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Res. 05327-2014 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 25/04/2014
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Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL Res. Nº 2014005327 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce.
Recurso de amparo interpuesto BLANCA LARA PEÑA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0303390995, CARLOS PANIAGUA MORA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0601320236, CLARK FOREMAN VARGAS, CÉDULA DE IDENTIDAD 0602680579, DANIEL NICARAGUA PADILLA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0603850874, EZEQUIEL OBANDO BARRANTES, CÉDULA DE IDENTIDAD 0601930294, FRANCISCO CALDERÓN BERMÚDEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0105580059, FRANKLIN MOSQUERA MATARRITA ,CÉDULA DE IDENTIDAD 0601120629, FREDDY BARRANTES, CÉDULA DE IDENTIDAD 0204220617, JIMMY ÁLVAREZ MONGRILLO, CÉDULA DE IDENTIDAD 0113060012, JORGE GUTIÉRREZ VARGAS, CÉDULA DE IDENTIDAD 0108010912, JULIO ARAÚZ ÁLVAREZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0603460048, MARCIAL CHACÓN BRAKS, CÉDULA DE IDENTIDAD 0205250508, MEDARDO MONCADO LEDEZMA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0601820464, OLIVIER CASTRO S., CÉDULA DE IDENTIDAD 0602350252, ROBERT NÚÑEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0801040398, STEVEN LAM CHANG, CÉDULA DE IDENTIDAD 0113680760, TEODORO FERNÁNDEZ SOTO , CÉDULA DE IDENTIDAD 0602250310, Y YOHANNA BRICEÑO LARA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0603490472; CONTRA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA Y EL CONSEJO REGIONAL DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN MARINA ISLA DEL COCO.
Resultando:
1.- Por escrito presentado ante la Secretaría de esta Sala a las trece horas once minutos del nueve de diciembre de dos mil trece, los recurrentes presenta recurso de amparo contra el Ministerio de Ambiente y Energía y el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco y manifiesta que en la última semana del mes de mayo de 2013, el Centro de Derecho Ambiental y de Recursos Naturales, grupo consultor privado, convocó a una audiencia en el Hotel Alamar, en la ciudad de Puntarenas, con el fin de presentar el Plan de Manejo para el Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. Pese a lo anterior, dicho grupo no entregó el documento que en ese momento estaba presentado, a pesar de la solicitud de los presentes. Es decir, el referido Plan de Manejo no se entregó durante la audiencia, ni de previo a la misma, negándose de esa forma su derecho a la información y de participación ciudadana en temas ambientales. Señalan que ante la falta de acceso a la información y ante las dudas surgidas a los participantes sobre el informe que se presentó en forma incompleta, el 10 de junio de 2013 un grupo de pescadores envió un documento al Viceministro del Mar, que contenía más de 60 consultas, observaciones, contenidos y requerimientos de información sobre la propuesta presentada. Añaden que el 26 de agosto de 2013, el Viceministro del Mar convocó a una reunión para estudiar los puntos donde había incongruencias; sin embargo, no fue posible aclarar los mismos, pues los consultores privados del Centro de Derecho Ambiental y de Recursos Naturales no participaron en la reunión y los funcionarios del Sistema Nacional de Áreas de Conservación indicaron que desconocían el tema pesquero. Agregan que en esa reunión sólo se les entregó una parte de la propuesta del Plan de Manejo, pero con faltantes de información de los anexos e información técnica de los “supuestos expertos” consultores privados que habían rendido el criterio en temas de pesca. No obstante lo anterior, el 9 de diciembre del año en curso, se les informó que el Plan de Manejo ya había sido aprobado por el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, sin haberse resuelto previamente las objeciones presentadas, sin tener acceso a la información solicitada y sin haberse permitido la participación ciudadana. Indican que, además, durante tal proceso no se solicitó el criterio del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura. Estiman que con los hechos descritos se infringen sus derechos fundamentales a la información y a la participación ciudadana en materia ambiental y al desarrollo sostenible.
2.- Informa bajo juramento René Castro Salazar, en su condición de Ministro de Ambiente y Energía; y manifiesta que solicitó al Área de Conservación Marina Isla del Coco, y al Viceministro de Aguas y Mares, los informes correspondientes sobre los hechos alegados por el recurrente, los cuales respondieron bajo los oficios SINAC-ACMID-D-AL-CL-01-2013 del 10 de diciembre del 2013 y el VAM-554-2013 del 19 de diciembre del 2013, mismos que sirvieron de base para realizar el presente informe. Señala que el 30 de mayo del 2012 se realizó un conversatorio en el que participaron representantes del sector palangrero y del grupo consultor a cargo de los productos, con el objetivo de generar una relación de confianza y abrir espacios de comunicación. Además, el 21 de junio del 2012 se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, con participación del Área de Conservación Marina Isla del Coco, Organizaciones No Gubernamentales, el Comité Técnico del Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, para desarrollar los mapas parlantes para las propuestas de zonificación del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, por lo que a esa fecha se encontraba en construcción los insumos para el Plan de Manejo, y se tomaron en cuenta criterios de todos los participantes. Aduce que el 20 de julio de 2012 en la sesión ordinaria del Junta Directiva de Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura existió participación por parte del grupo consultor, en la que se expuso la propuesta del plan de manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, y se acordó instruir al Lic. Antonio Porras para que analizara y presentara a la Junta Directiva su criterio sobre si el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos podría presentar roces con la legislación nacional vigente. Indica que el 24 de julio del 2012 se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” donde participaron pescadores del sector palangrero, y el 31 de julio del mismo año se lleva a cabo el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, ambos con el objetivo de otorgar participación al sector pesquero. Señala que el 12 de agosto del 2014 se realizó una reunión por parte del Viceministro de Agua y Mares del Ministerio, para presentar las acciones de avance para la aprobación del Plan de Manejo y Plan de Ordenamiento Pesquero del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. Manifiesta que el 23 de septiembre del 2014, se realizó una reunión para dar seguimiento a los acuerdos del 12 de agosto del 2014; pero no se contó con el documento de recomendaciones técnicas y ningún representante del sector palangrero se apersonó a la reunión. Aduce que el 2 de octubre se realizó reunión con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, sector pesquero, Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Ministerio de Ambiente y Energía; donde aún no se contó con el documento acordado el 12 de agosto, y se acordó que sería presentado por el sector palangrero en un plazo de 24 horas las observaciones o dudas que se tuvieran, sin embargo este documento no fue presentado; además se acordó la formalización de fecha de la próxima sesión del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco donde sería presentado el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. Posteriormente se recibió nota emitida por la Presidenta de la Cámara Nacional de la Industria Palangrera, el 09 de octubre del 2013, manifestando sus interrogantes del tema. El 09 de octubre del 2014, mediante oficios VAM-440-2013 y VAM-441-2013 su Despacho da respuesta a la Cámara Nacional de la Industria Palangrera -aun y cuando el plazo acordado no fue respetado- y se dio traslado al seno del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, para que sometiera a revisión las dudas presentadas sobre esos planes. En resumen, considera que para el proceso de construcción del plan de manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, se otorgó participación a los diferentes sectores, se aclararon dudas y se tuvo disposición para entregar los documentos correspondientes, por lo que solicita se declare sin lugar el presente recurso.
3.- Informa bajo juramento Fernando Quirós Brenes, en su condición de Secretario Ejecutivo del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco y manifiesta que no es cierto lo alegado por los recurrentes en relación al derecho constitucional a la participación, toda vez que no resulta una obligación legal la consulta formal en la elaboración de los Planes de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) , ya que en el marco del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, se prevé en el proceso de formulación de instrumentos de planificación como el cuestionado por los amparados. Aduce que es necesario que las decisiones de administración –como la aprobación del Plan de Manejo de una ASP- sean ejercidas mediante potestades de imperio, ya que si bien se incluyen las consultas a comunidades y demás actores involucrados, sin esto significar que las decisiones técnicas deban obedecer a los intereses de sectores, por encima de los intereses de protección del recurso y los criterios establecidos. Señala que en el expediente del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, se detalla la realización del taller “Construyendo el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, que confirma que se le dio participación a las partes involucradas en la elaboración del plan. Además, indica que a raíz del recurso de nulidad interpuesto por la Cámara de Palangreros, y como consta en oficio SINAC-CORACMIC-SA-13-2013, se suspendió el conocimiento final del Plan de Manejo cuestionado por parte del Consejo Nacional de Áreas de Conservación, por lo que en la Sesión Extraordinaria 01-2014 del 07 de enero del 2014, se realizó audiencia con la Cámara Nacional de la Industria Palangrera para escuchar los alegatos del recurso planteado. Solicitan se declare sin lugar el presente recurso de amparo.
4.- Informa bajo juramento José Lino Chávez López, en su condición de Viceministro de Ambiente y Energía en el mismo sentido que el Ministro de Ambiente y Energía.
5.- En los procedimientos seguidos se han observado las prescripciones legales.
Redacta el Magistrado Cruz Castro; y,
Considerando:
I.- OBJETO DEL RECURSO. Los recurrentes aducen que el Plan de Manejo para el Área Marina de Manejo de Montes Submarinos fue aprobado haciendo caso omiso de las objeciones y recomendaciones hechas por los amparados, por lo que estiman conculcados sus derechos fundamentales a la información y participación ciudadana en materia ambiental.
II.- HECHOS PROBADOS. De importancia para la resolución de este asunto se tienen por probados los siguientes hechos:
a. El 30 de mayo del 2012, se realizó un conversatorio en el que participaron representantes del sector palangrero y del grupo consultor a cargo de los productos, con el objetivo de generar una relación de confianza y abrir espacios de comunicación (informe de las autoridades recurridas).
b. El 21 de junio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, con participación del Área de Conservación Marina Isla del Coco, Organizaciones No Gubernamentales, el Comité Técnico del Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, para desarrollar los mapas parlantes para las propuestas de zonificación del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, por lo que a esa fecha se encontraba en construcción los insumos para el Plan de Manejo, y se tomaron en cuenta criterios de todos los participantes (informe de las autoridades recurridas).
c. El 20 de julio de 2012, en la sesión ordinaria del Junta Directiva de Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura existió participación por parte del grupo consultor, en la que se expuso la propuesta del plan de manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, y se acordó instruir al Lic. Antonio Porras para que analizara y presentara a la Junta Directiva su criterio sobre si el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos podría presentar roces con la legislación nacional vigente (informe de las autoridades recurridas).
d. El 24 de julio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” donde participaron pescadores del sector palangrero (informe de las autoridades recurridas).
e. El 31 de julio del 2012, se llevó a cabo el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, ambos con el objetivo de otorgar participación al sector pesquero (informe de las autoridades recurridas).
f. El 12 de agosto del 2013 se realizó una reunión por parte del Viceministro de Agua y Mares del Ministerio, para presentar las acciones de avance para la aprobación del Plan de Manejo y Plan de Ordenamiento Pesquero del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos (informe de las autoridades recurridas).
g. El 23 de septiembre del 2013, se realizó una reunión para dar seguimiento a los acuerdos del 12 de agosto del 2013; pero no se contó con el documento de recomendaciones técnicas y ningún representante del sector palangrero se apersonó a la reunión (informe de las autoridades recurridas).
h. El 2 de octubre del 2013, se realizó reunión con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, sector pesquero, Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Ministerio de Ambiente y Energía (informe de las autoridades recurridas).
i. El 09 de octubre del 2013, se recibió nota emitida por la Presidenta de la Cámara Nacional de la Industria Palangrera, manifestando sus interrogantes del tema (informe de las autoridades recurridas).
j. Mediante oficios VAM-440-2013 y VAM-441-2013El 09 de octubre del 2013, las autoridades recurridas dieron respuesta a la Cámara Nacional de la Industria Palangrera -aun y cuando el plazo acordado no fue respetado- y se dio traslado al seno del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, para que sometiera a revisión las dudas presentadas sobre esos planes (informe de las autoridades recurridas).
k. En la Sesión Extraordinaria 01-2014 del 07 de enero del 2014, el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco realizó audiencia con la Cámara Nacional de la Industria Palangrera para escuchar los alegatos del recurso de nulidad planteado (informe de las autoridades recurridas).
III.- CASO EN CONCRETO. Del informe rendido por las autoridades recurridas dado bajo la solemnidad del juramento, con oportuno apercibimiento de las consecuencias previstas en el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se descarta la infracción de algún derecho fundamental, con fundamento en las consideraciones que a continuación se exponen. Al respecto, se acredita que el 30 de mayo del 2012, se realizó un conversatorio en el que participaron representantes del sector palangrero y del grupo consultor a cargo de los productos, con el objetivo de generar una relación de confianza y abrir espacios de comunicación. Posteriormente, el 21 de junio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, con participación del Área de Conservación Marina Isla del Coco, Organizaciones No Gubernamentales, el Comité Técnico del Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, para desarrollar los mapas parlantes para las propuestas de zonificación del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. El 20 de julio de 2012, en la sesión ordinaria del Junta Directiva de Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura existió participación por parte del grupo consultor, en la que se expuso la propuesta del plan de manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, y se acordó instruir al Lic. Antonio Porras para que analizara y presentara a la Junta Directiva su criterio sobre si el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos podría presentar roces con la legislación nacional vigente. El 24 de julio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” donde participaron pescadores del sector palangrero. Posteriormente, el 31 de julio del 2012, se llevó a cabo el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, ambos con el objetivo de otorgar participación al sector pesquero. El 12 de agosto del 2013 se realizó una reunión por parte del Viceministro de Agua y Mares del Ministerio, para presentar las acciones de avance para la aprobación del Plan de Manejo y Plan de Ordenamiento Pesquero del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. El 23 de septiembre del 2013, se realizó una reunión para dar seguimiento a los acuerdos del 12 de agosto del 2013; pero no se contó con el documento de recomendaciones técnicas y ningún representante del sector palangrero se apersonó a la reunión. El 2 de octubre del 2013, se realizó reunión con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, sector pesquero, Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Ministerio de Ambiente y Energía. El 09 de octubre del 2013, mediante oficios VAM-440-2013 y VAM-441-2013, las autoridades recurridas dieron respuesta a la Cámara Nacional de la Industria Palangrera -aun y cuando el plazo acordado no fue respetado- y se dio traslado al seno del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, para que sometiera a revisión las dudas presentadas sobre esos planes. Finalmente, en la Sesión Extraordinaria 01-2014 del 07 de enero del 2014, el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco realizó audiencia con la Cámara Nacional de la Industria Palangrera para escuchar los alegatos del recurso de nulidad planteado. En este sentido, se acredita que en el procedimiento de aprobación el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos se consultaron varias organizaciones del sector y se realizaron una serie de conversatorios y reuniones con organizaciones interesadas, motivo por el cual se descarta infracción alguna al derecho de información ambiental. Por otra parte, si los aquí recurrente se encuentra inconformes con el procedimiento de aprobación del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, ello es un extremo que legalidad que excede el ámbito de esta jurisdicción. En mérito de lo expuesto, lo procedente es declarar sin lugar el presente recurso, como en efecto se ordena.
Por tanto:
Se declara SIN LUGAR el recurso.
Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL Res. Nº 2014005327 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce.
Recurso de amparo interpuesto BLANCA LARA PEÑA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0303390995, CARLOS PANIAGUA MORA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0601320236, CLARK FOREMAN VARGAS, CÉDULA DE IDENTIDAD 0602680579, DANIEL NICARAGUA PADILLA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0603850874, EZEQUIEL OBANDO BARRANTES, CÉDULA DE IDENTIDAD 0601930294, FRANCISCO CALDERÓN BERMÚDEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0105580059, FRANKLIN MOSQUERA MATARRITA ,CÉDULA DE IDENTIDAD 0601120629, FREDDY BARRANTES, CÉDULA DE IDENTIDAD 0204220617, JIMMY ÁLVAREZ MONGRILLO, CÉDULA DE IDENTIDAD 0113060012, JORGE GUTIÉRREZ VARGAS, CÉDULA DE IDENTIDAD 0108010912, JULIO ARAÚZ ÁLVAREZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0603460048, MARCIAL CHACÓN BRAKS, CÉDULA DE IDENTIDAD 0205250508, MEDARDO MONCADO LEDEZMA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0601820464, OLIVIER CASTRO S., CÉDULA DE IDENTIDAD 0602350252, ROBERT NÚÑEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0801040398, STEVEN LAM CHANG, CÉDULA DE IDENTIDAD 0113680760, TEODORO FERNÁNDEZ SOTO , CÉDULA DE IDENTIDAD 0602250310, Y YOHANNA BRICEÑO LARA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0603490472; CONTRA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA Y EL CONSEJO REGIONAL DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN MARINA ISLA DEL COCO.
Resultando:
1.- Por escrito presentado ante la Secretaría de esta Sala a las trece horas once minutos del nueve de diciembre de dos mil trece, los recurrentes presenta recurso de amparo contra el Ministerio de Ambiente y Energía y el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco y manifiesta que en la última semana del mes de mayo de 2013, el Centro de Derecho Ambiental y de Recursos Naturales, grupo consultor privado, convocó a una audiencia en el Hotel Alamar, en la ciudad de Puntarenas, con el fin de presentar el Plan de Manejo para el Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. Pese a lo anterior, dicho grupo no entregó el documento que en ese momento estaba presentado, a pesar de la solicitud de los presentes. Es decir, el referido Plan de Manejo no se entregó durante la audiencia, ni de previo a la misma, negándose de esa forma su derecho a la información y de participación ciudadana en temas ambientales. Señalan que ante la falta de acceso a la información y ante las dudas surgidas a los participantes sobre el informe que se presentó en forma incompleta, el 10 de junio de 2013 un grupo de pescadores envió un documento al Viceministro del Mar, que contenía más de 60 consultas, observaciones, contenidos y requerimientos de información sobre la propuesta presentada. Añaden que el 26 de agosto de 2013, el Viceministro del Mar convocó a una reunión para estudiar los puntos donde había incongruencias; sin embargo, no fue posible aclarar los mismos, pues los consultores privados del Centro de Derecho Ambiental y de Recursos Naturales no participaron en la reunión y los funcionarios del Sistema Nacional de Áreas de Conservación indicaron que desconocían el tema pesquero. Agregan que en esa reunión sólo se les entregó una parte de la propuesta del Plan de Manejo, pero con faltantes de información de los anexos e información técnica de los “supuestos expertos” consultores privados que habían rendido el criterio en temas de pesca. No obstante lo anterior, el 9 de diciembre del año en curso, se les informó que el Plan de Manejo ya había sido aprobado por el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, sin haberse resuelto previamente las objeciones presentadas, sin tener acceso a la información solicitada y sin haberse permitido la participación ciudadana. Indican que, además, durante tal proceso no se solicitó el criterio del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura. Estiman que con los hechos descritos se infringen sus derechos fundamentales a la información y a la participación ciudadana en materia ambiental y al desarrollo sostenible.
2.- Informa bajo juramento René Castro Salazar, en su condición de Ministro de Ambiente y Energía; y manifiesta que solicitó al Área de Conservación Marina Isla del Coco, y al Viceministro de Aguas y Mares, los informes correspondientes sobre los hechos alegados por el recurrente, los cuales respondieron bajo los oficios SINAC-ACMID-D-AL-CL-01-2013 del 10 de diciembre del 2013 y el VAM-554-2013 del 19 de diciembre del 2013, mismos que sirvieron de base para realizar el presente informe. Señala que el 30 de mayo del 2012 se realizó un conversatorio en el que participaron representantes del sector palangrero y del grupo consultor a cargo de los productos, con el objetivo de generar una relación de confianza y abrir espacios de comunicación. Además, el 21 de junio del 2012 se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, con participación del Área de Conservación Marina Isla del Coco, Organizaciones No Gubernamentales, el Comité Técnico del Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, para desarrollar los mapas parlantes para las propuestas de zonificación del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, por lo que a esa fecha se encontraba en construcción los insumos para el Plan de Manejo, y se tomaron en cuenta criterios de todos los participantes. Aduce que el 20 de julio de 2012 en la sesión ordinaria del Junta Directiva de Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura existió participación por parte del grupo consultor, en la que se expuso la propuesta del plan de manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, y se acordó instruir al Lic. Antonio Porras para que analizara y presentara a la Junta Directiva su criterio sobre si el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos podría presentar roces con la legislación nacional vigente. Indica que el 24 de julio del 2012 se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” donde participaron pescadores del sector palangrero, y el 31 de julio del mismo año se lleva a cabo el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, ambos con el objetivo de otorgar participación al sector pesquero. Señala que el 12 de agosto del 2014 se realizó una reunión por parte del Viceministro de Agua y Mares del Ministerio, para presentar las acciones de avance para la aprobación del Plan de Manejo y Plan de Ordenamiento Pesquero del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. Manifiesta que el 23 de septiembre del 2014, se realizó una reunión para dar seguimiento a los acuerdos del 12 de agosto del 2014; pero no se contó con el documento de recomendaciones técnicas y ningún representante del sector palangrero se apersonó a la reunión. Aduce que el 2 de octubre se realizó reunión con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, sector pesquero, Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Ministerio de Ambiente y Energía; donde aún no se contó con el documento acordado el 12 de agosto, y se acordó que sería presentado por el sector palangrero en un plazo de 24 horas las observaciones o dudas que se tuvieran, sin embargo este documento no fue presentado; además se acordó la formalización de fecha de la próxima sesión del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco donde sería presentado el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. Posteriormente se recibió nota emitida por la Presidenta de la Cámara Nacional de la Industria Palangrera, el 09 de octubre del 2013, manifestando sus interrogantes del tema. El 09 de octubre del 2014, mediante oficios VAM-440-2013 y VAM-441-2013 su Despacho da respuesta a la Cámara Nacional de la Industria Palangrera -aun y cuando el plazo acordado no fue respetado- y se dio traslado al seno del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, para que sometiera a revisión las dudas presentadas sobre esos planes. En resumen, considera que para el proceso de construcción del plan de manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, se otorgó participación a los diferentes sectores, se aclararon dudas y se tuvo disposición para entregar los documentos correspondientes, por lo que solicita se declare sin lugar el presente recurso.
3.- Informa bajo juramento Fernando Quirós Brenes, en su condición de Secretario Ejecutivo del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco y manifiesta que no es cierto lo alegado por los recurrentes en relación al derecho constitucional a la participación, toda vez que no resulta una obligación legal la consulta formal en la elaboración de los Planes de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) , ya que en el marco del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, se prevé en el proceso de formulación de instrumentos de planificación como el cuestionado por los amparados. Aduce que es necesario que las decisiones de administración –como la aprobación del Plan de Manejo de una ASP- sean ejercidas mediante potestades de imperio, ya que si bien se incluyen las consultas a comunidades y demás actores involucrados, sin esto significar que las decisiones técnicas deban obedecer a los intereses de sectores, por encima de los intereses de protección del recurso y los criterios establecidos. Señala que en el expediente del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, se detalla la realización del taller “Construyendo el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, que confirma que se le dio participación a las partes involucradas en la elaboración del plan. Además, indica que a raíz del recurso de nulidad interpuesto por la Cámara de Palangreros, y como consta en oficio SINAC-CORACMIC-SA-13-2013, se suspendió el conocimiento final del Plan de Manejo cuestionado por parte del Consejo Nacional de Áreas de Conservación, por lo que en la Sesión Extraordinaria 01-2014 del 07 de enero del 2014, se realizó audiencia con la Cámara Nacional de la Industria Palangrera para escuchar los alegatos del recurso planteado. Solicitan se declare sin lugar el presente recurso de amparo.
4.- Informa bajo juramento José Lino Chávez López, en su condición de Viceministro de Ambiente y Energía en el mismo sentido que el Ministro de Ambiente y Energía.
5.- En los procedimientos seguidos se han observado las prescripciones legales.
Redacta el Magistrado Cruz Castro; y,
Considerando:
I.- OBJETO DEL RECURSO. Los recurrentes aducen que el Plan de Manejo para el Área Marina de Manejo de Montes Submarinos fue aprobado haciendo caso omiso de las objeciones y recomendaciones hechas por los amparados, por lo que estiman conculcados sus derechos fundamentales a la información y participación ciudadana en materia ambiental.
II.- HECHOS PROBADOS. De importancia para la resolución de este asunto se tienen por probados los siguientes hechos:
a. El 30 de mayo del 2012, se realizó un conversatorio en el que participaron representantes del sector palangrero y del grupo consultor a cargo de los productos, con el objetivo de generar una relación de confianza y abrir espacios de comunicación (informe de las autoridades recurridas).
b. El 21 de junio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, con participación del Área de Conservación Marina Isla del Coco, Organizaciones No Gubernamentales, el Comité Técnico del Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, para desarrollar los mapas parlantes para las propuestas de zonificación del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, por lo que a esa fecha se encontraba en construcción los insumos para el Plan de Manejo, y se tomaron en cuenta criterios de todos los participantes (informe de las autoridades recurridas).
c. El 20 de julio de 2012, en la sesión ordinaria del Junta Directiva de Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura existió participación por parte del grupo consultor, en la que se expuso la propuesta del plan de manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, y se acordó instruir al Lic. Antonio Porras para que analizara y presentara a la Junta Directiva su criterio sobre si el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos podría presentar roces con la legislación nacional vigente (informe de las autoridades recurridas).
d. El 24 de julio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” donde participaron pescadores del sector palangrero (informe de las autoridades recurridas).
e. El 31 de julio del 2012, se llevó a cabo el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, ambos con el objetivo de otorgar participación al sector pesquero (informe de las autoridades recurridas).
f. El 12 de agosto del 2013 se realizó una reunión por parte del Viceministro de Agua y Mares del Ministerio, para presentar las acciones de avance para la aprobación del Plan de Manejo y Plan de Ordenamiento Pesquero del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos (informe de las autoridades recurridas).
g. El 23 de septiembre del 2013, se realizó una reunión para dar seguimiento a los acuerdos del 12 de agosto del 2013; pero no se contó con el documento de recomendaciones técnicas y ningún representante del sector palangrero se apersonó a la reunión (informe de las autoridades recurridas).
h. El 2 de octubre del 2013, se realizó reunión con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, sector pesquero, Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Ministerio de Ambiente y Energía (informe de las autoridades recurridas).
i. El 09 de octubre del 2013, se recibió nota emitida por la Presidenta de la Cámara Nacional de la Industria Palangrera, manifestando sus interrogantes del tema (informe de las autoridades recurridas).
j. Mediante oficios VAM-440-2013 y VAM-441-2013El 09 de octubre del 2013, las autoridades recurridas dieron respuesta a la Cámara Nacional de la Industria Palangrera -aun y cuando el plazo acordado no fue respetado- y se dio traslado al seno del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, para que sometiera a revisión las dudas presentadas sobre esos planes (informe de las autoridades recurridas).
k. En la Sesión Extraordinaria 01-2014 del 07 de enero del 2014, el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco realizó audiencia con la Cámara Nacional de la Industria Palangrera para escuchar los alegatos del recurso de nulidad planteado (informe de las autoridades recurridas).
III.- CASO EN CONCRETO. Del informe rendido por las autoridades recurridas dado bajo la solemnidad del juramento, con oportuno apercibimiento de las consecuencias previstas en el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se descarta la infracción de algún derecho fundamental, con fundamento en las consideraciones que a continuación se exponen. Al respecto, se acredita que el 30 de mayo del 2012, se realizó un conversatorio en el que participaron representantes del sector palangrero y del grupo consultor a cargo de los productos, con el objetivo de generar una relación de confianza y abrir espacios de comunicación. Posteriormente, el 21 de junio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos”, con participación del Área de Conservación Marina Isla del Coco, Organizaciones No Gubernamentales, el Comité Técnico del Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, para desarrollar los mapas parlantes para las propuestas de zonificación del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. El 20 de julio de 2012, en la sesión ordinaria del Junta Directiva de Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura existió participación por parte del grupo consultor, en la que se expuso la propuesta del plan de manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, y se acordó instruir al Lic. Antonio Porras para que analizara y presentara a la Junta Directiva su criterio sobre si el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos podría presentar roces con la legislación nacional vigente. El 24 de julio del 2012, se realizó el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” donde participaron pescadores del sector palangrero. Posteriormente, el 31 de julio del 2012, se llevó a cabo el taller “Construcción del Plan de Manejo Área Marina de Manejo de Montes Submarinos” con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, ambos con el objetivo de otorgar participación al sector pesquero. El 12 de agosto del 2013 se realizó una reunión por parte del Viceministro de Agua y Mares del Ministerio, para presentar las acciones de avance para la aprobación del Plan de Manejo y Plan de Ordenamiento Pesquero del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos. El 23 de septiembre del 2013, se realizó una reunión para dar seguimiento a los acuerdos del 12 de agosto del 2013; pero no se contó con el documento de recomendaciones técnicas y ningún representante del sector palangrero se apersonó a la reunión. El 2 de octubre del 2013, se realizó reunión con funcionarios del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, sector pesquero, Área de Conservación Marina Isla del Coco y el Ministerio de Ambiente y Energía. El 09 de octubre del 2013, mediante oficios VAM-440-2013 y VAM-441-2013, las autoridades recurridas dieron respuesta a la Cámara Nacional de la Industria Palangrera -aun y cuando el plazo acordado no fue respetado- y se dio traslado al seno del Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco, para que sometiera a revisión las dudas presentadas sobre esos planes. Finalmente, en la Sesión Extraordinaria 01-2014 del 07 de enero del 2014, el Consejo Regional del Área de Conservación Marina Isla del Coco realizó audiencia con la Cámara Nacional de la Industria Palangrera para escuchar los alegatos del recurso de nulidad planteado. En este sentido, se acredita que en el procedimiento de aprobación el Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos se consultaron varias organizaciones del sector y se realizaron una serie de conversatorios y reuniones con organizaciones interesadas, motivo por el cual se descarta infracción alguna al derecho de información ambiental. Por otra parte, si los aquí recurrente se encuentra inconformes con el procedimiento de aprobación del Plan de Manejo del Área Marina de Manejo de Montes Submarinos, ello es un extremo que legalidad que excede el ámbito de esta jurisdicción. En mérito de lo expuesto, lo procedente es declarar sin lugar el presente recurso, como en efecto se ordena.
Por tanto:
Se declara SIN LUGAR el recurso.
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