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Res. 04909-2011 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 15/04/2011
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*110041180007CO* PROCESO: RECURSO DE AMPARO RESOLUCIÓN Nº 2011004909 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del quince de abril del dos mil once.
Recurso de amparo interpuesto por YANTONYN ALFARO JIMÉNEZ, cédula de identidad 0110840940, contra LA MUNICIPALIDAD DE FLORES DE HEREDIA.
Resultando:
Redacta el Magistrado Armijo Sancho; y,
Considerando:
Único.- La recurrente impugna la medida cautelar de clausura de obras realizada en su inmueble y ordenada por la Municipalidad de Flores en oficio MF-DDU-CC-CE-027-11 del ocho de marzo de dos mil once, en tanto, dicha sanción se sustentó en el Plan Regulador del Cantón de Flores, normativa que no se encuentra vigente, unido al hecho de que dicho plan regulador no posee vialidad ambiental otorgado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental. Lo planteado por la recurrente no es más que un diferendo de legalidad ordinaria que, como tal, no involucra, al menos en forma directa, derecho fundamental alguno, razón por la cual su conocimiento excede el ámbito de competencia de esta jurisdicción. Al respecto, estima la Sala que el determinar la procedencia o no de los permisos constructivos de interés, así como la multa impuesta, son aspectos que como tales, son propios de discutirse ante las autoridades municipales correspondientes, o bien, en la vía de legalidad ordinaria, a efecto de que se resuelva lo correspondiente. Por lo expuesto, el recurso resulta inadmisible y así debe declararse.-
Por tanto:
Se rechaza de plano el recurso.
Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S.
Fernando Cruz C.
Ernesto Jinesta L.
Jorge Araya G.
Aracelly Pacheco S.
Enrique Ulate C.
*110041180007CO* PROCESO: RECURSO DE AMPARO RESOLUCIÓN Nº 2011004909 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del quince de abril del dos mil once.
Recurso de amparo interpuesto por YANTONYN ALFARO JIMÉNEZ, cédula de identidad 0110840940, contra LA MUNICIPALIDAD DE FLORES DE HEREDIA.
Resultando:
Redacta el Magistrado Armijo Sancho; y,
Considerando:
Único.- La recurrente impugna la medida cautelar de clausura de obras realizada en su inmueble y ordenada por la Municipalidad de Flores en oficio MF-DDU-CC-CE-027-11 del ocho de marzo de dos mil once, en tanto, dicha sanción se sustentó en el Plan Regulador del Cantón de Flores, normativa que no se encuentra vigente, unido al hecho de que dicho plan regulador no posee vialidad ambiental otorgado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental. Lo planteado por la recurrente no es más que un diferendo de legalidad ordinaria que, como tal, no involucra, al menos en forma directa, derecho fundamental alguno, razón por la cual su conocimiento excede el ámbito de competencia de esta jurisdicción. Al respecto, estima la Sala que el determinar la procedencia o no de los permisos constructivos de interés, así como la multa impuesta, son aspectos que como tales, son propios de discutirse ante las autoridades municipales correspondientes, o bien, en la vía de legalidad ordinaria, a efecto de que se resuelva lo correspondiente. Por lo expuesto, el recurso resulta inadmisible y así debe declararse.-
Por tanto:
Se rechaza de plano el recurso.
Ana Virginia Calzada M.
Presidenta Gilbert Armijo S.
Fernando Cruz C.
Ernesto Jinesta L.
Jorge Araya G.
Aracelly Pacheco S.
Enrique Ulate C.
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