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Res. 17802-2012 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 14/12/2012
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SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil doce.
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 12-014648-0007-CO, interpuesto por J.Q.M., cédula de identidad [...], R.B.O., cédula de identidad [...], contra el ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA, y la DIRECTORA DEL ÁREA RECTORA DE SALUD DE ALAJUELITA.
Resultando:
Además de los piques en la calle que provocan también un ruido excesivo. Añade que en la cochera de la casa de la señora E.B.B., funciona un taller de reparación de motocicletas, actividad que se incrementa en las noches. Adicionalmente, indica que en ese mismo lugar, acostumbran a llegar personas también a consumir drogas y licor, además de que se utiliza como un lugar para la prostitución de jóvenes menores de edad. Denuncia que tiene conocimiento de violaciones de mujeres que ocurren en el lugar, la última de ellas a una menor de 13 años. Agrega, que en la casa de J.S.A., se vende comida y licor y también funcionan máquinas de juego, hasta altas horas de la noche. Indica que las situaciones señaladas provocan que no puedan dormir adecuadamente, además de constituir una lesión a los artículos 20 y 21 constitucionales, por la inercia de los recurridos que atenta contra la seguridad y pone en riesgo la vida de los habitantes del barrio.
Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,
Considerando:
I.Objeto del recurso. Los recurrentes acusan la falta de atención por parte de las autoridades recurridas, a una serie de denuncias presentadas a favor de su comunidad.
II.Hechos probados . De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos: a) el 6 de marzo de 2012, los vecinos del barrio [...], de Alajuelita, interpusieron ante la Municipalidad del Alajuelita una denuncia por el funcionamiento anómalo de un taller de reparación de motos, en el cual se practican actividades ilícitas como drogas, prostitución y fiestas (ver prueba documental adjunta); b) en fecha no indicada, los vecinos del barrio […], de Alajuelita, interpusieron ante el Área Rectora de Salud de Alajuelita una denuncia por el funcionamiento anómalo de un taller de reparación de motos, en el cual se practican actividades ilícitas como drogas, prostitución y fiestas (ver prueba documental adjunta); c) el 12 de abril de 2012, el funcionario del Área Rectora de Salud de Alajuelita procedió a comunicarse telefónicamente con una de las denunciantes para coordinar la medición sónica (ver prueba documental adjunta); d) mediante oficio No. 03-160412 del 16 de abril de 2012, el comité pro mejoras del barrio [...] solicitó al Alcalde Municipal de Alajuelita brindar una solución a los problemas de falta de limpieza de varias alcantarillas (ver prueba documental adjunta); e) por oficio CS-ARS-AL-GA-126-2012 del 19 de abril de 2012, la Gestora Ambiental del Área Rectora de Salud de Alajuelita solicitó a la representante del comité pro mejoras del barrio [...] informar por escrito lo siguiente: ³1.
Aclaración de la fuente generadora de ruido, ya que en la denuncia hay dos fuentes (motos y equipos de sonido); 2. Hora y dia donde se presenta el mayor problema, debido a que en la denuncia manifiestan que el ruido es todo los días; 3. Dirección de la casa o casas donde se realizará la medición sónica con los nombres de los propietarios.´(ver prueba documental adjunta); f) el 20 de abril de 2012, el funcionario del Área Rectora de Salud de Alajuelita dejó un mensaje de voz en el celular de la representante del comité pro mejoras barrio [...] con el fin de solicitarle algún otro medio de notificación (ver prueba documental adjunta); g) por oficio No. 04-2205-2012 del 22 de mayo de 2012, el comité pro mejoras del barrio [...] solicitó al Concejo Municipal de Alajuelita dar una solución a una serie de problemas en la comunidad (ver prueba documental adjunta); h) mediante la licitación abreviada No. 2011-00005-MA ³Mejoramiento de la Red Vial Cantonal de Alajuelita se intervinieron las calles del Barrio [...] (ver prueba documental adjunta); i) por oficio AMCIN 126-12 del 24 de mayo de 2012, el Alcalde Municipal de Alajuelita solicitó al señor L.S., coordinar con la Unidad Técnica de Acción Vial para que se apersonaran a la Quebrada de la Guacamaya a fin de atender las quejas de los vecinos en lo que respecta a dicha Quebrada, así como lo referente a las alcantarillas (ver prueba documental adjunta); j) el 6 de julio de 2012, los vecinos de Barrio [...] interpusieron ante la Municipalidad de Alajuelita una denuncia sobre una casa en la que se vende comida y licor, hay máquinas de juego y sonido muy alto (ver prueba documental adjunta); k) mediante nota presentada el 7 de julio de 2012, el comité pro mejoras del barrio [...] solicitó al Alcalde Municipal de Alajuelita darle seguimiento al tema de alcantarillado sanitario del barrio (ver prueba documental adjunta); l) en inspección realizada el 11 de julio de 2012 por el Departamento de Inspecciones de la Municipalidad de Alajuelita no se logró comprobar los hechos denunciados con respecto a las actividades realizadas en la casa del señor J.S.A.
(ver prueba documental adjunta); m) el 24 de setiembre de 2012, los vecinos de Barrio [...] interpusieron ante la Municipalidad de Alajuelita una denuncia por el mal estado de la calle principal del barrio (ver prueba documental adjunta); n) mediante acta de inspección No. Y-320-2012 del 29 de noviembre de 2012, del Área Rectora de Salud de Alajuelita, no se pudo comprobar la denuncia de los recurrentes sobre la actividad de ventas de comidas y demás en la vivienda de Julían Salas Arrieta (ver prueba documental adjunta); ñ) mediante acta de inspección No. Y-321-2012 del 29 de noviembre de 2012, del Área Rectora de Salud de Alajuelita, no se observó que en la vivienda de la señora B.V. exista un taller de motos (ver prueba documental adjunta).
III.Sobre el fondo. En el caso bajo estudio, los recurrentes alegan la falta de atención de las autoridades recurridas en relación con los siguientes aspectos: el mal estado de las calles y aceras, la contaminación sónica producida por la actividad de negocios clandestinos a altas horas de la noche, así como por la actividad de piques de motocicletas, y las actividades ilícitas que se practican en casas de habitación, como drogas y prostitución. En cuanto al primer reclamo, bajo juramento, el Alcalde Municipal de Alajuelita informó que las obras de mantenimiento en las calles del barrio [...] fueron incluidas dentro de la Mejoramiento de la Red Vial Cantonal de Alajuelita en varios distritos´. En atención a ello, el barrio fue efectivamente intervenido, y en inspección realzada el pasado 30 de noviembre, las autoridades municipales lograron constatar el buen estado de las vías. Esta Sala considera además, que el mero mal estado de las carreteras, no es un tema que ocupe a este Tribunal, pues se trata de una cuestión de índole administrativo y municipal, en todo caso si fuera que el mal estado de las carreteras provoca incomunicación de personas o comunidades por ser materialmente intransitables, esta Sala entraría a valorar el reclamo, sin embargo no es el caso que nos ocupa. En lo que respecta a las alcantarillas, se verifica que dicha queja fue atendida mediante oficio AMCIN 126-12 del 24 de mayo de 2012.
IV.Por otro lado, en cuanto a las denuncias por contaminación sónica, de la prueba que consta en autos, se desprende que a pesar de que en reiteradas ocasiones las autoridades del Ministerio de Salud intentaron comunicarse con los denunciantes a efectos de coordinar lo correspondiente para las mediciones de sonido dentro de las viviendas, esto no fue posible. Al respecto, se observa que en varias ocasiones los funcionarios del Área Rectora de Salud realizaron llamadas telefónicas, mensajes al correo de voz, notificaciones al correo electrónico, todas sin respuesta, por lo que finalmente no se pudieron constatar los hechos alegados por los vecinos. En todo caso, de conformidad con las inspecciones llevadas a cabo por el Ministerio de Salud recientemente no se pudieron comprobar las denuncias sobre las actividades realizadas en las viviendas del señor J.S.A. (venta de comidas y máquinas de juegos) y a señora B.V.(taller de reparación de motos). Lo anterior, fue igualmente corroborado por el Inspector de la Municipalidad de Alajuelita el 11 de junio anterior. Cabe señalar que todas las denuncias anteriores, sobre el mas estado de las calles, ventas de comidas y licor, no son competencia de este Tribunal, sino que corresponden ser dilucidadas en la sede Contencioso Administrativa.
V.Ahora, en lo referente a las denuncias sobre la práctica de actividades ilícitas, tales como prostitución de menores, violaciones y consumo de drogas, estas deben ser planteadas ante las autoridades correspondientes, al tratarse de delitos tipificados en la legislación penal. En todo caso, se observa que el Ministerio de Salud trasladó las denuncias a las instancias judiciales y administrativas correspondientes. Cabe advertir al recurrente que estos temas deben ser ventilados en la vía penal y no en la constitucional.
VI.De esta forma, es posible comprobar que tanto las autoridades del Ministerio de Salud, como de la Municipalidad de Alajuelita, han atendido en la medida de sus posibilidades las distintas denuncias de los recurrentes en tutela de sus derechos fundamentales. En consecuencia, procede declarar sin lugar el recurso, como en efecto se ordena.
Por tanto:
Se declara sin lugar el recurso.
Gilbert Armijo S.
Presidente a.i Ernesto Jinesta L. Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V. Paul Rueda L.
Aracelly Pacheco S. Jose Paulino Hernández G.
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil doce.
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 12-014648-0007-CO, interpuesto por J.Q.M., cédula de identidad [...], R.B.O., cédula de identidad [...], contra el ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA, y la DIRECTORA DEL ÁREA RECTORA DE SALUD DE ALAJUELITA.
Resultando:
Además de los piques en la calle que provocan también un ruido excesivo. Añade que en la cochera de la casa de la señora E.B.B., funciona un taller de reparación de motocicletas, actividad que se incrementa en las noches. Adicionalmente, indica que en ese mismo lugar, acostumbran a llegar personas también a consumir drogas y licor, además de que se utiliza como un lugar para la prostitución de jóvenes menores de edad. Denuncia que tiene conocimiento de violaciones de mujeres que ocurren en el lugar, la última de ellas a una menor de 13 años. Agrega, que en la casa de J.S.A., se vende comida y licor y también funcionan máquinas de juego, hasta altas horas de la noche. Indica que las situaciones señaladas provocan que no puedan dormir adecuadamente, además de constituir una lesión a los artículos 20 y 21 constitucionales, por la inercia de los recurridos que atenta contra la seguridad y pone en riesgo la vida de los habitantes del barrio.
Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,
Considerando:
I.Objeto del recurso. Los recurrentes acusan la falta de atención por parte de las autoridades recurridas, a una serie de denuncias presentadas a favor de su comunidad.
II.Hechos probados . De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos: a) el 6 de marzo de 2012, los vecinos del barrio [...], de Alajuelita, interpusieron ante la Municipalidad del Alajuelita una denuncia por el funcionamiento anómalo de un taller de reparación de motos, en el cual se practican actividades ilícitas como drogas, prostitución y fiestas (ver prueba documental adjunta); b) en fecha no indicada, los vecinos del barrio […], de Alajuelita, interpusieron ante el Área Rectora de Salud de Alajuelita una denuncia por el funcionamiento anómalo de un taller de reparación de motos, en el cual se practican actividades ilícitas como drogas, prostitución y fiestas (ver prueba documental adjunta); c) el 12 de abril de 2012, el funcionario del Área Rectora de Salud de Alajuelita procedió a comunicarse telefónicamente con una de las denunciantes para coordinar la medición sónica (ver prueba documental adjunta); d) mediante oficio No. 03-160412 del 16 de abril de 2012, el comité pro mejoras del barrio [...] solicitó al Alcalde Municipal de Alajuelita brindar una solución a los problemas de falta de limpieza de varias alcantarillas (ver prueba documental adjunta); e) por oficio CS-ARS-AL-GA-126-2012 del 19 de abril de 2012, la Gestora Ambiental del Área Rectora de Salud de Alajuelita solicitó a la representante del comité pro mejoras del barrio [...] informar por escrito lo siguiente: ³1.
Aclaración de la fuente generadora de ruido, ya que en la denuncia hay dos fuentes (motos y equipos de sonido); 2. Hora y dia donde se presenta el mayor problema, debido a que en la denuncia manifiestan que el ruido es todo los días; 3. Dirección de la casa o casas donde se realizará la medición sónica con los nombres de los propietarios.´(ver prueba documental adjunta); f) el 20 de abril de 2012, el funcionario del Área Rectora de Salud de Alajuelita dejó un mensaje de voz en el celular de la representante del comité pro mejoras barrio [...] con el fin de solicitarle algún otro medio de notificación (ver prueba documental adjunta); g) por oficio No. 04-2205-2012 del 22 de mayo de 2012, el comité pro mejoras del barrio [...] solicitó al Concejo Municipal de Alajuelita dar una solución a una serie de problemas en la comunidad (ver prueba documental adjunta); h) mediante la licitación abreviada No. 2011-00005-MA ³Mejoramiento de la Red Vial Cantonal de Alajuelita se intervinieron las calles del Barrio [...] (ver prueba documental adjunta); i) por oficio AMCIN 126-12 del 24 de mayo de 2012, el Alcalde Municipal de Alajuelita solicitó al señor L.S., coordinar con la Unidad Técnica de Acción Vial para que se apersonaran a la Quebrada de la Guacamaya a fin de atender las quejas de los vecinos en lo que respecta a dicha Quebrada, así como lo referente a las alcantarillas (ver prueba documental adjunta); j) el 6 de julio de 2012, los vecinos de Barrio [...] interpusieron ante la Municipalidad de Alajuelita una denuncia sobre una casa en la que se vende comida y licor, hay máquinas de juego y sonido muy alto (ver prueba documental adjunta); k) mediante nota presentada el 7 de julio de 2012, el comité pro mejoras del barrio [...] solicitó al Alcalde Municipal de Alajuelita darle seguimiento al tema de alcantarillado sanitario del barrio (ver prueba documental adjunta); l) en inspección realizada el 11 de julio de 2012 por el Departamento de Inspecciones de la Municipalidad de Alajuelita no se logró comprobar los hechos denunciados con respecto a las actividades realizadas en la casa del señor J.S.A.
(ver prueba documental adjunta); m) el 24 de setiembre de 2012, los vecinos de Barrio [...] interpusieron ante la Municipalidad de Alajuelita una denuncia por el mal estado de la calle principal del barrio (ver prueba documental adjunta); n) mediante acta de inspección No. Y-320-2012 del 29 de noviembre de 2012, del Área Rectora de Salud de Alajuelita, no se pudo comprobar la denuncia de los recurrentes sobre la actividad de ventas de comidas y demás en la vivienda de Julían Salas Arrieta (ver prueba documental adjunta); ñ) mediante acta de inspección No. Y-321-2012 del 29 de noviembre de 2012, del Área Rectora de Salud de Alajuelita, no se observó que en la vivienda de la señora B.V. exista un taller de motos (ver prueba documental adjunta).
III.Sobre el fondo. En el caso bajo estudio, los recurrentes alegan la falta de atención de las autoridades recurridas en relación con los siguientes aspectos: el mal estado de las calles y aceras, la contaminación sónica producida por la actividad de negocios clandestinos a altas horas de la noche, así como por la actividad de piques de motocicletas, y las actividades ilícitas que se practican en casas de habitación, como drogas y prostitución. En cuanto al primer reclamo, bajo juramento, el Alcalde Municipal de Alajuelita informó que las obras de mantenimiento en las calles del barrio [...] fueron incluidas dentro de la Mejoramiento de la Red Vial Cantonal de Alajuelita en varios distritos´. En atención a ello, el barrio fue efectivamente intervenido, y en inspección realzada el pasado 30 de noviembre, las autoridades municipales lograron constatar el buen estado de las vías. Esta Sala considera además, que el mero mal estado de las carreteras, no es un tema que ocupe a este Tribunal, pues se trata de una cuestión de índole administrativo y municipal, en todo caso si fuera que el mal estado de las carreteras provoca incomunicación de personas o comunidades por ser materialmente intransitables, esta Sala entraría a valorar el reclamo, sin embargo no es el caso que nos ocupa. En lo que respecta a las alcantarillas, se verifica que dicha queja fue atendida mediante oficio AMCIN 126-12 del 24 de mayo de 2012.
IV.Por otro lado, en cuanto a las denuncias por contaminación sónica, de la prueba que consta en autos, se desprende que a pesar de que en reiteradas ocasiones las autoridades del Ministerio de Salud intentaron comunicarse con los denunciantes a efectos de coordinar lo correspondiente para las mediciones de sonido dentro de las viviendas, esto no fue posible. Al respecto, se observa que en varias ocasiones los funcionarios del Área Rectora de Salud realizaron llamadas telefónicas, mensajes al correo de voz, notificaciones al correo electrónico, todas sin respuesta, por lo que finalmente no se pudieron constatar los hechos alegados por los vecinos. En todo caso, de conformidad con las inspecciones llevadas a cabo por el Ministerio de Salud recientemente no se pudieron comprobar las denuncias sobre las actividades realizadas en las viviendas del señor J.S.A. (venta de comidas y máquinas de juegos) y a señora B.V.(taller de reparación de motos). Lo anterior, fue igualmente corroborado por el Inspector de la Municipalidad de Alajuelita el 11 de junio anterior. Cabe señalar que todas las denuncias anteriores, sobre el mas estado de las calles, ventas de comidas y licor, no son competencia de este Tribunal, sino que corresponden ser dilucidadas en la sede Contencioso Administrativa.
V.Ahora, en lo referente a las denuncias sobre la práctica de actividades ilícitas, tales como prostitución de menores, violaciones y consumo de drogas, estas deben ser planteadas ante las autoridades correspondientes, al tratarse de delitos tipificados en la legislación penal. En todo caso, se observa que el Ministerio de Salud trasladó las denuncias a las instancias judiciales y administrativas correspondientes. Cabe advertir al recurrente que estos temas deben ser ventilados en la vía penal y no en la constitucional.
VI.De esta forma, es posible comprobar que tanto las autoridades del Ministerio de Salud, como de la Municipalidad de Alajuelita, han atendido en la medida de sus posibilidades las distintas denuncias de los recurrentes en tutela de sus derechos fundamentales. En consecuencia, procede declarar sin lugar el recurso, como en efecto se ordena.
Por tanto:
Se declara sin lugar el recurso.
Gilbert Armijo S.
Presidente a.i Ernesto Jinesta L. Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V. Paul Rueda L.
Aracelly Pacheco S. Jose Paulino Hernández G.
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