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Res. 02847-2012 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 29/02/2012
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SummaryResumen
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Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del veintinueve de febrero de dos mil doce.
Recurso de amparo interpuesto por F.P.L, contra el ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ.
Resultando:
Redacta el Magistrado Jinesta Lobo; y,
Considerando:
I.El recurrente acusa que la Municipalidad de San José procedió a iniciar las obras de construcción del Bulevar sobre calle 9 en el centro de San José, sin haber rendido la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, lo que estima improcedente y contrario a derecho.
II.Sobre el particular debe indicarse que este Tribunal Constitucional no es un contralor de la legalidad de las actuaciones o resoluciones de la Administración, por lo cual si la parte amparada estima improcedente el actuar de la Municipalidad de San José, porque en su criterio incumple con las disposiciones legales al no haberse rendido la declaración jurada en cuestión, deberá presentar su inconformidad o reclamo ante las propias autoridades recurridas, sea ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, o en su defecto, en la vía de legalidad competente, en las cuales podrá en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones. Lo anterior, en virtud de no constituir lo acusado una violación grosera y directa de derecho fundamental alguno que proceda ser dilucidado en esta jurisdicción. En virtud de lo anterior, el amparo resulta inadmisible y así debe declararse.
Por tanto:
Se rechaza de plano el recurso.
Ernesto Jinesta L.
Presidente a.i Luis Paulino Mora M. Fernando Castillo V.
Paul Rueda L. Teresita Rodríguez A.
Ricardo Guerrero P. Jorge Araya G.
Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del veintinueve de febrero de dos mil doce.
Recurso de amparo interpuesto por F.P.L, contra el ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ.
Resultando:
Redacta el Magistrado Jinesta Lobo; y,
Considerando:
I.El recurrente acusa que la Municipalidad de San José procedió a iniciar las obras de construcción del Bulevar sobre calle 9 en el centro de San José, sin haber rendido la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, lo que estima improcedente y contrario a derecho.
II.Sobre el particular debe indicarse que este Tribunal Constitucional no es un contralor de la legalidad de las actuaciones o resoluciones de la Administración, por lo cual si la parte amparada estima improcedente el actuar de la Municipalidad de San José, porque en su criterio incumple con las disposiciones legales al no haberse rendido la declaración jurada en cuestión, deberá presentar su inconformidad o reclamo ante las propias autoridades recurridas, sea ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, o en su defecto, en la vía de legalidad competente, en las cuales podrá en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones. Lo anterior, en virtud de no constituir lo acusado una violación grosera y directa de derecho fundamental alguno que proceda ser dilucidado en esta jurisdicción. En virtud de lo anterior, el amparo resulta inadmisible y así debe declararse.
Por tanto:
Se rechaza de plano el recurso.
Ernesto Jinesta L.
Presidente a.i Luis Paulino Mora M. Fernando Castillo V.
Paul Rueda L. Teresita Rodríguez A.
Ricardo Guerrero P. Jorge Araya G.
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