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Res. 38617-2026 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 08/10/2026
OutcomeResultado
Justice Salazar Alvarado states that he would examine the merits because the harm attributed to the road drainage could affect fundamental rights, but the excerpt does not disclose the majority's operative disposition.El magistrado Salazar Alvarado indica que examinaría el fondo porque los daños atribuidos al drenaje vial podrían afectar derechos fundamentales, pero el fragmento no informa la decisión operativa de la mayoría.
SummaryResumen
In his note to Decision 38617-2026, Justice Salazar Alvarado explains that, as a matter of principle, disputes concerning action or inaction by the Public Administration in the repair, construction, modification, or demolition of infrastructure raise questions of legality that should be litigated before the ordinary jurisdiction. He nevertheless recognizes an exception when the administrative conduct infringes other fundamental rights protected by the constitutional jurisdiction or affects vulnerable groups. He considers that exception applicable to the described case, in which the amparo applicant attributes the diversion of surface runoff toward her property to modifications to the drainage system along national route no. 160. According to the allegations summarized in the note, the change caused flooding, damage to the dwelling, erosion, sediment transport, topographic alteration, and permanent soil saturation. The supplied excerpt contains only this judicial note and does not disclose the disposition adopted by the majority of the Constitutional Chamber (Sala Constitucional).En su nota a la Resolución 38617-2026, el magistrado Salazar Alvarado explica que, como tesis de principio, las controversias relacionadas con la actividad o inactividad de la Administración Pública en la reparación, construcción, modificación o demolición de infraestructura constituyen cuestiones de legalidad que deben discutirse ante la jurisdicción ordinaria. No obstante, admite una excepción cuando la conducta administrativa lesiona otros derechos fundamentales tutelados por la jurisdicción constitucional o afecta a grupos vulnerables. Considera que esa excepción concurre en el caso descrito, en el cual la parte recurrente atribuye a la modificación del drenaje de la ruta nacional nro. 160 el desvío de escorrentías hacia su propiedad. Según las alegaciones reseñadas, el cambio produjo inundaciones, daños en la vivienda, erosión, arrastre de sedimentos, alteración topográfica y saturación permanente del suelo. El fragmento suministrado contiene únicamente esta nota judicial y no permite determinar la disposición adoptada por la mayoría de la Sala Constitucional.
Key excerptExtracto clave
As a matter of principle, I consider that cases related to action or inaction by the Public Administration in the repair, construction, modification, or demolition of any infrastructure work should be dismissed because such omission is a question of legality whose discussion belongs before the ordinary jurisdiction, where the interested person may present objections more fully. However, when that administrative conduct, whether consisting of action or inaction, results in an infringement of other fundamental rights protected by this constitutional jurisdiction, or when groups considered vulnerable are affected, I do examine the merits because that situation constitutes an exception to my position on this subject, as occurs in this case, where the amparo applicant alleges that she owns property located along national route no. 160.En tesis de principio, considero que los casos relacionados con la actividad o inactividad de la Administración Pública en la reparación, construcción, modificación o demolición de cualquier obra de infraestructura, deben ser desestimados, por constituir, esa omisión, un tema de legalidad, cuya discusión corresponde a la jurisdicción ordinaria, ante la cual la persona interesada puede debatir, con mayor amplitud, sus disconformidades. Sin embargo, cuando de aquella conducta administrativa (omisiva o no) se derive alguna violación a otros derechos fundamentales tutelados en esta jurisdicción constitucional, o se afecten grupos considerados vulnerables, sí entro a conocer el fondo del asunto, por constituir esta situación una excepción a mi posición en esta materia, tal y como sucede en este caso, donde la parte recurrente alega que es propietaria de un inmueble ubicado sobre la ruta nacional nro. 160.
Pull quotesCitas destacadas
"Afirma que, si bien en el sector existía previamente un sistema de alcantarillado, durante la ejecución de las obras se modificó la configuración del sistema de drenaje, particularmente la dirección de descarga de la alcantarilla existente, alterando el comportamiento natural de las escorrentías superficiales, las que comenzaron a ser dirigidas directamente hacia su propiedad."
"She asserts that, although a culvert system previously existed in the area, the configuration of the drainage system was modified during the works, particularly the discharge direction of the existing culvert, altering the natural behavior of surface runoff, which then began to be directed straight toward her property."
Nota del magistrado Salazar Alvarado
"Afirma que, si bien en el sector existía previamente un sistema de alcantarillado, durante la ejecución de las obras se modificó la configuración del sistema de drenaje, particularmente la dirección de descarga de la alcantarilla existente, alterando el comportamiento natural de las escorrentías superficiales, las que comenzaron a ser dirigidas directamente hacia su propiedad."
Nota del magistrado Salazar Alvarado
"Sostiene que esa situación ha generado inundaciones en su inmueble, lo que ha ocasionado afectaciones tanto en la estructura de la vivienda como en la conformación topográfica del terreno, producto de la erosión, el arrastre de sedimentos y la saturación permanente del suelo."
"She maintains that this situation has caused flooding on her property, resulting in damage both to the structure of the dwelling and to the topographic configuration of the land through erosion, sediment transport, and permanent soil saturation."
Nota del magistrado Salazar Alvarado
"Sostiene que esa situación ha generado inundaciones en su inmueble, lo que ha ocasionado afectaciones tanto en la estructura de la vivienda como en la conformación topográfica del terreno, producto de la erosión, el arrastre de sedimentos y la saturación permanente del suelo."
Nota del magistrado Salazar Alvarado
Full documentDocumento completo
As a matter of principle, I consider that cases related to action or inaction by the Public Administration concerning the repair, construction, modification, or demolition of any infrastructure project should be dismissed because such omission raises an issue of legality that must be addressed by the ordinary courts, before which the interested person may more fully present their objections. However, when that administrative conduct, whether by omission or otherwise, results in a violation of other fundamental rights protected under this constitutional jurisdiction, or affects groups considered vulnerable, I do examine the merits of the matter, because such a situation constitutes an exception to my position on this issue, as occurs in this case, in which the amparo applicant alleges that she owns property located along national route no. 160. She states that road-infrastructure renovation and improvement work was performed on a section of that route.
She asserts that, although a drainage system previously existed in the area, the configuration of that system was modified during the work, particularly the discharge direction of the existing culvert, altering the natural flow of surface runoff, which began to be channeled directly toward her property. She maintains that this situation has caused flooding on her property, affecting both the structure of the dwelling and the topography of the land as a result of erosion, sediment transport, and permanent soil saturation.
VCG10/2026
En tesis de principio, considero que los casos relacionados con la actividad o inactividad de la Administración Pública en la reparación, construcción, modificación o demolición de cualquier obra de infraestructura, deben ser desestimados, por constituir, esa omisión, un tema de legalidad, cuya discusión corresponde a la jurisdicción ordinaria, ante la cual la persona interesada puede debatir, con mayor amplitud, sus disconformidades. Sin embargo, cuando de aquella conducta administrativa (omisiva o no) se derive alguna violación a otros derechos fundamentales tutelados en esta jurisdicción constitucional, o se afecten grupos considerados vulnerables, sí entro a conocer el fondo del asunto, por constituir esta situación una excepción a mi posición en esta materia, tal y como sucede en este caso, donde la parte recurrente alega que es propietaria de un inmueble ubicado sobre la ruta nacional nro. 160.
Señala que en un tramo de esa ruta se ejecutaron obras de remodelación y mejoramiento de la infraestructura vial. Afirma que, si bien en el sector existía previamente un sistema de alcantarillado, durante la ejecución de las obras se modificó la configuración del sistema de drenaje, particularmente la dirección de descarga de la alcantarilla existente, alterando el comportamiento natural de las escorrentías superficiales, las que comenzaron a ser dirigidas directamente hacia su propiedad. Sostiene que esa situación ha generado inundaciones en su inmueble, lo que ha ocasionado afectaciones tanto en la estructura de la vivienda como en la conformación topográfica del terreno, producto de la erosión, el arrastre de sedimentos y la saturación permanente del suelo.
VCG10/2026
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