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Res. 14966-2021 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 02/07/2021

Urgent Construction of a School with a Healthy EnvironmentConstrucción urgente de escuela con ambiente sano

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OutcomeResultado

GrantedCon lugar

The Chamber ordered the Education and Health Ministries to coordinate and build, within eighteen months, a new school that guarantees students a healthy and suitable environment in which to exercise their right to education.La Sala ordenó al MEP y al Ministerio de Salud coordinar y construir en dieciocho meses una nueva escuela que garantice a los estudiantes un ambiente sano y adecuado para ejercer su derecho a la educación.

SummaryResumen

The Constitutional Chamber granted the amparo proceeding because of the physical and sanitary conditions at Las Juntas de Pacuar School and the prolonged failure to build its new facilities. It found overcrowding, increasing deterioration, inadequate ventilation and lighting, and only one exit route for classrooms, offices, and the cafeteria located on an upper level. Although a health order issued in 2016 required a plan to relocate and rebuild the school, the project remained unfinished because of insufficient diligence and coordination between the Ministry of Public Education and the Ministry of Health. The Chamber held that these omissions violated the students’ rights to education and to a healthy environment. It ordered the responsible authorities to coordinate across institutions and construct a new school within eighteen months, ensuring healthy and suitable facilities. The State was also ordered to pay costs and compensation for the harm caused, with the amount to be determined during enforcement proceedings before the administrative litigation jurisdiction.La Sala Constitucional declaró con lugar el amparo presentado por las condiciones físico-sanitarias de la Escuela Las Juntas de Pacuar y la prolongada falta de construcción de sus nuevas instalaciones. Comprobó que el centro educativo padecía hacinamiento, deterioro creciente, ventilación e iluminación deficientes y una única ruta de salida para aulas, oficinas y comedor situados en un nivel superior. Aunque desde 2016 existía una orden sanitaria que exigía un plan para reubicar y construir la escuela, el proyecto permanecía inconcluso por falta de diligencia y coordinación entre el Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Salud. La Sala consideró que estas omisiones vulneraban los derechos de los estudiantes a la educación y a un ambiente sano. Ordenó a las autoridades competentes coordinar interinstitucionalmente y construir una nueva escuela en un plazo de dieciocho meses, garantizando instalaciones sanas y adecuadas. También condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios.

Key excerptExtracto clave

Based on the facts set out above, the Chamber reaches the following conclusions. Regarding the authorities of the Ministry of Public Education, this Court finds that they have openly infringed the fundamental rights of the students of Las Juntas de Pacuar School. First, the commencement of the new construction remains pending, and therefore Health Order ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 has yet to be complied with. It has been shown that, although the property is in worse condition than at the time of the first inspection, the efforts to build a new educational facility have yielded no results. Accordingly, it was established that the students are currently subjected to overcrowding, increasing deterioration of the facilities, and poor ventilation and lighting in the classrooms; moreover, the classrooms, offices, and school cafeteria located on an upper level have only one exit route, among other deficiencies. Such conditions constitute an evident violation of the rights to education and to a healthy environment, a situation that this Chamber cannot endorse and that warrants granting the proceeding against the Ministry of Public Education. With respect to the health authorities, the Chamber notes that insufficient efforts were made to ensure enforcement of the health order they issued in 2016. That order imposed the duty to submit a remedial plan for the relocation and construction of Las Juntas de Pacuar School by the Ministry of Public Education’s Directorate of Infrastructure and Educational Equipment. The Chamber considers that, had the health order been fully complied with, the students would not be enduring the deplorable physical and sanitary conditions at the school merely because of an interinstitutional coordination problem dating back six years. In light of the foregoing, the proceeding is granted, with the effects stated in the operative part of this judgment.A partir de los hechos expuestos, la Sala llega a las siguientes conclusiones. En cuanto a las autoridades del Ministerio de Educación Pública, este Tribunal establece que han lesionado abiertamente los derechos fundamentales de los estudiantes de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Por un lado, se determina que se está a la espera de inicio de las obras nuevas, por lo que continua pendiente de cumplir la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016. Se demuestra que a pesar de que el inmueble se encuentra en peores condiciones que aquellas de la primera inspección, los esfuerzos por construir un nuevo centro educativo no han dado fruto. Así las cosas, se tuvo por demostrado que los estudiantes se encuentran actualmente en condiciones de hacinamiento, hay mayor deterioro en las instalaciones, mala ventilación e iluminación en las aulas, además éstas, las oficinas y comedor escolar, que se ubican en un nivel superior solo tienen una ruta de salida, entre otras falencias. Tales condiciones constituyen una violación evidente del derecho a la educación y a un ambiente sano, situación que no puede ser avalada por esta Sala y que llevan a que se declare con lugar el recurso en contra del Ministerio de Educación Pública. En lo que respecta a las autoridades de salud, la Sala nota que no se efectuaron esfuerzos suficientes por velar por la ejecución de la orden sanitaria que ellas emitieron desde 2016. Nuevamente, dicha orden prescribió el deber de presentar un plan remedial de reubicación y construcción del centro educativo Las Juntas de Pacuar por parte de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública. La Sala estima que, de haberse cumplido a cabalidad dicha orden sanitaria, los estudiantes no padecerían las deplorables condiciones físico-sanitarias en las que se encuentra el centro, únicamente por un problema de coordinación interinstitucional, que data de seis años atrás. En virtud de lo expuesto, se declara con lugar el recurso, con los efectos que se dirán en la parte dispositiva de esta Sentencia.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Pero también he dejado hecha la salvedad de que la puesta en peligro de derechos como la integridad física y la salud ameritan la intervención de este Tribunal."

    "I have also recognized the exception that endangering rights such as physical integrity and health warrants this Court’s intervention."

    Nota separada de la magistrada Hernández López

  • "Pero también he dejado hecha la salvedad de que la puesta en peligro de derechos como la integridad física y la salud ameritan la intervención de este Tribunal."

    Nota separada de la magistrada Hernández López

  • "Sin embargo, cuando de aquella conducta administrativa (omisiva o no) se derive alguna violación a otros derechos fundamentales tutelados en esta jurisdicción constitucional, o se afecten grupos considerados vulnerables, sí entro a conocer el fondo del asunto, por constituir esta situación una excepción a mi posición en esta materia."

    "However, when that administrative conduct, whether an omission or otherwise, results in a violation of other fundamental rights protected by this constitutional jurisdiction, or affects groups considered vulnerable, I do examine the merits because that situation constitutes an exception to my position on this matter."

    Nota del magistrado Salazar Alvarado

  • "Sin embargo, cuando de aquella conducta administrativa (omisiva o no) se derive alguna violación a otros derechos fundamentales tutelados en esta jurisdicción constitucional, o se afecten grupos considerados vulnerables, sí entro a conocer el fondo del asunto, por constituir esta situación una excepción a mi posición en esta materia."

    Nota del magistrado Salazar Alvarado

  • "Se declara con lugar el recurso."

    "The proceeding is granted."

    Por tanto

  • "Se declara con lugar el recurso."

    Por tanto

  • "Dicho inmueble deberá garantizar un ambiente sano y adecuado para el ejercicio de derecho a la educación de los estudiantes de ese centro educativo."

    "The building must guarantee a healthy and suitable environment for the students of that educational institution to exercise their right to education."

    Por tanto

  • "Dicho inmueble deberá garantizar un ambiente sano y adecuado para el ejercicio de derecho a la educación de los estudiantes de ese centro educativo."

    Por tanto

Full documentDocumento completo

Sections

Procedural marks

Decision No. 2021014966 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, at nine fifteen a.m. on July 2, 2021.

Petition for constitutional relief (recurso de amparo) being processed under case number 21-008991-0007-CO, filed by JOSÉ PABLO MURILLO MURILLO, identity card CED02, against the MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA and the MINISTERIO DE SALUD.

BACKGROUND:

  1. 1In a written submission filed with the Office of the Clerk of this Chamber at 08:15 on May 11, 2021, the petitioner filed a petition for constitutional relief against the Ministerio de Educación Pública, stating, in summary, that he is the President of the Junta de Educación of Escuela Las Juntas de Pacuar. He states that construction of the educational facility has been under consideration since 2010, but has not materialized. He explains that a donation of more than one hectare has already been obtained for its relocation, with public utilities available, as required by the Director de Infraestructura y Equipamiento Educativo. He adds that the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados and the Instituto Costarricense de Electricidad have expressed their displeasure to the Junta because the water and electricity service lines were built many years ago and the school has not been relocated.He states that on May 09, 2016, the Ministerio de Salud issued health order (orden sanitaria) N° ARSPZERS-OS-109-2016, which provided: “Submit to this Ministry an action plan, together with the corresponding schedule, containing the measures intended to bring the project for the construction of new educational facilities to fruition, to which a copy of the cadastral plan (plano catastrado) of the land on which the facilities would be installed or the work performed must be attached.” He adds that on June 02, 2016, the Junta notified the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo of that health order, and on June 06, 2016, an official letter was sent to the Office of the Administrative Vice Minister of the Ministerio de Educación Pública. He alleges that, although the Ministerio de Salud has conducted follow-up visits, the action plan required to provide the educational facility with the necessary infrastructure has not been implemented.He maintains that official letter N° OFELIP-46-2019 was sent, but no significant progress has been made with the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo. He asserts that, for more than a year, the Junta de Educación has had more than 795.000.000 colones available in the Caja Única del Estado; however, those funds have not been used, even though the conditions at Escuela Las Juntas de Pacuar endanger the minors who attend every day, as well as their rights to a healthy and ecologically balanced environment and to education. In view of the foregoing, he applies to the Chamber for the protection of the fundamental rights of the protected parties and requests that the petition be granted.
  2. 2By decision issued at 12:52 on May 11, 2021, the present petition for constitutional relief was admitted for processing, and a report was requested from the Minister, the Director de Infraestructura y Equipamiento Educativo, and the Director of Escuela Las Juntas de Pacuar de Pérez Zeledón, all of the Ministerio de Educación Pública, as well as from the Director Regional de la Rectoría de Salud Brunca and the Director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, both of the Ministerio de Salud.
  3. 3Catalina Salas Hernández, in her capacity as Directora de la Dirección de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Pública, reports under oath and states, in summary, that this office has handled matters concerning the educational facility in question since 2013; measures have been actively undertaken to construct a new educational facility meeting the conditions required by both the Ministerio de Educación and the Ministerio de Salud, with each stage pertaining to a process of this nature being completed. The schedule for those stages was reported; a diagnostic technical report was prepared, providing for major maintenance and new construction at an initial cost of ₡42,539,397.40; the information required for the transfer and request of funds for professional services was compiled; the funds and the preliminary design (anteproyecto) submitted by the outside professional were approved; in March 2015, the professional submitted the construction plans for review; subsequently, the educational facility received the donation of a new parcel of land with better topographical conditions than the previous site, for which reason the project was reformulated; from September 2015 through 2016, several health orders were issued and addressed; an action plan was prepared to bring the project to fruition, together with a waste-management plan; in October 2016, the new preliminary design prepared by the professional in charge was approved, and authorization was requested to begin preparing construction plans for a new two-story prototype building, together with a schedule of project activities and a new diagnostic report; funds were requested for professional fees, for a total cost of ₡532 359 620,28; the new amount and the project plans were approved; in August 2018, funds were requested for the new construction and were approved; in July 2019, the matter was transferred to the Departamento de Gestión de Proyectos Específicos for referral to the construction-procurement process; in 2019, it was transferred to the Departamento de Contrataciones to contract for the work; the case file was returned pending receipt of the full corresponding funding; on March 20, 2020, the case file was transferred to the construction-procurement process for a second time; on May 14, 2020, the corrections requested by the Technical Area of the Departamento de Contrataciones were submitted; on June 25, 2020, the physical documentation requested by the Coordinator of that Department was submitted; the process was taken over by the Staff Legal of the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, which, through official letter DVM-A-DIE-SL-0207-2021, dated April 21, 2021, notified the Junta and requested that it adopt a resolution seeking authorization for competitive direct procurement (contratación directa concursada) (Article 145 of the Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa); a conversation was held between the Staff Legal professional and the current Director of the educational facility, who stated that the newly elected Junta de Educación is currently undergoing the formalization process before the Dirección Regional; and the response requested in the aforementioned official letter is awaited so that the process may continue. She requests that the petition be denied.
  4. 4Grettel Pérez Arias, in her capacity as Principal of Escuela Las Juntas, reports under oath and states, in summary, that she began working at Escuela Las Juntas de Pacuar on 8 de febrero de 2021. She indicates that, on 13 de julio de 2013, the Directorate of Educational Infrastructure of the Ministry of Public Education submitted the diagnostic report on physical-space needs, signed by Engineer Victoria Salazar Romero. On 18 de setiembre del 2013, MSc. Giovanni Bonilla Cascante, Principal of Escuela Las Juntas de Pacuar, and José Pablo Murillo Murillo, President of the Board of Education, submitted the F1 request for physical infrastructure for educational centers. On 06 de diciembre de 2013, Engineer Daniel Calderón Mata of the Expedited Procedures Unit sent an official letter to the Board of Education of Escuela Las Juntas de Pacuar, reporting on the project for the construction of a retaining wall, construction of a space for storing computer equipment, demolition of an entire space, adaptation of administrative space, construction of ramps, fencing with a masonry base, and an 84m2 preschool classroom.On miércoles 22 de enero del 2014, MSc. Giovanni Bonilla Cascante, Principal of Escuela Las Juntas de Pacuar, sent official letter ELJP 001-2014, addressed to Carlos Villalobos Arguello, Director of the DIEE, and Marcela Centeno Leal, Director of the Expedited Procedures Department of the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment, requesting an urgent meeting for initial coordination with the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment regarding expedited procedures. On 16 de abril de 2014, Julio Jiménez Jiménez submitted a pro forma invoice containing a quotation for contour lines and the location of existing buildings on a 3000 m2 lot in Las Juntas de Pacuar, Daniel Flores. According to the meeting or visit report logbook, on 22 de abril de 2014, MSc. Giovanni Bonilla Cascante, Principal of Escuela Las Juntas de Pacuar, and Daniel Calderón Mata received guidance on hiring the professional.According to an undated meeting or visit report logbook, MSc. Giovanni Bonilla Cascante, Principal of Escuela Las Juntas de Pacuar, José Pablo Murillo Murillo, President of the Board of Education, Daniel Calderón Mata, and Julio Jiménez Jiménez met with professionals from the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment to review the preliminary design (anteproyecto). They discussed the possibility of speaking with the FOD regarding the Computer Laboratory, and addressed the failure to include the contour lines. Minutes Nº 291, dated jueves 24 de abril de 2014, were submitted, containing a resolution to open a competitive procedure for the procurement of professional consulting services for the classrooms to be built at the School by the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment. On 25 de abril de 2014, Anexo 1, “Terms of Reference for the Procurement of Professional Services for the Preparation of Construction Drawings, Technical Specifications, and a Budget for the Development of Infrastructure Works,” was submitted.On 25 de abril de 2014, the Board of Education of Escuela Las Juntas de Pacuar opened consulting-services procurement procedure 01-2014; in minutes N° 292, dated martes 29 de abril de 2014, the bidding process was closed and the bids received were opened. In addition, it was resolved to award the contract to the consortium of Fernando Hernández Astorga and Julio Jiménez Jiménez. On 29 de abril, a bid was received from the consortium of Fernando Hernández Astorga and Julio Elías Jiménez Jiménez. The purpose of the construction contract was: “Site designs, preparation of construction drawings and a budget by construction activity or module, and advice to the Board in preparing supplementary technical studies, conducting the bidding and award process, and providing Technical Management of the Works.” In minutes Nº 293, dated lunes 05 de mayo de 2014, the award for the procurement of professional consulting services for the works to be performed at Escuela Las Juntas de Pacuar became final.Engineers Julio Jiménez Jiménez and Fernando Hernández Astorga submitted the technical report on the overall condition of Escuela Las Juntas de Pacuar. Undated meeting or visit report logbook, with the attendance of Julio Jiménez Jiménez, Fernando Hernández Astorga, and Daniel Calderón Mata. The purpose of the activity was to review the preliminary design. Undated document concerning a quotation for the topographic survey (levantamiento topográfico) at Escuela Las Juntas de Pacuar. On 24 de noviembre de 2014, Engineer Tatiana Sibaja reviewed the drawings. On 17 de abril de 2015, Engineer Tatiana Sibaja reviewed the drawings. Email dated 21 de abril de 2015, addressed to Engineer Tatiana Sánchez Ureña and Mauricio Mora, concerning corrections to the drawings for Escuela Las Juntas de Pacuar. That document was sent by Julio Jiménez Jiménez. On 28 de abril de 2015, Giovanni Bonilla Cascante, Principal of Escuela Las Juntas de Pacuar, and Pablo Murillo Murillo, President of the Board of Education, requested that the DIEE inspect a new parcel of land for purchase or donation.On 07 de julio de 2015, Engineer Tatiana Sibaja supervised the Escuela Las Juntas de Pacuar construction project. On 31 de julio de 2015, Julio Jiménez Jiménez emailed Daniel Calderón Mata, Raquel Piedra Abarca, Giovanni Bonilla, Rigoberto Villalobos González, and the email address ...01. The proposal for relocating Escuela las Juntas de Pacuar. Drawings of the proposed lot for relocating Escuela las junta de Pacuar. Technical justification report concerning the relocation of Escuela Las Juntas de Pacuar, signed by Julio Jiménez Jiménez. On martes 18 de agosto de 2015, MSc. Giovanni Bonilla Cascante, Principal of Escuela Las Juntas de Pacuar; Pablo Murillo Murillo, President of the Board of Education; and Engineer Julio Jiménez Jiménez submitted official letter ELJP 034-2015, addressed to the Land Department of the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment, for the attention of Rigoberto Villalobos González.Subject: Technical justification for the relocation of Escuela Las Juntas de Pacuar. On 11 de setiembre de 2015, Nombre01 emailed Don Julio Jiménez Jiménez, informing him about the draft donation letter and the corporate minutes in which it was resolved to make the donation and grant a most-special power of attorney (poder especialísimo) to Nombre01 to execute the donation deed. On 14 de setiembre de 2015, Julio Jiménez Jiménez emailed Nombre01 to ask about the cadastral registration process for the lot survey plan. On the same date, Nombre01 replied that the lot survey plan was being processed; Julio Jiménez Jiménez likewise replied to Don Nombre01, asking him to provide notice when the lot survey plan was ready so that the case file (expediente) to be sent to the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment could be assembled. A Literal Certification of the Land for Construction was attached, and emails were sent requesting information on the steps to register a 10149 m2 property that the Board of Education of Escuela de Las Juntas de Pacuar was to receive as a donation from Nombre01.On 10 de noviembre de 2015, an official letter was sent to Walter Muñoz Caravaca at the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment, informing him about the relocation of Escuela Las Juntas de Pacuar. Request to the Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica for an exemption from professional fees. On 25 de abril de 2016, certification of the legal personality of the Board of Education of Escuela Las Juntas de Pacuar was submitted. On 02 de mayo de 2016, the works budget was submitted. On 02 de mayo, Ligia Cordero Segura, accountant, issued a certificate of funds. On 02 de mayo de 2016, a total donation of professional fees for the Escuela Las Juntas de Pacuar construction project was submitted to the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment. Giovanni Bonilla Cascante, Principal of Escuela Las Juntas de Pacuar, and José Pablo Murillo Murillo, President of the Board of Education of Escuela Las Juntas de Pacuar, submitted the F1 Form, Request for the Construction and Maintenance of Infrastructure at Public Educational Centers.On 09 de mayo de 2016, the Ministry of Health issued health order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016. On 01 de junio de 2016, official letter ELJP 035-2016 was sent to Walter Muñoz Caravaca, enclosing the action plan for responding to and complying with the requirements established by the Ministry of Health. On 29 de junio de 2016, the meeting or visit report logbook concerning the assessment of the Educational Center was prepared. On 07 de setiembre de 2016, the Ministry of Health followed up on health order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016. On 03 de noviembre de 2016, the construction drawings and reference budget were reviewed. On 03 de enero de 2017, the Instituto de Acueductos y Alcantarillados issued a report on water availability for the construction of the new educational center of Las Juntas de Pacuar. On 16 de marzo de 2017, the Municipalidad de Pérez Zeledón certified the land use (uso de suelo).On 27 de marzo de 2017, documentation of legal personality was attached. On 08 de abril del 2017, the works budget for Escuela Las Juntas de Pacuar was submitted. Reference is made to Nombre02, Projects Department, Expedited Procedures Unit. On 22 de junio, the Instituto de Acueductos y Alcantarillados issued a certificate of water capacity. On 19 de diciembre de 2017, the Municipalidad de Pérez Zeledón stated that it would accept the construction debris from the construction of Escuela Las Juntas de Pacuar. On 28 de junio de 2018, the Ministry of Environment and Energy issued resolution N° 1268-2018-SETENA. On 18 de diciembre de 2018, the document containing observations regarding the two-story building module, emergency staircase, disabled-access ramp, DIEE 2016, was submitted. On 26 de julio de 2019, a certificate of funds was issued for an amount of 747,120,297 millones de colones. On 29 de julio de 2019, official letter OF.ELJP.42-2019 was issued.A certification of funds was issued. On 28 de agosto de 2019, an official letter was issued to process the permit before the Construction Department. The case file contains a large number of emails sent primarily to officials of the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment. She requests that the appeal (recurso) be dismissed.
  5. 5Guiselle Cruz Maduro, in her capacity as Minister of Public Education, reports under oath to the same effect as the report submitted by Catalina Salas Hernández, Director of the Directorate of Educational Infrastructure and Equipment.
  6. 6Christian Valverde Alpízar and Gustavo Rodríguez Herrera, respectively Director of the Dirección Regional de Rectoría de la Salud Brunca and Director of the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, both of the Ministerio de Salud, report under oath and state, in summary, that through report BRU-ARS-PZ-EMS-07-2015 dated 05 de marzo del 2015, Ms. Marcela Rodríguez Monge, who is responsible for Promoción de la Salud, indicates that the Comisión de Salud Escolar y Nutrición requests coordination of a schedule of regulatory inspections (visitas de Regulación) at educational institutions. During an inspection conducted by Francisco Camacho Ureña, a health regulation technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, on 01 de setiembre del 2015, as recorded in report ARSPZ-ERS-2153-2015 of 10 de setiembre del 2015, he requested that the Regional Level arrange, through the civil engineer, for an inspection of the Escuela Las Juntas de Pacuar educational facility in order to determine whether any structural improvements or works were required.In official letter BRU-URS-RS-178-2015, dated 08 de octubre del 2015, engineer Marvin Salamanca Cordero states that, during an inspection conducted jointly with technician Juan Carlos Elizondo on 07 de octubre del 2015, a registered survey plan (plano catastrado) showing where the new school facilities would be located and a construction schedule (cronograma de ejecución de obras) were requested, because the current facilities were severely deteriorated, overcrowding existed, and the topography of the property would not permit future expansion of the facilities. By official letter ARSPZ-ERS-2689-2015 of 09 de noviembre del 2015, as part of the follow-up to the case, Francisco Camacho Ureña reported that a number of conditions required improvement and requested that the persons responsible for the educational institution submit the corresponding action plan (plan de acciones) and schedule, setting out the improvements and actions, all aimed at completing the referenced project on new land, together with a copy of the registered survey plan for the property on which the facilities or works would be constructed.In official letter ARSPZ-ERS-01025-2016 of 09 de mayo del 2016, technician Francisco Camacho Ureña indicated that the conditions described in report ARSPZ-ERS-2153-2015 persisted; that the facilities had deteriorated further; that the classrooms had poor ventilation and lighting; and that the classrooms, offices, and school cafeteria located on an upper level had only one exit route. Accordingly, through Sanitary Order (Orden Sanitaria) N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, the School Director, Mr. Giovanni Bonilla Cascante, and the President of the Junta de Educación, Mr. José Pablo Murillo Murillo, both of that educational institution, were ordered to do the following within three months: “1. Submit to this Ministry an action plan, with the corresponding schedule, setting forth the actions intended to bring about the construction project for new educational facilities, together with a copy of the registered survey plan for the land on which the facilities or works would be constructed. 2.Until adequate facilities are available, the persons responsible for the current educational institution must have prepared and implemented therein the following: I. Emergency response and prevention plan (Plan de atención y prevención de emergencias). ll. Waste management program (Programa de manejo de residuos).” (sic) By official letter number 188-2016, dated 05 de agosto del 2016, signed by Engineer Julio Elías Jiménez Jiménez, the President of the Junta de educación of the Escuela, Pablo Murillo Murillo, and the Director of the educational institution, Giovanni Bonilla Cascante, official letters 179-2016 and 187- 2016 were forwarded. Official letter 187-2016 dated 05 de agosto del 2016 states that the action plan for completing construction of the new educational institution was in the hands of the authorities of the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo and that the plan had to be resolved by that authority; report 179-2016 dated 02 de agosto del 2016 submitted an emergency response plan and a waste management plan.As part of the follow-up regarding compliance with Sanitary Order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-201, Francisco Camacho Ureña, a technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, stated in report ARSPZ-ERS-02193-2016, dated 07 de setiembre del 2016, that the documents required by the Sanitary Order had been prepared, except for the improvement plan and compliance schedule, and that the persons responsible for the educational institution were required to provide notice when the works established by the DIEE began. The emergency and waste management plans were to be implemented. Through official letter DIEE-DGPE-1193-2016 dated 21 de octubre del 2016, the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo reported that the project was at the stage of preparing construction plans and the works budget. As part of the follow-up regarding compliance with Sanitary Order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-201, Francisco Camacho Ureña, a technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, stated in report ARSPZ-ERS-02892-2016, dated 21 de diciembre del 2016, that use of the facilities should continue to be permitted provided that all conditions set forth in Sanitary Order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 were implemented, namely: the emergency response plan, including emergency response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program.On 30 de marzo del 2017, another follow-up visit was conducted; Francisco Camacho Ureña stated in report ARSPZ-ERS-0637-2017 that use of the facilities should continue to be permitted provided that all conditions set forth in Sanitary Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 were implemented, namely: the emergency response plan, including emergency response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program, and he recommended renewing the educational institution’s sanitary operating permit (permiso sanitario de funcionamiento). By resolution ARSPZ-RS-0638-2017 dated 07 de abril del 2017, the application to renew the sanitary operating permit was approved, and permit N° RB-ARS-PZ-283-2017 was issued in the name of the Junta Educación Escuela de las Juntas de Pacuar Pérez Zeledón, legal entity identification number CED01, for a period of 5 years. On 07 de diciembre del 2017, Francisco Camacho Ureña, a technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, conducted a follow-up visit regarding compliance with Sanitary Order ARS-PZ-ERZOS-0109-2016 and stated in report ARSPZ-ERS-2384-2017 that the plans for project number 800389 were already in the APC of CFIACR, that they had been verified for more than 2000 square meters, and that environmental feasibility (viabilidad ambiental) was being processed; accordingly, use of the facilities continued to be permitted provided that all conditions set forth in Sanitary Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 were implemented, namely: the emergency response plan, including emergency response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program.By resolution N° 1268-2018 SETENA dated 28 de junio del 2018, environmental feasibility (License) was granted, thereby commencing the Environmental Management (Gestión Ambiental) stage. During a follow-up visit regarding compliance with Sanitary Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016, conducted on 21 de agosto del 2018 by Francisco Camacho Ureña, a technician with the Área Rectora de la Salud de Pérez Zeledón, he stated in report ARSPZ-ERS-1938-2018 that the commencement of the new works was still pending; he decided that use of the facilities should continue to be permitted provided that all conditions set forth in Sanitary Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 were implemented, namely: the emergency response plan, including emergency response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program, and that follow-up on the case should be scheduled in one year. On 08 de mayo del 2019, another follow-up visit was conducted.Environmental Manager Leonardo Solís Varela stated in report ARS-PZ-ERS-972-2019 that the entire corresponding process had been completed, but the funds for construction had not been disbursed and they were still waiting; with respect to the solid-waste management plan and emergency response plan, their implementation and the updating of the documents were confirmed, and he indicated that the technical rule (regla técnica) applied to the case. Because, as of that date, the order had not been complied with and the establishment was public, the Dirección de Área Rectora de Salud proceeded to apply the Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados and, as stated in report ARS-PZ-ERS-1109-2019, application of the Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados resulted in a determination that closure should not proceed.On 27 de mayo del 2019, Dr. Gustavo Rodríguez Herrera, Director of the Área Rectora de Pérez Zeledón, sent the case file to the Dirección Regional de la Salud Brunca through official letter MS-DRRDBRU-ARSPZ-199-2019 for analysis of the case in order to ensure compliance with the Sanitary Order and guarantee the minimum access conditions established by law. Through report BRU-URS-RS-202-2019 dated 18 de junio del 2019, engineer Marvin Salamanca Cordero applied the Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados, resulting in a determination that closure did not apply. During a follow-up visit regarding compliance with Sanitary Order N° ARS-PZERS-OS-109-2016, Francisco Camacho Ureña, a technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, stated in report MS-DRRSBRU-DARS-PZ-IT-0389-2021 that the commencement of the new works was still pending and, therefore, compliance with Sanitary Order ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 remained outstanding, and that follow-up on the case should be scheduled in one year.Reports BRU-URS-178-2015 and ARSPZ-ERS-01025-2016 identified physical and sanitary deficiencies at the Escuela Las Juntad de Pacuar, Pérez Zeledón. The reports included at folios 70 through 71 and folios 76 through 79 of the administrative case file detail the condition of the building and the risk it poses to the students. For that reason, through Sanitary Order ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, the School Director, Mr. Giovanni Bonilla Cascante, and the President of the Junta de Educación, Mr. José Pablo Murillo Murillo, both of that educational institution, were ordered to do the following within three months: “1. Submit to this Ministry an action plan, with the corresponding schedule, setting forth the actions intended to bring about the construction project for new educational facilities, together with a copy of the registered survey plan for the land on which the facilities or works would be constructed. 2.Until adequate facilities are available, the persons responsible for the current educational institution must have prepared and implemented therein the following: I. Emergency response and prevention plan. ll. Waste management program.” (sic); nevertheless, after several follow-up visits were conducted, report ARSPZ-ERS-02193-2016 dated 07 de setiembre del 2016 stated that the documents required by the Sanitary Order had been prepared, except for the improvement plan and compliance schedule, and that the persons responsible for the educational institution were required to provide notice when the works established by the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo began. The emergency and waste management plans were to be implemented.

Following several follow-up visits to verify compliance with the directives issued, it is clear that the educational center remains in noncompliance with the requirements imposed. Nevertheless, because it is an educational center, before proceeding with closure due to noncompliance, the Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados must be applied. According to report ARS-PZ-ERS-1109-2019, the objective application of the Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados results in a determination not to proceed with closure. Accordingly, the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón is responsible for continuing to follow up on the proceedings in order to verify compliance with the provisions of Health Order (Orden Sanitaria) ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016. It is clear that the Dirección de Área Rectora de Pérez Zeledón has taken all necessary actions within the scope of its authority to address the situation, ensure compliance with the Health Order, and guarantee the minimum conditions of access and safety required by law (including relocation of the school), since compliance with the schedule for the relocation and construction of the entire school, even though the budget has already been allocated, is logically not within the authority of the Ministerio de Salud.

Regarding the allegations made by petitioner José Pablo Murillo Murillo, it states that the Dirección cannot comment on whether the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados and the Instituto de Costarricense de Electricidad have expressed displeasure to the Junta, nor on whether the Junta de Educación or the Dirección has had the funds needed to carry out the construction for more than a year, because this matter does not fall within the Ministerio’s authority and no formal communication concerning it has been provided to us. Nevertheless, with respect to compliance with the directives issued by the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, as has repeatedly been noted, the educational center remains noncompliant as of this date; therefore, the conditions identified in Health Order ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 remain in place. It requests that the petition be denied.

  1. 7The legal requirements have been observed in the proceedings conducted.

Justice Salazar Alvarado writes the opinion; and,

Considering:

I. SUBJECT MATTER OF THE PETITION

The petitioner alleges that he is the President of the Junta de Educación of Escuela Las Juntas de Pacuar. He states that construction of the new educational facility has been in process since 2010, but has not materialized. He alleges that, although the Ministerio de Salud has conducted follow-up visits to ensure compliance with the health orders (órdenes sanitarias), the action plan required to complete the infrastructure needed for the educational facility has not been fulfilled, nor has greater progress been achieved with the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo of the Ministerio de Educación Pública. He asserts that, for more than one year, the Junta de Educación has had more than seven hundred ninety-five thousand (795.000.000) colones in the Caja Única del Estado; however, these funds have not been used, even though the school’s current conditions place the minors who attend every day at risk, as well as their right to a healthy and ecologically balanced environment and their right to education. Accordingly, he requests the intervention of the Chamber.

II. PROVEN FACTS

The following facts are deemed established and relevant to the resolution of this matter:

  • a)During an inspection visit conducted by the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón on 01 de setiembre del 2015, as recorded in report ARSPZ-ERS-2153-2015 dated 10 de setiembre del 2015, the regional level was asked to have a civil engineer inspect the Escuela Las Juntas de Pacuar educational facility in order to determine whether any type of structural improvement or work was required (see reports and evidence submitted).
  • b)By official letter BRU-URS-RS-178-2015, dated 08 de octubre del 2015 and signed by engineer Marvin Salamanca Cordero, it was reported that, during an inspection visit conducted jointly with technician Juan Carlos Elizondo on 07 de octubre del 2015, a cadastral plan (plano catastrado) showing where the new school facilities would be located and a construction schedule (cronograma de ejecución de obras) were requested, because the current facilities were severely deteriorated, overcrowding existed, and the property’s topography would not permit future expansion of the facilities (see reports and evidence submitted).
  • c)By official letter ARSPZ-ERS-2689-2015 dated 09 de noviembre del 2015, and as follow-up to the case, official Francisco Camacho Ureña reported that several circumstances needed to be improved and requested that the persons responsible for the educational facility submit the corresponding action plan and schedule, setting out the improvements and measures, all aimed at completing the aforementioned project on new land; a copy of the cadastral plan for the property on which the facilities or works would be constructed was also required to be attached (see reports and evidence submitted).
  • d)By official letter ARSPZ-ERS-01025-2016 dated 09 de mayo del 2016, signed by technician Francisco Camacho Ureña, it was stated that the conditions described in report ARSPZ-ERS-2153-2015 persisted and that the facilities had deteriorated further; the classrooms had poor ventilation and lighting; and the classrooms, offices, and school dining hall located on an upper level had only one exit route (see reports and evidence submitted).
  • e)By Health Order (Orden Sanitaria) N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, the School Principal, Mr. Giovanni Bonilla Cascante, and the President of the Junta de Educación, Mr. José Pablo Murillo Murillo, both of that educational facility, were ordered to do the following within three months: “1. Submit to this Ministry an action plan, with the corresponding schedule, setting out the measures intended to complete the project for construction of new educational facilities, attaching a copy of the cadastral plan for the land on which the facilities or works would be constructed. 2. Until suitable facilities are available, the persons responsible for the current educational facility must have prepared and implemented therein the following: I. Emergency response and prevention plan. ll. Waste-management program” (see reports and evidence submitted).
  • f)In official letter 187-2016 dated 05 de agosto del 2016, the educational facility’s authorities reported that the action plan for completing construction of the new educational facility was in the hands of the authorities of the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo of the Ministerio de Educación Pública and that the plan had to be decided upon by that authority (see reports and evidence submitted).
  • g)By report 179-2016 dated 02 de agosto del 2016, an emergency-response plan and a waste-management plan were submitted (see reports and evidence submitted).
  • h)As follow-up to compliance with Health Order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, Francisco Camacho Ureña, technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, stated in report ARSPZ-ERS-02193-2016 dated 07 de setiembre del 2016 that the documents required by the health order were deemed to have been prepared, except for the improvement plan and compliance schedule; the persons responsible for the educational facility were required to provide notice when they began the works established by the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo. The emergency and waste-management plans were to be implemented (see reports and evidence submitted).
  • i)By official letter DIEE-DGPE-1193-2016 dated 21 de octubre del 2016, the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo reported that the project was at the stage of preparing construction plans and a budget for the works (see reports and evidence submitted).
  • j)As follow-up to compliance with Health Order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, Francisco Camacho Ureña, technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, stated in report ARSPZ-ERS-02892-2016 dated 21 de diciembre del 2016 that use of the facilities should continue to be permitted provided that all the requirements specified in the Health Order were implemented, namely: the emergency-response plan, including emergency-response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program (see reports and evidence submitted).
  • k)On 30 de marzo del 2017, a new follow-up visit was conducted. As official Francisco Camacho Ureña stated in report ARSPZ-ERS-0637-2017, use of the facilities should continue to be permitted provided that all the requirements specified in Health Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 were implemented, namely: the emergency-response plan, including emergency-response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program. He recommended granting renewal of the educational facility’s sanitary operating permit (permiso sanitario de funcionamiento) (see reports and evidence submitted).
  • l)By resolution ARSPZ-RS-0638-2017 dated 07 de abril del 2017, the application to renew the sanitary operating permit was approved, and permit N° RB-ARS-PZ-283-2017 was granted to the Junta Educación Escuela de las Juntas de Pacuar Pérez Zeledón, legal-entity identification number CED01, for a five-year period (see reports and evidence submitted).
  • m)On 07 de diciembre del 2017, Francisco Camacho Ureña, technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, conducted a follow-up visit regarding compliance with Health Order ARS-PZ-ERZOS-0109-2016 and stated in report ARSPZ-ERS-2384-2017 that the plans for project number 800389 were already in the APC of the Colegio de Ingenieros y Arquitectos and had been verified as covering more than two thousand (2000) square meters, and that environmental feasibility (viabilidad ambiental) was being processed. Accordingly, use of the facilities continued to be permitted provided that all the requirements specified in Health Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 were implemented, namely: the emergency-response plan, including emergency-response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program (see reports and evidence submitted).
  • n)By resolution N° 1268-2018 SETENA dated 28 de junio del 2018, environmental feasibility was granted, thereby opening the Environmental Management (Gestión Ambiental) stage (see reports and evidence submitted).
  • o)During a follow-up visit regarding compliance with Health Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016, conducted on 21 de agosto del 2018 by Francisco Camacho Ureña, technician with the Área Rectora de la Salud de Pérez Zeledón, he stated in report ARSPZ-ERS-1938-2018 that commencement of the new works was pending. He decided to continue permitting use of the facilities provided that all the requirements specified in Health Order ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 were implemented, namely: the emergency-response plan, including emergency-response and prevention procedures for each of its stages, and a solid-waste management program, and to schedule follow-up on the case in one year (see reports and evidence submitted).
  • p)On 08 de mayo del 2019, another follow-up visit was conducted. As Environmental Manager Leonardo Solís Varela stated in report ARS-PZ-ERS-972-2019, the entire corresponding process had been completed, but the funds for construction had not been disbursed and they were awaiting them. Implementation of the solid-waste management plan and emergency-response plan was confirmed, as was the updating of the documents, and he stated that the technical rule (regla técnica) was applicable to the case. Because the order remained unfulfilled as of that date and the establishment was public, the Dirección de Área Rectora de Salud proceeded to apply the Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados and, as stated in report ARS-PZ-ERS-1109-2019, the resulting determination was not to proceed with closure (see reports and evidence submitted).
  • q)On 27 de mayo del 2019, Dr. Gustavo Rodríguez Herrera, Director of the Área Rectora de Pérez Zeledón, sent the case file (expediente) to the Dirección Regional de la Salud Brunca through official letter MS-DRRDBRU-ARSPZ-199-2019 for analysis of the case, in order to ensure compliance with the health order and guarantee the minimum access conditions established by law (see reports and evidence submitted).
  • r)By report BRU-URS-RS-202-2019 dated 18 de junio del 2019, signed by engineer Marvin Salamanca Cordero, the Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados was applied, resulting in a determination that closure was not warranted (see reports and evidence submitted).
  • s)During a follow-up visit regarding compliance with Health Order N° ARS-PZERS-OS-109-2016, conducted by Francisco Camacho Ureña, technician with the Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, he stated in report MS-DRRSBRU-DARS-PZ-IT-0389-2021 that commencement of the new works was pending and, consequently, compliance with Health Order ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 remained outstanding; follow-up on the case was scheduled for one year later (see reports and evidence submitted).
  • t)In octubre del 2016, the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo approved the new preliminary design (anteproyecto) prepared by the professional in charge, and requested that work begin on the construction plans and construction of a new prototype two-story building, as well as on a schedule of project activities, together with a new diagnostic report and the request for professional-fee funding at a total cost of ₡532 359 620,28; the new amount and the project plans were approved (see reports and evidence submitted).
  • u)In August 2018, resources were requested for the construction of a new facility and were approved (see reports and evidence submitted).
  • v)In July 2019, the matter was transferred to the Departamento de Gestión de Proyectos Específicos for referral to the works contracting process (see reports and evidence submitted).
  • w)In 2019, the matter was transferred to the Departamento de Contrataciones to contract for the works; the case file was returned pending receipt of the full amount of the corresponding funds (see reports and evidence submitted).
  • x)On 20 de marzo del 2020, the case file was transferred a second time for the works contracting process (see reports and evidence submitted).
  • y)On 14 de mayo del 2020, the corrections requested by the Technical Area of the Departamento de Contrataciones were submitted (see reports and evidence submitted).
  • z)On 25 de junio del 2020, the physical documentation requested by the Coordinator of that Department was submitted, and the process was taken over by the Legal Staff of the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (see reports and evidence submitted).

aa) By official letter DVM-A-DIE-SL-0207-2021, dated 21 de abril del 2021, the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo notified the Junta and requested that it adopt a resolution seeking authorization for competitive direct contracting (contratación directa concursada), pursuant to Article 145 of the Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (see reports and evidence submitted).

bb) A conversation was held between the legal professional on the Legal Team of the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo and the current Principal of the school, who stated that the newly elected Junta de Educación is currently undergoing formalization before the Dirección Regional. The action requested in official letter DVM-A-DIE-SL-0207-2021 is pending so that the process may continue (see reports and evidence submitted).

III. ON THE RIGHT TO ENJOY A HEALTHY AND ECOLOGICALLY BALANCED ENVIRONMENT IN SCHOOLS

This Chamber, in Judgment N° 2019-3032 issued at 9:45 hours on 22 de febrero de 2019, stated as follows:

“III.- On the right to enjoy a healthy and ecologically balanced environment in schools—The right to health recognized in Articles 21 of the Constitución Política, 1 and 11 of the Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, 4 of the Convención Americana sobre Derechos Humanos, and 10 of the Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos is closely linked to the right to live in a healthy and balanced environment, enshrined in Article 50 of the Constitution. Environmental quality is a fundamental parameter of quality of life, as are health, food, work, housing, and education, among others. Consequently, the State has an obligation to ensure adequate protection of the environment, for which purpose it must take the necessary measures to keep the environment free from pollution and to ensure that alterations caused by either human beings or nature, in the immediate or broader surroundings, do not harm the environment or the health of those who live there.

This right is particularly recognized when it is associated with other fundamental rights, such as the right to education. The latter is a fundamental right embodied in the public service provided by the State at the country’s various schools. Therefore, the very least the State must do when providing this public service is to avoid infringing other fundamental rights, such as the right to health and to a healthy environment, of both the students and the school’s teaching and administrative staff.”

IV. ON THE SPECIFIC CASE

In the case under review, the petitioner alleges that the construction of the new Escuela Las Juntas de Pacuar has been under processing since 2010 but has not materialized. He alleges that, although the Ministerio de Salud has conducted follow-up visits to verify compliance with the health orders (órdenes sanitarias) issued, the action plan necessary to deliver the infrastructure required by the school has not been implemented, nor has any significant progress been made with the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo of the Ministerio de Educación Pública. He contends that, for more than a year, the Junta de Educación has had more than seven hundred ninety-five thousand colones (795.000.000) in the Caja Única del Estado; however, those funds have not been used, even though the school’s current conditions endanger the minors who attend every day, as well as their rights to a healthy and balanced environment and to education.

After reviewing the record, the Chamber deemed it proven that the authorities of the Dirección Regional de Rectoría de la Salud Brunca of the Ministerio de Salud, by official letter BRU-URS-RS-178-2015, dated 08 de octubre del 2015, stated that an inspection conducted on 07 de octubre del 2015 had determined that the current facilities were severely deteriorated and overcrowded and that the property’s topography would not permit future expansion of the facilities. Subsequently, by official letter ARSPZ-ERS-01025-2016 of 09 de mayo del 2016, it was determined, based on a new inspection, that the facilities had deteriorated further and that the classrooms had poor ventilation and lighting; moreover, the classrooms, offices, and school cafeteria located on an upper level had only one exit route. Accordingly, Health Order N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 directed the Principal of the school, Mr. Giovanni Bonilla Cascante, and the President of the Junta de Educación, Mr.

José Pablo Murillo Murillo, both of that school, to do the following within three months: “1. Submit to this Ministry an action plan, with the corresponding schedule, setting forth the actions aimed at completing the project to construct new educational facilities, together with a copy of the registered survey plan (plano catastrado) of the land on which the facilities would be installed or the works carried out. 2. Until adequate facilities are available, those responsible for the current school must have prepared and implemented the following at the school: I. Emergency response and prevention plan. ll. Waste-management program.” Based on the facts set forth above, the Chamber reaches the following conclusions. Regarding the authorities of the Ministerio de Educación Pública, this Court finds that they have openly violated the fundamental rights of the students of Escuela Las Juntas de Pacuar.

First, it has been established that commencement of the new construction remains pending and, therefore, Health Order ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 has yet to be complied with. It has been shown that, although the property is in worse condition than at the time of the first inspection, efforts to construct a new school have borne no fruit. Accordingly, it was deemed proven that the students are currently in overcrowded conditions, that the facilities have deteriorated further, and that the classrooms have poor ventilation and lighting; moreover, the classrooms, offices, and school cafeteria located on an upper level have only one exit route, among other deficiencies. Such conditions constitute a clear violation of the right to education and to a healthy environment, a situation that this Chamber cannot endorse and that warrants granting the petition against the Ministerio de Educación Pública.

Regarding the health authorities, the Chamber notes that they failed to make sufficient efforts to ensure enforcement of the health order they issued in 2016. Again, that order imposed an obligation on the Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo of the Ministerio de Educación Pública to submit a remedial plan for the relocation and construction of the Escuela Las Juntas de Pacuar. The Chamber considers that, had that health order been fully complied with, the students would not be enduring the deplorable physical and sanitary conditions in which the school finds itself solely because of an interinstitutional coordination problem dating back six years. In light of the foregoing, the petition is granted, with the effects to be stated in the operative portion of this Judgment.

V. SEPARATE OPINION OF JUSTICE HERNÁNDEZ LÓPEZ

As a general rule, I maintain that claims concerning omissions related to infrastructure matters can and should be addressed by the competent administrative and oversight bodies, as well as by the ordinary courts.—However, I have also made the qualification that endangerment of rights such as physical integrity and health warrants the intervention of this Court.—That is the situation in this specific case, as demonstrated by the established facts, which support the conclusion that there is an imminent danger to the physical integrity or health of the persons—students, teachers, and other staff generally—who attend the Centro Educativo Las Juntas de Pacuar, and that the authorities aware of the problem have not acted with the diligence necessary to remedy this urgent situation.—For these reasons, I concur with the majority opinion.—

VI. SEPARATE OPINION OF JUSTICE SALAZAR ALVARADO

As a matter of principle, I consider that cases concerning action or inaction by the Public Administration in repairing, constructing, modifying, or demolishing any infrastructure must be dismissed because such an omission is a matter of legality whose adjudication falls within the jurisdiction of the ordinary courts, before which the interested person may litigate his or her objections more fully. However, when such administrative conduct, whether an act or omission, results in a violation of other fundamental rights protected under this constitutional jurisdiction, or affects groups regarded as vulnerable, I do examine the merits, because such a situation constitutes an exception to my position on this matter, as occurs in this case, in which the petitioner states that Escuela Las Juntas de Pacuar is in deplorable physical and sanitary condition and has been awaiting the construction of a new school since 2016 without positive results, owing to a lack of interinstitutional coordination, all of which endangers the lives and health of the minors who study at that school.

VII. DOCUMENTATION SUBMITTED TO THE CASE FILE

The parties are advised that, if they submitted any paper documents, as well as objects or evidence contained on any additional electronic, computer, magnetic, optical, or telematic device, or produced using new technologies, they must retrieve them from the Court Clerk’s Office within a maximum period of thirty business days from service of this Judgment. Otherwise, any material not retrieved within that period shall be destroyed, in accordance with the “Reglamento sobre Expediente Electrónico ante el Poder Judicial,” approved by the Corte Plena in Session N° 27-11 of 22 de agosto del 2011, Article XXVI, and published in Boletín Judicial N° 19 of 26 de enero del 2012, as well as the resolution approved by the Consejo Superior del Poder Judicial at Session N° 43-12 held on 3 de mayo del 2012, Article LXXXI.

THEREFORE:

The petition is granted. Catalina Salas Hernández, Grettel Pérez Arias, Guiselle Cruz Maduro, Christian Valverde Alpízar, and Gustavo Rodríguez Herrera, in their respective capacities as Director of Educational Infrastructure of the Ministry of Public Education, Director of Escuela Las Juntas, Minister of Education, Director of the Brunca Regional Health Governing Directorate, and Director of the Pérez Zeledón Health Governing Area, the latter two of the Ministry of Health, are ordered to issue the necessary directives, within their respective spheres of authority, to coordinate on an interinstitutional basis and construct a new school for the students of Escuela Las Juntas within EIGHTEEN MONTHS from notification of this judgment. Said property shall guarantee a healthy and suitable environment for the students of that educational institution to exercise their right to education. The foregoing is subject to the warning that, pursuant to Article 71 of the Ley de la Jurisdicción Constitucional, anyone who receives an order issued in a writ of amparo (recurso de amparo) that they must comply with or enforce, and fails to comply with or enforce it, shall be subject to imprisonment for three months to two years, or twenty to sixty day-fines, provided that the offense is not punishable by a more severe penalty.

The State is ordered to pay the legal costs, damages, and losses caused by the facts underlying this ruling, which shall be assessed during enforcement of the judgment (ejecución de sentencia) before the contentious-administrative jurisdiction. Justice Hernández López appends a note. Justice Salazar Alvarado appends a note. Let notice be served.- Fernando Castillo V.

President Paul Rueda L.

Nancy Hernández L.

Luis Fdo. Salazar A.

Jorge Araya G.

Anamari Garro V.

Ana María Picado B.

CASE FILE N° 21-008991-0007-CO Telephone numbers: Telf01/ ALA-4TA (800-7252-482). Fax: Telf02 / Telf03. Website: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional. Address: (Dirección01, Dirección02, 100 meters south of the Perpetuo Socorro church). Filing of matters involving vulnerable groups: Dirección03, San José, Distrito Catedral, Dirección04, streets 19 and 21, Dirección05

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SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas quince minutos del dos de julio de dos mil veintiuno .

Recurso de amparo que se tramita en el expediente número 21-008991-0007-CO, interpuesto por JOSÉ PABLO MURILLO MURILLO, cédula de identidad CED02, contra el MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA y el MINISTERIO DE SALUD.

RESULTANDO:

  1. 1Por escrito presentado ante la Secretaría de esta Sala a las 08:15 horas del 11 de mayo de 2021, la parte recurrente presenta recurso de amparo contra el Ministerio de Educación Pública, y manifiesta en resumen que, es el Presidente de la Junta de Educación de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Indica que desde 2010 se está tramitando la construcción del centro educativo, pero no se ha concretado. Explica que ya se obtuvo la donación de más de una hectárea para reubicarlo, con disponibilidad de los servicios públicos, tal como lo requirió el Director de Infraestructura y Equipamiento Educativo. Añade que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Instituto Costarricense de Electricidad han manifestado molestia ante la Junta, debido a que el ramal de agua y electricidad están construidos desde hace muchos años y la Escuela no se ha reubicado. Refiere que el 09 de mayo de 2016, el Ministerio de Salud emitió la orden sanitaria N° ARSPZERS-OS-109-2016, en la cual se determinó: "Aportar a este ministerio, un plan de acciones, con respectivo cronograma, conteniendo las acciones tendientes a concretar el proyecto de construcción de nuevas instalaciones educativas, debiéndose adjuntar una copia del plano catastrado del terreno en que se instalarían o realizarían las obras".Agrega que el 02 de junio de 2016, la Junta le comunicó a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo dicha orden sanitaria y el 06 de junio de 2016 se remitió oficio al despacho del viceministerio administrativo del Ministerio de Educación Pública. Alega que, si bien el Ministerio de Salud ha realizado visitas de seguimiento, no se ha cumplido con el plan de acciones necesario para concretar la infraestructura requerida para el centro educativo. Sostiene que se remitió el oficio N° OFELIP-46-2019, pero no se ha logrado mayor avance con la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo. Aduce que desde hace más de un año, la Junta de Educación dispone de más de 795.000.000 de colones en Caja Única del Estado; sin embargo, no se ha hecho uso de estos, pese a que las condiciones de la Escuela Las Juntas de Pacuar ponen en riesgo a los menores de edad que asisten todos los días, así como sus derechos a un ambiente sano y equilibrado y a la educación. Por lo expuesto, acude a la Sala en protección de los derechos fundamentales de los amparados y solicita que se declare con lugar el recurso.
  2. 2Por resolución de las 12:52 horas del 11 de mayo de 2021, se dio curso al presente recurso de amparo y se solicitó informe a la ministra, al director de Infraestructura y Equipamiento Educativo y al director de la Escuela Las Juntas de Pacuar de Pérez Zeledón, todos del Ministerio de Educación Pública; así como, al director Regional de la Rectoría de Salud Brunca y al director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, ambos del Ministerio de Salud.
  3. 3Informa bajo juramento Catalina Salas Hernández en su condición de Directora de la Dirección de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Pública, y manifiesta en resumen que esa dependencia ha atendido gestiones en atención al centro educativo en cuestión desde el año 2013, de forma activa se han emprendido acciones emprendidas para la construcción de un nuevo centro educativo acorde con las condiciones requeridas tanto por el Ministerio de Educación, como por el Ministerio de Salud y completando cada etapa atinente a un proceso de esta naturaleza, se informa el cronograma de las mismas, se elaboró un informe técnico de diagnóstico, con un mantenimiento mayor y obra nueva con un costo inicial de ₡42,539,397.40, se recopiló la información requerida para traslado y solicitud de recursos, para servicios profesionales, se aprobaron los recursos y el anteproyecto presentado por parte del profesional externo, en marzo del 2015 el profesional entregó los planos constructivos para revisión, posteriormente el centro educativo recibe la donación de un nuevo terreno, con condiciones topográficas mejores que las anteriores, por los que se reformula el proyecto, de septiembre del 2015 al 2016 se emitieron varias órdenes sanitarias, las cuales se atienden, se gestiona un plan de acción para concretar el proyecto y plan para manejo de residuos, en octubre del 2016 se aprueba el nuevo anteproyecto por parte profesional a cargo y se solicita iniciar con planos constructivos, construcción de un nuevo edificio prototipo de dos niveles y un cronograma de actividades del proyecto, con un nuevo informe de diagnóstico, la solicitud de recursos por honorarios con un costo total de ₡532 359 620,28, se aprueba el nuevo monto y planos para el proyecto, en agosto del 2018 se solicitan recursos para construcción de obra nueva y se aprueban, en el mes de julio del 2019 se traslada al Departamento de Gestión de Proyectos Específicos, para traslado a contratación de obra, en el año 2019 se traslada al Departamento de Contrataciones para contratar obra, se hace la devolución del expediente hasta tanto no se cuente con el total de fondos correspondiente, el 20 de marzo del 2020 se realiza un segundo traslado del expediente a contratación de obra, el 14 de mayo del 2020 se presentan subsanaciones solicitados por Área Técnica de Departamento de Contrataciones, el 25 de junio del 2020 se presenta documentación física solicitada por el Coordinador de dicho Departamento, el proceso es asumido por el Staff Legal de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, quienes mediante oficio DVM-A-DIE-SL-0207-2021, de fecha 21 de abril del 2021, notifican a la Junta y se les solicita la toma del acuerdo de solicitud de autorización para la contratación directa concursada (artículo 145 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa), se sostuvo conversación entre la profesional del Staff Legal y la Directora actual del centro Educativo, quien indicó que actualmente se encuentran en proceso de formalización ante la Dirección Regional de la nueva Junta de Educación electa, se está a la espera de lo solicitado en el oficio mencionado a fin de brindar continuidad al proceso. Solicita se declare sin lugar el recurso.
  4. 4Informa bajo juramento Grettel Pérez Arias en su condición de Directora de la Escuela Las Juntas, y manifiesta en resumen que ingresó a laborar a la Escuela Las Juntas de Pacuar el 8 de febrero de 2021. Indica que, el 13 de julio de 2013 la Dirección de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Pública aporta el documento informe de diagnóstico de necesidades de espacios físicos, firmado por la Ingeniera Victoria Salazar Romero. El 18 de setiembre del 2013 el señor MSc. Giovanni Bonilla Cascante director de la Escuela Las Juntas de Pacuar y el señor José Pablo Murillo Murillo, Presidente de la Junta de Educación remite la solicitud F1 de infraestructura física para centros educativos. El 06 de diciembre de 2013 el Ingeniero Daniel Calderón Mata de la Unidad de Procesos Abreviados remite oficio a la Junta de Educación de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Informando sobre el proyecto construcción de muro de retención, construcción de espacio para guardar equipo de cómputo, demolición de espacio completo, acondicionamiento de espacio administrativo, construcción de rampas, malla con zócalo de mampostería, aula de preescolar 84m2.El miércoles 22 de enero del 2014 el señor MSc. Giovanni Bonilla Cascante director de la Escuela Las Juntas de Pacuar Envió el oficio ELJP 001-2014 el cual va dirigido al señor Carlos Villalobos Arguello Director del DIEE y a la señora Marcela Centeno Leal Directora del Departamento de Procesos Abreviados de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo. Solicitándole una audiencia de carácter urgente para coordinación inicial en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo para procesos abreviados. El 16 de abril de 2014. El señor Julio Jiménez Jiménez presenta factura proforma sobre la cotización curvas a nivel y ubicación de edificaciones existentes en lote de 3000 m2 en las Juntas de Pacuar, Daniel Flores. Según bitácora informe de reunión o visita, el 22 de abril de 2014 los señores MSc. Giovanni Bonilla Cascante director de la Escuela Las Juntas de Pacuar y el señor Daniel Calderón Mata recibieron una inducción para la contratación del profesional.Según bitácora informe de reunión o visita sin fecha, los señores MSc. Giovanni Bonilla Cascante director de la Escuela Las Juntas de Pacuar, y los señores José Pablo Murillo Murillo, Presidente de la Junta de Educación, Daniel Calderón Mata y Julio Jiménez Jiménez se reunieron con profesionales del Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo para la revisión del anteproyecto. Se conversó sobre la posibilidad de dialogar con la FOD con respecto al Laboratorio de Computo, se abordó la falta de colocar las curvas de nivel. Se presenta acta Nº 291 con fecha del jueves 24 de abril de 2014, con acuerdo de apertura de concurso para la licitación de servicios profesionales en consultoría para las aulas que se van a construir en la Escuela por parte de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo. El 25 de abril de 2014 se presenta el anexo 1 “términos de referencia para la contratación de servicios profesionales para la realización de planos constructivos, especificaciones técnicas y presupuesto para el desarrollo de obras de infraestructura.El 25 de abril de 2014, la Junta de Educación de la Escuela Las Juntas de Pacuar abre proceso de contratación de servicios de consultoría 01-2014, en el acta N° 292 con fecha del martes 29 de abril de 2014 se cierra el proceso de licitación y se abren las ofertas recibidas. Además, se acuerda la adjudicación al consorcio Fernando Hernández Astorga y Julio Jiménez Jiménez. El 29 de abril se recibe oferta del consorcio Fernando Hernández Astorga y Julio Elías Jiménez Jiménez. El objeto contractual construcción en: “En diseños de sitio, elaboración de planos constructivos y presupuesto por actividad constructivo o modulo y asesoría a la Junta en la elaboración de estudios técnicos complementarios, el licitación y adjudicación; así como, a la Dirección Técnica de la Obra.” En el acta Nº 293 con fecha del lunes 05 de mayo de 2014 se da la firmeza de la adjudicación para la contratación de servicios profesionales en consultoría para las obras a realizar en la Escuela Las Juntas de Pacuar.Los ingenieros Julio Jiménez Jiménez y Fernando Hernández Astorga Presentan el informe técnico del estado general de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Bitácora sin fecha de informe de reunión o visita. Con la asistencia de Julio Jiménez Jiménez, Fernando Hernández Astorga y Daniel Calderón Mata. El propósito de la actividad fue revisar el anteproyecto. Documento sin fecha: sobre cotización referente al levantamiento topográfico en la Escuela Las Juntas de Pacuar. El 24 de noviembre de 2014 la Ingeniera Tatiana Sibaja realiza una supervisión a los planos. El 17 de abril de 2015 la Ingeniera Tatiana Sibaja realiza una supervisión a los planos. Correo con fecha del 21 de abril de 2015. Dirigido a la Ingeniera Tatiana Sánchez Ureña y Mauricio Mora haciendo referencia a la corrección de los planos de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Dicho documento es enviado por el señor Julio Jiménez Jiménez.El 28 de abril de 2015 el señor Giovanni Bonilla Cascante director de la Escuela Las Juntas de Pacuar y el Señor Pablo Murillo Murillo, Presidente de la Junta de Educación solicitan ante el DIEE la inspección de un nuevo terreno para la compra o donación. El 07 de julio de 2015 la Ingeniera Tatiana Sibaja realiza supervisión al proyecto de construcción de la Escuela Las Juntas de Pacuar. El 31 de julio de 2015. El señor Julio Jiménez Jiménez envía correo al Señor Daniel Calderón Mata, a la señora Raquel Piedra Abarca, al señor Giovanni Bonilla, al señor Rigoberto Villalobos González y al correo ...01. La propuesta para la reubicación de La escuela las Juntas de Pacuar. Planos del lote propuesto para la reubicación de la Escuela las junta de Pacuar. Informe técnico de justificación sobre la reubicación de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Firmado por el señor Julio Jiménez Jiménez. El martes 18 de agosto de 2015 los señores MSc. Giovanni Bonilla Cascante director de la Escuela Las Juntas de Pacuar, Pablo Murillo Murillo, Presidente de la Junta de Educación y Julio Jiménez Jiménez Ingeniero.Remiten el oficio ELJP 034-2015, el cual va dirigido al Departamento de Terrenos de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo en atención al señor Rigoberto Villalobos González. Asunto Justificación técnica sobre la reubicación de la Escuela Las Juntas de Pacuar. El 11 de setiembre de 2015. El señor Nombre01 envía correo a Don Julio Jiménez Jiménez informándole sobre el borrador de la carta de donación así como el acta de la sociedad en donde se acuerda donar y conferir poder especialísimo al señor Nombre01 para firmar la escritura de donación. El 14 de setiembre de 2015 Julio Jiménez Jiménez envía correo al señor Nombre01 para consultarle sobre el trámite de catastro del plano del lote. En la misma fecha el señor Nombre01 contesta que se está tramitando el plano del lote; igualmente Julio Jiménez Jiménez le contesta a Don Nombre01 que cuando esté listo el plano del lote le avise para armar el expediente que se debe enviar a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo.Se adjunta Certificación Literal del Terreno para Construir, se envían correos solicitando información sobre los pasos a seguir para la inscripción de una propiedad de 10149 m2 que la Junta de Educación de la Escuela de Las Juntas de Pacuar va a recibir en donación por Nombre01. El 10 de noviembre de 2015 se envía oficio a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo al señor Walter Muñoz Caravaca. Informándole sobre la reubicación de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Solicitud de exoneración de honorarios profesionales al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica. El 25 de abril de 2016 se presenta la certificación de personería jurídica de la Junta de Educación de la Escuela Las Juntas de Pacuar. El 02 de mayo de 2016 se presenta el presupuesto de obras. El 02 de mayo la señora Ligia Cordero Segura, contadora emite constancia de fondos. El 02 de mayo de 2016 se presentó a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo la donación total de honorarios para el proyecto de construcción de la Escuela Las Juntas de Pacuar.El señor Giovanni Bonilla Cascante director de la Escuela Las Juntas de Pacuar y el señor José Pablo Murillo Murillo, Presidente de la Junta de Educación de la Escuela Las Juntas de Pacuar, presenta el formulario F1 Solicitud para la construcción y mantenimiento de infraestructura en centros educativos públicos. El 09 de mayo de 2016 el Ministerio de Salud remite la orden sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 El 01 de junio de 2016 se envía el oficio ELJP 035-2016 al señor Walter Muñoz Caravaca el plan de acción para poder dar respuesta y cumplir con lo establecido con el Ministerio de Salud. El 29 de junio de 2016 se realiza la bitácora de informe de reunión o visita de valoración del Centro Educativo. El 07 de setiembre de 2016 el Ministerio de Salud realiza seguimiento a la orden sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016. El 03 de noviembre de 2016 se realiza la revisión de planos constructivos y del presupuesto referencial.El 03 de enero de 2017 el Instituto de Acueductos y Alcantarillados remite informe de disponibilidad de agua para la construcción del nuevo centro educativo de las Juntas de Pacuar. El 16 de marzo de 2017 la Municipalidad de Pérez Zeledón certifica el uso de suelo. El 27 de marzo de 2017 se adjunta personería jurídica. El 08 de abril del 2017 se presenta el presupuesto de obras de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Se hace referencia al señor Nombre02. Departamento de proyectos Unidad de Procesos Abreviados. El 22 de junio el Instituto de Acueductos y Alcantarillados emite constancia de capacidad hídrica. El 19 de diciembre de 2017 la Municipalidad de Pérez Zeledón manifiesta la aceptación de recibimiento de escombros referentes a la construcción de la Escuela Las Juntas de Pacuar. El 28 de junio de 2018 El Ministerio de Ambiente y Energía brinda la resolución N° 1268-2018-SETENA. El 18 de diciembre de 2018 se presenta el documento observaciones de referencia al modulo del edificio de dos niveles, escalera de emergencia, rampa para discapacitados, DIEE 2016.El 26 de julio de 2019 se emite constancia de fondos por un monto de 747,120,297 millones de colones. El 29 de julio de 2019 se emite oficio OF.ELJP.42-2019. Se emite certificación de fondos. El 28 de agosto de 2019 se emite oficio para el tramite de permiso ante el departamento de contracciones. En el expediente se puede observar una gran cantidad de correos emitidos principalmente a funcionarios de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo. Solicita se declare sin lugar el recurso.
  5. 5Informa bajo juramento Guiselle Cruz Maduro en su condición de Ministra de Educación Pública, en el mismo sentido del informe rendido por Catalina Salas Hernández, Directora de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo.
  6. 6Informa bajo juramento Christian Valverde Alpízar y Gustavo Rodríguez Herrera, por su orden Director de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Brunca y Director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, ambos del Ministerio de Salud, y manifiestan en resumen que mediante el informe BRU-ARS-PZ-EMS-07-2015 de fecha 05 de marzo del 2015, la licenciada Marcela Rodríguez Monge, encargada de Promoción de la Salud indica que la Comisión de Salud Escolar y Nutrición solicita coordinar programación de visitas de Regulación a centros educativos. En visita de inspección realizada por el funcionario Francisco Camacho Ureña, técnico de Regulación de la Salud del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, el 01 de setiembre del 2015, según consta en el informe ARSPZ-ERS-2153-2015 del 10 de setiembre del 2015, solicita al Nivel Regional por medio del ingeniero civil que se efectué inspección al centro educativo Escuela Las Juntas de Pacuar, a fin de determinar si se requiere algún tipo de mejora u obra en cuanto a la parte estructural.Mediante oficio BRU-URS-RS-178-2015, de fecha 08 de octubre del 2015, suscrito por el ingeniero Marvin Salamanca Cordero, refiere que en visita de inspección realizada conjuntamente con el técnico Juan Carlos Elizondo el día 07 de octubre del 2015 se solicita plano catastrado donde se ubicarían las nuevas instalaciones de la Escuela y un cronograma de ejecución de obras ya que las actuales instalaciones se encuentran muy deterioradas, existe hacinamiento y por la topografía de la propiedad no se permitiría una futura extensión de las instalaciones. Por oficio ARSPZ-ERS-2689-2015 del 09 de noviembre del 2015 y en seguimiento al caso, el funcionario Francisco Camacho Ureña informa que existen una serie de circunstancias que deben ser mejoradas, solicita a los responsables del centro educativo que aporten el respectivo plan de acciones, el cronograma, conteniendo las mejoras y acciones, todas tendientes a concretar el proyecto referido en nuevos terrenos, debiéndose adjuntar una copia del plano catastrado en que se instalaría o realizaría las obras.Mediante oficio ARSPZ-ERS-01025-2016 del 09 de mayo del 2016, suscrito por el técnico Francisco Camacho Ureña indica que se mantienen las condiciones del informe ARSPZ-ERS-2153-2015, además hay mayor deterioro en las instalaciones, mala ventilación e iluminación en las aulas y las aulas, oficinas y comedor escolar, que se ubican en un nivel superior solo tienen una ruta de salida y por Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 se conmina al Director de la Escuela, el señor Giovanni Bonilla Cascante y al Presidente de la Junta de Educación, el señor José Pablo Murillo Murillo, ambos de dicho centro educativo para que en el plazo de tres meses: “1. Aportar a este Ministerio, un plan de acciones, con respectivo cronograma, conteniendo las acciones tendientes a concretar el proyecto de construcción de nuevas instalaciones educativas, debiéndose adjuntar una copia del plano catastrado del terreno en que se instalaría o realizarían las obras. 2.Entretanto se cuenta con las adecuadas instalaciones, los responsables del centro educativo actual deben tener por elaborado e implementando en el mismo lo siguiente: I. Plan de atención y prevención de emergencias. ll. Programa de manejo de residuos.” (sic) Por oficio número 188-2016, del día 05 de agosto del 2016, suscritos por el Ingeniero Julio Elías Jiménez Jiménez, el Presidente de la Junta de educación de la Escuela Pablo Murillo Murillo y el Director del centro educativo Giovanni Bonilla Cascante se trasladan los oficios 179-2016 y 187- 2016. En el oficio 187-2016 de fecha 05 de agosto del 2016, informa que el plan de acciones para concretar la construcción del nuevo centro educativo está en manos de las autoridades de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo y que dicho plan debe ser resuelto por dicha autoridad; mediante el informe 179-2016 de fecha 02 de agosto del 2016, se presenta plan de atención de emergencias y plan de gestión de residuos.En seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-201, el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón Francisco Camacho Ureña en su informe ARSPZ-ERS-02193-2016, de fecha 07 de setiembre del 2016, refiere que se tienen por elaborados los documentos requeridos de la orden sanitaria, a excepción del plan de mejoras y cronograma de cumplimiento, de lo cual se requiere que los responsables del centro educativo informen en el momento en que inicien las obras establecidas por el DIEE. En cuanto a los planes de emergencias y manejo de residuos, proceder con la implementación. Mediante el oficio DIEE-DGPE-1193-2016 de fecha 21 de octubre del 2016, la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo informa que el proyecto se encuentra en la etapa de confección de planos constructivos y presupuesto de las obras. En seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-201, el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón Francisco Camacho Ureña en su informe ARSPZ-ERS-02892-2016, de fecha 21 de diciembre del 2016 en seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 refiere continuar permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos.El 30 de marzo del 2017 se realiza una nueva visita de seguimiento, según refiere el funcionario Francisco Camacho Ureña en su informe ARSPZ-ERS-0637-2017 continuar permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos, recomienda otorgar renovación del permiso sanitario del centro educativo. Mediante resolución ARSPZ-RS-0638-2017 de fecha 07 de abril del 2017 se aprueba la solicitud de renovación del permiso sanitario de funcionamiento y se otorga el permiso N° RB-ARS-PZ-283-2017 a nombre de la Junta Educación Escuela de las Juntas de Pacuar Pérez Zeledón, cedula jurídica CED01 por el periodo de 5 años.El 07 de diciembre del 2017, el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, Francisco Camacho Ureña, realiza visita de seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZOS-0109-2016 y refiere en el informe ARSPZ-ERS-2384-2017 que ya están en el APC del CFIACR, los planos del proyecto número 800389, los cuales se verificaron por mas de 2000 metros cuadrados, está en proceso la viabilidad ambiental, por lo anterior se continúa permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos. Mediante la resolución N° 1268-2018 SETENA de fecha 28 de junio del 2018 se otorga la viabilidad (Licencia) Ambiental quedando abierta la etapa de Gestión Ambiental.En visita de seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016, realizada el 21 de agosto del 2018, por el técnico del Área Rectora de la Salud de Pérez Zeledón Francisco Camacho Ureña, refiere en su informe ARSPZ-ERS-1938-2018 que se está a la espera de inicio de las obras nuevas; decide continuar permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos, programar seguimiento del caso en un año. El 08 de mayo del 2019 se realiza nueva visita de seguimiento, según refiere el Gestor Ambiental Leonardo Solís Varela en su informe ARS-PZ-ERS-972-2019 se cumplió con todo el proceso correspondiente pero no se les ha girado el dinero para la construcción, están a la espera, con respecto al plan de manejo de residuos sólidos y plan de atención ante emergencias se evidencia su implementación y la actualización de los documentos, e indica que corresponde aplicar la regla técnica al caso.Siendo a que a esa fecha existía incumplimiento de lo ordenado y que se trata de un establecimiento público, la Dirección de Área Rectora de Salud procede a aplicar la Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados y según refiere en el informe ARS-PZ-ERS-1109-2019, aplicada la Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados, se obtiene como resultado no proceder con la clausura. En fecha 27 de mayo del 2019, el Dr. Gustavo Rodríguez Herrera, Director del Área Rectora de Pérez Zeledón mediante el oficio MS-DRRDBRU-ARSPZ-199-2019 envía el expediente a la Dirección Regional de la Salud Brunca para análisis del caso con el fin de asegurar el cumplimiento de la orden sanitaria y garantizar las condiciones mínimas de acceso establecidas por la legislación. Mediante el informe BRU-URS-RS-202-2019 de fecha 18 de junio del 2019, suscrito por el Ingeniero Marvin Salamanca Cordero procede a realizar la Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados, obteniendo como resultado no procede la clausura.En vista de seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria N° ARS-PZERS-OS-109-2016, realizada por el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón Francisco Camacho Ureña, refiere el mismo en su informe MS-DRRSBRU-DARS-PZ-IT-0389-2021 se está a la espera de inicio de las obras nuevas, por lo que continua pendiente de cumplir la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, programar seguimiento del caso en un año. Mediante los informes BRU-URS-178-2015 y el informe ARSPZ-ERS-01025-2016, se detectan deficiencias de índole físico-sanitarias en la Escuela Las Juntad de Pacuar, Pérez Zeledón, en los informes que corren agregados del folio 70 al 71 y del folio 76 al 79 del expediente administrativo, se detallan las condiciones en las que se encuentra la edificación y el riesgo que representa para los estudiantes, en razón de lo cual, por medio de la orden sanitaria ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 se conmina al Director de la Escuela , el señor Giovanni Bonilla Cascante y al Presidente de la Junta de Educación, el señor José Pablo Murillo Murillo, ambos de dicho centro educativo para que en el plazo de tres meses: “1.Aportar a este Ministerio, un plan de acciones, con respectivo cronograma, conteniendo las acciones tendientes a concretar el proyecto de construcción de nuevas instalaciones educativas, debiéndose adjuntar una copia del plano catastrado del terreno en que se instalaría o realizarían las obras. 2. Entretanto se cuenta con las adecuadas instalaciones, los responsables del centro educativo actual deben tener por elaborado e implementando en el mismo lo siguiente: I. Plan de atención y prevención de emergencias. ll. Programa de manejo de residuos.” (sic); no obstante, tras realizar varias visitas de seguimiento y según informe ARSPZ-ERS-02193-2016 de fecha 07 de setiembre del 2016, se tienen por elaborados los documentos requeridos de la orden sanitaria, a excepción del plan de mejoras y cronograma de cumplimiento, de lo cual se requiere que los responsables del centro educativo informen en el momento en que inicien las obras establecidas por la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo.En cuanto a los planes de emergencias y manejo de residuos, proceder con la implementación. Tras varias visitas de seguimiento al cumplimiento de lo ordenado, es claro que el centro educativo mantiene incumplimiento de lo conminado, no obstante, al tratarse de un centro educativo, antes de proceder con la clausura por el incumplimiento, se debe aplicar la Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados, y según refiere en el informe ARS-PZ-ERS-1109-2019, aplicada de manera objetiva la Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados, se obtiene como resultado no proceder con la clausura, en razón de lo cual le corresponde al Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón continuar dando seguimiento a los trámites a fin de verificar el cumplimiento de lo señalado en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016.Es claro que la Dirección de Área Rectora de Pérez Zeledón ha realizado todas las acciones necesarias dentro del ámbito de sus competencias, para atender la situación y asegurar el cumplimiento de la orden sanitaria y garantizar las condiciones mínimas de acceso y seguridad que por Ley corresponde (lo que incluye la reubicación de la escuela), ya que el cumplimiento del cronograma para la reubicación y construcción de la totalidad de la escuela, aún teniendo el presupuesto ya asignado, lógicamente no es de competencia del Ministerio de Salud. Sobre los alegatos expuestos por el recurrente José Pablo Murillo Murillo, señala que Dirección no puede referirse si el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Instituto de Costarricense de Electricidad han manifestado molestia ante la Junta y tampoco si la Junta de Educación o la Dirección dispone de hace más de un año de los fondos para llevar a cabo la edificación ya que este tema no es competencia del Ministerio ni se nos ha realizado una comunicación formal sobre el tema.No obstante, en lo que respecta al cumplimiento de lo ordenado por el Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, tal y como se ha venido señalando, el centro educativo a la fecha se encuentra sin cumplir, por ende, se mantiene las condiciones señaladas en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016. Solicita se declare sin lugar el recurso.
  7. 7En los procedimientos seguidos se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Salazar Alvarado; y,

Considerando:

I. OBJETO DEL RECURSO

El recurrente alega que es el Presidente de la Junta de Educación de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Indica que desde 2010 se está tramitando la construcción del nuevo centro educativo, pero no se ha concretado. Alega que, si bien el Ministerio de Salud ha realizado visitas de seguimiento para el cumplimiento de las órdenes sanitarias, no se ha cumplido con el plan de acciones necesario para concretar la infraestructura requerida para el centro educativo, ni se ha logrado mayor avance con la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública. Aduce que desde hace más de un año, la Junta de Educación dispone de más de setecientos noventa y cinco mil (795.000.000) colones en Caja Única del Estado; sin embargo, no se ha hecho uso de éstos, pese a que las condiciones actuales de la escuela ponen en riesgo a los menores de edad que asisten todos los días, así como su derecho a un ambiente sano y equilibrado, y el derecho a la educación. Por lo anterior, solicita la intervención de la Sala.

II. HECHOS PROBADOS

De importancia para la resolución de este asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos:

  • a)En visita de inspección realizada por el Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, el 01 de setiembre del 2015, según consta en el informe ARSPZ-ERS-2153-2015 del 10 de setiembre del 2015, se solicita al nivel regional por medio del ingeniero civil que se efectué inspección al centro educativo Escuela Las Juntas de Pacuar, a fin de determinar si se requiere algún tipo de mejora u obra en cuanto a la parte estructural (véanse informes y pruebas aportadas).
  • b)Mediante oficio BRU-URS-RS-178-2015, de fecha 08 de octubre del 2015, suscrito por el ingeniero Marvin Salamanca Cordero, refiere que en visita de inspección realizada conjuntamente con el técnico Juan Carlos Elizondo el día 07 de octubre del 2015, se solicita plano catastrado de donde se ubicarían las nuevas instalaciones de la Escuela y un cronograma de ejecución de obras, ya que las actuales instalaciones se encuentran muy deterioradas, existe hacinamiento y por la topografía de la propiedad no se permitiría una futura extensión de las instalaciones (véanse informes y pruebas aportadas).
  • c)Por oficio ARSPZ-ERS-2689-2015 del 09 de noviembre del 2015, y en seguimiento al caso, el funcionario Francisco Camacho Ureña informa que existe una serie de circunstancias que deben ser mejoradas, solicita a los responsables del centro educativo que aporten el respectivo plan de acciones, el cronograma, conteniendo las mejoras y acciones, todas tendientes a concretar el proyecto referido en nuevos terrenos, debiéndose adjuntar una copia del plano catastrado en que se instalaría o realizaría las obras (véanse informes y pruebas aportadas).
  • d)Mediante oficio ARSPZ-ERS-01025-2016 del 09 de mayo del 2016, suscrito por el técnico Francisco Camacho Ureña, indica que se mantienen las condiciones del informe ARSPZ-ERS-2153-2015, además hay mayor deterioro en las instalaciones, mala ventilación e iluminación en las aulas, además éstas, las oficinas y comedor escolar, que se ubican en un nivel superior solo tienen una ruta de salida (véanse informes y pruebas aportadas).
  • e)Por Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, se conmina al Director de la Escuela, el señor Giovanni Bonilla Cascante y al Presidente de la Junta de Educación, el señor José Pablo Murillo Murillo, ambos de dicho centro educativo, para que en el plazo de tres meses: “1. Aportar a este Ministerio, un plan de acciones, con respectivo cronograma, conteniendo las acciones tendientes a concretar el proyecto de construcción de nuevas instalaciones educativas, debiéndose adjuntar una copia del plano catastrado del terreno en que se instalaría o realizarían las obras. 2. Entretanto se cuenta con las adecuadas instalaciones, los responsables del centro educativo actual deben tener por elaborado e implementando en el mismo lo siguiente: I. Plan de atención y prevención de emergencias. ll. Programa de manejo de residuos” (véanse informes y pruebas aportadas).
  • f)En el oficio 187-2016 de fecha 05 de agosto del 2016, las autoridades del centro educativo informan que el plan de acciones para concretar la construcción del nuevo centro educativo está en manos de las autoridades de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública y que dicho plan debe ser resuelto por esa autoridad (véanse informes y pruebas aportadas).
  • g)Mediante el informe 179-2016 de fecha 02 de agosto del 2016, se presenta plan de atención de emergencias y plan de gestión de residuos (véanse informes y pruebas aportadas).
  • h)En seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, Francisco Camacho Ureña, en su informe ARSPZ-ERS-02193-2016, de fecha 07 de setiembre del 2016, refiere que se tienen por elaborados los documentos requeridos de la orden sanitaria, a excepción del plan de mejoras y cronograma de cumplimiento, de lo cual se requiere que los responsables del centro educativo informen en el momento en que inicien las obras establecidas por la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo. En cuanto a los planes de emergencias y manejo de residuos, proceder con la implementación (véanse informes y pruebas aportadas).
  • i)Mediante el oficio DIEE-DGPE-1193-2016 de fecha 21 de octubre del 2016, la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo informa que el proyecto se encuentra en la etapa de confección de planos constructivos y presupuesto de las obras (véanse informes y pruebas aportadas).
  • j)En seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, Francisco Camacho Ureña, en su informe ARSPZ-ERS-02892-2016, de fecha 21 de diciembre del 2016, en donde refiere continuar permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos (véanse informes y pruebas aportadas).
  • k)El 30 de marzo del 2017 se realiza una nueva visita de seguimiento, según refiere el funcionario Francisco Camacho Ureña en su informe ARSPZ-ERS-0637-2017, continuar permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos, recomienda otorgar renovación del permiso sanitario del centro educativo (véanse informes y pruebas aportadas).
  • l)Mediante resolución ARSPZ-RS-0638-2017 de fecha 07 de abril del 2017 se aprueba la solicitud de renovación del permiso sanitario de funcionamiento y se otorga el permiso N° RB-ARS-PZ-283-2017 a nombre de la Junta Educación Escuela de las Juntas de Pacuar Pérez Zeledón, cedula jurídica CED01 por el periodo de cinco años (véanse informes y pruebas aportadas).
  • m)El 07 de diciembre del 2017, el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, Francisco Camacho Ureña, realiza visita de seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZOS-0109-2016, y refiere en el informe ARSPZ-ERS-2384-2017 que ya están en el APC del Colegio de Ingenieros y Arquitectos los planos del proyecto número 800389, los cuales se verificaron por más de dos mil (2000) metros cuadrados, está en proceso la viabilidad ambiental, por lo anterior se continúa permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos (véanse informes y pruebas aportadas).
  • n)Mediante la resolución N° 1268-2018 SETENA de fecha 28 de junio del 2018, se otorga la viabilidad ambiental quedando abierta la etapa de Gestión Ambiental (véanse informes y pruebas aportadas).
  • o)En visita de seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016, realizada el 21 de agosto del 2018, por el técnico del Área Rectora de la Salud de Pérez Zeledón, Francisco Camacho Ureña, refiere en su informe ARSPZ-ERS-1938-2018 que se está a la espera de inicio de las obras nuevas; decide continuar permitiendo el uso de las instalaciones, en tanto se tengan por implementados todos los aspectos condicionantes en la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERZ-OS-0109-2016 a saber: el plan de atención de emergencias, que incluya los procedimientos de atención y prevención de emergencias en cada una de sus etapas y un programa de manejo de residuos sólidos, programar seguimiento del caso en un año (véanse informes y pruebas aportadas).
  • p)El 08 de mayo del 2019 se realiza nueva visita de seguimiento, según refiere el Gestor Ambiental, Leonardo Solís Varela, en su informe ARS-PZ-ERS-972-2019 se cumplió con todo el proceso correspondiente pero no se les ha girado el dinero para la construcción, están a la espera, con respecto al plan de manejo de residuos sólidos y plan de atención ante emergencias se evidencia su implementación y la actualización de los documentos, e indica que corresponde aplicar la regla técnica al caso. Siendo a que a esa fecha existía incumplimiento de lo ordenado y que se trata de un establecimiento público, la Dirección de Área Rectora de Salud procede a aplicar la Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados y según refiere en el informe ARS-PZ-ERS-1109-2019, se obtiene como resultado no proceder con la clausura (véanse informes y pruebas aportadas).
  • q)En fecha 27 de mayo del 2019, el Dr. Gustavo Rodríguez Herrera, Director del Área Rectora de Pérez Zeledón mediante el oficio MS-DRRDBRU-ARSPZ-199-2019 envía el expediente a la Dirección Regional de la Salud Brunca para análisis del caso con el fin de asegurar el cumplimiento de la orden sanitaria y garantizar las condiciones mínimas de acceso establecidas por la legislación (véanse informes y pruebas aportadas).
  • r)Mediante el informe BRU-URS-RS-202-2019 de fecha 18 de junio del 2019, suscrito por el Ingeniero Marvin Salamanca Cordero, se procede a realizar la Regla Técnica para Clausuras de Alto Impacto a Establecimientos y Actividades Públicos y Privados, obteniendo como resultado no procede la clausura (véanse informes y pruebas aportadas).
  • s)En vista de seguimiento al cumplimiento de la Orden Sanitaria N° ARS-PZERS-OS-109-2016, realizada por el técnico del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, Francisco Camacho Ureña, refiere el mismo en su informe MS-DRRSBRU-DARS-PZ-IT-0389-2021 se está a la espera de inicio de las obras nuevas, por lo que continua pendiente de cumplir la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016, se programa seguimiento del caso en un año (véanse informes y pruebas aportadas).
  • t)En octubre del 2016, la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo aprueba el nuevo anteproyecto por parte profesional a cargo y se solicita iniciar con planos constructivos, construcción de un nuevo edificio prototipo de dos niveles y un cronograma de actividades del proyecto, con un nuevo informe de diagnóstico, la solicitud de recursos por honorarios con un costo total de ₡532 359 620,28, se aprueba el nuevo monto y planos para el proyecto (véanse informes y pruebas aportadas).
  • u)En agosto del 2018 se solicitan recursos para construcción de obra nueva y se aprueban (véanse informes y pruebas aportadas).
  • v)En el mes de julio del 2019 se traslada al Departamento de Gestión de Proyectos Específicos, para traslado a contratación de obra (véanse informes y pruebas aportadas).
  • w)En el año 2019 se traslada al Departamento de Contrataciones para contratar obra, se hace la devolución del expediente hasta tanto no se cuente con el total de fondos correspondiente (véanse informes y pruebas aportadas).
  • x)El 20 de marzo del 2020, se realiza un segundo traslado del expediente a contratación de obra (véanse informes y pruebas aportadas).
  • y)El 14 de mayo del 2020 se presentan subsanaciones solicitados por Área Técnica de Departamento de Contrataciones (véanse informes y pruebas aportadas).
  • z)El 25 de junio del 2020, se presenta documentación física solicitada por el Coordinador de dicho Departamento, el proceso es asumido por el Staff Legal de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (véanse informes y pruebas aportadas).

aa) Mediante oficio DVM-A-DIE-SL-0207-2021, de fecha 21 de abril del 2021, la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo notifica a la Junta y se les solicita la toma del acuerdo de solicitud de autorización para la contratación directa concursada, según artículo 145 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (véanse informes y pruebas aportadas).

bb) Se sostuvo conversación entre la profesional del Equipo Legal de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, y la Directora actual del centro educativo, quien indicó que actualmente se encuentran en proceso de formalización ante la Dirección Regional de la nueva Junta de Educación electa, se está a la espera de lo solicitado en el oficio DVM-A-DIE-SL-0207-2021 a fin de brindar continuidad al proceso (véanse informes y pruebas aportadas).

III. SOBRE EL DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE SANO Y ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN

Esta Sala, en Sentencia N° 2019-3032 de las 9:45 horas de 22 de febrero de 2019, indicó lo siguiente:

“III.- Sobre el derecho a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado en los Centros de Educación- El derecho a la salud reconocido en los artículos 21 de la Constitución Política, 1 y 11 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 10 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos, se encuentra íntimamente ligado al derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, consagrado en el artículo 50 constitucional. La calidad ambiental es un parámetro fundamental de la calidad de vida; al igual que la salud, alimentación, trabajo, vivienda, educación, entre otros. En consecuencia, el Estado tiene la obligación de procurar una protección adecuada al ambiente, para lo cual debe tomar las medidas necesarias a fin de que el medio esté libre de contaminación, y que las alteraciones producidas tanto por el hombre como por la naturaleza, en el entorno próximo o lejano, no constituyan una lesión al ambiente ni a la salud de las personas que en él habitan.

Se reconoce especialmente este derecho cuando está asociado a otros derechos fundamentales, como lo sería el derecho a la educación. Este último se configura como un derecho fundamental, el cual se traduce en el servicio público que brinda el Estado en los distintos centros educativos del país. Por lo tanto, lo menos que puede hacer el Estado es que al brindar la prestación de este servicio público no lesione otros derechos fundamentales, como sería el derecho a la salud y a un ambiente sano, tanto de los estudiantes como del personal docente y administrativo de la institución educativa”.

IV. SOBRE EL CASO CONCRETO

En el caso bajo estudio, el recurrente acusa que desde 2010 se está tramitando la construcción de la nueva Escuela Las Juntas de Pacuar, pero no se ha concretado. Alega que, si bien el Ministerio de Salud ha realizado visitas de seguimiento para el cumplimiento de las órdenes sanitarias emitidas, no se ha cumplido con el plan de acciones necesario para concretar la infraestructura requerida para el centro educativo, ni se ha logrado mayor avance con la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública. Aduce que desde hace más de un año, la Junta de Educación dispone de más de setecientos noventa y cinco mil colones (795.000.000) en Caja Única del Estado; sin embargo, no se ha hecho uso de éstos, pese a que las condiciones actuales de la escuela ponen en riesgo a los menores de edad que asisten todos los días, así como sus derechos a un ambiente sano y equilibrado y a la educación.

Tras analizar los autos, la Sala tuvo por probado que las autoridades de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Brunca del Ministerio de Salud, mediante oficio BRU-URS-RS-178-2015, de fecha 08 de octubre del 2015, indicó que en visita de inspección realizada el 07 de octubre del 2015, se determinó que las actuales instalaciones se encuentran muy deterioradas, existe hacinamiento, y por la topografía de la propiedad no se permitiría una futura extensión de las instalaciones. Posteriormente, mediante oficio ARSPZ-ERS-01025-2016 del 09 de mayo del 2016, se determinó que según nueva visita de inspección, hay mayor deterioro en las instalaciones, mala ventilación e iluminación en las aulas, además éstas, las oficinas y comedor escolar, que se ubican en un nivel superior solo tienen una ruta de salida. Así las cosas, por Orden Sanitaria N° ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016 se conminó al Director de la Escuela, el señor Giovanni Bonilla Cascante y al Presidente de la Junta de Educación, el señor José Pablo Murillo Murillo, ambos de dicho centro educativo, para que en el plazo de tres meses: “1.

Aportar a este Ministerio, un plan de acciones, con respectivo cronograma, conteniendo las acciones tendientes a concretar el proyecto de construcción de nuevas instalaciones educativas, debiéndose adjuntar una copia del plano catastrado del terreno en que se instalaría o realizarían las obras. 2. Entretanto se cuenta con las adecuadas instalaciones, los responsables del centro educativo actual deben tener por elaborado e implementando en el mismo lo siguiente: I. Plan de atención y prevención de emergencias. ll. Programa de manejo de residuos”.

A partir de los hechos expuestos, la Sala llega a las siguientes conclusiones. En cuanto a las autoridades del Ministerio de Educación Pública, este Tribunal establece que han lesionado abiertamente los derechos fundamentales de los estudiantes de la Escuela Las Juntas de Pacuar. Por un lado, se determina que se está a la espera de inicio de las obras nuevas, por lo que continua pendiente de cumplir la Orden Sanitaria ARS-PZ-ERS-OS-0109-2016. Se demuestra que a pesar de que el inmueble se encuentra en peores condiciones que aquellas de la primera inspección, los esfuerzos por construir un nuevo centro educativo no han dado fruto. Así las cosas, se tuvo por demostrado que los estudiantes se encuentran actualmente en condiciones de hacinamiento, hay mayor deterioro en las instalaciones, mala ventilación e iluminación en las aulas, además éstas, las oficinas y comedor escolar, que se ubican en un nivel superior solo tienen una ruta de salida, entre otras falencias. Tales condiciones constituyen una violación evidente del derecho a la educación y a un ambiente sano, situación que no puede ser avalada por esta Sala y que llevan a que se declare con lugar el recurso en contra del Ministerio de Educación Pública.

En lo que respecta a las autoridades de salud, la Sala nota que no se efectuaron esfuerzos suficientes por velar por la ejecución de la orden sanitaria que ellas emitieron desde 2016. Nuevamente, dicha orden prescribió el deber de presentar un plan remedial de reubicación y construcción del centro educativo Las Juntas de Pacuar por parte de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública. La Sala estima que, de haberse cumplido a cabalidad dicha orden sanitaria, los estudiantes no padecerían las deplorables condiciones físico-sanitarias en las que se encuentra el centro, únicamente por un problema de coordinación interinstitucional, que data de seis años atrás. En virtud de lo expuesto, se declara con lugar el recurso, con los efectos que se dirán en la parte dispositiva de esta Sentencia.

V. NOTA SEPARADA DE LA MAGISTRADA HERNÁNDEZ LÓPEZ

Como línea general sostengo que los reclamos por omisiones en relación con temas de infraestructura pueden y deben ser atendidos por los órganos administrativos competentes y de control así como por la jurisdicción ordinaria.- Pero también he dejado hecha la salvedad de que la puesta en peligro de derechos como la integridad física y la salud ameritan la intervención de este Tribunal.- Ello sucede en este caso concreto tal y como se demuestra del elenco de hechos demostrados que permite concluir que existe un peligro inminente para la integridad física o la salud de las personas -estudiantes, docentes y demás personal en general que asisten al Centro Educativo Las Juntas de Pacuar y que las autoridades que conocen del problema no han actuado con la diligencia necesaria para dar remedio a dicha urgencia.- Por estas razones es que concurro con el voto de mayoría.-

VI. NOTA DEL MAGISTRADO SALAZAR ALVARADO

En tesis de principio, considero que los casos relacionados con la actividad o inactividad de la Administración Pública en la reparación, construcción, modificación o demolición de cualquier obra de infraestructura, deben ser desestimados, por constituir, esa omisión, un tema de legalidad, cuya discusión corresponde a la jurisdicción ordinaria, ante la cual la persona interesada puede debatir, con mayor amplitud, sus disconformidades. Sin embargo, cuando de aquella conducta administrativa (omisiva o no) se derive alguna violación a otros derechos fundamentales tutelados en esta jurisdicción constitucional, o se afecten grupos considerados vulnerables, sí entro a conocer el fondo del asunto, por constituir esta situación una excepción a mi posición en esta materia, tal y como sucede en este caso, en que la parte recurrente indica que la Escuela Las Juntas de Pacuar se encuentra en deplorables condiciones físico-sanitarias, esperando la construcción de un nuevo centro educativo desde el año 2016 sin obtener resultados positivos, atribuible a la falta de coordinación interinstitucional, todo lo cual pone en riesgo la vida y salud de los menores de edad que estudian en dicho centro.

VII. DOCUMENTACIÓN APORTADA AL EXPEDIENTE

Se previene a las partes que, de haber aportado algún documento en papel, así como objetos o pruebas contenidas en algún dispositivo adicional de carácter electrónico, informático, magnético, óptico, telemático o producido por nuevas tecnologías, estos deberán ser retirados del despacho en un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia. De lo contrario, será destruido todo aquel material que no sea retirado dentro de este plazo, según lo dispuesto en el "Reglamento sobre Expediente Electrónico ante el Poder Judicial", aprobado por la Corte Plena en Sesión N° 27-11 del 22 de agosto del 2011, artículo XXVI y publicado en el Boletín Judicial N° 19 del 26 de enero del 2012, así como en el acuerdo aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la Sesión N° 43-12 celebrada el 3 de mayo del 2012, artículo LXXXI.

POR TANTO:

Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Catalina Salas Hernández, Grettel Pérez Arias, a Guiselle Cruz Maduro, Christian Valverde Alpízar y a Gustavo Rodríguez Herrera, por su orden Directora de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Pública, Directora de la Escuela Las Juntas, Ministra de Educación, Director de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Brunca y Director del Área Rectora de Salud de Pérez Zeledón, ambos del Ministerio de Salud, que giren las directrices necesarias, en el respectivo ámbito de sus competencias, a fin de coordinar de forma interinstitucional y construyan una nueva escuela para los estudiantes de la Escuela Las Juntas, en el plazo de DIECIOCHO MESES, contado a partir de la notificación de esta sentencia. Dicho inmueble deberá garantizar un ambiente sano y adecuado para el ejercicio de derecho a la educación de los estudiantes de ese centro educativo.

Lo anterior bajo apercibimiento que, con base en lo establecido en el artículo 71, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. La Magistrada Hernández López pone nota. El Magistrado Salazar Alvarado pone nota. Notifíquese.- Fernando Castillo V.

Paul Rueda L.

Nancy Hernández L.

Luis Fdo. Salazar A.

Jorge Araya G.

Anamari Garro V.

Ana María Picado B.

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