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Res. 19623-2014 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 02/12/2014

Res. 19623-2014 Sala ConstitucionalRes. 19623-2014 Sala Constitucional

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    Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL *120024480007CO* Res. Nº 2014019623 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil catorce.

    Recurso de amparo que se tramita en expediente número 12-002448-0007-CO, interpuesto por REINIER CANALES MEDINA, cédula de identidad 0601280726, mayor, vecino de GOLFITO contra EL ALCALDE DE GOLFITO, EL PRESIDENTE DEL CONSEJO MUNICIPAL DE GOLFITO Y OTROS.

    Resultando:

    1.- En memorial presentado en la Secretaría de la Sala el 3 de setiembre de 2014, Héctor Chinchilla Cascante, en su condición de Alcalde Municipal a.i. de Golfito, solicitó prórroga de la fecha de clausura del vertedero municipal de Golfito, que fue ordenado por voto de esta Sala N.2012-15118. Manifiesta el gestionante que la finca donde se encuentra el vertedero corresponde a un área de poco menos de 15 hectáreas. Sin embargo, solo 2.5 hectáreas han sido utilizadas para disponer desechos. Indica que en el año 2013 la Municipalidad presentó un plan de cierre técnico al Ministerio de Salud y el 13 de noviembre autorizó a la Federación de Municipalidades del Sur (FEDEMSUR) para que sea el ente ejecutor ante la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR), que financiará la inversión de recursos públicos para efectos del cierre técnico del vertedero. Manifiesta que el 11 de junio de 2014 la Municipalidad envía estado de situación tanto al Ministerio de Salud como a la Sala Constitucional y que actualmente la situación del vertedero de la Municipalidad de Golfito es de Tipo Controlado, pues se cumplen las condiciones de mitigación de la contaminación ambiental expuestas en el Informe Técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014, que se adjunta. Con fundamento en el criterio técnico de la Ingeniera Juliana Araya Madrigal, en calidad de Ingeniera Ambiental de la Municipalidad, se tiene que la celda en uso corresponde a un área de 6086 metros cuadrados, la misma dispone de un volumen de 85204 metros cúbicos, según levantamiento topográfico del 20 de agosto de 2014. La profundidad de la celda va de desde los 4185 hasta los 13387 metros tomando como referencia la altura del area clausurada. Anualmente 7680 toneladas son dispuestas al vertedero municipal. Estos residuos corresponden a una población de 30790 personas, siendo la cobertura del servicio de recolección de residuos del 78%. Por otra parte, tomando en cuenta la población atendida, las dimensiones de la celda la cobertura parcial, intermedia y total, así como la estabilización de taludes, entre otros. La capacidad de disposición final de residuos de la celda actual del vertedero es de un año y nueve meses contados a partir de setiembre de 2016, contado a partir de setiembre de 2014. Esta vida útil del vertedero de Golfito, depende directamente de la buena operación del vertedero, manteniendo las condiciones implementadas y las medidas expuestas en el folio 8 del informe técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014, por parte de la Municipalidad. Por ello solicita, con base en la justificación técnica adjunta, se reconsidere una prórroga de la fecha de clausura del cierre técnico del Vertedero de la Municipalidad de Golfito, hasta que concluya su vida útil, según criterio técnico en junio de 2016. Se está tramitando la solicitud de fondos a JUDESUR para cierre técnico y construcción de nuevo relleno mancomunado Corredores-Golfito. Aún no se cuenta con un relleno sanitario para disposición de residuos.

    2.- El 11 de junio de 2014, Héctor Chinchilla Cascante, Alcalde de La Municipalidad de Golfito, y la Gestora Ambiental de la Municipalidad de Golfito informaron el Estado de Situación Actual del Vertedero Fila Manigordo de la Municipalidad de Golfito. En cuanto al Plan de Cierre Técnico, indicaron que los planos constructivos, la memoria de cálculo y el manual de operación del Proyecto de Cierre Técnico del Vertedero de Golfito, elaborado por el Ingeniero Carlos Sandoval, fueron presentados al Area Rectora de Salud el 21 de junio de 2013, y devueltos a la Municipalidad de Golfito con observaciones del Area rectora de Salud el 30 de octubre de 2013, a partir de ahí no fue corregido ni presentado nuevamente al Area Rectora de Salud. Esa oficina, mediante el oficio BRU-ARS-G-0071-2013 del 22 de enero de 2013, señaló a la Municipalidad de Golfito las condiciones técnicas bajo las cuales debe operar el vertedero, que son las siguientes:

    1. Presentar planos constructivos del levantamiento con curvas de nivel del vertedero actual, confeccionados y firmados por profesional idóneo.

    2. Presentar planos constructivos de la propuesta del cierre técnico del vertedero actual confeccionados y firmados por profesional idóneo, en los que se especifique la instalación los siguientes elementos u obras:

    • a)retiros en colindancias, b) Zonas de Protección (mínimo 20 m entre el área de disposición de desechos y linderos de propiedades vecinas); c) Cercas periféricas para evitar el ingreso de personas y animales no deseados; d) Caseta para la Vigilancia y Control, e) Vías internas de acceso lastreadas o pavimentada, transitable en cualquier época del año con rótulos de información; f) Portón de entrada controlado g) Rotulación señalización , prevención, información.
    • h)Zonas especiales para diferentes tipos de residuos, anatomopatológicos, bioinfecciosos, especiales, ordinarios otros.
    • i)Bodega de Materiales y equipo.
    • j)Sistema de captación de lixiviados.
    • k)Planta de tratamiento de lixiviados en cualquiera de sus modalidades.
    • l)Pozos de monitoreo para aguas subterráneas (al menos tres) m) Controles de Escorrentía n) Canales periféricos para evacuar aguas pluviales, evitando que esta ingrese a las celdas.
    • o)Sistema de tratamiento de gases.
    • p)Servicios de Agua y Luz q) Sitio de lavado de maquinaria y equipo, con canales perimetrales para evacuación y tratamiento adecuado de aguas residuales.
    • r)Diseño de la configuración final del sitio con su tratamiento paisajístico que incluya confección de taludes y pendientes estables, cobertura final con material vegetal, siembra de árboles y césped en zonas especiales (especies apropiadas a la zona) 3. Presentar un cronograma que contemple los siguientes aspectos:
    • a)Presentación de planos constructivos, b) Realización de las obras indicadas en los planos constructivos.
    • c)Presentación de Memorias de Cálculo (diseño de celdas y planta de tratamiento de líquidos lixiviados) d) Presentación de reportes operacionales del vertido de aguas residuales.
    • e)Presentación de reportes de operación y mantenimiento del sitio.
    • f)Presentar plan de Trabajo que incluya: plan presupuestario de operación y mantenimiento, población que recibe servicio de recolección y transporte de residuos al sitio de disposición final.
    • g)Presentación de Bitácora de manejo de aguas residuales.
    • h)Cierre total y definitivo del vertedero actual.
    • i)Programa de monitoreo y control de aguas subterráneas, gases, lixiviados, otros.
    • j)Actividades rutinarias de operación y mantenimiento.
    • k)programa de mantenimiento y operación de maquinaria y equipo.
    • l)Plan de salud ocupacional que contemple el control médico de los trabajadores, entre otros.
    • m)Plan de manejo de emergencias y/ o accidentes.
    • n)Presentar la propuesta de disposición de residuos sólidos o alternativa de relleno sanitario con los estudios o avances del mismo, que permitan dar inicio al cierre del actual vertedero.

    4. Mantener en el sitio (Vertedero Fila Manigordo) y de manera accesible lo siguiente:

    • a)Plan de manejo de emergencias (implementación).
    • b)Bitácora para el registro diario de labores.
    • c)Equipo de Protección para el personal en el trabajo diario.
    • d)Disponer de un botiquín básico de atención primaria de accidentes y trastornos de salud.
    • e)Disponer de equipo manual apropiado y suficiente para el trabajo diario.
    • f)Un sistema de registro diario de ingreso, tipo, procedencia y cantidad de los desechos.
    • g)Un sistema de registro diario de las principales labores.

    5.- Labores que deben implementar de manera permanente como parte de las funciones diarias del sitio de disposición de residuos.

    • a)Mantener maquinaria y equipos necesarios laborando en el tratamiento y cobertura diaria de los desechos que son depositados.
    • b)Bitácoras y registros diarios de control.
    • c)Limpieza y mantenimiento de las rutas de acceso.
    • d)uso de equipo de protección personal.

    6. Prohibiciones:

    • a)Presencia y/o acceso de personas ajenas al sitio.
    • b)Presencia y/o acceso de personas menores de edad.
    • c)Presencia y/ o permanencia de animales domésticos.
    • d)Presencia de buzos.
    • e)Disposición de desechos especiales sin la debida autorización y/o tratamiento.
    • f)Realizar quemas de los desechos.

    Reunión de actualización en el Area Rectora de Salud. En la reunión celebrada el 15 de mayo de 2014, convocada por el Area de Salud de Golfito, con el Alcalde Municipal y el Personal de Gestión Ambiental de la Municipalidad realizar las correcciones al plan de Cierre Técnico en un plazo de 15 días y un mes respectivamente.

    Presupuesto del Cierre Técnico. Debido al rechazo de los presupuestos presentados en los últimos dos años, la municipalidad ha permanecido durante los dos últimos años sin la renovación del mismo, lo cual ha limitado la disponibilidad de recursos a ser invertidos en mejoras operativas al vertedero.

    Menciona que la Unidad de Gestión Ambiental, ha hecho esfuerzos en mejoras al vertedero de la fila Manigordo, como las siguientes:

    1. Recolección de Basura en sitios no autorizados. En 2013 se realizaron dos barridas de recolección de basura en lugares no dispuestos para tal fin en la propiedad donde se encuentra el vertedero, con el fin de evitar expandir el área afectada, así como disminuir el impago visual de ingreso al vertedero. Estas barridas se realizaron el mes de abril del año en curso. Se contó con la participación de 30 personas de la Asociación Fila Manigordo y Municipalidad de Golfito, además con el apoyo de FEDEMUR.

    2. Limpieza quebrada la Mina. En el año 2013, se realizó un recorrido de limpieza por el cauce de la quebrada la Mina, ubicada a unos 200 metros de vertedero siendo el cuerpo de agua más vulnerable a ser afectado por la disposición de basura en el vertedero. Este recorrido se hizo con la participación de personal municipal (aproximadamente 12 personas) y se recolectó basura de la quebrada.

    3. Análisis de Calidad de Agua. Se realizó el Análisis del Agua de la Quebrada la Mina, con el Laboratorio de la Universidad Nacional y se enviaron al Area de Salud de Golfito.

    4. Fumigación para control de moscas. Se han realizado desde 2013 a la fecha doce fumigaciones en seis ocasiones con la colaboración de la Compañía Palma Tica, en aporte de mano de obra o agroquímico y por parte de la Municipalidad de golfito se ha fumigado en seis ocasiones más, bimensualmente. La última fumigación el 24 de mayo, esto con el fin de controlar moscas.

    5. Cobertura de residuos. En el 2013 se tenía una pala municipal asignada a tiempo completo para labores de acareo y cobertura de los residuos, sin embargo esta maquinaria se descompuso y hasta la fecha no ha sido aprobada la reparación de la pala por parte del Conejo municipal. Dado lo anterior, desde 2013 se han hecho las siguientes contrataciones de maquinaria para cubrir las labores de acarreo, compactación y cobertura diaria de los residuos en el vertedero. De manera que se ha tenido maquinaria casi permanentemente desde el 2013, aunque con la deficiencia de no haber reparado la pala municipal los costos han sido altísimos y discontinuos.

    6.-Estudios Técnicos de Cierre Técnico y Nuevo Relleno Sanitario. Se contrató al Geólogo Luis Sanes para la elaboración de estudios técnicos en conjunto con el Ingeniero Carlos Sandoval. Dichos estudios fueron realizados, sin embargo, pese a las muchas inconsistencias, no fueron cancelados ni válidos por lo que fracasó el intento en esta etapa.

    7. FEDEMSUR como ejecutor del cierre técnico. El 19 de diciembre de 2013 se envía a FEDEMSUR el ACUERDO N.04-EXT-31-2013 del Concejo Municipal de Golfito, que aprobó por unanimidad de votos “Dar aval y aprobación al Proyecto de Cierre Técnico del vertedero del la Municipalidad de Golfito, ubicado en Fila Manigordo, el cual estará a cargo de la Federación de Municipalidades de la Región Sur de la Provincia de Puntarenas (FEDEMSUR) Posteriormente, mediante oficio SMT-T-0742-11-2013 del 18 de noviembre de 2013, el Concejo Municipal de golfito concede a la federación de Municipalidades del Sur (FEDEMSUR) la potestad para actuar como ente ejecutor del proyecto de Cierre Técnico de vertederos ante JUDEUSR. El proyecto denominado “Primera etapa: permisos, diseños, planos, especificaciones de equipos y estudios para el cierre técnico de los vertederos de los cantones de Buenos Aires, Coto Brus y Golfito y relleno sanitario del Cantón de Golfito y Corredores de acuerdo a los requisitos legales, disposiciones del Ministerio de Salud, Municipalidades, Setena y Dirección de Aguas de MINAE, fue presentado el 5 de marzo del 2014 y actualmente está siendo evaluado por el cuerpo técnico de JUDESUR.

    8. Reparación y mantenimiento de Caminos. En 2013 se realizó la reparación y mantenimiento de la carretera de ingreso al vertedero con la maquinaria y mano de obra de la Unidad Técnica de la Municipalidad de Golfito.

    9.Vigilancia en el Vertedero: hay un vigilante en jornada complementa, con experiencia en manejo de maquinaria y labores de vertedero y relleno sanitario, que cuenta con la vacunación pertinente y usa el equipo de Protección Personal. Registros y Bitácora.

    10. Vigilancia del Vertedero. El vigilante del vertedero realiza inspecciones diarias, son registrados todos lo vehículos que ingresan a disponer residuos al sitio, los mismos deben contar con autorización de la municipalidad para disponer residuos y se registra el volumen de residuos. Se levanta una bitácora diaria al respecto.

    11. Asociación de Reciclaje que trabaja en el sitio. Hay una asociación de Reciclaje constituida en Asociación Fila Manigordo que realiza rescate de materiales valorizables en el área de descargue de residuos dentro del área del vertedero, la labor que realizan es voluntaria y organizada. En total se tienen 21 personas registradas. Tienen experiencia en gestión de residuos, cuentan con vacunación al día y usan el Equipo de Protección, por lo que no se consideran buzos.

    12. Capacitación del personal que labora en el Vertedero. Se capacitó al vigilante, al operador de maquinaria y personeros de la Asociación Fila Manigordo sobre los siguientes temas: Atención ante emergencias, prohibiciones en el vertedero, uso de equipo de protección especial.

    13.- Se Cuenta con un Botiquín de Primeros auxilios en el vertedero, y se capacito al vigilante para su uso.

    14. Fosa para residuos hospitalarios. Hay una fosa separada para residuos hospitalarios, sin embargo los residuos de este tipo son previamente autoclavados para disminuir riesgos a la salud.

    15. Acciones inmediatas y cronograma de trabajo. A partir del 19 de mayo con la reciente contratación de una profesional ambiental en la Municipalidad como Gestor Ambiental (12 de mayo del 2014) se inició la rutina de tres visitas semanales al vertedero. Como acciones inmediatas, fueron comunicadas a la administración las siguientes según orden de prioridad: 1) Compactación diaria de los residuos; 2) Cobertura diaria de los residuos con tierra; 3) Fosa Impermeabilizada para recolección de lixiviados,4) Portón en entrada del vertedero; 5) Rotulación Principal; 6) Rotulación interna.

    3.- Por resolución de las 16:29 horas del 18 de setiembre del 2014 la Magistrada Instructora solicitó informe el Director del Area de Salud de Golfito a fin de que indique si la Municipalidad de Golfito ha cumplido las condiciones que se le indicaron en el oficio BRU-ARS-G.0071-2013 de 22 de enero de 2013, que enlista las condiciones bajo las cuales debe operar el vertedero. Igualmente, que informe si conoce el Plan de Manejo de dicho Vertedero propuesto por la Gestora Ambiental de la Municipalidad, que ha sido implementado a partir del mes de mayo de 2014.

    4.- Informa el Director del Area de Salud Brunca, del Ministerio de Salud, que en Ordenes sanitarias dictadas con posterioridad al voto de la Sala Constitucional (BRU ARS G ERS MM 002-2013 de 11 de marzo de 2013, se conminó a la Municipalidad a conformar la Comisión de Ambiente y preparar los insumos para la elaboración del Plan de Gestión Integral de Residuos y el Reglamento de Gestión Integral de Residuos según la ley 8839, Ley para la gestión Integral de Residuos. Además, si bien el 21 de junio de 2013 la entonces Alcaldesa Municipal presentó una propuesta de cierre técnico basada en tres frentes, cierre técnico del vertedero, estructuración de un área a utilizar por dos años más y aceleración del proyecto de construcción de un relleno sanitario, esta propuesta fue rechazada por falta de rigor técnico y viabilidad, por el Ingeniero Civil Regional del Ministerio, Ing. Marvin Salamanca en Oficio BRU URSRS RS 081-2013 de 10 de julio de 2013. En cuanto a las actuaciones del 2014, manifestó que existen acuerdos firmes de los Concejos Municipales para apoyar la iniciativa y se espera que en el mes de enero de 2015 la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur apruebe el presupuesto para la elaboración de la primera etapa de los cierres técnicos, Ejecutado el cierre de los vertederos, serán las Municipalidades las responsables de implementar acciones para la correcta y sostenible disposición de los residuos sólidos en su cantón. En este proyecto, el Misterio de Salud ha tenido participación activa, y en cuanto al vertedero de Golfito, la municipalidad no ha tenido avance efectivo. Por oficio AJRB-045-2014 de la Asesoría Legal Regional del Ministerio, tras la revisión del expediente, recomendó proceder con la clausura del sitio. Indica que con muy pocas mejoras, descritas en los Informes BRU-ARS-G-ERS-1383-2014 y BRU ARS-G-ERS-1546- 2014 que documentan las inspecciones del jueves 21 de agosto y de 10 de setiembre de 2014, el sitio opera con muchas limitaciones, incumpliendo los mismos requisitos sanitarios y afectando, como ha sido la tónica en este vertedero, afectación a la salud humana y al ambiente. En razón de lo anterior, y no habiendo presentado ni menos aprobado por este Ministerio de Salud, documento alguno que justifique una extensión del plazo conferido por la Sala en la resolución 15118-2012, debería autorizarse, una vez fenecido dicho plazo, la clausura total y definitiva del sitio.

    5.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.

    Redacta el Magistrado Ulate Chacón; y,

    Considerando:

    I.- El Alcalde Municipal de Golfito solicita la prorroga del plazo de cierre definitivo del Vertedero Municipal de Golfito, ordenado en la sentencia N. 2012-15118 de las 14:30 horas del 30 de octubre de 2012, notificado a la Municipalidad de Golfito el 15 de noviembre de 2012. Aduce que el mismo opera en condiciones de vertedero de la Municipalidad de Golfito es de Tipo Controlado, pues se cumplen las condiciones de mitigación de la contaminación ambiental expuestas en el Informe Técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014.

    II.- Esta Sala, en la referida sentencia constató la infracción del derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado por la contaminación causada por el vertedero municipal de Golfito, y ordenó lo siguiente: Se declara CON LUGAR el recurso. En consecuencia, se ordena a Ana Catón Baltodano, en su calidad de Alcaldesa Municipal a.i. de la Municipalidad de Golfito, o a quien en su lugar ejerza ese cargo, que de INMEDIATO interponga las gestiones pertinentes a fin de presentar ante el Director Área Rectora de Salud de Golfito del Ministerio de Salud, un plan de cierre técnico del sitio en el plazo de TRES MESES contado a partir de la notificación de esta sentencia y proceder con el cierre definitivo del vertedero en el plazo de VEINTICUATRO MESES, contado a partir de la notificación de esta sentencia. Asimismo, se le ordena a la Alcaldesa Municipal dicha, presentar ante el Ministerio recurrido, dentro del mismo plazo de VEINTICUATRO MESES, una alternativa de vertedero o relleno sanitario que reúna las condiciones edafológicas, topográficas e hidrológicas aptas para el funcionamiento y la operación adecuada para el tratamiento y depósito de basura, el cual, a su vez, deberá contar con el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente y debidamente aprobado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, además se le ordena a la Alcaldesa Municipal recurrida, informar cada TRES MESES a esta Sala, sobre los avances del cumplimiento de esta sentencia.Asimismo, se ordena a Fernando Mata Castro, en su calidad de Director Área Rectora de Salud de Golfito del Ministerio de Salud, o a quien en su lugar ejerza ese cargo que, interponga las actuaciones que se encuentren dentro de su ámbito de competencia, para que se fijen las condiciones temporales y técnicas bajo las cuales la Municipalidad de Golfito pueda operar el vertedero actual con el mínimo riesgo para la salud pública, mientras la Corporación Municipal gestiona y obtiene la viabilidad ambiental para la debida operación del relleno sanitario en ese u otro lugar; de igual manera deberá vigilar el pleno cumplimiento de los requerimientos propuestos. Asimismo, se ordena a José Miguel Zeledón Calderón, en su calidad de Director de Aguas del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, o a quien en su lugar ejerza ese cargo que, realice un estudio que de certeza sobre la existencia de mantos acuíferos que pudieran ser afectados por la operación del botadero así como el recurso hídrico superficial y con el cual, se pueda asegurar acciones para no se impacten las fuentes de agua ni la calidad de las aguas subterráneas, por el manejo inadecuado que se le ha dado a los residuos.“ De la carpeta electrónica del expediente se desprende que la entonces Alcaldesa de la Municipalidad de Golfito, Ana Catón Baltodano fue notificada de la sentencia 2012-015118 de las 14:30 horas del 30 de octubre del 2012, el 15 de noviembre de ese año, por lo que el plazo para completar el cierre técnico del vertedero de Golfito venció el 15 de noviembre de 2014. Además, que la Municipalidad de Golfito desde el 15 de febrero de 2013, puso en conocimiento de esta Sala las dificultades técnicas y presupuestarias que ha enfrentado para llevar a cabo el cierre técnico y poner en funcionamiento el Relleno Sanitario, indicando que el Concejo Municipal de Golfito, en el artículo 27 de la sesión celebrada el 11 de febrero de 2013, autorizó a la Federación de Municipalidades del Sur (FEDEMSUR), que gestione y agilice ante la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR) los recursos económicos para el cierre técnico del Vertedero de esa Municipalidad. Según informó el Director del Area Rectora de Salud se espera que JUDESUR apruebe el presupuesto para el cierre técnico del vertedero y la construcción de un Relleno Sanitario conjunto con otra la Municipalidad de Corredores en enero de 2015.

    III.- En cuanto las condiciones en que está operando el Vertedero de Golfito, el Director del Area Rectora de Salud recordó que nunca ha contado con permiso sanitario de funcionamiento. Con posterioridad a la sentencia de esta Sala N.2012-015118 dicha Area Rectora, mediante oficio BRU-ARS-G-0071-2013 del 22 de enero de 2013, señaló a la Municipalidad las condiciones técnicas bajo las cuales debe operar, pero éstas no han sido cumplidas. El Plan de Cierre de Técnico (planos constructivos, la memoria de cálculo y el manual de operación), elaborado por el Ingeniero Municipal, fue presentado al Area Rectora de Salud el 21 de junio de 2013 y devuelto con observaciones el 30 de octubre de 2013, por carecer de rigor técnico y viabilidad, sin que a la fecha haya sido corregido ni sometido a nueva aprobación. Pese a que el Alcalde de Golfito indicó que se trabaja en la mejora operativa en el Vertedero Municipal durante el tiempo de vida útil que le queda, según el informe técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014, el Director del Area Rectora de Salud de Golfito indica que según los Informes BRU-ARS-G-ERS-1383-2014 y BRU ARS-G-ERS-1546- 2014 que documentan las inspecciones del jueves 21 de agosto y de 10 de setiembre de 2014, no se han implementado las condiciones técnicas señaladas en el oficio BRU-ARS-G-0071-2013 del 22 de enero de 2013, bajo las cuales debe operar el vertedero para no causar afectación al ambiente. A pesar de algunas acciones positivas que demuestran interés de los funcionarios actualmente a cargo del sitio, este opera con muchas limitaciones, incumpliendo los mismos requisitos sanitarios y afectando la salud humana y al ambiente. En razón de todo lo anterior, estima esta Sala que no existen motivos que justifiquen la extensión del plazo conferido en la sentencia N.2012-015118, por lo que deberá realizarse la clausura total y definitiva del sitio, según el plazo originalmente concedido.

    Por tanto:

    No ha lugar a la gestión formulada.

    Gilbert Armijo S.

    Ernesto Jinesta L.

    Fernando Cruz C.

    Fernando Castillo V.

    Paul Rueda L.

    Luis Fdo. Salazar A.

    Enrique Ulate C.

    Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *FMOUBDQL5GQ61*

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    Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL *120024480007CO* Res. Nº 2014019623 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil catorce.

    Recurso de amparo que se tramita en expediente número 12-002448-0007-CO, interpuesto por REINIER CANALES MEDINA, cédula de identidad 0601280726, mayor, vecino de GOLFITO contra EL ALCALDE DE GOLFITO, EL PRESIDENTE DEL CONSEJO MUNICIPAL DE GOLFITO Y OTROS.

    Resultando:

    1.- En memorial presentado en la Secretaría de la Sala el 3 de setiembre de 2014, Héctor Chinchilla Cascante, en su condición de Alcalde Municipal a.i. de Golfito, solicitó prórroga de la fecha de clausura del vertedero municipal de Golfito, que fue ordenado por voto de esta Sala N.2012-15118. Manifiesta el gestionante que la finca donde se encuentra el vertedero corresponde a un área de poco menos de 15 hectáreas. Sin embargo, solo 2.5 hectáreas han sido utilizadas para disponer desechos. Indica que en el año 2013 la Municipalidad presentó un plan de cierre técnico al Ministerio de Salud y el 13 de noviembre autorizó a la Federación de Municipalidades del Sur (FEDEMSUR) para que sea el ente ejecutor ante la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR), que financiará la inversión de recursos públicos para efectos del cierre técnico del vertedero. Manifiesta que el 11 de junio de 2014 la Municipalidad envía estado de situación tanto al Ministerio de Salud como a la Sala Constitucional y que actualmente la situación del vertedero de la Municipalidad de Golfito es de Tipo Controlado, pues se cumplen las condiciones de mitigación de la contaminación ambiental expuestas en el Informe Técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014, que se adjunta. Con fundamento en el criterio técnico de la Ingeniera Juliana Araya Madrigal, en calidad de Ingeniera Ambiental de la Municipalidad, se tiene que la celda en uso corresponde a un área de 6086 metros cuadrados, la misma dispone de un volumen de 85204 metros cúbicos, según levantamiento topográfico del 20 de agosto de 2014. La profundidad de la celda va de desde los 4185 hasta los 13387 metros tomando como referencia la altura del area clausurada. Anualmente 7680 toneladas son dispuestas al vertedero municipal. Estos residuos corresponden a una población de 30790 personas, siendo la cobertura del servicio de recolección de residuos del 78%. Por otra parte, tomando en cuenta la población atendida, las dimensiones de la celda la cobertura parcial, intermedia y total, así como la estabilización de taludes, entre otros. La capacidad de disposición final de residuos de la celda actual del vertedero es de un año y nueve meses contados a partir de setiembre de 2016, contado a partir de setiembre de 2014. Esta vida útil del vertedero de Golfito, depende directamente de la buena operación del vertedero, manteniendo las condiciones implementadas y las medidas expuestas en el folio 8 del informe técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014, por parte de la Municipalidad. Por ello solicita, con base en la justificación técnica adjunta, se reconsidere una prórroga de la fecha de clausura del cierre técnico del Vertedero de la Municipalidad de Golfito, hasta que concluya su vida útil, según criterio técnico en junio de 2016. Se está tramitando la solicitud de fondos a JUDESUR para cierre técnico y construcción de nuevo relleno mancomunado Corredores-Golfito. Aún no se cuenta con un relleno sanitario para disposición de residuos.

    2.- El 11 de junio de 2014, Héctor Chinchilla Cascante, Alcalde de La Municipalidad de Golfito, y la Gestora Ambiental de la Municipalidad de Golfito informaron el Estado de Situación Actual del Vertedero Fila Manigordo de la Municipalidad de Golfito. En cuanto al Plan de Cierre Técnico, indicaron que los planos constructivos, la memoria de cálculo y el manual de operación del Proyecto de Cierre Técnico del Vertedero de Golfito, elaborado por el Ingeniero Carlos Sandoval, fueron presentados al Area Rectora de Salud el 21 de junio de 2013, y devueltos a la Municipalidad de Golfito con observaciones del Area rectora de Salud el 30 de octubre de 2013, a partir de ahí no fue corregido ni presentado nuevamente al Area Rectora de Salud. Esa oficina, mediante el oficio BRU-ARS-G-0071-2013 del 22 de enero de 2013, señaló a la Municipalidad de Golfito las condiciones técnicas bajo las cuales debe operar el vertedero, que son las siguientes:

    1. Presentar planos constructivos del levantamiento con curvas de nivel del vertedero actual, confeccionados y firmados por profesional idóneo.

    2. Presentar planos constructivos de la propuesta del cierre técnico del vertedero actual confeccionados y firmados por profesional idóneo, en los que se especifique la instalación los siguientes elementos u obras:

    • a)retiros en colindancias, b) Zonas de Protección (mínimo 20 m entre el área de disposición de desechos y linderos de propiedades vecinas); c) Cercas periféricas para evitar el ingreso de personas y animales no deseados; d) Caseta para la Vigilancia y Control, e) Vías internas de acceso lastreadas o pavimentada, transitable en cualquier época del año con rótulos de información; f) Portón de entrada controlado g) Rotulación señalización , prevención, información.
    • h)Zonas especiales para diferentes tipos de residuos, anatomopatológicos, bioinfecciosos, especiales, ordinarios otros.
    • i)Bodega de Materiales y equipo.
    • j)Sistema de captación de lixiviados.
    • k)Planta de tratamiento de lixiviados en cualquiera de sus modalidades.
    • l)Pozos de monitoreo para aguas subterráneas (al menos tres) m) Controles de Escorrentía n) Canales periféricos para evacuar aguas pluviales, evitando que esta ingrese a las celdas.
    • o)Sistema de tratamiento de gases.
    • p)Servicios de Agua y Luz q) Sitio de lavado de maquinaria y equipo, con canales perimetrales para evacuación y tratamiento adecuado de aguas residuales.
    • r)Diseño de la configuración final del sitio con su tratamiento paisajístico que incluya confección de taludes y pendientes estables, cobertura final con material vegetal, siembra de árboles y césped en zonas especiales (especies apropiadas a la zona) 3. Presentar un cronograma que contemple los siguientes aspectos:
    • a)Presentación de planos constructivos, b) Realización de las obras indicadas en los planos constructivos.
    • c)Presentación de Memorias de Cálculo (diseño de celdas y planta de tratamiento de líquidos lixiviados) d) Presentación de reportes operacionales del vertido de aguas residuales.
    • e)Presentación de reportes de operación y mantenimiento del sitio.
    • f)Presentar plan de Trabajo que incluya: plan presupuestario de operación y mantenimiento, población que recibe servicio de recolección y transporte de residuos al sitio de disposición final.
    • g)Presentación de Bitácora de manejo de aguas residuales.
    • h)Cierre total y definitivo del vertedero actual.
    • i)Programa de monitoreo y control de aguas subterráneas, gases, lixiviados, otros.
    • j)Actividades rutinarias de operación y mantenimiento.
    • k)programa de mantenimiento y operación de maquinaria y equipo.
    • l)Plan de salud ocupacional que contemple el control médico de los trabajadores, entre otros.
    • m)Plan de manejo de emergencias y/ o accidentes.
    • n)Presentar la propuesta de disposición de residuos sólidos o alternativa de relleno sanitario con los estudios o avances del mismo, que permitan dar inicio al cierre del actual vertedero.

    4. Mantener en el sitio (Vertedero Fila Manigordo) y de manera accesible lo siguiente:

    • a)Plan de manejo de emergencias (implementación).
    • b)Bitácora para el registro diario de labores.
    • c)Equipo de Protección para el personal en el trabajo diario.
    • d)Disponer de un botiquín básico de atención primaria de accidentes y trastornos de salud.
    • e)Disponer de equipo manual apropiado y suficiente para el trabajo diario.
    • f)Un sistema de registro diario de ingreso, tipo, procedencia y cantidad de los desechos.
    • g)Un sistema de registro diario de las principales labores.

    5.- Labores que deben implementar de manera permanente como parte de las funciones diarias del sitio de disposición de residuos.

    • a)Mantener maquinaria y equipos necesarios laborando en el tratamiento y cobertura diaria de los desechos que son depositados.
    • b)Bitácoras y registros diarios de control.
    • c)Limpieza y mantenimiento de las rutas de acceso.
    • d)uso de equipo de protección personal.

    6. Prohibiciones:

    • a)Presencia y/o acceso de personas ajenas al sitio.
    • b)Presencia y/o acceso de personas menores de edad.
    • c)Presencia y/ o permanencia de animales domésticos.
    • d)Presencia de buzos.
    • e)Disposición de desechos especiales sin la debida autorización y/o tratamiento.
    • f)Realizar quemas de los desechos.

    Reunión de actualización en el Area Rectora de Salud. En la reunión celebrada el 15 de mayo de 2014, convocada por el Area de Salud de Golfito, con el Alcalde Municipal y el Personal de Gestión Ambiental de la Municipalidad realizar las correcciones al plan de Cierre Técnico en un plazo de 15 días y un mes respectivamente.

    Presupuesto del Cierre Técnico. Debido al rechazo de los presupuestos presentados en los últimos dos años, la municipalidad ha permanecido durante los dos últimos años sin la renovación del mismo, lo cual ha limitado la disponibilidad de recursos a ser invertidos en mejoras operativas al vertedero.

    Menciona que la Unidad de Gestión Ambiental, ha hecho esfuerzos en mejoras al vertedero de la fila Manigordo, como las siguientes:

    1. Recolección de Basura en sitios no autorizados. En 2013 se realizaron dos barridas de recolección de basura en lugares no dispuestos para tal fin en la propiedad donde se encuentra el vertedero, con el fin de evitar expandir el área afectada, así como disminuir el impago visual de ingreso al vertedero. Estas barridas se realizaron el mes de abril del año en curso. Se contó con la participación de 30 personas de la Asociación Fila Manigordo y Municipalidad de Golfito, además con el apoyo de FEDEMUR.

    2. Limpieza quebrada la Mina. En el año 2013, se realizó un recorrido de limpieza por el cauce de la quebrada la Mina, ubicada a unos 200 metros de vertedero siendo el cuerpo de agua más vulnerable a ser afectado por la disposición de basura en el vertedero. Este recorrido se hizo con la participación de personal municipal (aproximadamente 12 personas) y se recolectó basura de la quebrada.

    3. Análisis de Calidad de Agua. Se realizó el Análisis del Agua de la Quebrada la Mina, con el Laboratorio de la Universidad Nacional y se enviaron al Area de Salud de Golfito.

    4. Fumigación para control de moscas. Se han realizado desde 2013 a la fecha doce fumigaciones en seis ocasiones con la colaboración de la Compañía Palma Tica, en aporte de mano de obra o agroquímico y por parte de la Municipalidad de golfito se ha fumigado en seis ocasiones más, bimensualmente. La última fumigación el 24 de mayo, esto con el fin de controlar moscas.

    5. Cobertura de residuos. En el 2013 se tenía una pala municipal asignada a tiempo completo para labores de acareo y cobertura de los residuos, sin embargo esta maquinaria se descompuso y hasta la fecha no ha sido aprobada la reparación de la pala por parte del Conejo municipal. Dado lo anterior, desde 2013 se han hecho las siguientes contrataciones de maquinaria para cubrir las labores de acarreo, compactación y cobertura diaria de los residuos en el vertedero. De manera que se ha tenido maquinaria casi permanentemente desde el 2013, aunque con la deficiencia de no haber reparado la pala municipal los costos han sido altísimos y discontinuos.

    6.-Estudios Técnicos de Cierre Técnico y Nuevo Relleno Sanitario. Se contrató al Geólogo Luis Sanes para la elaboración de estudios técnicos en conjunto con el Ingeniero Carlos Sandoval. Dichos estudios fueron realizados, sin embargo, pese a las muchas inconsistencias, no fueron cancelados ni válidos por lo que fracasó el intento en esta etapa.

    7. FEDEMSUR como ejecutor del cierre técnico. El 19 de diciembre de 2013 se envía a FEDEMSUR el ACUERDO N.04-EXT-31-2013 del Concejo Municipal de Golfito, que aprobó por unanimidad de votos “Dar aval y aprobación al Proyecto de Cierre Técnico del vertedero del la Municipalidad de Golfito, ubicado en Fila Manigordo, el cual estará a cargo de la Federación de Municipalidades de la Región Sur de la Provincia de Puntarenas (FEDEMSUR) Posteriormente, mediante oficio SMT-T-0742-11-2013 del 18 de noviembre de 2013, el Concejo Municipal de golfito concede a la federación de Municipalidades del Sur (FEDEMSUR) la potestad para actuar como ente ejecutor del proyecto de Cierre Técnico de vertederos ante JUDEUSR. El proyecto denominado “Primera etapa: permisos, diseños, planos, especificaciones de equipos y estudios para el cierre técnico de los vertederos de los cantones de Buenos Aires, Coto Brus y Golfito y relleno sanitario del Cantón de Golfito y Corredores de acuerdo a los requisitos legales, disposiciones del Ministerio de Salud, Municipalidades, Setena y Dirección de Aguas de MINAE, fue presentado el 5 de marzo del 2014 y actualmente está siendo evaluado por el cuerpo técnico de JUDESUR.

    8. Reparación y mantenimiento de Caminos. En 2013 se realizó la reparación y mantenimiento de la carretera de ingreso al vertedero con la maquinaria y mano de obra de la Unidad Técnica de la Municipalidad de Golfito.

    9.Vigilancia en el Vertedero: hay un vigilante en jornada complementa, con experiencia en manejo de maquinaria y labores de vertedero y relleno sanitario, que cuenta con la vacunación pertinente y usa el equipo de Protección Personal. Registros y Bitácora.

    10. Vigilancia del Vertedero. El vigilante del vertedero realiza inspecciones diarias, son registrados todos lo vehículos que ingresan a disponer residuos al sitio, los mismos deben contar con autorización de la municipalidad para disponer residuos y se registra el volumen de residuos. Se levanta una bitácora diaria al respecto.

    11. Asociación de Reciclaje que trabaja en el sitio. Hay una asociación de Reciclaje constituida en Asociación Fila Manigordo que realiza rescate de materiales valorizables en el área de descargue de residuos dentro del área del vertedero, la labor que realizan es voluntaria y organizada. En total se tienen 21 personas registradas. Tienen experiencia en gestión de residuos, cuentan con vacunación al día y usan el Equipo de Protección, por lo que no se consideran buzos.

    12. Capacitación del personal que labora en el Vertedero. Se capacitó al vigilante, al operador de maquinaria y personeros de la Asociación Fila Manigordo sobre los siguientes temas: Atención ante emergencias, prohibiciones en el vertedero, uso de equipo de protección especial.

    13.- Se Cuenta con un Botiquín de Primeros auxilios en el vertedero, y se capacito al vigilante para su uso.

    14. Fosa para residuos hospitalarios. Hay una fosa separada para residuos hospitalarios, sin embargo los residuos de este tipo son previamente autoclavados para disminuir riesgos a la salud.

    15. Acciones inmediatas y cronograma de trabajo. A partir del 19 de mayo con la reciente contratación de una profesional ambiental en la Municipalidad como Gestor Ambiental (12 de mayo del 2014) se inició la rutina de tres visitas semanales al vertedero. Como acciones inmediatas, fueron comunicadas a la administración las siguientes según orden de prioridad: 1) Compactación diaria de los residuos; 2) Cobertura diaria de los residuos con tierra; 3) Fosa Impermeabilizada para recolección de lixiviados,4) Portón en entrada del vertedero; 5) Rotulación Principal; 6) Rotulación interna.

    3.- Por resolución de las 16:29 horas del 18 de setiembre del 2014 la Magistrada Instructora solicitó informe el Director del Area de Salud de Golfito a fin de que indique si la Municipalidad de Golfito ha cumplido las condiciones que se le indicaron en el oficio BRU-ARS-G.0071-2013 de 22 de enero de 2013, que enlista las condiciones bajo las cuales debe operar el vertedero. Igualmente, que informe si conoce el Plan de Manejo de dicho Vertedero propuesto por la Gestora Ambiental de la Municipalidad, que ha sido implementado a partir del mes de mayo de 2014.

    4.- Informa el Director del Area de Salud Brunca, del Ministerio de Salud, que en Ordenes sanitarias dictadas con posterioridad al voto de la Sala Constitucional (BRU ARS G ERS MM 002-2013 de 11 de marzo de 2013, se conminó a la Municipalidad a conformar la Comisión de Ambiente y preparar los insumos para la elaboración del Plan de Gestión Integral de Residuos y el Reglamento de Gestión Integral de Residuos según la ley 8839, Ley para la gestión Integral de Residuos. Además, si bien el 21 de junio de 2013 la entonces Alcaldesa Municipal presentó una propuesta de cierre técnico basada en tres frentes, cierre técnico del vertedero, estructuración de un área a utilizar por dos años más y aceleración del proyecto de construcción de un relleno sanitario, esta propuesta fue rechazada por falta de rigor técnico y viabilidad, por el Ingeniero Civil Regional del Ministerio, Ing. Marvin Salamanca en Oficio BRU URSRS RS 081-2013 de 10 de julio de 2013. En cuanto a las actuaciones del 2014, manifestó que existen acuerdos firmes de los Concejos Municipales para apoyar la iniciativa y se espera que en el mes de enero de 2015 la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur apruebe el presupuesto para la elaboración de la primera etapa de los cierres técnicos, Ejecutado el cierre de los vertederos, serán las Municipalidades las responsables de implementar acciones para la correcta y sostenible disposición de los residuos sólidos en su cantón. En este proyecto, el Misterio de Salud ha tenido participación activa, y en cuanto al vertedero de Golfito, la municipalidad no ha tenido avance efectivo. Por oficio AJRB-045-2014 de la Asesoría Legal Regional del Ministerio, tras la revisión del expediente, recomendó proceder con la clausura del sitio. Indica que con muy pocas mejoras, descritas en los Informes BRU-ARS-G-ERS-1383-2014 y BRU ARS-G-ERS-1546- 2014 que documentan las inspecciones del jueves 21 de agosto y de 10 de setiembre de 2014, el sitio opera con muchas limitaciones, incumpliendo los mismos requisitos sanitarios y afectando, como ha sido la tónica en este vertedero, afectación a la salud humana y al ambiente. En razón de lo anterior, y no habiendo presentado ni menos aprobado por este Ministerio de Salud, documento alguno que justifique una extensión del plazo conferido por la Sala en la resolución 15118-2012, debería autorizarse, una vez fenecido dicho plazo, la clausura total y definitiva del sitio.

    5.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.

    Redacta el Magistrado Ulate Chacón; y,

    Considerando:

    I.- El Alcalde Municipal de Golfito solicita la prorroga del plazo de cierre definitivo del Vertedero Municipal de Golfito, ordenado en la sentencia N. 2012-15118 de las 14:30 horas del 30 de octubre de 2012, notificado a la Municipalidad de Golfito el 15 de noviembre de 2012. Aduce que el mismo opera en condiciones de vertedero de la Municipalidad de Golfito es de Tipo Controlado, pues se cumplen las condiciones de mitigación de la contaminación ambiental expuestas en el Informe Técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014.

    II.- Esta Sala, en la referida sentencia constató la infracción del derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado por la contaminación causada por el vertedero municipal de Golfito, y ordenó lo siguiente: Se declara CON LUGAR el recurso. En consecuencia, se ordena a Ana Catón Baltodano, en su calidad de Alcaldesa Municipal a.i. de la Municipalidad de Golfito, o a quien en su lugar ejerza ese cargo, que de INMEDIATO interponga las gestiones pertinentes a fin de presentar ante el Director Área Rectora de Salud de Golfito del Ministerio de Salud, un plan de cierre técnico del sitio en el plazo de TRES MESES contado a partir de la notificación de esta sentencia y proceder con el cierre definitivo del vertedero en el plazo de VEINTICUATRO MESES, contado a partir de la notificación de esta sentencia. Asimismo, se le ordena a la Alcaldesa Municipal dicha, presentar ante el Ministerio recurrido, dentro del mismo plazo de VEINTICUATRO MESES, una alternativa de vertedero o relleno sanitario que reúna las condiciones edafológicas, topográficas e hidrológicas aptas para el funcionamiento y la operación adecuada para el tratamiento y depósito de basura, el cual, a su vez, deberá contar con el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente y debidamente aprobado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, además se le ordena a la Alcaldesa Municipal recurrida, informar cada TRES MESES a esta Sala, sobre los avances del cumplimiento de esta sentencia.Asimismo, se ordena a Fernando Mata Castro, en su calidad de Director Área Rectora de Salud de Golfito del Ministerio de Salud, o a quien en su lugar ejerza ese cargo que, interponga las actuaciones que se encuentren dentro de su ámbito de competencia, para que se fijen las condiciones temporales y técnicas bajo las cuales la Municipalidad de Golfito pueda operar el vertedero actual con el mínimo riesgo para la salud pública, mientras la Corporación Municipal gestiona y obtiene la viabilidad ambiental para la debida operación del relleno sanitario en ese u otro lugar; de igual manera deberá vigilar el pleno cumplimiento de los requerimientos propuestos. Asimismo, se ordena a José Miguel Zeledón Calderón, en su calidad de Director de Aguas del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, o a quien en su lugar ejerza ese cargo que, realice un estudio que de certeza sobre la existencia de mantos acuíferos que pudieran ser afectados por la operación del botadero así como el recurso hídrico superficial y con el cual, se pueda asegurar acciones para no se impacten las fuentes de agua ni la calidad de las aguas subterráneas, por el manejo inadecuado que se le ha dado a los residuos.“ De la carpeta electrónica del expediente se desprende que la entonces Alcaldesa de la Municipalidad de Golfito, Ana Catón Baltodano fue notificada de la sentencia 2012-015118 de las 14:30 horas del 30 de octubre del 2012, el 15 de noviembre de ese año, por lo que el plazo para completar el cierre técnico del vertedero de Golfito venció el 15 de noviembre de 2014. Además, que la Municipalidad de Golfito desde el 15 de febrero de 2013, puso en conocimiento de esta Sala las dificultades técnicas y presupuestarias que ha enfrentado para llevar a cabo el cierre técnico y poner en funcionamiento el Relleno Sanitario, indicando que el Concejo Municipal de Golfito, en el artículo 27 de la sesión celebrada el 11 de febrero de 2013, autorizó a la Federación de Municipalidades del Sur (FEDEMSUR), que gestione y agilice ante la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR) los recursos económicos para el cierre técnico del Vertedero de esa Municipalidad. Según informó el Director del Area Rectora de Salud se espera que JUDESUR apruebe el presupuesto para el cierre técnico del vertedero y la construcción de un Relleno Sanitario conjunto con otra la Municipalidad de Corredores en enero de 2015.

    III.- En cuanto las condiciones en que está operando el Vertedero de Golfito, el Director del Area Rectora de Salud recordó que nunca ha contado con permiso sanitario de funcionamiento. Con posterioridad a la sentencia de esta Sala N.2012-015118 dicha Area Rectora, mediante oficio BRU-ARS-G-0071-2013 del 22 de enero de 2013, señaló a la Municipalidad las condiciones técnicas bajo las cuales debe operar, pero éstas no han sido cumplidas. El Plan de Cierre de Técnico (planos constructivos, la memoria de cálculo y el manual de operación), elaborado por el Ingeniero Municipal, fue presentado al Area Rectora de Salud el 21 de junio de 2013 y devuelto con observaciones el 30 de octubre de 2013, por carecer de rigor técnico y viabilidad, sin que a la fecha haya sido corregido ni sometido a nueva aprobación. Pese a que el Alcalde de Golfito indicó que se trabaja en la mejora operativa en el Vertedero Municipal durante el tiempo de vida útil que le queda, según el informe técnico MG-GA-0079-2014 de 27 de agosto de 2014, el Director del Area Rectora de Salud de Golfito indica que según los Informes BRU-ARS-G-ERS-1383-2014 y BRU ARS-G-ERS-1546- 2014 que documentan las inspecciones del jueves 21 de agosto y de 10 de setiembre de 2014, no se han implementado las condiciones técnicas señaladas en el oficio BRU-ARS-G-0071-2013 del 22 de enero de 2013, bajo las cuales debe operar el vertedero para no causar afectación al ambiente. A pesar de algunas acciones positivas que demuestran interés de los funcionarios actualmente a cargo del sitio, este opera con muchas limitaciones, incumpliendo los mismos requisitos sanitarios y afectando la salud humana y al ambiente. En razón de todo lo anterior, estima esta Sala que no existen motivos que justifiquen la extensión del plazo conferido en la sentencia N.2012-015118, por lo que deberá realizarse la clausura total y definitiva del sitio, según el plazo originalmente concedido.

    Por tanto:

    No ha lugar a la gestión formulada.

    Gilbert Armijo S.

    Ernesto Jinesta L.

    Fernando Cruz C.

    Fernando Castillo V.

    Paul Rueda L.

    Luis Fdo. Salazar A.

    Enrique Ulate C.

    Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *FMOUBDQL5GQ61*

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