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Res. 11245-2011 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 23/08/2011
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Res. Nº 011245-02011 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las dieciséis horas y dos minutos del veintitrés de agosto del dos mil once.
Acción de inconstitucionalidad promovida por EDUARDO FERNANDEZ AZOFEIFA, mayor, con cédula de identidad número 0500950097; contra el REGLAMENTO PARA QUEMAS AGRICOLAS CONTROLADAS No. 35368-MAG-S-MINAET.
Resultando:
Redacta la Magistrada Calzada Miranda; y,
Considerando:
Único: El artículo 84 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional dispone que si después de planteada la acción y antes de la publicación del aviso respectivo se presentaren otras acciones de inconstitucionalidad contra la misma ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, esas acciones se acumularán a la primera y se tendrán como ampliación. También se acumularán las acciones que con ese carácter interpongan las partes de los juicios suspendidos, si fueren presentadas dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del aviso. Por lo
Por tanto:
Acumúlese esta acción a la que en el expediente número 11-008441-0007-CO se tramita ante esta Sala.
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Res. Nº 011245-02011 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las dieciséis horas y dos minutos del veintitrés de agosto del dos mil once.
Acción de inconstitucionalidad promovida por EDUARDO FERNANDEZ AZOFEIFA, mayor, con cédula de identidad número 0500950097; contra el REGLAMENTO PARA QUEMAS AGRICOLAS CONTROLADAS No. 35368-MAG-S-MINAET.
Resultando:
Redacta la Magistrada Calzada Miranda; y,
Considerando:
Único: El artículo 84 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional dispone que si después de planteada la acción y antes de la publicación del aviso respectivo se presentaren otras acciones de inconstitucionalidad contra la misma ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, esas acciones se acumularán a la primera y se tendrán como ampliación. También se acumularán las acciones que con ese carácter interpongan las partes de los juicios suspendidos, si fueren presentadas dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del aviso. Por lo
Por tanto:
Acumúlese esta acción a la que en el expediente número 11-008441-0007-CO se tramita ante esta Sala.
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