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Res. 08922-2011 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 05/07/2011
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*100032670007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas y cuarenta y siete minutos del cinco de julio del dos mil once.
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 10-003267-0007-CO, interpuesto por ALBERTO ESTEBAN VASQUEZ MACHADO, cédula de identidad 0503400373, ALEXA DEL CARMEN RUIZ , cédula de identidad 0501570037, ANA CECILIA HERNANDEZ MENDEZ, cédula de identidad 0205850462, ANA DORIEN COREA COREA, cédula de identidad 0502550391, ANA LUCRECIA AGUILAR C, cédula de identidad 0104131430, ANGELA DEL C ANGULO , cédula de identidad 0502190534, CARLOS BELLIDO NAVARRO, cédula de identidad 0501300057, CELENIA ANGULO V, cédula de identidad 0501440595, DIANA MEDINA CANALES, cédula de identidad 0503740921, DIGNA MARÍA PUIG R, cédula de identidad 0501950666, ELEONOR HERNANDEZ CHAVES, cédula de identidad 0109020912, ELIGIO PICADO TREJOS, cédula de identidad 0501361214, ELKE PATRICIA OBANDO MARCHENA, cédula de identidad 0502980134, ERICK OBALDÍA AGUILAR, cédula de identidad 0503200407, EVA SAMANTA RUGAMA AGUILAR, cédula de identidad 0503770899, FLORIBETH BLANCO MORA, cédula de identidad 0501370140, FRANKLIN CONTRERAS MARCHENA, cédula de identidad 0502780849, FULVIA GUISELLE CARDENAS F, ninguno, GASPAR OBANDO V, cédula de identidad 0501760759, GREIVIN A MONTERO CORRALES, cédula de identidad 0503780359, HERMINIA MENDOZA M, cédula de identidad 0501431432, KAROL ALFARO ESPINOZA, cédula de identidad 0503730649, LAURA CANALES PEREIRA, cédula de identidad 0101001027, LIDIA CLACHAR MENDOZA, cédula de identidad 0501760537, LISBETH PANIAGUA JIMENEZ, MARIEL RAMIREZ BEROCAL, cédula de identidad 0503370808, MARLEN GUZMAN ESPINOZA, cédula de identidad 0106610381, MARTA RODRIGUEZ SEQUEIRA, cédula de identidad 0204540685, MAUDY MELISSA PICAN CHAVES, cédula de identidad 0503540690, MAURA CONTRERAS LEAL, cédula de identidad 0501590395, MELIDA BRICEÑO SANCHEZ, cédula de identidad 0500860428, NIDIA AGUILAR GUZMAN, cédula de identidad 0501580099, NOEL A CANALES CANALES, cédula de identidad 0501560943, NOELIA CANALES ANGULO, cédula de identidad 0503770664, OLGA PIZARRO R, cédula de identidad 0501750046, RANDALL PIZARRO RAMIREZ, cédula de identidad 0502350301, ROXANA PICORI A, cédula de identidad 0502130622, SALVADOR ANTONIO RIVAS, cédula de identidad 0501481292, SOFIA L DAVILA BRICEÑO, cédula de identidad 0502660435, TOMÁS VIALES BUSTOS, cédula de identidad 0503350831, VICTORIA RUGAMA AGUILAR, cédula de identidad 0503030538, VIRGINIA ROJAS ROJAS, cédula de identidad 0105490614, contra DIRECTOR DEL ÁREA RECTORA DE SALUD DE CARRILLO DEL MINISTERIO DE SALUD, MINISTRA DE SALUD, MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES.-
Resultando:
Redacta el Magistrado Ulate Chacón; y,
Considerando:
UNICO.- Conforme se desprende de los informes rendidos por las autoridades recurridas, los hechos reclamados encuentran fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 35368-MAG-S-MINAET, por lo que, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, procede suspender la tramitación del recurso y otorgar un término de quince días hábiles a los recurrentes para que interpongan acción de inconstitucionalidad contra el indicado decreto, apercibidos de que si no lo hicieren, se archivará el expediente (artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional).-
Por tanto:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se suspende la tramitación del recurso y se otorgar a los recurrentes un término de quince días hábiles, contados a partir de la notificación de esta resolución, para que interpongan acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo Nº 35368-MAG-S-MINAET, apercibidos de que si no lo hicieren, se archivará el expediente.- Gilbert Armijo S.
Presidente a.i.
Ernesto Jinesta L.
Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V.
Paul Rueda L.
Roxana Salazar C.
Enrique Ulate C.
*100032670007CO* SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas y cuarenta y siete minutos del cinco de julio del dos mil once.
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 10-003267-0007-CO, interpuesto por ALBERTO ESTEBAN VASQUEZ MACHADO, cédula de identidad 0503400373, ALEXA DEL CARMEN RUIZ , cédula de identidad 0501570037, ANA CECILIA HERNANDEZ MENDEZ, cédula de identidad 0205850462, ANA DORIEN COREA COREA, cédula de identidad 0502550391, ANA LUCRECIA AGUILAR C, cédula de identidad 0104131430, ANGELA DEL C ANGULO , cédula de identidad 0502190534, CARLOS BELLIDO NAVARRO, cédula de identidad 0501300057, CELENIA ANGULO V, cédula de identidad 0501440595, DIANA MEDINA CANALES, cédula de identidad 0503740921, DIGNA MARÍA PUIG R, cédula de identidad 0501950666, ELEONOR HERNANDEZ CHAVES, cédula de identidad 0109020912, ELIGIO PICADO TREJOS, cédula de identidad 0501361214, ELKE PATRICIA OBANDO MARCHENA, cédula de identidad 0502980134, ERICK OBALDÍA AGUILAR, cédula de identidad 0503200407, EVA SAMANTA RUGAMA AGUILAR, cédula de identidad 0503770899, FLORIBETH BLANCO MORA, cédula de identidad 0501370140, FRANKLIN CONTRERAS MARCHENA, cédula de identidad 0502780849, FULVIA GUISELLE CARDENAS F, ninguno, GASPAR OBANDO V, cédula de identidad 0501760759, GREIVIN A MONTERO CORRALES, cédula de identidad 0503780359, HERMINIA MENDOZA M, cédula de identidad 0501431432, KAROL ALFARO ESPINOZA, cédula de identidad 0503730649, LAURA CANALES PEREIRA, cédula de identidad 0101001027, LIDIA CLACHAR MENDOZA, cédula de identidad 0501760537, LISBETH PANIAGUA JIMENEZ, MARIEL RAMIREZ BEROCAL, cédula de identidad 0503370808, MARLEN GUZMAN ESPINOZA, cédula de identidad 0106610381, MARTA RODRIGUEZ SEQUEIRA, cédula de identidad 0204540685, MAUDY MELISSA PICAN CHAVES, cédula de identidad 0503540690, MAURA CONTRERAS LEAL, cédula de identidad 0501590395, MELIDA BRICEÑO SANCHEZ, cédula de identidad 0500860428, NIDIA AGUILAR GUZMAN, cédula de identidad 0501580099, NOEL A CANALES CANALES, cédula de identidad 0501560943, NOELIA CANALES ANGULO, cédula de identidad 0503770664, OLGA PIZARRO R, cédula de identidad 0501750046, RANDALL PIZARRO RAMIREZ, cédula de identidad 0502350301, ROXANA PICORI A, cédula de identidad 0502130622, SALVADOR ANTONIO RIVAS, cédula de identidad 0501481292, SOFIA L DAVILA BRICEÑO, cédula de identidad 0502660435, TOMÁS VIALES BUSTOS, cédula de identidad 0503350831, VICTORIA RUGAMA AGUILAR, cédula de identidad 0503030538, VIRGINIA ROJAS ROJAS, cédula de identidad 0105490614, contra DIRECTOR DEL ÁREA RECTORA DE SALUD DE CARRILLO DEL MINISTERIO DE SALUD, MINISTRA DE SALUD, MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES.-
Resultando:
Redacta el Magistrado Ulate Chacón; y,
Considerando:
UNICO.- Conforme se desprende de los informes rendidos por las autoridades recurridas, los hechos reclamados encuentran fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 35368-MAG-S-MINAET, por lo que, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, procede suspender la tramitación del recurso y otorgar un término de quince días hábiles a los recurrentes para que interpongan acción de inconstitucionalidad contra el indicado decreto, apercibidos de que si no lo hicieren, se archivará el expediente (artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional).-
Por tanto:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se suspende la tramitación del recurso y se otorgar a los recurrentes un término de quince días hábiles, contados a partir de la notificación de esta resolución, para que interpongan acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo Nº 35368-MAG-S-MINAET, apercibidos de que si no lo hicieren, se archivará el expediente.- Gilbert Armijo S.
Presidente a.i.
Ernesto Jinesta L.
Fernando Cruz C.
Fernando Castillo V.
Paul Rueda L.
Roxana Salazar C.
Enrique Ulate C.
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