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Res. 05182-2012 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 20/04/2012
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SummaryResumen
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Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente PROCESO: RECURSO DE AMPARO RESOLUCIÓN Nº2012-005182 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las once horas treinta y cuatro minutos del veinte de abril de dos mil doce.
Recurso de amparo interpuesto por L. M. V, cédula de identidad […], a favor de […], contra la MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA Y EL TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO.
Resultando:
Redacta el Magistrado Hernández Gutiérrez; y,
Considerando:
ÚNICO: Esta Sala no es un contralor de la legalidad de las actuaciones o resoluciones de de la Administración. Lo expuesto por la parte recurrente no es una cuestión que se relacione directamente con una eventual violación a un derecho fundamental y no es competencia de este Tribunal revisar si la planta de tratamiento de aguas residuales de la que depende […], cumple o no, con los requisitos legales y reglamentarios vigentes a fin de canalizar o regularizar de forma adecuada las aguas que surgen de dicha zona industrial, pues lo anterior debe verificarlo la Administración; es decir, al citado Tribunal Ambiental Administrativo, al Ministerio de Salud, o en su caso, a la Municipalidad de Alajuela, instancias a las que debe acudir la gestionante en defensa de lo que estima son los derechos de la amparada. Es competencia, de considerarlo pertinente, la parte recurrente puede plantear su inconformidad o reclamo antelas autoridades administrativas recurridas o en la jurisdicción ordinaria competente, vías en las que podrá, en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones. Así las cosas, el presente recurso es inadmisible y así se declara.
Por tanto:
Se rechaza de plano el recurso.
Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S. Ernesto Jinesta L.
Fernando Cruz C. Fernando Castillo V.
Rodolfo E. Piza R. José Paulino Hernández G.
Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente PROCESO: RECURSO DE AMPARO RESOLUCIÓN Nº2012-005182 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las once horas treinta y cuatro minutos del veinte de abril de dos mil doce.
Recurso de amparo interpuesto por L. M. V, cédula de identidad […], a favor de […], contra la MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA Y EL TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO.
Resultando:
Redacta el Magistrado Hernández Gutiérrez; y,
Considerando:
ÚNICO: Esta Sala no es un contralor de la legalidad de las actuaciones o resoluciones de de la Administración. Lo expuesto por la parte recurrente no es una cuestión que se relacione directamente con una eventual violación a un derecho fundamental y no es competencia de este Tribunal revisar si la planta de tratamiento de aguas residuales de la que depende […], cumple o no, con los requisitos legales y reglamentarios vigentes a fin de canalizar o regularizar de forma adecuada las aguas que surgen de dicha zona industrial, pues lo anterior debe verificarlo la Administración; es decir, al citado Tribunal Ambiental Administrativo, al Ministerio de Salud, o en su caso, a la Municipalidad de Alajuela, instancias a las que debe acudir la gestionante en defensa de lo que estima son los derechos de la amparada. Es competencia, de considerarlo pertinente, la parte recurrente puede plantear su inconformidad o reclamo antelas autoridades administrativas recurridas o en la jurisdicción ordinaria competente, vías en las que podrá, en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones. Así las cosas, el presente recurso es inadmisible y así se declara.
Por tanto:
Se rechaza de plano el recurso.
Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S. Ernesto Jinesta L.
Fernando Cruz C. Fernando Castillo V.
Rodolfo E. Piza R. José Paulino Hernández G.
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