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Res. 18161-2026 Sala Constitucional · Sala Constitucional · 22/05/2026
OutcomeResultado
The Justice clarifies his jurisdictional criterion: if there has been prior administrative intervention, the matter goes to administrative court; but he makes an exception when pollution affects health and environment, allowing review on the merits.El Magistrado aclara su criterio sobre competencia jurisdiccional: si hay intervención administrativa previa, el asunto corresponde a lo contencioso; pero excepciona cuando la contaminación afecta salud y ambiente, permitiendo revisar el fondo.
SummaryResumen
Justice Salazar Alvarado, in a separate note, sets out his view on jurisdiction in environmental cases where public authorities have previously intervened. He holds that, as a general rule, if the Administration has already acted, the matter falls within the jurisdiction of the administrative courts. Exceptionally, however, he addresses the substance of the case when other fundamental rights are at stake—such as health, quality of life, and the right to a healthy environment (Article 50 of the Political Constitution)—as in this case, where a person reported unsanitary and unsafe conditions on an adjacent property to the Ministry of Health and the Municipality, but their complaints were not definitively resolved.El Magistrado Salazar Alvarado, en una nota aclaratoria, expone su criterio sobre la competencia para conocer asuntos ambientales cuando existe intervención previa de la Administración Pública. Sostiene que, por regla general, si la Administración ya ha intervenido, el conocimiento corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa. Sin embargo, excepcionalmente, entra a conocer el fondo del asunto cuando están involucrados otros derechos fundamentales como la salud, la calidad de vida y el derecho a un ambiente sano (artículo 50 constitucional), como en este caso, donde una persona denunció condiciones de insalubridad e inseguridad en un terreno colindante ante el Ministerio de Salud y la Municipalidad, sin que sus denuncias hubieran sido resueltas definitivamente.
Key excerptExtracto clave
In environmental matters, it is my view that if the Public Administration has already intervened, its knowledge and resolution belong to the administrative contentious jurisdiction. However, I do enter to hear the merits of the matter when other rights of the persons affected by the source of contamination are at stake, including health, quality of life, and the right to enjoy a healthy and pollution-free environment (Article 50 of the Political Constitution), as in this case, in which the appellant states that they filed complaints with the Southeast Metropolitan Health Area of the Ministry of Health and the Municipality of San José, exposing the unsanitary and unsafe conditions existing on a property adjacent to their dwelling located in Barrio El Carmen de Paso Ancho, yet alleges that these have not been definitively resolved.En asuntos ambientales, es criterio del suscrito, que si ya ha habido intervención de la Administración Pública, su conocimiento y resolución corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante, sí entro a conocer el fondo del asunto cuando están de por medio otros derechos de las personas afectadas por el foco de contaminación, entre ellos, la salud, la calidad de vida y el derecho a gozar de un ambiente sano y libre de contaminación (artículo 50, de la Constitución Política), tal y como sucede en este caso, en el que la parte recurrente indica que presentó denuncias ante el Área Rectora de Salud Sureste Metropolitana del Ministerio de Salud y la Municipalidad de San José en la que expuso las condiciones de insalubridad e inseguridad existentes en un terreno colindante a su vivienda, sita en el Barrio El Carmen de Paso Ancho, sin embargo, aduce que no han sido resueltas en forma definitiva.
Pull quotesCitas destacadas
"En asuntos ambientales, es criterio del suscrito, que si ya ha habido intervención de la Administración Pública, su conocimiento y resolución corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa."
"In environmental matters, it is my view that if the Public Administration has already intervened, its knowledge and resolution belong to the administrative contentious jurisdiction."
Nota del Magistrado Salazar Alvarado
"En asuntos ambientales, es criterio del suscrito, que si ya ha habido intervención de la Administración Pública, su conocimiento y resolución corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa."
Nota del Magistrado Salazar Alvarado
"Sí entro a conocer el fondo del asunto cuando están de por medio otros derechos de las personas afectadas por el foco de contaminación, entre ellos, la salud, la calidad de vida y el derecho a gozar de un ambiente sano y libre de contaminación (artículo 50, de la Constitución Política)."
"I do enter to hear the merits of the matter when other rights of the persons affected by the source of contamination are at stake, including health, quality of life, and the right to enjoy a healthy and pollution-free environment (Article 50 of the Political Constitution)."
Nota del Magistrado Salazar Alvarado
"Sí entro a conocer el fondo del asunto cuando están de por medio otros derechos de las personas afectadas por el foco de contaminación, entre ellos, la salud, la calidad de vida y el derecho a gozar de un ambiente sano y libre de contaminación (artículo 50, de la Constitución Política)."
Nota del Magistrado Salazar Alvarado
Full documentDocumento completo
In environmental matters, it is the opinion of the undersigned that if there has already been intervention by the Public Administration, its knowledge and resolution corresponds to the contentious-administrative jurisdiction. However, I do proceed to hear the merits of the matter when other rights of the persons affected by the source of contamination are at stake, among them, health, quality of life, and the right to enjoy a healthy and pollution-free environment (article 50 of the Political Constitution), just as occurs in this case, in which the appellant indicates that they filed complaints before the Área Rectora de Salud Sureste Metropolitana of the Ministry of Health and the Municipality of San José, in which they set forth the unsanitary and unsafe conditions existing on a property adjacent to their home, located in Barrio El Carmen in Paso Ancho, but they allege that these have not been definitively resolved.
VCG06/2026
En asuntos ambientales, es criterio del suscrito, que si ya ha habido intervención de la Administración Pública, su conocimiento y resolución corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante, sí entro a conocer el fondo del asunto cuando están de por medio otros derechos de las personas afectadas por el foco de contaminación, entre ellos, la salud, la calidad de vida y el derecho a gozar de un ambiente sano y libre de contaminación (artículo 50, de la Constitución Política), tal y como sucede en este caso, en el que la parte recurrente indica que presentó denuncias ante el Área Rectora de Salud Sureste Metropolitana del Ministerio de Salud y la Municipalidad de San José en la que expuso las condiciones de insalubridad e inseguridad existentes en un terreno colindante a su vivienda, sita en el Barrio El Carmen de Paso Ancho, sin embargo, aduce que no han sido resueltas en forma definitiva.
VCG06/2026
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