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Res. 16319-2011 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 29/11/2011
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Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las dos horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once.
Gestión de aclaración y adición presentada por JIMMY ANTONIO CORDERO CORDERO, en su condición de REPRESENTANTE DE CONSORCIO TÉCNICO VETERINARIO DE COSTA RICA S.A.
RESULTANDO:
1.-Mediante el escrito visible a folio 522 del expediente, Jimmy Antonio Cordero Cordero, en su condición de representante de Consorcio Técnico Veterinario de Costa Rica S.A, pidió a esta Sala Constitucional que aclarara y adicionara la sentencia No. 2011- 014596 de las 15:22 hrs. de 26 de octubre de 2011. Adujo que en la parte dispositiva de la sentencia se le confiere a su representada, el plazo de un año para que culmine un nuevo estudio de impacto ambiental, así como los estudios hidrológicos, hidráulicos e hidrogeológicos necesarios, con estricto apego a los parámetros técnicos establecidos por la instancia administrativa competente. Señaló que en su oportunidad y de conformidad con la matriz de diagnóstico del proyecto, dada la poca magnitud del mismo (17 casas), el tipo de evaluación ambiental que requirió fue un plan de gestión ambiental, nunca un estudio de impacto ambiental, el cual, es para obras de mayor envergadura. Pidió se aclare si cuando la Sala se refiere a un nuevo estudio de impacto ambiental, verdaderamente hace alusión a una nueva evaluación ambiental, cuya clase o modalidad se establecerá técnicamente y de conformidad con la matriz de diagnóstico que determine la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.
2.- En los procedimientos seguidos, se han observado las prescripciones legales.
Redacta el Magistrado Jinesta Lobo; y,
CONSIDERANDO:
I.- De conformidad con el artículo 12 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, procede la adición y aclaración de las sentencias dictadas por la Sala, en aquellos casos en que éstas sean oscuras u omisas en algún extremo. En la presente gestión, Jimmy Antonio Cordero Cordero, representante de la empresa Consorcio Veterinario de Costa Rica S.A., pidió a la Sala Constitucional que aclare y adicione la sentencia No. 2011- 014596 de las 15:22 hrs. de 26 de octubre de 2011. En concreto, solicitó que se aclare si en la aludida resolución y, sobre todo, en su parte dispositiva, al ordenarse la realización de un nuevo estudio de impacto ambiental, verdaderamente, este Tribunal quiso referirse a una nueva evaluación ambiental. Lo anterior debido a que, inicialmente, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental requirió un Plan de Gestión Ambiental, debido a la envergadura del proyecto. Considera que es en la instancia técnica en donde se debe precisar el instrumento a exigir.
II.- Luego de analizar la sentencia citada así como el escrito presentado, considera esta Sala Constitucional que el gestionante tiene razón. En efecto, por error se hizo referencia a la necesidad de contar con un estudio de impacto ambiental, cuando, verdaderamente, lo que procedía era ordenar la realización de una nueva evaluación ambiental, cuya clase o modalidad se debe establecer, por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), a partir de lo expuesto por esta Sala en la parte considerativa de la sentencia y los parámetros técnicos existentes. Así las cosas, se impone aclarar la sentencia, en el sentido expuesto.
POR TANTO:
Se aclara la sentencia No. 2011- 014596 de las 15:22 hrs. de 26 de octubre de 2011, en el sentido que se ordena la realización de una nueva evaluación ambiental del Proyecto Condominio Brisas del Ciprés, cuya clase o modalidad debe ser establecida por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), a partir de lo expuesto por esta Sala en la parte considerativa de la sentencia y los parámetros técnicos existentes. Todo lo demás se mantiene incólume.
Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S. Ernesto Jinesta L.
Fernando Castillo V. Paul Rueda L.
Jose Paulino Hernández G. Roxana Salazar C.
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Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las dos horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once.
Gestión de aclaración y adición presentada por JIMMY ANTONIO CORDERO CORDERO, en su condición de REPRESENTANTE DE CONSORCIO TÉCNICO VETERINARIO DE COSTA RICA S.A.
RESULTANDO:
1.-Mediante el escrito visible a folio 522 del expediente, Jimmy Antonio Cordero Cordero, en su condición de representante de Consorcio Técnico Veterinario de Costa Rica S.A, pidió a esta Sala Constitucional que aclarara y adicionara la sentencia No. 2011- 014596 de las 15:22 hrs. de 26 de octubre de 2011. Adujo que en la parte dispositiva de la sentencia se le confiere a su representada, el plazo de un año para que culmine un nuevo estudio de impacto ambiental, así como los estudios hidrológicos, hidráulicos e hidrogeológicos necesarios, con estricto apego a los parámetros técnicos establecidos por la instancia administrativa competente. Señaló que en su oportunidad y de conformidad con la matriz de diagnóstico del proyecto, dada la poca magnitud del mismo (17 casas), el tipo de evaluación ambiental que requirió fue un plan de gestión ambiental, nunca un estudio de impacto ambiental, el cual, es para obras de mayor envergadura. Pidió se aclare si cuando la Sala se refiere a un nuevo estudio de impacto ambiental, verdaderamente hace alusión a una nueva evaluación ambiental, cuya clase o modalidad se establecerá técnicamente y de conformidad con la matriz de diagnóstico que determine la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.
2.- En los procedimientos seguidos, se han observado las prescripciones legales.
Redacta el Magistrado Jinesta Lobo; y,
CONSIDERANDO:
I.- De conformidad con el artículo 12 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, procede la adición y aclaración de las sentencias dictadas por la Sala, en aquellos casos en que éstas sean oscuras u omisas en algún extremo. En la presente gestión, Jimmy Antonio Cordero Cordero, representante de la empresa Consorcio Veterinario de Costa Rica S.A., pidió a la Sala Constitucional que aclare y adicione la sentencia No. 2011- 014596 de las 15:22 hrs. de 26 de octubre de 2011. En concreto, solicitó que se aclare si en la aludida resolución y, sobre todo, en su parte dispositiva, al ordenarse la realización de un nuevo estudio de impacto ambiental, verdaderamente, este Tribunal quiso referirse a una nueva evaluación ambiental. Lo anterior debido a que, inicialmente, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental requirió un Plan de Gestión Ambiental, debido a la envergadura del proyecto. Considera que es en la instancia técnica en donde se debe precisar el instrumento a exigir.
II.- Luego de analizar la sentencia citada así como el escrito presentado, considera esta Sala Constitucional que el gestionante tiene razón. En efecto, por error se hizo referencia a la necesidad de contar con un estudio de impacto ambiental, cuando, verdaderamente, lo que procedía era ordenar la realización de una nueva evaluación ambiental, cuya clase o modalidad se debe establecer, por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), a partir de lo expuesto por esta Sala en la parte considerativa de la sentencia y los parámetros técnicos existentes. Así las cosas, se impone aclarar la sentencia, en el sentido expuesto.
POR TANTO:
Se aclara la sentencia No. 2011- 014596 de las 15:22 hrs. de 26 de octubre de 2011, en el sentido que se ordena la realización de una nueva evaluación ambiental del Proyecto Condominio Brisas del Ciprés, cuya clase o modalidad debe ser establecida por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), a partir de lo expuesto por esta Sala en la parte considerativa de la sentencia y los parámetros técnicos existentes. Todo lo demás se mantiene incólume.
Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S. Ernesto Jinesta L.
Fernando Castillo V. Paul Rueda L.
Jose Paulino Hernández G. Roxana Salazar C.
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