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Res. 10563-2011 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 12/08/2011
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*100082110007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas y treinta y siete minutos del doce de agosto del dos mil once.
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 10-008211-0007-CO, interpuesto por MARCELO IGLESIAS , ninguno, mayor, vecino(a) de contra ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA, COORDINADOR DEL AREA REGISTRO AMBIENTAL MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA, PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ANA.
Resultando:
Redacta el Magistrado Cruz Castro; y,
Considerando:
Único.- En el presente asunto, el recurrente aduce el incumplimiento a lo ordenado por esta Sala mediante el Voto No. 2010-14061 de las catorce horas y cincuenta y uno minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez. Sobre el particular, esta Sala tiene plena e idóneamente demostrado la desobediencia a lo dispuesto en la Sentencia supra mencionada, dado que, el Alcalde de la Municipalidad de Santa Ana, en el informe rendido bajo juramento, manifiesta que para la solución del problema de desbordamiento de agua de la quebrada Pilas, sobre el Residencial Parque Valle del Sol, se planeó construir un puente que sustituya los pasos de alcantarillas sobre el cauce de la quebrada, para el cual se cuenta con presupuesto, así como también ya se dio a inicio las primeras etapas de la obra. De modo tal que, se le reitera a Gerardo Oviedo Espinoza, en su condición de Alcalde Municipal del Cantón de Santa Ana, o a quien en su lugar ocupe ese cargo, que proceda al cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia supra, bajo la advertencia de ordenarse el testimonio de piezas si no lo hiciere.
Por tanto:
Se le reitera a Gerardo Oviedo Espinoza, en su calidad de Alcalde Municipal de Santa Ana, o a quien en su lugar ocupe el cargo, el cumplimiento inmediato de lo dispuesto en el Voto No. 2010-14061 de las catorce horas y cincuenta y uno minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, bajo la advertencia de ordenarse el testimonio de piezas si no lo hiciere.- Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S.
Ernesto Jinesta L.
Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V.
Paul Rueda L.
Roxana Salazar C.
*100082110007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas y treinta y siete minutos del doce de agosto del dos mil once.
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 10-008211-0007-CO, interpuesto por MARCELO IGLESIAS , ninguno, mayor, vecino(a) de contra ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA, COORDINADOR DEL AREA REGISTRO AMBIENTAL MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA, PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ANA.
Resultando:
Redacta el Magistrado Cruz Castro; y,
Considerando:
Único.- En el presente asunto, el recurrente aduce el incumplimiento a lo ordenado por esta Sala mediante el Voto No. 2010-14061 de las catorce horas y cincuenta y uno minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez. Sobre el particular, esta Sala tiene plena e idóneamente demostrado la desobediencia a lo dispuesto en la Sentencia supra mencionada, dado que, el Alcalde de la Municipalidad de Santa Ana, en el informe rendido bajo juramento, manifiesta que para la solución del problema de desbordamiento de agua de la quebrada Pilas, sobre el Residencial Parque Valle del Sol, se planeó construir un puente que sustituya los pasos de alcantarillas sobre el cauce de la quebrada, para el cual se cuenta con presupuesto, así como también ya se dio a inicio las primeras etapas de la obra. De modo tal que, se le reitera a Gerardo Oviedo Espinoza, en su condición de Alcalde Municipal del Cantón de Santa Ana, o a quien en su lugar ocupe ese cargo, que proceda al cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia supra, bajo la advertencia de ordenarse el testimonio de piezas si no lo hiciere.
Por tanto:
Se le reitera a Gerardo Oviedo Espinoza, en su calidad de Alcalde Municipal de Santa Ana, o a quien en su lugar ocupe el cargo, el cumplimiento inmediato de lo dispuesto en el Voto No. 2010-14061 de las catorce horas y cincuenta y uno minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, bajo la advertencia de ordenarse el testimonio de piezas si no lo hiciere.- Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S.
Ernesto Jinesta L.
Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V.
Paul Rueda L.
Roxana Salazar C.
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