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Res. 12034-2012 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 31/08/2012

Res. 12034-2012 Sala ConstitucionalRes. 12034-2012 Sala Constitucional

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    Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente Res. Nº 2012012034 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil doce.

    Recurso de amparo interpuesto por V.V.A., mayor, casado una vez, transportista, […], contra el Alcalde y el Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Grecia, la Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos y el Jefe de la Oficina de Grecia del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC) del Sistema Nacional de Área de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

    Resultando:

    1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las quince horas veinte minutos del dieciocho de julio del dos mil doce, el recurrente interpone recurso de amparo contra el Alcalde y el Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Grecia y la Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos y manifiesta que en el mes de marzo de 2012 los dueños del lote que colinda con su urbanización comenzaron a realizar unos movimientos de tierra, los que han provocado alergias y asma en varios de los vecinos de la zona. Indica que el 30 de marzo, los dueños de dicho terreno derribaron el muro que divide el parque de la urbanización "Los Higuerones" con el lote. Asimismo, abrieron un camino de tierra para comunicarlo con las calles asfaltadas del residencial. Lo anterior, con base en el visto bueno del Ministerio de Vivienda, quien les brindó, supuestamente, el documento que acredita dicho proyecto como de interés social, sin previamente, haberse realizado un estudio de impacto ambiental. Con los movimientos de tierra realizados se invadió la zona de protección del río Agualote, a pesar de haber sido recuperado en casi un 90% por parte de la comunidad. Añade que actualmente se observan enormes cúmulos de tierra que con los fuertes aguaceros, comenzaron a deslizarse a las corrientes del río, amenazándose con ello, la vida los peces que habitan el sitio. Agrega que sufren gran contaminación a raíz de la situación expuesta. Estima lesionado su derecho al disfrute de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

    2.- Informan bajo juramento Harry González Barrantes y Adrián Alfonso Barquero Saborío, en su condición de Alcalde y Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Grecia (escritos presentados a las 16:26 hrs del 30 de julio del 2012 y a las 11:18 hrs del primero de agosto) que el terreno donde se pretende desarrollar un proyecto de vivienda de interés social, ubicado en San Roque de Grecia y denominado Urbanización Los Rosales, fue donado por el señor A.R.R. con el objetivo de dotar de vivienda a 30 familias de la comunidad de escasos recursos económicos. Dicho proyecto fue declarado de interés del Estado por parte del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos y del BANHVI. El 17 de abril pasado se clausuraron las obras, por cuando se constató que se realizaron una serie de trabajos en contra de las normas urbanísticas vigentes que tutelan el derecho fundamental a disfrutar de un ambiente sano y equilibrado. Que el Concejo Municipal ha autorizado la continuación de una calle pública para que pueda colindar con el proyecto de interés social denominado Los Rosales, que en ningún momento ha afectado áreas comunales o parques infantiles de la Urbanización Los Higuerones. Respecto a la zona de protección y conforme al elenco probatorio, no se han evidenciado la invasión denunciada. Solicitan se declare sin lugar el recurso.

    3.- Informa bajo juramento Irene Campos Gómez, en su condición de Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos (escrito presentado a las 16:31 hrs del 7 de agosto del 2012) que en relación con el caso enunciado por el recurrente, en ese Ministerio no existe gestión alguna en que se autorice la construcción de un proyecto de vivienda, obras de urbanización o infraestructura, se financien éstas o gestiones de índole similar, toda vez que como explica, todas esas funciones no se encuentran dentro del ámbito de competencia de ese Ministerio.

    4.- Mediante resolución de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil doce, se amplió el recurso de amparo contra el Jefe de la Oficina del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones en Grecia.

    5.- Informa bajo juramento Juan José Rodríguez Jiménez, en su condición de Jefe de la Oficina de Grecia del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC) del Sistema Nacional de Área de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (escrito presentado a las 14:06 hrs del 22 de agosto del 2012) que no existe invasión al área de protección del Río Agualote como lo indica el recurrente. Durante la inspección realizada por los funcionarios de la Oficina de Grecia el 20 de agosto del año en curso, no se observó cúmulos de tierra en el sector que indica el recurrente. Asimismo, no fue posible determinar que esa tierra esté deslizándose al río, amenazando con ella la vida de peces que habitan el sitio, tal y como se puede observar en las fotografías tomadas incluso después de haber llovido en la zona en el propio río, el cual se observa bastante limpio. Solicita se acumule este recurso al que se conoce en el expediente No. 12-007649-0007-CO, por tratarse del mismo proyecto y ofrece la prueba aportada en ese expediente.

    6.- En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones legales.

    Redacta el Magistrado Castillo Víquez; y,

    Considerando:

    Único.- Por la evidente conexidad con lo pretendido en el recurso de amparo que se tramita ante esta Sala bajo el expediente 12-006402-0007-CO y, a fin de evitar pronunciamientos contradictorios y darles tramitación conjunta, procede ordenar la acumulación de ambos recursos.

    Por tanto:

    Acumúlese este recurso de amparo al que se tramita en el expediente No. 12-006402-0007-CO. Notifíquese.

    Ana Virginia Calzada M.

    Presidenta Gilbert Armijo S. Ernesto Jinesta L.

    Fernando Cruz C. Fernando Castillo V.

    Paul Rueda L. Aracelly Pacheco S.

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    Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente Res. Nº 2012012034 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil doce.

    Recurso de amparo interpuesto por V.V.A., mayor, casado una vez, transportista, […], contra el Alcalde y el Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Grecia, la Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos y el Jefe de la Oficina de Grecia del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC) del Sistema Nacional de Área de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

    Resultando:

    1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las quince horas veinte minutos del dieciocho de julio del dos mil doce, el recurrente interpone recurso de amparo contra el Alcalde y el Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Grecia y la Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos y manifiesta que en el mes de marzo de 2012 los dueños del lote que colinda con su urbanización comenzaron a realizar unos movimientos de tierra, los que han provocado alergias y asma en varios de los vecinos de la zona. Indica que el 30 de marzo, los dueños de dicho terreno derribaron el muro que divide el parque de la urbanización "Los Higuerones" con el lote. Asimismo, abrieron un camino de tierra para comunicarlo con las calles asfaltadas del residencial. Lo anterior, con base en el visto bueno del Ministerio de Vivienda, quien les brindó, supuestamente, el documento que acredita dicho proyecto como de interés social, sin previamente, haberse realizado un estudio de impacto ambiental. Con los movimientos de tierra realizados se invadió la zona de protección del río Agualote, a pesar de haber sido recuperado en casi un 90% por parte de la comunidad. Añade que actualmente se observan enormes cúmulos de tierra que con los fuertes aguaceros, comenzaron a deslizarse a las corrientes del río, amenazándose con ello, la vida los peces que habitan el sitio. Agrega que sufren gran contaminación a raíz de la situación expuesta. Estima lesionado su derecho al disfrute de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

    2.- Informan bajo juramento Harry González Barrantes y Adrián Alfonso Barquero Saborío, en su condición de Alcalde y Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Grecia (escritos presentados a las 16:26 hrs del 30 de julio del 2012 y a las 11:18 hrs del primero de agosto) que el terreno donde se pretende desarrollar un proyecto de vivienda de interés social, ubicado en San Roque de Grecia y denominado Urbanización Los Rosales, fue donado por el señor A.R.R. con el objetivo de dotar de vivienda a 30 familias de la comunidad de escasos recursos económicos. Dicho proyecto fue declarado de interés del Estado por parte del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos y del BANHVI. El 17 de abril pasado se clausuraron las obras, por cuando se constató que se realizaron una serie de trabajos en contra de las normas urbanísticas vigentes que tutelan el derecho fundamental a disfrutar de un ambiente sano y equilibrado. Que el Concejo Municipal ha autorizado la continuación de una calle pública para que pueda colindar con el proyecto de interés social denominado Los Rosales, que en ningún momento ha afectado áreas comunales o parques infantiles de la Urbanización Los Higuerones. Respecto a la zona de protección y conforme al elenco probatorio, no se han evidenciado la invasión denunciada. Solicitan se declare sin lugar el recurso.

    3.- Informa bajo juramento Irene Campos Gómez, en su condición de Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos (escrito presentado a las 16:31 hrs del 7 de agosto del 2012) que en relación con el caso enunciado por el recurrente, en ese Ministerio no existe gestión alguna en que se autorice la construcción de un proyecto de vivienda, obras de urbanización o infraestructura, se financien éstas o gestiones de índole similar, toda vez que como explica, todas esas funciones no se encuentran dentro del ámbito de competencia de ese Ministerio.

    4.- Mediante resolución de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil doce, se amplió el recurso de amparo contra el Jefe de la Oficina del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones en Grecia.

    5.- Informa bajo juramento Juan José Rodríguez Jiménez, en su condición de Jefe de la Oficina de Grecia del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC) del Sistema Nacional de Área de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (escrito presentado a las 14:06 hrs del 22 de agosto del 2012) que no existe invasión al área de protección del Río Agualote como lo indica el recurrente. Durante la inspección realizada por los funcionarios de la Oficina de Grecia el 20 de agosto del año en curso, no se observó cúmulos de tierra en el sector que indica el recurrente. Asimismo, no fue posible determinar que esa tierra esté deslizándose al río, amenazando con ella la vida de peces que habitan el sitio, tal y como se puede observar en las fotografías tomadas incluso después de haber llovido en la zona en el propio río, el cual se observa bastante limpio. Solicita se acumule este recurso al que se conoce en el expediente No. 12-007649-0007-CO, por tratarse del mismo proyecto y ofrece la prueba aportada en ese expediente.

    6.- En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones legales.

    Redacta el Magistrado Castillo Víquez; y,

    Considerando:

    Único.- Por la evidente conexidad con lo pretendido en el recurso de amparo que se tramita ante esta Sala bajo el expediente 12-006402-0007-CO y, a fin de evitar pronunciamientos contradictorios y darles tramitación conjunta, procede ordenar la acumulación de ambos recursos.

    Por tanto:

    Acumúlese este recurso de amparo al que se tramita en el expediente No. 12-006402-0007-CO. Notifíquese.

    Ana Virginia Calzada M.

    Presidenta Gilbert Armijo S. Ernesto Jinesta L.

    Fernando Cruz C. Fernando Castillo V.

    Paul Rueda L. Aracelly Pacheco S.

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