orden Presidente y Jueza Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo, o a quienes en su lugares ejerzan el cargo, que resuelvan la denuncia presentada el 17 de junio del 2013 contra el Servicentro Costa Caribeño S.A. y notifiquen lo que se decida dentro del plazo máximo de TRES MESES, contado a partir de la comunicación de esta resolución (…)”.
POR TANTO:
Se le ordena a Ligia Umaña Ledezma, cédula de identidad número 02-0417-0527, y a Maricé Navarro Montoya, cédula de identidad número 03-0338-0149, por su orden Presidenta y Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambas del Tribunal Ambiental Administrativo cumplir, inmediatamente, lo dispuesto en el Voto número 2015-003170, de las 9:30 horas del 6 de marzo de 2015, bajo la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo en su contra si no lo hiciere. Notifíquese a Ligia Umaña Ledezma y Maricé Navarro Montoya, en su condición de Presidenta y Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambas del Tribunal Ambiental Administrativo en forma personal.
Fernando Cruz C.
Presidente a.i Paul Rueda L.
Nancy Hernández L.
Luis Fdo. Salazar A.
Rosa María Abdelnour G.
Enrique Ulate C.
Jose Paulino Hernández G.
Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *JBCHKKKA2RY61*
Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL *140186320007CO* Res. Nº 2016005277 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del veintidos de abril de dos mil dieciseis .
Gestión de inejecución promovida por MARCO LEVY VIRGO , portador de la cédula de identidad No. 0700690314, contra el TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO.
RESULTANDO:
1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala por medio del sistema de fax a las 14:16 horas del 7 de abril de 2016, el recurrente acusó desobediencia a lo ordenado por el Tribunal Constitucional en el Voto número 2015-003170 de las 09:30 horas del 6 de marzo de 2015, toda vez que, el Presidente y la Jueza Tramitadora del expediente 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo, a la fecha de interpuesta la presente gestión, no le habían resuelto una denuncia que presentó en fecha 17 de junio del 2013, contra el Servicentro Costa Caribeño S.A..
2.- Mediante resolución de las 07:00 horas del 14 de abril del 2016, se le dio traslado de la presente gestión al Presidente y Jueza Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo.
3.- Informaron bajo juramento, Ligia Umaña Ledezma en su condición de Presidenta y Maricé Navarro Montoya en su condición de Jueza Tramitadora, ambas del Tribunal Ambiental Administrativo, que en el expediente administrativo correspondiente al interesado, por resolución de número 377-16-TAA de las 10:51 horas del 12 de abril de 2016, se acordó la apertura del procedimiento administrativo que imputa formalmente a la Compañía Servicentro Costa Caribeños S.A. por contaminación ambiental. Explican, que para el día vienes 24 de junio de 2016, se cita a todas partes a audiencia oral y pública que será celebrada en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo, incluyendo al recurrente en calidad de coadyuvante.
4.- En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Salazar Alvarado; y,
CONSIDERANDO:
ÚNICO.- En el presente asunto, el recurrente aduce que la autoridad recurrida ha incumplido lo ordenado por esta Sala mediante el Voto número 2015-003170 de las 09:30 horas del 6 de marzo de 2015, toda vez que, a la fecha de interpuesta la presente gestión no han resuelto una denuncia que presentó desde el día 17 de junio del 2013, contra el Servicentro Costa Caribeño S.A. Sobre el particular, esta Sala tiene plena e idóneamente demostrado la desobediencia a lo dispuesto en la Sentencia supra mencionada, dado que, la Presidenta y la Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo, en el informe rendido bajo juramento, manifiestan que el día 12 de abril de 2016, se acordó la apertura del procedimiento administrativo que imputa formalmente a la Compañía Servicentro Costa Caribeños S.A. por contaminación ambiental, lo cual, demuestra que la gestión, no ha sido resuelta de manera definitiva. Sin embargo, dado que, en dicha oportunidad, la orden impartida en el Voto número 2015-003170 de las 09:30 horas del 6 de marzo de 2015, fue dirigida a los entonces Presidente y Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Administrativo, José Lino Chaves López y Yamilette Mata Dobles y, quienes rinden el informe de desobediencia son Ligia Umaña Ledezma y Maricé Navarro Montoya, se le impone a ésta última autoridad, bajo la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo en su contra si no lo hiciere, el cumplimiento inmediato de lo señalado en dicha Sentencia, cuya parte dispositiva señala lo siguiente:
“(…) Se declara con lugar el recurso, por violación a una justicia administrativa pronta y cumplida. En consecuencia, se ordena a José Lino Chaves López y Yamilette Mata Dobles, por su orden Presidente y Jueza Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambos del Tribunal Ambiental Administrativo, o a quienes en su lugares ejerzan el cargo, que resuelvan la denuncia presentada el 17 de junio del 2013 contra el Servicentro Costa Caribeño S.A. y notifiquen lo que se decida dentro del plazo máximo de TRES MESES, contado a partir de la comunicación de esta resolución (…)”.
POR TANTO:
Se le ordena a Ligia Umaña Ledezma, cédula de identidad número 02-0417-0527, y a Maricé Navarro Montoya, cédula de identidad número 03-0338-0149, por su orden Presidenta y Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambas del Tribunal Ambiental Administrativo cumplir, inmediatamente, lo dispuesto en el Voto número 2015-003170, de las 9:30 horas del 6 de marzo de 2015, bajo la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo en su contra si no lo hiciere. Notifíquese a Ligia Umaña Ledezma y Maricé Navarro Montoya, en su condición de Presidenta y Jueza Secretaria Tramitadora del expediente número 177-13-03-TAA, ambas del Tribunal Ambiental Administrativo en forma personal.
Fernando Cruz C.
Presidente a.i Paul Rueda L.
Nancy Hernández L.
Luis Fdo. Salazar A.
Rosa María Abdelnour G.
Enrique Ulate C.
Jose Paulino Hernández G.
Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *JBCHKKKA2RY61*
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