← Environmental Law Center← Centro de Derecho Ambiental
Res. 03226-2022 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 11/02/2022
OutcomeResultado
The Chamber declared the amparo inadmissible for failure to exhaust administrative remedies, as there was no evidence the plaintiff had requested the TAA to resolve the complaint.La Sala declara inadmisible el recurso de amparo por no haberse agotado la vía administrativa previa, al no constar gestión del recurrente ante el TAA solicitando la resolución de la denuncia.
SummaryResumen
The Constitutional Chamber analyzed an amparo action filed against the Environmental Administrative Tribunal for an alleged failure to process a complaint regarding a violation of the Forestry Law. The plaintiff argued that the TAA had not resolved his complaint nor conducted necessary inspections within a reasonable time, violating his fundamental rights. The Chamber found the amparo inadmissible because the plaintiff failed to exhaust administrative remedies first, a prerequisite for constitutional jurisdiction. Specifically, it noted that there was no evidence the plaintiff had filed a formal claim with the TAA requesting resolution of the case or complaining about the delay. Without direct action and an express response from the administrative body, no current injury to fundamental rights was proven that would warrant the Chamber's intervention in amparo proceedings. The appeal was therefore declared inadmissible, without prejudice to the possibility of returning to this recourse if, after exhausting ordinary remedies, the violation persists.La Sala Constitucional analiza un recurso de amparo interpuesto contra el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) por presunta omisión en la tramitación de una denuncia por infracción a la Ley Forestal. El recurrente alegó que el TAA no había resuelto su denuncia ni había realizado las inspecciones necesarias en un plazo razonable, lo que vulneraba sus derechos fundamentales. La Sala determinó que el amparo resulta inadmisible porque el recurrente no agotó la vía administrativa previamente, requisito indispensable para acudir a la jurisdicción constitucional. En particular, la Sala señaló que no constaba que el recurrente hubiera presentado un reclamo formal ante el propio TAA solicitando la resolución del caso o denunciando la mora. Ante la falta de gestión directa y de una respuesta expresa del órgano administrativo, no se configura una lesión actual a derechos fundamentales que habilite la intervención de la Sala en sede de amparo. Por tanto, se declara inadmisible el recurso, sin perjuicio de que el interesado pueda acudir nuevamente a esta vía si, tras agotar los recursos ordinarios, persiste la violación.
Key excerptExtracto clave
I.- The plaintiff comes before this Chamber in defense of the fundamental rights of the protected parties, alleging that the Environmental Administrative Tribunal has failed to resolve a complaint for violation of the Forestry Law, as well as to carry out the necessary inspections. However, upon review of the record, there is no evidence that the plaintiff has filed any request with the challenged authority seeking the advancement of the procedure or the issuance of the final act, nor is there any express refusal by the Administration to resolve. Under such circumstances, no current and direct injury to fundamental rights is evident that would enable this Chamber's intervention in this proceeding, and therefore the appeal is inadmissible for failure to exhaust administrative remedies.I.- El recurrente acude a esta Sala en defensa de los derechos fundamentales de las amparadas, alegando que el Tribunal Ambiental Administrativo ha omitido resolver una denuncia por infracción a la Ley Forestal, así como realizar las inspecciones necesarias. Sin embargo, revisados los autos, no consta que el recurrente haya presentado gestión alguna ante la autoridad recurrida solicitando el impulso del procedimiento o la emisión del acto final, ni que exista una negativa expresa de la Administración a resolver. En tales condiciones, no se evidencia una lesión actual y directa a los derechos fundamentales que habilite la intervención de esta Sala en esta vía, por lo que el recurso deviene inadmisible, al no haberse agotado la vía administrativa.
Pull quotesCitas destacadas
"no consta que el recurrente haya presentado gestión alguna ante la autoridad recurrida solicitando el impulso del procedimiento o la emisión del acto final, ni que exista una negativa expresa de la Administración a resolver."
"there is no evidence that the plaintiff has filed any request with the challenged authority seeking the advancement of the procedure or the issuance of the final act, nor is there any express refusal by the Administration to resolve."
Considerando I
"no consta que el recurrente haya presentado gestión alguna ante la autoridad recurrida solicitando el impulso del procedimiento o la emisión del acto final, ni que exista una negativa expresa de la Administración a resolver."
Considerando I
"En tales condiciones, no se evidencia una lesión actual y directa a los derechos fundamentales que habilite la intervención de esta Sala en esta vía, por lo que el recurso deviene inadmisible, al no haberse agotado la vía administrativa."
"Under such circumstances, no current and direct injury to fundamental rights is evident that would enable this Chamber's intervention in this proceeding, and therefore the appeal is inadmissible for failure to exhaust administrative remedies."
Considerando I
"En tales condiciones, no se evidencia una lesión actual y directa a los derechos fundamentales que habilite la intervención de esta Sala en esta vía, por lo que el recurso deviene inadmisible, al no haberse agotado la vía administrativa."
Considerando I
Full documentDocumento completo
CONSTITUTIONAL CHAMBER OF THE SUPREME COURT OF JUSTICE. San José, at nine hours thirty minutes on the eleventh of February of two thousand twenty-two.
Amparo action processed in expediente number 21-025681-0007-CO, filed by GERARDO RODRIGO MORALES VALVERDE, identity card 0103540095, on behalf of ALEXA JENGICH BUCK, CECILIA JENGICH BUCK, and ERICKA JENGICH BUCK, against THE ADMINISTRATIVE ENVIRONMENTAL TRIBUNAL (EL TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO).
Whereas (Resultando):
1.- .- Drafted by Magistrate Salazar Alvarado; and, Considering (Considerando):
I.- .
Fernando Castillo V.
Luis Fdo. Salazar A.
Jorge Araya G.
Anamari Garro V.
Ana María Picado B.
Jorge Isaac Solano A.
Alexandra Alvarado P.
Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *V47QDIHPM63G61*
Sala Constitucional Clase de asunto: Recurso de amparo Analizado por: SALA CONSTITUCIONAL *210256810007CO* Res. Nº 2022003226 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintidos .
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 21-025681-0007-CO, interpuesto por GERARDO RODRIGO MORALES VALVERDE, cédula de identidad 0103540095, a favor de ALEXA JENGICH BUCK, CECILIA JENGICH BUCK Y ERICKA JENGICH BUCK, contra EL TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO.
Resultando:
1.- .- Redacta el Magistrado Salazar Alvarado; y,
Considerando:
I.- .
Fernando Castillo V.
Luis Fdo. Salazar A.
Jorge Araya G.
Anamari Garro V.
Ana María Picado B.
Jorge Isaac Solano A.
Alexandra Alvarado P.
Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- *V47QDIHPM63G61*
Document not found. Documento no encontrado.