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Res. 25757-2026 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 10/07/2026
OutcomeResultado
The Sala Constitucional holds, as reiterated binding jurisprudence, that public authorities have an unavoidable duty to coordinate action to remove contamination and sanitary risks, and that disclaiming responsibility on grounds of interinstitutional conflicts is constitutionally unacceptable.La Sala Constitucional declara, con carácter reiterado y vinculante, que las autoridades públicas tienen obligación insoslayable de coordinar para remover focos de contaminación y riesgo sanitario, siendo constitucionalmente inaceptable el deslinde de responsabilidades fundado en conflictos técnico-administrativos interinstitucionales.
SummaryResumen
This Sala Constitucional ruling develops the normative content of Article 50 of the Political Constitution, which enshrines the right to a healthy and ecologically balanced environment and links it inseparably to the public health right under Article 21. The merits section holds that public authorities have an unavoidable duty to coordinate effective actions to remove any source of contamination or sanitary risk threatening the population. Most notably, the Court declares it constitutionally unacceptable for state institutions to invoke interinstitutional technical or administrative conflicts to disclaim responsibility. The Sala underscores that this criterion has been established repeatedly, raising it to binding constitutional jurisprudence. The ruling reinforces the direct enforceability of constitutional environmental rights and sets clear diligence and coordination standards for the entire public administration in environmental and public health matters.Este pronunciamiento de la Sala Constitucional desarrolla el contenido normativo del artículo 50 de la Constitución Política, que consagra el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, vinculándolo de manera indisoluble con el derecho a la salud pública garantizado por el artículo 21. El considerando de fondo establece que las autoridades públicas tienen la obligación insoslayable de coordinar acciones efectivas para remover cualquier foco de contaminación o riesgo sanitario que amenace a la población. De especial trascendencia es la declaración de que resulta inaceptable el deslinde de responsabilidades fundado en conflictos técnico-administrativos interinstitucionales. La Sala subraya que este criterio ha sido fijado de forma reiterada, lo que lo eleva a jurisprudencia constitucional vinculante. El pronunciamiento refuerza la exigibilidad directa del derecho ambiental constitucional y fija estándares claros de diligencia y coordinación para toda la administración pública en materia ambiental y de salud.
Key excerptExtracto clave
Article 50 of the Political Constitution enshrines the right to a healthy and ecologically balanced environment, which is inextricably linked to the protection of public health (Article 21 thereof). This Court has established on a repeated basis that public authorities, within their respective competencies, have the unavoidable obligation to coordinate effective actions to remove any source of contamination or sanitary risk threatening the population, making it unacceptable to disclaim responsibility based on interinstitutional technical-administrative conflicts.El artículo 50, de la Constitución Política, consagra el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el cual se encuentra indisolublemente ligado a la protección de la salud pública (artículo 21 ejusdem). Esta Sala ha establecido de forma reiterada que las autoridades públicas, dentro de sus respectivas competencias, tienen la obligación insoslayable de coordinar acciones efectivas para remover cualquier foco de contaminación o riesgo sanitario que amenace a la población, resultando inaceptable el deslinde de responsabilidades basado en conflictos técnico-administrativos interinstitucionales.
Pull quotesCitas destacadas
"El artículo 50, de la Constitución Política, consagra el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el cual se encuentra indisolublemente ligado a la protección de la salud pública (artículo 21 ejusdem)."
"Article 50 of the Political Constitution enshrines the right to a healthy and ecologically balanced environment, which is inextricably linked to the protection of public health (Article 21 thereof)."
Considerando IV — Sobre el fondo
"El artículo 50, de la Constitución Política, consagra el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el cual se encuentra indisolublemente ligado a la protección de la salud pública (artículo 21 ejusdem)."
Considerando IV — Sobre el fondo
"Las autoridades públicas, dentro de sus respectivas competencias, tienen la obligación insoslayable de coordinar acciones efectivas para remover cualquier foco de contaminación o riesgo sanitario que amenace a la población."
"Public authorities, within their respective competencies, have the unavoidable obligation to coordinate effective actions to remove any source of contamination or sanitary risk threatening the population."
Considerando IV — Sobre el fondo
"Las autoridades públicas, dentro de sus respectivas competencias, tienen la obligación insoslayable de coordinar acciones efectivas para remover cualquier foco de contaminación o riesgo sanitario que amenace a la población."
Considerando IV — Sobre el fondo
"Resultando inaceptable el deslinde de responsabilidades basado en conflictos técnico-administrativos interinstitucionales."
"It is unacceptable to disclaim responsibility based on interinstitutional technical-administrative conflicts."
Considerando IV — Sobre el fondo
"Resultando inaceptable el deslinde de responsabilidades basado en conflictos técnico-administrativos interinstitucionales."
Considerando IV — Sobre el fondo
Full documentDocumento completo
ARTICLE 50 OF THE CONSTITUCIÓN POLÍTICA "(…) IV.- On the Merits. Article 50 of the Constitución Política enshrines the right to a healthy and ecologically balanced environment, which is inextricably linked to the protection of public health (Article 21 ejusdem). This Court has consistently held that public authorities, within their respective areas of competence, are under an unavoidable obligation to coordinate effective actions to eliminate any source of contamination or sanitary risk threatening the population, and that the disclaiming of responsibility (deslinde de responsabilidades) based on inter-institutional technical-administrative conflicts is unacceptable. (…)" VCG08/2026
ARTÍCULO 50 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA “(…) IV.- Sobre el fondo. El artículo 50, de la Constitución Política, consagra el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el cual se encuentra indisolublemente ligado a la protección de la salud pública (artículo 21 ejusdem). Esta Sala ha establecido de forma reiterada que las autoridades públicas, dentro de sus respectivas competencias, tienen la obligación insoslayable de coordinar acciones efectivas para remover cualquier foco de contaminación o riesgo sanitario que amenace a la población, resultando inaceptable el deslinde de responsabilidades basado en conflictos técnico-administrativos interinstitucionales. (…)” VCG08/2026
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