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Res. 18110-2026 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 22/05/2026

Reasonable deadline for resolving complaints about storm drainage and environmental riskPlazo razonable para resolver denuncias sobre drenaje pluvial y riesgo ambiental

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OutcomeResultado

Exception admittedAdmisión de excepción

The Constitutional Chamber decides to directly assess the possible delays in resolving the complaint about the lack of storm drainage, instead of referring the case to the contentious-administrative jurisdiction, given the environmental and personal integrity risks involved.La Sala Constitucional decide valorar directamente las posibles dilaciones en la resolución de la denuncia por la ausencia de drenaje pluvial, en lugar de remitir el caso a la jurisdicción contencioso-administrativa, dada la naturaleza de riesgo ambiental y a la integridad personal involucrada.

SummaryResumen

The Constitutional Chamber examines whether the public administration has met the reasonable deadline to resolve a complaint about the lack of storm drainage in the community of Palmas del Sol, El Roble, Puntarenas, which endangers the petitioners' integrity and their right to a healthy environment. Based on judgment 2008-02545, the Chamber has generally referred cases concerning administrative delay to the contentious-administrative jurisdiction, with certain exceptions. Here, the exception applies because the complaint involves environmental risk and physical integrity, justifying the Chamber's direct review of any delays in resolving the complaint rather than remitting the matter to the contentious-administrative court.La Sala Constitucional analiza si la administración pública ha cumplido con el plazo razonable para resolver una denuncia sobre la ausencia de drenaje pluvial en la comunidad de Palmas del Sol, El Roble, Puntarenas, que pone en riesgo la integridad de los recurrentes y el derecho a un ambiente sano. La Sala, a partir de la sentencia 2008-02545, ha remitido a la jurisdicción contencioso-administrativa los asuntos donde se discute el cumplimiento de plazos por parte de la administración, salvo excepciones. En este caso, se acoge la excepción debido a que la denuncia involucra un riesgo ambiental y a la integridad física de las personas, lo que justifica que la Sala Constitucional valore directamente las posibles dilaciones en la resolución de la denuncia, en lugar de remitir el asunto a la vía contenciosa.

Key excerptExtracto clave

(…) I.- PRELIMINARY CLARIFICATION. Before analyzing the merits of the case, it must be clarified that, since judgment number 2008-02545 of 8:55 a.m. on February 22, 2008, this Chamber has referred to the contentious-administrative jurisdiction —with some exceptions— those matters in which it is disputed whether the public administration has complied with the reasonably set deadlines to resolve petitions filed by citizens, in light of Article 41 of the Constitution. Precisely, in the case at hand, an exception arises, as it involves an alleged complaint about the lack of storm drainage in the community of Palmas del Sol, El Roble, Puntarenas, which allegedly has not been resolved within a reasonable time and endangers the integrity of the petitioners, as well as a healthy environment. Given the nature of the subject matter, this Chamber will assess the possible delays in resolving the complaint filed. (…)”“(…) I.- ACLARACIÓN PREVIA. Antes de analizar el fondo del asunto debe aclararse que, a partir de la sentencia número 2008-02545 de las 08:55 horas del 22 de febrero de 2008, esta Sala ha remitido a la jurisdicción contencioso administrativa -con algunas excepciones- aquellos asuntos en los que se discute si la administración pública ha cumplido o no los plazos razonablemente pautados para resolver las solicitudes planteadas por los administrados a la luz de lo dispuesto por el artículo 41 de la Constitución Política. Precisamente, en el sub lite, se plantea un supuesto de excepción, pues se está ante una supuesta denuncia por la ausencia de drenaje pluvial en la comunidad de Palmas del Sol, El Roble, Puntarenas, que presuntamente no ha sido resuelta dentro de un plazo razonable y que pone en riesgo la integridad de los recurrentes, así como a un ambiente sano. Atendiendo a la naturaleza de la temática que trata la gestión, esta Sala valorará las posibles dilaciones en la resolución de la denuncia planteada. (…)”

Pull quotesCitas destacadas

  • "esta Sala ha remitido a la jurisdicción contencioso administrativa -con algunas excepciones- aquellos asuntos en los que se discute si la administración pública ha cumplido o no los plazos razonablemente pautados para resolver las solicitudes planteadas por los administrados"

    "this Chamber has referred to the contentious-administrative jurisdiction —with some exceptions— those matters in which it is disputed whether the public administration has complied with the reasonably set deadlines to resolve petitions filed by citizens"

    Considerando I

  • "esta Sala ha remitido a la jurisdicción contencioso administrativa -con algunas excepciones- aquellos asuntos en los que se discute si la administración pública ha cumplido o no los plazos razonablemente pautados para resolver las solicitudes planteadas por los administrados"

    Considerando I

  • "Atendiendo a la naturaleza de la temática que trata la gestión, esta Sala valorará las posibles dilaciones en la resolución de la denuncia planteada"

    "Given the nature of the subject matter, this Chamber will assess the possible delays in resolving the complaint filed"

    Considerando I

  • "Atendiendo a la naturaleza de la temática que trata la gestión, esta Sala valorará las posibles dilaciones en la resolución de la denuncia planteada"

    Considerando I

Full documentDocumento completo

EXCERPT FROM ARTICLE 41 OF THE POLITICAL CONSTITUTION “(…) I.- PRELIMINARY CLARIFICATION. Before analyzing the merits of the matter, it must be clarified that, as of judgment number 2008-02545 of 08:55 hours on February 22, 2008, this Chamber has referred to the contentious-administrative jurisdiction—with some exceptions—those matters in which it is disputed whether the public administration has complied or not with the reasonably established timeframes for resolving petitions filed by citizens in light of the provisions of Article 41 of the Political Constitution. Precisely, in the case at hand, an exceptional situation is raised, as we are faced with an alleged complaint regarding the absence of stormwater drainage in the community of Palmas del Sol, El Roble, Puntarenas, which has allegedly not been resolved within a reasonable timeframe and which endangers the integrity of the petitioners, as well as a healthy environment. Given the nature of the subject matter addressed in the filing, this Chamber will assess the possible delays in resolving the complaint filed. Having clarified this point, we proceed to resolve the specific situation raised in this amparo action. (…)”

ARTÍCULO 41 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA “(…) I.- ACLARACIÓN PREVIA. Antes de analizar el fondo del asunto debe aclararse que, a partir de la sentencia número 2008-02545 de las 08:55 horas del 22 de febrero de 2008, esta Sala ha remitido a la jurisdicción contencioso administrativa -con algunas excepciones- aquellos asuntos en los que se discute si la administración pública ha cumplido o no los plazos razonablemente pautados para resolver las solicitudes planteadas por los administrados a la luz de lo dispuesto por el artículo 41 de la Constitución Política. Precisamente, en el sub lite, se plantea un supuesto de excepción, pues se está ante una supuesta denuncia por la ausencia de drenaje pluvial en la comunidad de Palmas del Sol, El Roble, Puntarenas, que presuntamente no ha sido resuelta dentro de un plazo razonable y que pone en riesgo la integridad de los recurrentes, así como a un ambiente sano. Atendiendo a la naturaleza de la temática que trata la gestión, esta Sala valorará las posibles dilaciones en la resolución de la denuncia planteada. Aclarado el punto, se entra a resolver la situación concreta planteada en este amparo. (…)” VCG06/2026

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