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Res. 11255-2012 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 17/08/2012
OutcomeResultado
SummaryResumen
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Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil doce.
Recurso de amparo interpuesto por B.L.R. cédula de identidad […]contra la MUNICIPALIDAD DE CARTAGO.
Resultando:
Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,
Considerando:
I.Objeto del recurso. El recurrente aduce que vecinos de […] solicitaron a la Municipalidad de Cartago que limpiara la Quebrada […]; sin embargo, no ha realizado ninguna labor, ya que la citada quebrada se encuentra llena de basura y maleza por lo que se desborda afectando las viviendas.
II.Hechos Probados. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos: a) El 11 de junio de 2012 fue la última vez que la Municipalidad de Cartago limpió la Quebrada […] (véase manifestaciones rendidas bajo juramento). b) Mediante oficio número […] el encargado del Área de Operaciones de la Municipalidad de Cartago le solicitó a […]incluir dentro de los Programas de Alcantarillado Sanitario y Construcción y Mejoras de Obras, más presupuesto para dicha Dirección. Lo anterior con base en lo indicado en el oficio […] que indicaba los materiales necesarios para la ejecución de proyectos para reducir los efectos de la próxima estación lluviosa (folios 17-19).
III.Sobre el caso concreto. En el presente asunto, el recurrente alega que los vecinos de la Quebrada [...], de […] solicitaron a las autoridades municipales de Cartago limpiar la Quebrada […]. En el informe rendido bajo juramento las autoridades recurridas informaron que han coordinado con la Asociación de Desarrollo de Lourdes, y que en junio de 2011 se realizó limpieza de la Quebrada [...]. Sin embargo; también indican que la municipalidad no tiene los recursos necesarios para el alquiler de la maquinaria, por lo que mediante oficio número A […] el encargado del Área de Operaciones de la Municipalidad de Cartago solicitó a Alejandro Montero Víquez incluir dentro de los Programas de Alcantarillado Sanitario y Construcción y Mejoras de Obras, más presupuesto para dicha Dirección. Dicha petición aún debe ser conocida y aprobada por el Concejo. De lo anterior esta Sala colige que sí existen problemas de limpieza en la Quebrada [...], los cuales fueron atendidos por última vez hace más de un año y actualmente se está a la espera de la aprobación de presupuesto.
Este Tribunal en reiteradas ocasiones ha indicado que los problemas presupuestarios no pueden ser excusa para no realizar las labores propias de su competencia, tales como mantener limpios los puentes y quebradas, máxime cuando se está cerca del invierno y las lluvias pueden provocar desbordamientos e inundaciones. Por último, debe aclararse que a pesar de que bajo juramento se indica que en el sitio donde colinda con la propiedad del amparado, la quebrada se encuentra limpia, no implica que se encuentre así toda la quebrada y dado que, tal y como se indicó anteriormente, la última limpieza realizada fue hace más de un año y la propia accionada reconoce que no se ha vuelto a limpiar por falta de recursos económicos, a pesar de que ya se había dispuesto la ejecución de un nuevo procedimiento de limpieza. Así las cosas, lo procedente es declarar con lugar el recurso, como en efecto se dispone.
Por tanto:
Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Rolando Alberto Rodríguez Brenes y Adrián Gerardo Leandro Marín, por su orden Alcalde y Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Cartago, o a quienes en sus lugares ejerzan los cargos, que realicen las acciones necesarias para que en el improrrogable plazo de UN MES, contado a partir de la comunicación de esta sentencia, se limpie la Quebrada [...] ubicada en Agua Caliente de Cartago, lo anterior bajo apercibimiento de que podría incurrir en el delito tipificado en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, el cual dispone que se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena a la Municipalidad de Cartago al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados por los hechos que han dado lugar a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese esta sentencia a Rolando Alberto Rodríguez Brenes y Adrián Gerardo Leandro Marín, por su orden Alcalde y Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Cartago, o a quienes en sus lugares ejerzan los cargos, en forma personal. Comuníquese.
Gilbert Armijo S.
Presidente a.i Ernesto Jinesta L. Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V. Paul Rueda L.
Aracelly Pacheco S. Jorge Araya G.
Sentencia con datos protegidos, de conformidad con la normativa vigente SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil doce.
Recurso de amparo interpuesto por B.L.R. cédula de identidad […]contra la MUNICIPALIDAD DE CARTAGO.
Resultando:
Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,
Considerando:
I.Objeto del recurso. El recurrente aduce que vecinos de […] solicitaron a la Municipalidad de Cartago que limpiara la Quebrada […]; sin embargo, no ha realizado ninguna labor, ya que la citada quebrada se encuentra llena de basura y maleza por lo que se desborda afectando las viviendas.
II.Hechos Probados. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos: a) El 11 de junio de 2012 fue la última vez que la Municipalidad de Cartago limpió la Quebrada […] (véase manifestaciones rendidas bajo juramento). b) Mediante oficio número […] el encargado del Área de Operaciones de la Municipalidad de Cartago le solicitó a […]incluir dentro de los Programas de Alcantarillado Sanitario y Construcción y Mejoras de Obras, más presupuesto para dicha Dirección. Lo anterior con base en lo indicado en el oficio […] que indicaba los materiales necesarios para la ejecución de proyectos para reducir los efectos de la próxima estación lluviosa (folios 17-19).
III.Sobre el caso concreto. En el presente asunto, el recurrente alega que los vecinos de la Quebrada [...], de […] solicitaron a las autoridades municipales de Cartago limpiar la Quebrada […]. En el informe rendido bajo juramento las autoridades recurridas informaron que han coordinado con la Asociación de Desarrollo de Lourdes, y que en junio de 2011 se realizó limpieza de la Quebrada [...]. Sin embargo; también indican que la municipalidad no tiene los recursos necesarios para el alquiler de la maquinaria, por lo que mediante oficio número A […] el encargado del Área de Operaciones de la Municipalidad de Cartago solicitó a Alejandro Montero Víquez incluir dentro de los Programas de Alcantarillado Sanitario y Construcción y Mejoras de Obras, más presupuesto para dicha Dirección. Dicha petición aún debe ser conocida y aprobada por el Concejo. De lo anterior esta Sala colige que sí existen problemas de limpieza en la Quebrada [...], los cuales fueron atendidos por última vez hace más de un año y actualmente se está a la espera de la aprobación de presupuesto.
Este Tribunal en reiteradas ocasiones ha indicado que los problemas presupuestarios no pueden ser excusa para no realizar las labores propias de su competencia, tales como mantener limpios los puentes y quebradas, máxime cuando se está cerca del invierno y las lluvias pueden provocar desbordamientos e inundaciones. Por último, debe aclararse que a pesar de que bajo juramento se indica que en el sitio donde colinda con la propiedad del amparado, la quebrada se encuentra limpia, no implica que se encuentre así toda la quebrada y dado que, tal y como se indicó anteriormente, la última limpieza realizada fue hace más de un año y la propia accionada reconoce que no se ha vuelto a limpiar por falta de recursos económicos, a pesar de que ya se había dispuesto la ejecución de un nuevo procedimiento de limpieza. Así las cosas, lo procedente es declarar con lugar el recurso, como en efecto se dispone.
Por tanto:
Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Rolando Alberto Rodríguez Brenes y Adrián Gerardo Leandro Marín, por su orden Alcalde y Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Cartago, o a quienes en sus lugares ejerzan los cargos, que realicen las acciones necesarias para que en el improrrogable plazo de UN MES, contado a partir de la comunicación de esta sentencia, se limpie la Quebrada [...] ubicada en Agua Caliente de Cartago, lo anterior bajo apercibimiento de que podría incurrir en el delito tipificado en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, el cual dispone que se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena a la Municipalidad de Cartago al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados por los hechos que han dado lugar a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese esta sentencia a Rolando Alberto Rodríguez Brenes y Adrián Gerardo Leandro Marín, por su orden Alcalde y Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Cartago, o a quienes en sus lugares ejerzan los cargos, en forma personal. Comuníquese.
Gilbert Armijo S.
Presidente a.i Ernesto Jinesta L. Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V. Paul Rueda L.
Aracelly Pacheco S. Jorge Araya G.
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